PE/006657-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/006657-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a proyecto de una planta de compostaje en el término municipal de Santas Martas (León).



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 9 de abril de 2021, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/006441 a PE/006790.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 9 de abril de 2021.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto y Viceportavoz del mismo, al amparo de los artículos 155 y siguientes del Reglamento de las Cortes, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta, para su respuesta por escrito.

UPL, a instancia de la Asociación Conceyu País Llionés presenta los siguientes ANTECEDENTES:

Por Resolución de 26 de octubre de 2020 de la Secretaría General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente se concedió AUTORIZACIÓN AMBIENTAL para el proyecto de una planta de compostaje en el término municipal de Santas Martas (León) promovido por “Agro Gestión Integral, Sociedad Cooperativa” (BOCYL núm. 238 de 16 de noviembre de 2020).

En términos reales, serán lodos procedentes del tratamiento biológico de aguas residuales industriales, incluidos lodos de fosas sépticas. La Autorización reconoce que en el proceso industrial elegido se emitirán malos olores, y habrá riesgo de contaminar el suelo y las aguas superficiales y subterráneas por lixiviados.

Dado que el proyecto presenta varias amenazas para la comarca, y sus paisanos, y afectados bienes patrimoniales/culturales del área en cuestión, y aun sabiendo que la citada autorización se halla sub judice, pedimos a la Junta, sin pretender inmiscuirnos en cuestiones jurídicas, que nos aclare algunos extremos sociales, sanitarios y culturales, derivados de las siguientes características del citado proyecto, a saber:

* La planta de lodos se ubicará al lado del Camino de Santiago Francés, declarado Primer Itinerario Cultural Europeo, Bien de Interés Cultural (BIC) -Conjunto Histórico-, y Patrimonio de la Humanidad. A su paso por la zona afectada se desdobla en dos: Camino Francés, entre El Burgo Ranero y Reliegos, y Calzada romana, o Calzada del Peregrino, desde Calzadilla de los Hermanillos a Mansilla de las Mulas. Ambos se verán afectados directamente por el tránsito de vehículos pesados y por malos olores en amplios tramos de sus recorridos, y ocasionará, muy probablemente, que los peregrinos se desvíen, privando a la comarca de su influjo positivo.

* Calzada romana (Calzada de los Peregrinos), antes citada, de las mejores conservadas de España, que se verá afectada directamente por vehículos pesados.

* La planta se ubica en “Suelo rústico” con protección agropecuaria, siendo usos prohibidos los industriales y de almacenamiento no vinculados a la producción agropecuaria del término municipal.

* Las parcelas del proyecto se encuentran en la Demarcación 2, “Santas Martas”, de la Concentración Parcelaria de Payuelos, zona con sistema de riego de última generación, declarada de Utilidad Pública Estatal, y por ello sólo podrán utilizase para fines agrícolas.

* Posible contaminación del acuífero, del que se nutren los pueblos de la zona, al ser un terreno permeable, y que la base del vertedero será solamente zahorra compactada, sin impermeabilización, que permitirá infiltrarse a los lixiviados tóxicos y contaminar las aguas para boca y riegos. Los manantiales que abastecen de agua potable a la localidad de Reliegos están situadas frente a la planta de lodos, a escasa distancia.

* El cauce del Arroyo Valdearcos afluente del río Esla y este a su vez del Duero, se sitúa a 38 metros de la futura planta, de modo que muchas instalaciones se hallarán en zona inundable, con el riesgo inherente de esparcirse los lodos contaminados, en caso de avenida.

* Que el citado proyecto contraviene el principio de tratamiento de residuos bajo el criterio de proximidad, pues recibirá prácticamente todos los lodos de la Comunidad, y tal vez de otras, provocando transportes constantes, con su propia contaminación y gasto.

UPL, a instancia de la Asociación Conceyu País Llionés desea formular las siguientes PREGUNTAS:

1- ¿Va a pleitear la Junta, para llevar a término la implementación del Proyecto, contra varios ayuntamientos, pedanías y asociaciones, que han presentado, o presentarán, demanda contra el mismo, por sentirse gravemente perjudicados, por atentar contra los valores antes citados?

2- ¿No había otros lugares más apartados de poblaciones y de bienes de interés patrimonial/cultural, donde ubicar esta planta en un terreno industrial como corresponde a esta actividad?

3- ¿Intermedió la Junta con la empresa actora, para proponer otros lugares más idóneos y con menor afección para la salud humana, el medio ambiente, y a los bienes patrimoniales citados?

