PE/006412-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006412-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Javier Campos de la Fuente, D. Diego Moreno Castrillo, Dña. María Rodríguez Díaz, D. José Ignacio Ronda Gutiérrez, Dña. Nuria Rubio García, Dña. Yolanda Sacristán Rodríguez, D. Fernando Pablos Romo y D. Jesús Guerrero Arroyo, relativa a distintas cuestiones sobre la financiación de la formación profesional reglada, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 219, de 15 de marzo de 2021.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005126, PE/005371, PE/005797 a PE/005801, PE/006321 a PE/006323, PE/006325 a PE/006327, PE/006329 a PE/006331, PE/006336 a PE/006338, PE/006340 a PE/006345, PE/006349, PE/006352, PE/006361 a PE/006376, PE/006378 a PE/006383, PE/006385, PE/006387 a PE/006400, PE/006412, PE/006414 a PE/006419 y PE/006421 a PE/006423, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de abril de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1006412, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Javier Campos de la Fuente, D. Diego Moreno Castrillo, D.ª María Rodríguez Díaz, D. José Ignacio Ronda Gutiérrez, D.ª Nuria Rubio García, D.ª Yolanda Sacristán Rodríguez, D. Fernando Pablos Romo y D. Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la financiación de la formación profesional reglada en los centros públicos de Castilla y León.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1006412, se manifiesta lo siguiente:

La financiación de la Formación Profesional reglada en los centros públicos educativos de nuestra Comunidad se realiza con cargo a los créditos de la

sección 07 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla

y León. Así, con cargo al servicio 06 se financian los gastos de personal (Capítulo 1) y con cargo al servicio 02 los gastos ordinarios de funcionamiento así como su equipamiento (Capítulos 2 y 6)

Los centros docentes públicos no universitarios disponen de autonomía en su gestión económica, según se establece en artículo 120 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y en el artículo 2 del Decreto 120/2002, de 7 de noviembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de la Autonomía de Gestión Económica de los Centros Docentes Públicos no Universitarios, donde se define como la utilización responsable por el propio centro de los recursos necesarios para su funcionamiento.

Los centros públicos cuentan con un proyecto de gestión, donde se recoge la utilización de sus recursos, y elaboran el presupuesto por ejercicio económico, que constituye el instrumento de planificación económica del centro. En él se expresan las obligaciones que como máximo puede reconocer el centro y los ingresos que prevé obtener durante el correspondiente ejercicio.

Con estos recursos los centros planifican sus gastos, entre ellos los gastos en material fungible, con el objetivo de garantizar su correcto funcionamiento y atendiendo con carácter preferente los gastos fijos y los gastos que demanden las actividades educativas.

Los órganos competentes en la gestión económica del centro y las competencias de cada uno de ellos, respecto al asunto objeto de la iniciativa, son:

El Director: es el máximo responsable de la gestión de los recursos económicos del centro y dirige al Equipo Directivo en la elaboración del presupuesto, así como en los demás procesos de gestión económica. Autoriza los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordena los pagos.

El Consejo Escolar: aprueba el proyecto de presupuesto del centro y sus modificaciones y establece las directrices de funcionamiento del centro en cuanto a la gestión económica.

Por lo que se refiere al material inventariable de los ciclos formativos de los centros educativos públicos de Castilla y León, en función de las disponibilidades presupuestarias, las necesidades de cada centro son recogidas y priorizadas por la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa; posteriormente se desconcentran a las Direcciones Provinciales de Educación los créditos necesarios para la adquisición de los equipos de cada provincia.

Valladolid, 12 de abril de 2021.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/006412-2

CVE="BOCCL-10-019285"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 36167
BOCCL nº 241/10 del 7/5/2021
CVE: BOCCL-10-019285

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006412-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Javier Campos de la Fuente, D. Diego Moreno Castrillo, Dña. María Rodríguez Díaz, D. José Ignacio Ronda Gutiérrez, Dña. Nuria Rubio García, Dña. Yolanda Sacristán Rodríguez, D. Fernando Pablos Romo y D. Jesús Guerrero Arroyo, relativa a distintas cuestiones sobre la financiación de la formación profesional reglada, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 219, de 15 de marzo de 2021.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005126, PE/005371, PE/005797 a PE/005801, PE/006321 a PE/006323, PE/006325 a PE/006327, PE/006329 a PE/006331, PE/006336 a PE/006338, PE/006340 a PE/006345, PE/006349, PE/006352, PE/006361 a PE/006376, PE/006378 a PE/006383, PE/006385, PE/006387 a PE/006400, PE/006412, PE/006414 a PE/006419 y PE/006421 a PE/006423, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de abril de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1006412, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Javier Campos de la Fuente, D. Diego Moreno Castrillo, D.ª María Rodríguez Díaz, D. José Ignacio Ronda Gutiérrez, D.ª Nuria Rubio García, D.ª Yolanda Sacristán Rodríguez, D. Fernando Pablos Romo y D. Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la financiación de la formación profesional reglada en los centros públicos de Castilla y León.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1006412, se manifiesta lo siguiente:

La financiación de la Formación Profesional reglada en los centros públicos educativos de nuestra Comunidad se realiza con cargo a los créditos de la

sección 07 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla

y León. Así, con cargo al servicio 06 se financian los gastos de personal (Capítulo 1) y con cargo al servicio 02 los gastos ordinarios de funcionamiento así como su equipamiento (Capítulos 2 y 6)

Los centros docentes públicos no universitarios disponen de autonomía en su gestión económica, según se establece en artículo 120 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y en el artículo 2 del Decreto 120/2002, de 7 de noviembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de la Autonomía de Gestión Económica de los Centros Docentes Públicos no Universitarios, donde se define como la utilización responsable por el propio centro de los recursos necesarios para su funcionamiento.

Los centros públicos cuentan con un proyecto de gestión, donde se recoge la utilización de sus recursos, y elaboran el presupuesto por ejercicio económico, que constituye el instrumento de planificación económica del centro. En él se expresan las obligaciones que como máximo puede reconocer el centro y los ingresos que prevé obtener durante el correspondiente ejercicio.

Con estos recursos los centros planifican sus gastos, entre ellos los gastos en material fungible, con el objetivo de garantizar su correcto funcionamiento y atendiendo con carácter preferente los gastos fijos y los gastos que demanden las actividades educativas.

Los órganos competentes en la gestión económica del centro y las competencias de cada uno de ellos, respecto al asunto objeto de la iniciativa, son:

El Director: es el máximo responsable de la gestión de los recursos económicos del centro y dirige al Equipo Directivo en la elaboración del presupuesto, así como en los demás procesos de gestión económica. Autoriza los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordena los pagos.

El Consejo Escolar: aprueba el proyecto de presupuesto del centro y sus modificaciones y establece las directrices de funcionamiento del centro en cuanto a la gestión económica.

Por lo que se refiere al material inventariable de los ciclos formativos de los centros educativos públicos de Castilla y León, en función de las disponibilidades presupuestarias, las necesidades de cada centro son recogidas y priorizadas por la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa; posteriormente se desconcentran a las Direcciones Provinciales de Educación los créditos necesarios para la adquisición de los equipos de cada provincia.

Valladolid, 12 de abril de 2021.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/006412-2

CVE="BOCCL-10-019285"



Sede de las Cortes de Castilla y León