PE/006323-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006323-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón y D. Luis Briones Martínez, relativa a actuaciones de la Consejería de la Presidencia en relación a las personas con discapacidad los últimos 5 años, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 219, de 15 de marzo de 2021.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005126, PE/005371, PE/005797 a PE/005801, PE/006321 a PE/006323, PE/006325 a PE/006327, PE/006329 a PE/006331, PE/006336 a PE/006338, PE/006340 a PE/006345, PE/006349, PE/006352, PE/006361 a PE/006376, PE/006378 a PE/006383, PE/006385, PE/006387 a PE/006400, PE/006412, PE/006414 a PE/006419 y PE/006421 a PE/006423, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de abril de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-019226.

Contestación a la Pregunta Escrita, P.E./006323, formulada por D. Rubén Illera Redón y otros Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a actuaciones en relación a las personas con discapacidad en los últimos 5 años.

En contestación a la Pregunta Escrita de referencia se informa, en primer lugar, que la Consejería de la Presidencia ha desarrollado distintas actuaciones encaminadas a facilitar las condiciones de acceso al empleo público de las personas con discapacidad.

En este sentido, los correspondientes Acuerdos (7/2016, de 4 de febrero,

57/2017, de 28 de septiembre, 64/2018, de 20 de diciembre, 19/ 2019, de 28 de marzo y 97/2020, de 10 de diciembre), de la Junta de Castilla y León, por los que se aprueban las ofertas de empleo público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, establecen que en los procesos selectivos derivados de dichas oferta de empleo público para ingreso en los cuerpos o escalas de funcionarios, en las competencias funcionales y especialidades de personal laboral y en las categorías y especialidades de personal estatutario se reservará el diez por ciento del total de las plazas autorizadas para el acceso de aquellas personas con discapacidad, y el dos por ciento de estas plazas se ofertarán para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual.

En cuanto a las tasas por participación en los procesos selectivos se ha establecido la exención de las mismas a las personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %, o que tengan legalmente tal consideración, de conformidad con la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Las distintas convocatorias de los procesos selectivos para ingreso en los cuerpos y escalas de funcionarios y las de acceso a las competencias funcionales y especialidades de personal laboral fijo, derivados de cada una de las ofertas de empleo público, contemplan la posibilidad de que las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, soliciten las adaptaciones y los ajustes de tiempos y medios que precisen para la realización de las pruebas en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

Por otro lado, las convocatorias de los procesos selectivos que incluyen turno reservado para personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 % o que tengan legalmente tal consideración, contemplan también, entre otras medidas, que en el caso de que alguno de los ejercidos de la fase de oposición no pueda ser simultánea para los turnos general y reservado a personas con discapacidad, se realizará primero el correspondiente al turno reservado a personas con discapacidad, y que se valorarán en primer lugar las pruebas realizadas por los aspirantes de dicho turno y a continuación las del turno general.

Además y en el caso de que algún aspirante que participe en el turno de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes sin obtener plaza resultando su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del turno general, será incluido por su orden de puntuación en la relación de aprobados.

También se establece que en la calificación final del proceso selectivo en caso de empate en la puntuación final obtenida entre varios aspirantes, si uno de ellos ha participado por el turno de personas con discapacidad, éste ocupará el primer lugar de entre ellos, circunstancia que se aplicará con carácter previo a los criterios generales de prelación establecidos anteriormente.

Por otro lado hay que indicar que en las convocatorias de procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en los últimos cinco años, 2016 a 2020, se han reservado y cubierto para el turno de personas con discapacidad el siguiente número de plazas, si bien hay que señalar que no están incluidos el personal estatutario y el personal funcionario docente:

En el año 2017, se convocó por primera vez en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, el proceso selectivo para ingreso corno personal laboral fijo en plazas reservadas para personas que acrediten discapacidad intelectual, en la Competencia Funcional de Personal de Servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Se convocaron y fueron cubiertos cinco puestos de trabajo derivados de la OEP del año 2016.

En este ejercicio también está previsto realizar otra convocatoria de proceso selectivo para personas con discapacidad intelectual.