4- ¿Es este un golpe de ariete más para degradar el territorio leonés, y provocar más despoblación aún, obligando a los vecinos (varios pueblos) a emigrar, huyendo de esta actividad industrial, contaminante, que podría encajarse perfectamente, por sus efectos, en la antigua tipología del RAMIN (Reglamento de Actividades MOLESTAS, INSALUBRES, NOCIVAS Y PELIGROSAS?

5- ¿Qué medidas tiene contempladas esta Consejería, si después de implantada la industria se materializan las amenazas previsibles, de malos olores, contaminación de acuíferos y de los múltiples manantiales que abastecen la localidad de Reliegos entre otras, y/o el Arroyo de Valdearcos, recordamos afluente del Esla, deterioro de la Calzada Romana, disminución de los peregrinos por esa zona, emigración forzada de los habitantes del entorno, y depreciación consecuente de sus bienes, tierras e inmuebles?

6- Dado que se está abandonando una responsabilidad pública como es la gestión de lodos de EDAR dejándola en manos de capital privado que, recordemos, ¡HACEN NEGOCIO, NO PRESTAN SERVICIO! Y Siendo esto responsabilidad de las Administraciones Públicas, ¿Cree la Consejería que los intereses generales están por encima de las leyes y de la defensa del medio ambiente?

7- ¿Tiene, para la Consejería, y la Junta de C. Y León, más peso el negocio privado de la peticionaria (Agro Gestión Integral, S.C.), que el del medio ambiente y el futuro de la Comarca y sus vecinos?

8- ¿Tiene la Junta de C. Y León algún tipo de vinculación con la citada empresa, Agro Gestión Integral, S.C. o con los miembros de la misma?

9- ¿Va a rectificar la Consejería de Fomento y Medio Ambiente revisando y suspendiendo la Autorización Ambiental otorgada, en beneficio de los perjudicados del entorno, e instar su ubicación en otro lugar más idóneo, con menor impacto natural, patrimonial, y para los moradores?

Valladolid, 10 de marzo de 2021


PE/006657-01

CVE="BOCCL-10-018310"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 34277-34280
BOCCL nº 230/10 del 19/4/2021
CVE: BOCCL-10-018310

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/006657-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a proyecto de una planta de compostaje en el término municipal de Santas Martas (León).

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 9 de abril de 2021, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/006441 a PE/006790.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 9 de abril de 2021.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto y Viceportavoz del mismo, al amparo de los artículos 155 y siguientes del Reglamento de las Cortes, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta, para su respuesta por escrito.

UPL, a instancia de la Asociación Conceyu País Llionés presenta los siguientes ANTECEDENTES:

Por Resolución de 26 de octubre de 2020 de la Secretaría General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente se concedió AUTORIZACIÓN AMBIENTAL para el proyecto de una planta de compostaje en el término municipal de Santas Martas (León) promovido por “Agro Gestión Integral, Sociedad Cooperativa” (BOCYL núm. 238 de 16 de noviembre de 2020).

En términos reales, serán lodos procedentes del tratamiento biológico de aguas residuales industriales, incluidos lodos de fosas sépticas. La Autorización reconoce que en el proceso industrial elegido se emitirán malos olores, y habrá riesgo de contaminar el suelo y las aguas superficiales y subterráneas por lixiviados.

Dado que el proyecto presenta varias amenazas para la comarca, y sus paisanos, y afectados bienes patrimoniales/culturales del área en cuestión, y aun sabiendo que la citada autorización se halla sub judice, pedimos a la Junta, sin pretender inmiscuirnos en cuestiones jurídicas, que nos aclare algunos extremos sociales, sanitarios y culturales, derivados de las siguientes características del citado proyecto, a saber:

* La planta de lodos se ubicará al lado del Camino de Santiago Francés, declarado Primer Itinerario Cultural Europeo, Bien de Interés Cultural (BIC) -Conjunto Histórico-, y Patrimonio de la Humanidad. A su paso por la zona afectada se desdobla en dos: Camino Francés, entre El Burgo Ranero y Reliegos, y Calzada romana, o Calzada del Peregrino, desde Calzadilla de los Hermanillos a Mansilla de las Mulas. Ambos se verán afectados directamente por el tránsito de vehículos pesados y por malos olores en amplios tramos de sus recorridos, y ocasionará, muy probablemente, que los peregrinos se desvíen, privando a la comarca de su influjo positivo.

