PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005041 a PE/005050, PE/005053, PE/005063 a PE/005067, PE/005069, PE/005070, PE/005072 a PE/005075, PE/005077, PE/005079, PE/005082, PE/005118 y PE/005367, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de marzo de 2021.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.
El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-017352.
Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 5367, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León sobre subvenciones en materia de conciliación durante la crisis del Covid-19.
Se adjunta la información del número de personas que se han beneficiado de cada una de las dos líneas de subvenciones, desagregado por provincias y por sexo:
– Línea de excedencia por cuidado de hijos, hijas y familiares:
Respecto a la información relativa al número de solicitudes recibidas en cada una de las dos líneas de subvenciones y cuantas de ellas han sido denegadas, desagregado por provincias y por sexo, la información de la que se dispone es la siguiente:
– Línea de excedencia por cuidado de hijos, hijas y familiares:
Respecto a las cuantías que se han abonado a las personas beneficiarias, los importes que se han concedido varían de un beneficiario a otro al depender de la modalidad de subvención solicitada por cada persona, circunstancias personales y familiares del solicitante, y del tiempo durante el que se ha ejercitado el derecho de excedencia o de reducción de jornada por cada solicitante de la subvención.
Hay que tener en cuenta que la convocatoria establecía lo siguiente respecto a los importes a conceder en cada una de las líneas:
– Línea de excedencia por cuidado de hijos, hijas y familiares:
La cuantía de la subvención a conceder será de 1.500 € por el ejercicio del derecho de excedencia durante un período de fres meses, salvo en los supuestos de cuidado de familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad, en el que el período debe ser de seis meses.
Para los supuestos de familias numerosas y monoparentales la cuantía de la subvención se incrementará en un importe de 1.000 €.
En el supuesto de ejercicio de derecho de excedencia vinculada a la crisis del COVID-19, el importe de subvención será proporcional al tiempo que dure el ejercicio de este derecho calculado a razón de 250 € cada mes, (con el límite máximo de 1.500 €). La cuantía se incrementará en 150 €/mes si se trata de una familia numerosa o monoparental.
– Línea de reducción de jornada para cuidado de menores y familiares:
a) 1.500 € por el ejercicio del derecho de reducción de jornada siempre que se realice sobre una jornada a tiempo completo durante un período de seis meses.
b) Para los supuestos de familias numerosas, monoparentales y para el primer solicitante cuando se trate de reducción de jornada compartida ejercida por los dos progenitores, adoptantes o acogedores, para el cuidado de hijo o hija menor de doce años a que se refiere el resuelvo Tercero a) de esta convocatoria, la cuantía de la subvención se incrementará en un importe de 1.000 €.
c) En el supuesto extraordinario de reducción de jornada vinculada a la crisis del COVID-19, el importe de subvención será proporcional al tiempo que dure el ejercicio de este derecho a razón de 250 € cada mes, con el límite máximo de 1.500 €. En el supuesto extraordinario de reducción de jornada vinculada a la crisis del COVID-19, la cuantía se incrementará en 150 €/mes si se trata de una familia numerosa o monoparental.
En todo caso, los listados de las personas a las que se les ha concedido las subvenciones por el ejercicio del derecho de excedencia o de reducción de jornada y de sus importes, se han publicado en el siguiente enlace en sede electrónica:
https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Ayuda012/1284951049176/Propuesta
Finalmente se informa que la cuantía total destinada en la línea de excedencia por cuidarlo de hijos, hijas y familiares han sido 193.450 € y en la línea de reducción de jornada para cuidado de menores y familiares han sido 414.142,10 €.
Valladolid, 23 de febrero de 2021.
LA CONSEJERA,
Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.
PE/005367-2
CVE="BOCCL-10-017352"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005041 a PE/005050, PE/005053, PE/005063 a PE/005067, PE/005069, PE/005070, PE/005072 a PE/005075, PE/005077, PE/005079, PE/005082, PE/005118 y PE/005367, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de marzo de 2021.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.
TEXTO
El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-017352.
Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 5367, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León sobre subvenciones en materia de conciliación durante la crisis del Covid-19.
Se adjunta la información del número de personas que se han beneficiado de cada una de las dos líneas de subvenciones, desagregado por provincias y por sexo:
– Línea de excedencia por cuidado de hijos, hijas y familiares:
Respecto a la información relativa al número de solicitudes recibidas en cada una de las dos líneas de subvenciones y cuantas de ellas han sido denegadas, desagregado por provincias y por sexo, la información de la que se dispone es la siguiente:
– Línea de excedencia por cuidado de hijos, hijas y familiares:
Respecto a las cuantías que se han abonado a las personas beneficiarias, los importes que se han concedido varían de un beneficiario a otro al depender de la modalidad de subvención solicitada por cada persona, circunstancias personales y familiares del solicitante, y del tiempo durante el que se ha ejercitado el derecho de excedencia o de reducción de jornada por cada solicitante de la subvención.
Hay que tener en cuenta que la convocatoria establecía lo siguiente respecto a los importes a conceder en cada una de las líneas:
– Línea de excedencia por cuidado de hijos, hijas y familiares:
La cuantía de la subvención a conceder será de 1.500 € por el ejercicio del derecho de excedencia durante un período de fres meses, salvo en los supuestos de cuidado de familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad, en el que el período debe ser de seis meses.
Para los supuestos de familias numerosas y monoparentales la cuantía de la subvención se incrementará en un importe de 1.000 €.
En el supuesto de ejercicio de derecho de excedencia vinculada a la crisis del COVID-19, el importe de subvención será proporcional al tiempo que dure el ejercicio de este derecho calculado a razón de 250 € cada mes, (con el límite máximo de 1.500 €). La cuantía se incrementará en 150 €/mes si se trata de una familia numerosa o monoparental.
– Línea de reducción de jornada para cuidado de menores y familiares:
a) 1.500 € por el ejercicio del derecho de reducción de jornada siempre que se realice sobre una jornada a tiempo completo durante un período de seis meses.
b) Para los supuestos de familias numerosas, monoparentales y para el primer solicitante cuando se trate de reducción de jornada compartida ejercida por los dos progenitores, adoptantes o acogedores, para el cuidado de hijo o hija menor de doce años a que se refiere el resuelvo Tercero a) de esta convocatoria, la cuantía de la subvención se incrementará en un importe de 1.000 €.
c) En el supuesto extraordinario de reducción de jornada vinculada a la crisis del COVID-19, el importe de subvención será proporcional al tiempo que dure el ejercicio de este derecho a razón de 250 € cada mes, con el límite máximo de 1.500 €. En el supuesto extraordinario de reducción de jornada vinculada a la crisis del COVID-19, la cuantía se incrementará en 150 €/mes si se trata de una familia numerosa o monoparental.
En todo caso, los listados de las personas a las que se les ha concedido las subvenciones por el ejercicio del derecho de excedencia o de reducción de jornada y de sus importes, se han publicado en el siguiente enlace en sede electrónica:
https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Ayuda012/1284951049176/Propuesta
Finalmente se informa que la cuantía total destinada en la línea de excedencia por cuidarlo de hijos, hijas y familiares han sido 193.450 € y en la línea de reducción de jornada para cuidado de menores y familiares han sido 414.142,10 €.
Valladolid, 23 de febrero de 2021.
LA CONSEJERA,
Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.
PE/005367-2
CVE="BOCCL-10-017352"