PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 7 de mayo de 2021, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001044 a PNL/001085.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de mayo de 2021.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Alicia Palomo Sebastián, Pedro González Reglero, Luis Briones Martínez, Rosa Rubio Martín, Soraya Blázquez Domínguez, José Ignacio Ronda Gutiérrez y Yolanda Sacristán Rodríguez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Empleo e Industria:
ANTECEDENTES
En el ordenamiento español el principio de igualdad retributiva por trabajo de igual valor se regula en el artículo 28 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Es un precepto que ha ido creciendo en importancia desde su primera formulación en el texto del Estatuto de los Trabajadores de 1980 y que ha sido recientemente modificado por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
En marzo de 2019 el gobierno aprobó el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
En octubre de 2020 el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que tiene por objeto establecer medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva, desarrollando los mecanismos para identificar y corregir la discriminación en este ámbito y luchar contra la misma, promoviendo las condiciones necesarias y removiendo los obstáculos existentes, de conformidad con lo establecido en los artículos 9.2 y 14 de la Constitución Española y de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
En base al desarrollo normativo, el 14 de abril ha entrado en vigor la obligación para todas las empresas, y autónomos, que tengan trabajadores a su cargo, de realizar un Registro Salarial anual que acredite la igualdad de pago entre los trabajadores de diferente sexo.
Por todo lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que a través de la Consejería de Empleo e Industria:
1.- Se lleve a cabo, de forma inmediata, la comprobación necesaria por parte de la Junta de Castilla y León, para verificar que las empresas tanto públicas como privadas tienen puesto en marcha el registro salarial de obligado cumplimiento.
2.- Que en seis meses desde la entrada en vigor de la obligación (14 abril de 2021) se dé cuenta en la Comisión de Empleo del informe derivado de la inspección y control por parte de la Consejería".
Valladolid, 22 de abril de 2021.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: Alicia Palomo Sebastián,
Pedro Luis González Reglero,
Luis Briones Martínez,
Rosa María Rubio Martín,
María Soraya Blázquez Domínguez,
José Ignacio Ronda Gutiérrez y
Yolanda Sacristán Rodríguez
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001057-01
CVE="BOCCL-10-019312"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 7 de mayo de 2021, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001044 a PNL/001085.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de mayo de 2021.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Alicia Palomo Sebastián, Pedro González Reglero, Luis Briones Martínez, Rosa Rubio Martín, Soraya Blázquez Domínguez, José Ignacio Ronda Gutiérrez y Yolanda Sacristán Rodríguez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Empleo e Industria:
ANTECEDENTES
En el ordenamiento español el principio de igualdad retributiva por trabajo de igual valor se regula en el artículo 28 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Es un precepto que ha ido creciendo en importancia desde su primera formulación en el texto del Estatuto de los Trabajadores de 1980 y que ha sido recientemente modificado por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
En marzo de 2019 el gobierno aprobó el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
En octubre de 2020 el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que tiene por objeto establecer medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva, desarrollando los mecanismos para identificar y corregir la discriminación en este ámbito y luchar contra la misma, promoviendo las condiciones necesarias y removiendo los obstáculos existentes, de conformidad con lo establecido en los artículos 9.2 y 14 de la Constitución Española y de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
En base al desarrollo normativo, el 14 de abril ha entrado en vigor la obligación para todas las empresas, y autónomos, que tengan trabajadores a su cargo, de realizar un Registro Salarial anual que acredite la igualdad de pago entre los trabajadores de diferente sexo.
Por todo lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que a través de la Consejería de Empleo e Industria:
1.- Se lleve a cabo, de forma inmediata, la comprobación necesaria por parte de la Junta de Castilla y León, para verificar que las empresas tanto públicas como privadas tienen puesto en marcha el registro salarial de obligado cumplimiento.
2.- Que en seis meses desde la entrada en vigor de la obligación (14 abril de 2021) se dé cuenta en la Comisión de Empleo del informe derivado de la inspección y control por parte de la Consejería".
Valladolid, 22 de abril de 2021.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: Alicia Palomo Sebastián,
Pedro Luis González Reglero,
Luis Briones Martínez,
Rosa María Rubio Martín,
María Soraya Blázquez Domínguez,
José Ignacio Ronda Gutiérrez y
Yolanda Sacristán Rodríguez
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001057-01
CVE="BOCCL-10-019312"