* Calzada romana (Calzada de los Peregrinos), antes citada, de las mejores conservadas de España, que se verá afectada directamente por vehículos pesados.

* La planta se ubica en “Suelo rústico” con protección agropecuaria, siendo usos prohibidos los industriales y de almacenamiento no vinculados a la producción agropecuaria del término municipal.

* Las parcelas del proyecto se encuentran en la Demarcación 2, “Santas Martas”, de la Concentración Parcelaria de Payuelos, zona con sistema de riego de última generación, declarada de Utilidad Pública Estatal, y por ello sólo podrán utilizase para fines agrícolas.

* Posible contaminación del acuífero, del que se nutren los pueblos de la zona, al ser un terreno permeable, y que la base del vertedero será solamente zahorra compactada, sin impermeabilización, que permitirá infiltrarse a los lixiviados tóxicos y contaminar las aguas para boca y riegos. Los manantiales que abastecen de agua potable a la localidad de Reliegos están situadas frente a la planta de lodos, a escasa distancia.

* El cauce del Arroyo Valdearcos afluente del río Esla y este a su vez del Duero, se sitúa a 38 metros de la futura planta, de modo que muchas instalaciones se hallarán en zona inundable, con el riesgo inherente de esparcirse los lodos contaminados, en caso de avenida.

* Que el citado proyecto contraviene el principio de tratamiento de residuos bajo el criterio de proximidad, pues recibirá prácticamente todos los lodos de la Comunidad, y tal vez de otras, provocando transportes constantes, con su propia contaminación y gasto.

UPL, a instancia de la Asociación Conceyu País Llionés desea formular las siguientes PREGUNTAS:

1- ¿Va a pleitear la Junta, para llevar a término la implementación del Proyecto, contra varios ayuntamientos, pedanías y asociaciones, que han presentado, o presentarán, demanda contra el mismo, por sentirse gravemente perjudicados, por atentar contra los valores antes citados?

2- ¿No había otros lugares más apartados de poblaciones y de bienes de interés patrimonial/cultural, donde ubicar esta planta en un terreno industrial como corresponde a esta actividad?

3- ¿Intermedió la Junta con la empresa actora, para proponer otros lugares más idóneos y con menor afección para la salud humana, el medio ambiente, y a los bienes patrimoniales citados?

4- ¿Es este un golpe de ariete más para degradar el territorio leonés, y provocar más despoblación aún, obligando a los vecinos (varios pueblos) a emigrar, huyendo de esta actividad industrial, contaminante, que podría encajarse perfectamente, por sus efectos, en la antigua tipología del RAMIN (Reglamento de Actividades MOLESTAS, INSALUBRES, NOCIVAS Y PELIGROSAS?

5- ¿Qué medidas tiene contempladas esta Consejería, si después de implantada la industria se materializan las amenazas previsibles, de malos olores, contaminación de acuíferos y de los múltiples manantiales que abastecen la localidad de Reliegos entre otras, y/o el Arroyo de Valdearcos, recordamos afluente del Esla, deterioro de la Calzada Romana, disminución de los peregrinos por esa zona, emigración forzada de los habitantes del entorno, y depreciación consecuente de sus bienes, tierras e inmuebles?

6- Dado que se está abandonando una responsabilidad pública como es la gestión de lodos de EDAR dejándola en manos de capital privado que, recordemos, ¡HACEN NEGOCIO, NO PRESTAN SERVICIO! Y Siendo esto responsabilidad de las Administraciones Públicas, ¿Cree la Consejería que los intereses generales están por encima de las leyes y de la defensa del medio ambiente?

7- ¿Tiene, para la Consejería, y la Junta de C. Y León, más peso el negocio privado de la peticionaria (Agro Gestión Integral, S.C.), que el del medio ambiente y el futuro de la Comarca y sus vecinos?

8- ¿Tiene la Junta de C. Y León algún tipo de vinculación con la citada empresa, Agro Gestión Integral, S.C. o con los miembros de la misma?

9- ¿Va a rectificar la Consejería de Fomento y Medio Ambiente revisando y suspendiendo la Autorización Ambiental otorgada, en beneficio de los perjudicados del entorno, e instar su ubicación en otro lugar más idóneo, con menor impacto natural, patrimonial, y para los moradores?

Valladolid, 10 de marzo de 2021


PE/006657-01

CVE="BOCCL-10-018310"



Sede de las Cortes de Castilla y León