PNL/001027-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001027-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Pedro Luis González Reglero y Dña. Virginia Barcones Sanz, instando a la Junta de Castilla y León a convocar una línea de subvenciones dirigidas a Entidades Locales de la Comunidad para la contratación de personas con discapacidad desempleadas para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social, para su tramitación ante la Comisión de Empleo e Industria.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de abril de 2021, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001021 a PNL/001028.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de abril de 2021.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Rubén Illera Redón, Consolación Pablos Labajo, Jesús Guerrero Arroyo, Pedro González Reglero y Virginia Barcones Sanz, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Empleo:

ANTECEDENTES

La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo fueron aprobados el 13 de diciembre de 2006 por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), como tratados internacionales que recogen los derechos de las personas con discapacidad.

Con la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, establece un marco general para luchar contra la discriminación por motivos de religión o convicciones, de discapacidad, de edad o de orientación sexual en el ámbito del empleo y la ocupación, con el fin de que en los Estados miembros se aplique el principio de igualdad de trato.

En nuestro país, la Constitución Española de 1978 establece en su artículo 10.º la dignidad de la persona como fundamento del orden político y de la paz social. En el artículo 14 reconoce la Igualdad ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna, y obliga, en el artículo 9, apartado segundo, a los poderes públicos a promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitando su participación en la vida política, cultural y social.

En congruencia con los citados preceptos, la Constitución Española obliga a los poderes públicos, en su artículo 49, a realizar una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, a las que prestarán la atención especializada que requieran y ampararán especialmente para el disfrute en igualdad de sus derechos.

Del mismo modo, de vital importancia es la consideración de la Legislación sobre discapacidad contenida en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, que recoge los aspectos principales de varias leyes que han quedado derogadas como tales con el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

En el ámbito autonómico de Castilla y León, el Estatuto de Autonomía establece en su artículo 8.º, apartado segundo, la obligación de sus poderes públicos de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. Además, en relación con los derechos de las personas con discapacidad, su artículo 13, apartado octavo, reconoce expresamente su derecho a la igualdad de trato y de oportunidades, a la accesibilidad en cualquier ámbito de su vida, así como a las ayudas públicas necesarias para facilitar su plena integración educativa, laboral y social.

Las ciudadanas y ciudadanos de Castilla y León con alguna discapacidad conforman un grupo vulnerable y numeroso al que el modo en que se estructura y funciona la sociedad ha mantenido habitualmente en conocidas condiciones de exclusión. Este hecho ha comportado la restricción de sus derechos básicos y libertades condicionando u obstaculizando su desarrollo personal, así como el disfrute de los recursos y servicios disponibles para toda la población y la posibilidad de contribuir con sus capacidades al progreso de la sociedad.

En el ámbito de las políticas y actuaciones sociales, como en otros, cada vez hay más interés por el impacto real de las mismas, es decir, por conocer su capacidad para mejorar y transformar la vida de las personas a las que se dirigen. En esta línea, debemos abordar el reto de medir los cambios en la calidad de vida de los/as beneficiarios/as.

Los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística sobre el Empleo de las Personas con Discapacidad, tomando como referencia el año 2019, señala que la tasa de paro entre las personas con discapacidad en España fue del 23,9 % en 2019, 1,3 puntos menos que en 2018 y 10 puntos más que entre la población sin discapacidad.

En Castilla y León, en el año 2019, el número de personas en edad de trabajar (entre 16 y 64 años) con discapacidad es de 95.800 personas, el 6,5 % de la población total en edad de trabajar de Castilla y León y el 5,1 % respecto al total de personas con discapacidad en edad de trabajar en España, donde la cifra es de 1.876.900 (el 6,2 % de la población total en edad laboral).

En el año 2020, con la llegada de la pandemia y la continuidad de esta hasta nuestros días, el colectivo de personas con discapacidad sufre en mayor medida las consecuencias de esta en todas las dimensiones, también en lo que respecta al mercado laboral.

Para disminuir el impacto que esta situación sanitaria, social y económica tiene para con el colectivo de personas con algún tipo de discapacidad en esta Comunidad, es de vital transcendencia que la Junta de Castilla y León convoque una línea de subvenciones dirigidas a las Entidades Locales para la contratación a personas con discapacidad en situación de desempleo para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social en el primer semestre del presente año.

En los años anteriores esta convocatoria ha sido publicada con diversas modificaciones que siempre estas han ido dirigidas a reducir las posibilidades de contratación de las personas con discapacidad por las Entidades Locales de esta Comunidad.

La situación actual reclama un aumento de recursos económicos para una nueva convocatoria para el año 2021, con modificaciones específicas para un mayor número de las contrataciones y aumento de la seguridad de las personas con discapacidad existentes en la Comunidad.

Por lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a convocar en el primer semestre de 2021 una línea de subvenciones dirigidas a Entidades Locales de la Comunidad para la contratación de personas desempleadas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 % para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social en las que:

a.- El importe total convocado sea de, al menos, 7 millones de euros.

b.- El número máximo de contrataciones subvencionables sea de 3 a jornada completa por Entidad Local solicitante".