Por último destacar que se está tramitando un Proyecto de modificación del Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y Leon, que en la actualidad se está negociando en la Mesa General de Empleados Públicos, y que tiene como finalidad recoger y desarrollar el conjunto de disposiciones y medidas vigentes en el Estatuto del Empleado Público y en el ordenamiento autonómico de Castilla y León para promover el acceso al empleo público de las personas con discapacidad y al mismo tiempo incorporar, dentro del marco constitucional y legal existente, una serie de medidas adicionales de acción positiva que coadyuven a dotar de efectividad al principio de igualdad en el acceso a la Función Pública de la Comunidad de Castilla y León de las personas afectadas por una discapacidad.

Respecto a los edificios adscritos a la Consejería de la Presidencia indicar, en cuanto a accesibilidad, que cumplen con la normativa de dicha materia en nuestra Comunidad (Ley 3/1998, de 24 de junio, de Accesibilidad y Supresión de Barreras y el Decreto 21782001, de 30 de agosto por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla), a excepción del edificio “A’, que no cuenta con ningún elemento mecánico de elevación accesible y utilizable por personas con movilidad reducida.

Por ello, y con el objeto de eliminar la barrera arquitectónica existente en las instalaciones de esta Consejería, se pretende instalar un ascensor adaptado que cumpla con las condiciones de exigencia establecidas en la normativa.

La realización de esta obra está condicionada a la disponibilidad presupuestaria y a las dificultades que plantea la afección urbanística actual expuesta en el Pian General de Ordenación Urbana de Valladolid, cuya revisión se aprobó definitivamente el 19 de junio de 2020 y que clasifica el edificio “A” con un grado de protección P3, lo que implica las siguientes condiciones: “Conjunto arquitectónico con notables valores arquitectónicos, tanto en su composición exterior como en la organización de las distintas piezas arquitectónicas en la parcela y su tipología. Se protege estructuralmente, debiendo mantenerse la organización del conjunto, los espacios libres, y las edificaciones en lo relativo a su volumetría, estructura, organización tipológica y envolvente exterior. Se conservará así mismo la valla de cierre y los elementos ajardinados...”.

Valladolid, 12 de abril de 2021.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.


PE/006323-2

CVE="BOCCL-10-019226"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 35961
BOCCL nº 241/10 del 7/5/2021
CVE: BOCCL-10-019226

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006323-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón y D. Luis Briones Martínez, relativa a actuaciones de la Consejería de la Presidencia en relación a las personas con discapacidad los últimos 5 años, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 219, de 15 de marzo de 2021.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005126, PE/005371, PE/005797 a PE/005801, PE/006321 a PE/006323, PE/006325 a PE/006327, PE/006329 a PE/006331, PE/006336 a PE/006338, PE/006340 a PE/006345, PE/006349, PE/006352, PE/006361 a PE/006376, PE/006378 a PE/006383, PE/006385, PE/006387 a PE/006400, PE/006412, PE/006414 a PE/006419 y PE/006421 a PE/006423, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de abril de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-019226.

Contestación a la Pregunta Escrita, P.E./006323, formulada por D. Rubén Illera Redón y otros Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a actuaciones en relación a las personas con discapacidad en los últimos 5 años.

En contestación a la Pregunta Escrita de referencia se informa, en primer lugar, que la Consejería de la Presidencia ha desarrollado distintas actuaciones encaminadas a facilitar las condiciones de acceso al empleo público de las personas con discapacidad.

En este sentido, los correspondientes Acuerdos (7/2016, de 4 de febrero,

57/2017, de 28 de septiembre, 64/2018, de 20 de diciembre, 19/ 2019, de 28 de marzo y 97/2020, de 10 de diciembre), de la Junta de Castilla y León, por los que se aprueban las ofertas de empleo público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, establecen que en los procesos selectivos derivados de dichas oferta de empleo público para ingreso en los cuerpos o escalas de funcionarios, en las competencias funcionales y especialidades de personal laboral y en las categorías y especialidades de personal estatutario se reservará el diez por ciento del total de las plazas autorizadas para el acceso de aquellas personas con discapacidad, y el dos por ciento de estas plazas se ofertarán para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual.

