PNL/001013-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001013-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Luis Ángel Fernández Bayón, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, Dña. Elisa Patricia Gómez Urbán y Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez, instando a la Junta de Castilla y León a que inste al Gobierno de la Nación a impulsar la conclusión de la elaboración de la Ley de Igualdad de Trato y No Discriminación, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 9 de abril de 2021, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000991 a PNL/001020.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 9 de abril de 2021.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Fernández Bayón, Laura Pelegrina Cortijo, Patricia Gómez Urbán e Isabel Gonzalo Ramírez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

El pasado día 16 de febrero el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó la toma en consideración de la Proposición de Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación (122/000121) presentada por el grupo Parlamentario Socialista. Una proposición que no es nueva, constituye una reivindicación y una iniciativa que llevamos una década intentando impulsar y que en la anterior legislatura quedó truncada por la disolución de las Cortes por la convocatoria electoral. Ahora, el Congreso de los Diputados ha dado paso a un proceso de aprobación de un marco legislativo para la igualdad de trato y de prevención de la discriminación.

Si bien las razones que justifican y animan a impulsar una legislación en el ámbito de la igualdad de trato son permanentes y propias de una sociedad moderna, plural y democrática, aquellas quedan acrecentadas y maximizan su urgencia en el contexto actual de crispación y radicalización, con la presencia de la ultraderecha en las instituciones. Es, por tanto, más necesario que nunca que España se dote de herramientas legales y un marco jurídico que mejoren la convivencia y garanticen el derecho a la diversidad.

La iniciativa legislativa que ya se tramita en el Congreso tiene la vocación de convertirse en el mínimo común normativo que contenga las definiciones fundamentales del derecho antidiscriminatorio español y, al mismo tiempo, albergue sus garantías básicas:

● Que la dificultad de la lucha contra la discriminación no se halla tanto en el reconocimiento del problema como en la protección real y efectiva de las víctimas.

● Que, con este marco, nos adaptamos a las normas Europeas para dejar de ser una excepción en la UE sobre medidas de igualdad de trato, prevención y lucha contra los discursos de odio.

● Que, para los y las socialistas, la aprobación de esta Ley es el cumplimiento de un compromiso con la igualdad y con el pleno respeto a los Derechos Humanos, recogido en los últimos programas electorales y en las Resoluciones del 39 Congreso y el Acuerdo de Investidura del Gobierno de Coalición.

● Que es una ley para proteger y garantizar los derechos de la mayoría de la población porque todos/as, en algún momento de nuestras vidas, estamos expuestos a padecer algún tipo de discriminación. Impedir toda forma de discriminación, que conlleva a la exclusión y estigmatización en ámbitos como el laboral, el educativo, la deliberación pública, la atención social, el acceso a la justicia, las redes sociales, seguridad ciudadana y hasta la inteligencia artificial.

Es justo recordar que la sociedad española puede considerarse como una sociedad tolerante y señalar el enorme avance que se ha producido en los últimos años en esta materia. Al respecto, podemos encontrar normativa que justifica tal afirmación, como es la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que ya en su artículo primero propugna su objeto de "hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria". También en materia penal podemos mencionar la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Más recientemente, el actual Gobierno socialista aprobó en el pasado año dos Reales Decretos dirigidos a garantizar la plena igualdad entre mujeres y hombres en el entorno laboral otorgando a tal efecto rango de ley a los Reglamentos de Igualdad Retributiva y de Planes de Igualdad.

Precisamente por este avance que se ha producido, debemos ser exigentes y recordar que la mayoría de las agresiones quedan impunes, ya sea porque no llegan a denunciarse (solo se han presentado 1746 denuncias durante el año 2019, datos oficiales Ministerio del Interior), o porque, si llegan a judicializarse, en la gran mayoría de los casos se archivan en los juzgados por la inexistencia de un marco jurídico claro sobre estos hechos y los procesos asociados a los mismos. Y lo que es más importante, no solo se trata de reconocer el tipo, circunstancias, y tipos de discriminación en el marco jurídico, sino porque necesitamos concienciar, estudiar y prevenir para evitar su existencia.

Es por tanto dicho valor de tolerancia presente en nuestra sociedad que debemos avanzar, exigiéndonos a nosotros mismos que España se dote de herramientas y un marco jurídico que mejoren la convivencia y garanticen el derecho a la diversidad. Si no prevenimos, sensibilizamos, mediamos y protegemos a las víctimas, el derecho penal llegará muy tarde, además de que no todo debe ser abordado desde lo penal.