Valladolid, 23 de marzo de 2021.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Rubén Illera Redón,

María Consolación Pablos Labajo,

Jesús Guerrero Arroyo,

Pedro Luis González Reglero y

Virginia Barcones Sanz

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001027-01

CVE="BOCCL-10-019118"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 35625-35627
BOCCL nº 234/10 del 26/4/2021
CVE: BOCCL-10-019118

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001027-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Pedro Luis González Reglero y Dña. Virginia Barcones Sanz, instando a la Junta de Castilla y León a convocar una línea de subvenciones dirigidas a Entidades Locales de la Comunidad para la contratación de personas con discapacidad desempleadas para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social, para su tramitación ante la Comisión de Empleo e Industria.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de abril de 2021, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001021 a PNL/001028.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de abril de 2021.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Rubén Illera Redón, Consolación Pablos Labajo, Jesús Guerrero Arroyo, Pedro González Reglero y Virginia Barcones Sanz, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Empleo:

ANTECEDENTES

La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo fueron aprobados el 13 de diciembre de 2006 por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), como tratados internacionales que recogen los derechos de las personas con discapacidad.

Con la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, establece un marco general para luchar contra la discriminación por motivos de religión o convicciones, de discapacidad, de edad o de orientación sexual en el ámbito del empleo y la ocupación, con el fin de que en los Estados miembros se aplique el principio de igualdad de trato.

En nuestro país, la Constitución Española de 1978 establece en su artículo 10.º la dignidad de la persona como fundamento del orden político y de la paz social. En el artículo 14 reconoce la Igualdad ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna, y obliga, en el artículo 9, apartado segundo, a los poderes públicos a promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitando su participación en la vida política, cultural y social.

En congruencia con los citados preceptos, la Constitución Española obliga a los poderes públicos, en su artículo 49, a realizar una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, a las que prestarán la atención especializada que requieran y ampararán especialmente para el disfrute en igualdad de sus derechos.

Del mismo modo, de vital importancia es la consideración de la Legislación sobre discapacidad contenida en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, que recoge los aspectos principales de varias leyes que han quedado derogadas como tales con el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

En el ámbito autonómico de Castilla y León, el Estatuto de Autonomía establece en su artículo 8.º, apartado segundo, la obligación de sus poderes públicos de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. Además, en relación con los derechos de las personas con discapacidad, su artículo 13, apartado octavo, reconoce expresamente su derecho a la igualdad de trato y de oportunidades, a la accesibilidad en cualquier ámbito de su vida, así como a las ayudas públicas necesarias para facilitar su plena integración educativa, laboral y social.

Las ciudadanas y ciudadanos de Castilla y León con alguna discapacidad conforman un grupo vulnerable y numeroso al que el modo en que se estructura y funciona la sociedad ha mantenido habitualmente en conocidas condiciones de exclusión. Este hecho ha comportado la restricción de sus derechos básicos y libertades condicionando u obstaculizando su desarrollo personal, así como el disfrute de los recursos y servicios disponibles para toda la población y la posibilidad de contribuir con sus capacidades al progreso de la sociedad.

En el ámbito de las políticas y actuaciones sociales, como en otros, cada vez hay más interés por el impacto real de las mismas, es decir, por conocer su capacidad para mejorar y transformar la vida de las personas a las que se dirigen. En esta línea, debemos abordar el reto de medir los cambios en la calidad de vida de los/as beneficiarios/as.

Los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística sobre el Empleo de las Personas con Discapacidad, tomando como referencia el año 2019, señala que la tasa de paro entre las personas con discapacidad en España fue del 23,9 % en 2019, 1,3 puntos menos que en 2018 y 10 puntos más que entre la población sin discapacidad.

En Castilla y León, en el año 2019, el número de personas en edad de trabajar (entre 16 y 64 años) con discapacidad es de 95.800 personas, el 6,5 % de la población total en edad de trabajar de Castilla y León y el 5,1 % respecto al total de personas con discapacidad en edad de trabajar en España, donde la cifra es de 1.876.900 (el 6,2 % de la población total en edad laboral).

En el año 2020, con la llegada de la pandemia y la continuidad de esta hasta nuestros días, el colectivo de personas con discapacidad sufre en mayor medida las consecuencias de esta en todas las dimensiones, también en lo que respecta al mercado laboral.

Para disminuir el impacto que esta situación sanitaria, social y económica tiene para con el colectivo de personas con algún tipo de discapacidad en esta Comunidad, es de vital transcendencia que la Junta de Castilla y León convoque una línea de subvenciones dirigidas a las Entidades Locales para la contratación a personas con discapacidad en situación de desempleo para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social en el primer semestre del presente año.

En los años anteriores esta convocatoria ha sido publicada con diversas modificaciones que siempre estas han ido dirigidas a reducir las posibilidades de contratación de las personas con discapacidad por las Entidades Locales de esta Comunidad.

La situación actual reclama un aumento de recursos económicos para una nueva convocatoria para el año 2021, con modificaciones específicas para un mayor número de las contrataciones y aumento de la seguridad de las personas con discapacidad existentes en la Comunidad.

Por lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a convocar en el primer semestre de 2021 una línea de subvenciones dirigidas a Entidades Locales de la Comunidad para la contratación de personas desempleadas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 % para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social en las que:

a.- El importe total convocado sea de, al menos, 7 millones de euros.

b.- El número máximo de contrataciones subvencionables sea de 3 a jornada completa por Entidad Local solicitante".

Valladolid, 23 de marzo de 2021.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Rubén Illera Redón,

María Consolación Pablos Labajo,

Jesús Guerrero Arroyo,

Pedro Luis González Reglero y

Virginia Barcones Sanz

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001027-01

CVE="BOCCL-10-019118"



Sede de las Cortes de Castilla y León