En cuanto a las tasas por participación en los procesos selectivos se ha establecido la exención de las mismas a las personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %, o que tengan legalmente tal consideración, de conformidad con la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Las distintas convocatorias de los procesos selectivos para ingreso en los cuerpos y escalas de funcionarios y las de acceso a las competencias funcionales y especialidades de personal laboral fijo, derivados de cada una de las ofertas de empleo público, contemplan la posibilidad de que las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, soliciten las adaptaciones y los ajustes de tiempos y medios que precisen para la realización de las pruebas en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

Por otro lado, las convocatorias de los procesos selectivos que incluyen turno reservado para personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 % o que tengan legalmente tal consideración, contemplan también, entre otras medidas, que en el caso de que alguno de los ejercidos de la fase de oposición no pueda ser simultánea para los turnos general y reservado a personas con discapacidad, se realizará primero el correspondiente al turno reservado a personas con discapacidad, y que se valorarán en primer lugar las pruebas realizadas por los aspirantes de dicho turno y a continuación las del turno general.

Además y en el caso de que algún aspirante que participe en el turno de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes sin obtener plaza resultando su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del turno general, será incluido por su orden de puntuación en la relación de aprobados.

También se establece que en la calificación final del proceso selectivo en caso de empate en la puntuación final obtenida entre varios aspirantes, si uno de ellos ha participado por el turno de personas con discapacidad, éste ocupará el primer lugar de entre ellos, circunstancia que se aplicará con carácter previo a los criterios generales de prelación establecidos anteriormente.

Por otro lado hay que indicar que en las convocatorias de procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en los últimos cinco años, 2016 a 2020, se han reservado y cubierto para el turno de personas con discapacidad el siguiente número de plazas, si bien hay que señalar que no están incluidos el personal estatutario y el personal funcionario docente:

En el año 2017, se convocó por primera vez en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, el proceso selectivo para ingreso corno personal laboral fijo en plazas reservadas para personas que acrediten discapacidad intelectual, en la Competencia Funcional de Personal de Servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Se convocaron y fueron cubiertos cinco puestos de trabajo derivados de la OEP del año 2016.

En este ejercicio también está previsto realizar otra convocatoria de proceso selectivo para personas con discapacidad intelectual.

Por último destacar que se está tramitando un Proyecto de modificación del Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y Leon, que en la actualidad se está negociando en la Mesa General de Empleados Públicos, y que tiene como finalidad recoger y desarrollar el conjunto de disposiciones y medidas vigentes en el Estatuto del Empleado Público y en el ordenamiento autonómico de Castilla y León para promover el acceso al empleo público de las personas con discapacidad y al mismo tiempo incorporar, dentro del marco constitucional y legal existente, una serie de medidas adicionales de acción positiva que coadyuven a dotar de efectividad al principio de igualdad en el acceso a la Función Pública de la Comunidad de Castilla y León de las personas afectadas por una discapacidad.

Respecto a los edificios adscritos a la Consejería de la Presidencia indicar, en cuanto a accesibilidad, que cumplen con la normativa de dicha materia en nuestra Comunidad (Ley 3/1998, de 24 de junio, de Accesibilidad y Supresión de Barreras y el Decreto 21782001, de 30 de agosto por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla), a excepción del edificio “A’, que no cuenta con ningún elemento mecánico de elevación accesible y utilizable por personas con movilidad reducida.

Por ello, y con el objeto de eliminar la barrera arquitectónica existente en las instalaciones de esta Consejería, se pretende instalar un ascensor adaptado que cumpla con las condiciones de exigencia establecidas en la normativa.

La realización de esta obra está condicionada a la disponibilidad presupuestaria y a las dificultades que plantea la afección urbanística actual expuesta en el Pian General de Ordenación Urbana de Valladolid, cuya revisión se aprobó definitivamente el 19 de junio de 2020 y que clasifica el edificio “A” con un grado de protección P3, lo que implica las siguientes condiciones: “Conjunto arquitectónico con notables valores arquitectónicos, tanto en su composición exterior como en la organización de las distintas piezas arquitectónicas en la parcela y su tipología. Se protege estructuralmente, debiendo mantenerse la organización del conjunto, los espacios libres, y las edificaciones en lo relativo a su volumetría, estructura, organización tipológica y envolvente exterior. Se conservará así mismo la valla de cierre y los elementos ajardinados...”.

Valladolid, 12 de abril de 2021.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.


PE/006323-2

CVE="BOCCL-10-019226"



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