Todos estos conceptos no son ajenos a nuestro marco de convivencia puesto que el Derecho al respeto a la dignidad de la persona y Derecho a la igualdad de trato ya están incluidos en la Constitución, tal y como se dispone en los artículos 9.2 y 14 de la misma, pero en muchas ocasiones no se garantiza y es lo que pretendemos con esta importante iniciativa legislativa. Y debemos hacerlo para estar en sintonía con Europa, pues no podemos ser unos de los pocos países del entorno europeo en no haber completado la adaptación de las normativas comunitarias. Y nos atrevemos a decir que lo hacemos desde el consenso que con acierto han demandado las grandes organizaciones sociales y cívicas que impulsan también este avance.

Hay voces críticas que aspiran a dotarlas de carácter orgánico, e incluir mucho más contenido relativo a delitos de odio, pero los y las socialistas nos hemos caracterizado por ser posibilistas, y abrir la puerta a las reivindicaciones de los colectivos, que luego disfrutará la mayoría de la sociedad, y esta no será una excepción. Tal como lo fue la ley del divorcio, del aborto, de violencia hacia las mujeres, de identidad de género, la del matrimonio igualitario y más recientemente la de eutanasia.

Con la actual composición del Congreso de los Diputados, la vía más ágil es lograr la aprobación de una Ley de carácter integral, garantista, que regule las conductas indeseables que tienen lugar en el empleo, la educación, la sanidad, la prestación de servicios sociales, el acceso a bienes y servicios disponibles al público y la publicidad, en determinados ámbitos de la vida política, cultural y social o antes nuevos retos como las redes sociales y la inteligencia artificial.

Por lo expuesto, se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Dirigirse al Gobierno de la Nación para que impulse la conclusión, en el menor tiempo posible, de los trabajos de elaboración y la aprobación de la Ley de Igualdad de Trato y No discriminación.

2. Comenzar los trabajos, en el menor tiempo posible, para presentar en un plazo de no más de tres mesas después de la aprobación de la Ley de igualdad de trato, las medidas de carácter legislativo y administrativo que en el marco de sus competencias hagan referencia a la futura nueva Ley de Igualdad de Trato y No discriminación".

Valladolid, 24 de marzo de 2021.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Luis Ángel Fernández Bayón,

Laura Pelegrina Cortijo,

Elisa Patricia Gómez Urbán y

María Isabel Gonzalo Ramírez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001013-01

CVE="BOCCL-10-018062"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 33727-33729
BOCCL nº 229/10 del 15/4/2021
CVE: BOCCL-10-018062

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001013-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Luis Ángel Fernández Bayón, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, Dña. Elisa Patricia Gómez Urbán y Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez, instando a la Junta de Castilla y León a que inste al Gobierno de la Nación a impulsar la conclusión de la elaboración de la Ley de Igualdad de Trato y No Discriminación, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 9 de abril de 2021, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000991 a PNL/001020.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 9 de abril de 2021.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Fernández Bayón, Laura Pelegrina Cortijo, Patricia Gómez Urbán e Isabel Gonzalo Ramírez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

El pasado día 16 de febrero el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó la toma en consideración de la Proposición de Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación (122/000121) presentada por el grupo Parlamentario Socialista. Una proposición que no es nueva, constituye una reivindicación y una iniciativa que llevamos una década intentando impulsar y que en la anterior legislatura quedó truncada por la disolución de las Cortes por la convocatoria electoral. Ahora, el Congreso de los Diputados ha dado paso a un proceso de aprobación de un marco legislativo para la igualdad de trato y de prevención de la discriminación.

Si bien las razones que justifican y animan a impulsar una legislación en el ámbito de la igualdad de trato son permanentes y propias de una sociedad moderna, plural y democrática, aquellas quedan acrecentadas y maximizan su urgencia en el contexto actual de crispación y radicalización, con la presencia de la ultraderecha en las instituciones. Es, por tanto, más necesario que nunca que España se dote de herramientas legales y un marco jurídico que mejoren la convivencia y garanticen el derecho a la diversidad.

La iniciativa legislativa que ya se tramita en el Congreso tiene la vocación de convertirse en el mínimo común normativo que contenga las definiciones fundamentales del derecho antidiscriminatorio español y, al mismo tiempo, albergue sus garantías básicas:

● Que la dificultad de la lucha contra la discriminación no se halla tanto en el reconocimiento del problema como en la protección real y efectiva de las víctimas.

● Que, con este marco, nos adaptamos a las normas Europeas para dejar de ser una excepción en la UE sobre medidas de igualdad de trato, prevención y lucha contra los discursos de odio.

● Que, para los y las socialistas, la aprobación de esta Ley es el cumplimiento de un compromiso con la igualdad y con el pleno respeto a los Derechos Humanos, recogido en los últimos programas electorales y en las Resoluciones del 39 Congreso y el Acuerdo de Investidura del Gobierno de Coalición.

