PE/006657-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006657-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a proyecto de una planta de compostaje en el término municipal de Santas Martas (León), publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 230, de 19 de abril de 2021.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006402 a PE/006411, PE/006424, PE/006441 a PE/006613, PE/006618 a PE/006621, PE/006623 a PE/006627, PE/006629 a PE/006631, PE/006633, PE/006635 a PE/006638, PE/006640 a PE/006647, PE/006649, PE/006652 a PE/006658, PE/006661 a PE/006668, PE/006671, PE/006673 a PE/006676, PE/006679, PE/006681, PE/006682, PE/006685 a PE/006693, PE/006695, PE/006700 a PE/006703, PE/006705, PE/006706, PE/006708 a PE/006788, PE/006792, PE/006797, PE/006802, PE/006803, PE/006812, PE/006827 y PE/006919, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de mayo de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita número 1006657 formulada por D. Luis Mariano Santos Reyero Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, relativa a cuestiones relacionadas con una planta de compostaje en Santas Martas (León).

Conforme a la normativa relativa a la prevención y control integrado de la contaminación (IPPC), la planta de compostaje sita en el término municipal de Santas Martas (León), titularidad de Agro Gestión Integral, Sociedad Cooperativa, está sometida al régimen de autorización ambiental mediante resolución del órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que se ubique la instalación, que permite, a los solos efectos de la protección del medio ambiente y de la salud de las personas, explotar la totalidad o parte de una instalación, bajo determinadas condiciones destinadas a garantizar que la misma cumple el objeto y las disposiciones de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, incluyendo todos los aspectos ambientales, y aquellos otros relacionados que consideren las autoridades ambientales competentes, de acuerdo con la legislación básica estatal y las correspondientes autonómicas.

Concedida dicha autorización mediante Resolución de 26 de octubre de 2020 de la Secretaría General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en la misma se incluye como Anexo el “Condicionado Ambiental” que recoge los condicionantes ambientales a los deberá someterse la actividad así como las condiciones de parada y cese de la misma, estableciéndose tanto las medias preventivas como las medidas de control que garanticen el cumplimiento de los límites legales establecidos.

La tramitación de dicha autorización ambiental se ajusta la legalidad vigente en materia ambiental, habiéndose tramitado conforme a lo establecido en el texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, en el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre y en el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, respetando todos los plazos e informes necesarios, y teniendo en cuenta para su resolución todos los posibles impactos sobre el medio y atendiendo a sus posibles soluciones, no apreciándose motivo alguno, conforme a la documentación que obra en el expediente, para suspender o revisar dicha autorización ambiental.

Los servicios jurídicos de esta Administración valorarán su personación en la causa si la actuación es objeto de recurso.

Valladolid, 18 de mayo de 2021.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/006657-2

CVE="BOCCL-10-020106"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 37634
BOCCL nº 252/10 del 4/6/2021
CVE: BOCCL-10-020106

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006657-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a proyecto de una planta de compostaje en el término municipal de Santas Martas (León), publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 230, de 19 de abril de 2021.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006402 a PE/006411, PE/006424, PE/006441 a PE/006613, PE/006618 a PE/006621, PE/006623 a PE/006627, PE/006629 a PE/006631, PE/006633, PE/006635 a PE/006638, PE/006640 a PE/006647, PE/006649, PE/006652 a PE/006658, PE/006661 a PE/006668, PE/006671, PE/006673 a PE/006676, PE/006679, PE/006681, PE/006682, PE/006685 a PE/006693, PE/006695, PE/006700 a PE/006703, PE/006705, PE/006706, PE/006708 a PE/006788, PE/006792, PE/006797, PE/006802, PE/006803, PE/006812, PE/006827 y PE/006919, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de mayo de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita número 1006657 formulada por D. Luis Mariano Santos Reyero Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, relativa a cuestiones relacionadas con una planta de compostaje en Santas Martas (León).

Conforme a la normativa relativa a la prevención y control integrado de la contaminación (IPPC), la planta de compostaje sita en el término municipal de Santas Martas (León), titularidad de Agro Gestión Integral, Sociedad Cooperativa, está sometida al régimen de autorización ambiental mediante resolución del órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que se ubique la instalación, que permite, a los solos efectos de la protección del medio ambiente y de la salud de las personas, explotar la totalidad o parte de una instalación, bajo determinadas condiciones destinadas a garantizar que la misma cumple el objeto y las disposiciones de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, incluyendo todos los aspectos ambientales, y aquellos otros relacionados que consideren las autoridades ambientales competentes, de acuerdo con la legislación básica estatal y las correspondientes autonómicas.

Concedida dicha autorización mediante Resolución de 26 de octubre de 2020 de la Secretaría General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en la misma se incluye como Anexo el “Condicionado Ambiental” que recoge los condicionantes ambientales a los deberá someterse la actividad así como las condiciones de parada y cese de la misma, estableciéndose tanto las medias preventivas como las medidas de control que garanticen el cumplimiento de los límites legales establecidos.

La tramitación de dicha autorización ambiental se ajusta la legalidad vigente en materia ambiental, habiéndose tramitado conforme a lo establecido en el texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, en el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre y en el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, respetando todos los plazos e informes necesarios, y teniendo en cuenta para su resolución todos los posibles impactos sobre el medio y atendiendo a sus posibles soluciones, no apreciándose motivo alguno, conforme a la documentación que obra en el expediente, para suspender o revisar dicha autorización ambiental.

Los servicios jurídicos de esta Administración valorarán su personación en la causa si la actuación es objeto de recurso.

Valladolid, 18 de mayo de 2021.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/006657-2

CVE="BOCCL-10-020106"



Sede de las Cortes de Castilla y León