PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005126, PE/005371, PE/005797 a PE/005801, PE/006321 a PE/006323, PE/006325 a PE/006327, PE/006329 a PE/006331, PE/006336 a PE/006338, PE/006340 a PE/006345, PE/006349, PE/006352, PE/006361 a PE/006376, PE/006378 a PE/006383, PE/006385, PE/006387 a PE/006400, PE/006412, PE/006414 a PE/006419 y PE/006421 a PE/006423, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de abril de 2021.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.
Contestación a la Pregunta Escrita P.E/1006338, formulada por D. Fernando Pablos Romo, D.ª Rosa Rubio Martín, D. Juan Luis Cepa Álvarez, D.ª María del Carmen García Romero, D. Jesús Puente Alcaraz, y D. Diego Moreno Castrillo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a no realización de cribado COVID en el municipio de Boada (Salamanca) en el mes de enero de 2021.
La localidad de Boada pertenece a la Zona Básica de Salud de La Fuente de
San Esteban (Salamanca) y tiene una población de tarjeta sanitaria de 293 personas (datos a 1 de enero de 2021).
La realización de cribados con test de antígenos de segunda generación en Castilla y León se realiza previo análisis y estudio de los datos epidemiológicos por parte de la Gerencia competente junto con el Servicio Territorial de Sanidad de la provincia correspondiente. En dicho análisis se valoran una serie de criterios consensuados como incidencia, trazabilidad y tendencia que permiten determinar la realización en Zonas Básicas de Salud completas por pérdida de la trazabilidad, en cuyo caso se realizan cribados masivos, o en localidades concretas, en cuyo caso se realizan cribados desde el Centro de Salud o Consultorio Local correspondiente, pero en todo caso los cribados se realizan cuando los criterios epidemiológicos lo aconsejan.
Valladolid, 8 de abril de 2021.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Verónica Casado Vicente.
PE/006338-2
CVE="BOCCL-10-019252"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005126, PE/005371, PE/005797 a PE/005801, PE/006321 a PE/006323, PE/006325 a PE/006327, PE/006329 a PE/006331, PE/006336 a PE/006338, PE/006340 a PE/006345, PE/006349, PE/006352, PE/006361 a PE/006376, PE/006378 a PE/006383, PE/006385, PE/006387 a PE/006400, PE/006412, PE/006414 a PE/006419 y PE/006421 a PE/006423, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de abril de 2021.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita P.E/1006338, formulada por D. Fernando Pablos Romo, D.ª Rosa Rubio Martín, D. Juan Luis Cepa Álvarez, D.ª María del Carmen García Romero, D. Jesús Puente Alcaraz, y D. Diego Moreno Castrillo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a no realización de cribado COVID en el municipio de Boada (Salamanca) en el mes de enero de 2021.
La localidad de Boada pertenece a la Zona Básica de Salud de La Fuente de
San Esteban (Salamanca) y tiene una población de tarjeta sanitaria de 293 personas (datos a 1 de enero de 2021).
La realización de cribados con test de antígenos de segunda generación en Castilla y León se realiza previo análisis y estudio de los datos epidemiológicos por parte de la Gerencia competente junto con el Servicio Territorial de Sanidad de la provincia correspondiente. En dicho análisis se valoran una serie de criterios consensuados como incidencia, trazabilidad y tendencia que permiten determinar la realización en Zonas Básicas de Salud completas por pérdida de la trazabilidad, en cuyo caso se realizan cribados masivos, o en localidades concretas, en cuyo caso se realizan cribados desde el Centro de Salud o Consultorio Local correspondiente, pero en todo caso los cribados se realizan cuando los criterios epidemiológicos lo aconsejan.
Valladolid, 8 de abril de 2021.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Verónica Casado Vicente.
PE/006338-2
CVE="BOCCL-10-019252"