● Que es una ley para proteger y garantizar los derechos de la mayoría de la población porque todos/as, en algún momento de nuestras vidas, estamos expuestos a padecer algún tipo de discriminación. Impedir toda forma de discriminación, que conlleva a la exclusión y estigmatización en ámbitos como el laboral, el educativo, la deliberación pública, la atención social, el acceso a la justicia, las redes sociales, seguridad ciudadana y hasta la inteligencia artificial.

Es justo recordar que la sociedad española puede considerarse como una sociedad tolerante y señalar el enorme avance que se ha producido en los últimos años en esta materia. Al respecto, podemos encontrar normativa que justifica tal afirmación, como es la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que ya en su artículo primero propugna su objeto de "hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria". También en materia penal podemos mencionar la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Más recientemente, el actual Gobierno socialista aprobó en el pasado año dos Reales Decretos dirigidos a garantizar la plena igualdad entre mujeres y hombres en el entorno laboral otorgando a tal efecto rango de ley a los Reglamentos de Igualdad Retributiva y de Planes de Igualdad.

Precisamente por este avance que se ha producido, debemos ser exigentes y recordar que la mayoría de las agresiones quedan impunes, ya sea porque no llegan a denunciarse (solo se han presentado 1746 denuncias durante el año 2019, datos oficiales Ministerio del Interior), o porque, si llegan a judicializarse, en la gran mayoría de los casos se archivan en los juzgados por la inexistencia de un marco jurídico claro sobre estos hechos y los procesos asociados a los mismos. Y lo que es más importante, no solo se trata de reconocer el tipo, circunstancias, y tipos de discriminación en el marco jurídico, sino porque necesitamos concienciar, estudiar y prevenir para evitar su existencia.

Es por tanto dicho valor de tolerancia presente en nuestra sociedad que debemos avanzar, exigiéndonos a nosotros mismos que España se dote de herramientas y un marco jurídico que mejoren la convivencia y garanticen el derecho a la diversidad. Si no prevenimos, sensibilizamos, mediamos y protegemos a las víctimas, el derecho penal llegará muy tarde, además de que no todo debe ser abordado desde lo penal.

Todos estos conceptos no son ajenos a nuestro marco de convivencia puesto que el Derecho al respeto a la dignidad de la persona y Derecho a la igualdad de trato ya están incluidos en la Constitución, tal y como se dispone en los artículos 9.2 y 14 de la misma, pero en muchas ocasiones no se garantiza y es lo que pretendemos con esta importante iniciativa legislativa. Y debemos hacerlo para estar en sintonía con Europa, pues no podemos ser unos de los pocos países del entorno europeo en no haber completado la adaptación de las normativas comunitarias. Y nos atrevemos a decir que lo hacemos desde el consenso que con acierto han demandado las grandes organizaciones sociales y cívicas que impulsan también este avance.

Hay voces críticas que aspiran a dotarlas de carácter orgánico, e incluir mucho más contenido relativo a delitos de odio, pero los y las socialistas nos hemos caracterizado por ser posibilistas, y abrir la puerta a las reivindicaciones de los colectivos, que luego disfrutará la mayoría de la sociedad, y esta no será una excepción. Tal como lo fue la ley del divorcio, del aborto, de violencia hacia las mujeres, de identidad de género, la del matrimonio igualitario y más recientemente la de eutanasia.

Con la actual composición del Congreso de los Diputados, la vía más ágil es lograr la aprobación de una Ley de carácter integral, garantista, que regule las conductas indeseables que tienen lugar en el empleo, la educación, la sanidad, la prestación de servicios sociales, el acceso a bienes y servicios disponibles al público y la publicidad, en determinados ámbitos de la vida política, cultural y social o antes nuevos retos como las redes sociales y la inteligencia artificial.

Por lo expuesto, se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Dirigirse al Gobierno de la Nación para que impulse la conclusión, en el menor tiempo posible, de los trabajos de elaboración y la aprobación de la Ley de Igualdad de Trato y No discriminación.

2. Comenzar los trabajos, en el menor tiempo posible, para presentar en un plazo de no más de tres mesas después de la aprobación de la Ley de igualdad de trato, las medidas de carácter legislativo y administrativo que en el marco de sus competencias hagan referencia a la futura nueva Ley de Igualdad de Trato y No discriminación".

Valladolid, 24 de marzo de 2021.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Luis Ángel Fernández Bayón,

Laura Pelegrina Cortijo,

Elisa Patricia Gómez Urbán y

María Isabel Gonzalo Ramírez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001013-01

CVE="BOCCL-10-018062"



Sede de las Cortes de Castilla y León