PNL/001130-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001130-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar determinadas medidas en materia de energías renovables, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 4 de junio de 2021, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001128 a PNL/001131.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de junio de 2021.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno:

ANTECEDENTES

La Unión Europea es líder del mundo en el incentivo y desarrollo de las fuentes de energía renovable, claves para la descarbonización de la economía y la lucha contra el cambio climático, y España se sitúa a la cabeza de sus Estados miembros, fijando en su Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) un incremento de un 42 % de las renovables sobre el resto de las energías en 2030, más ambicioso que el 32 % establecido por el Marco Europeo de actuación en materia de clima y energía para ese año.

Castilla y León, el territorio autonómico más extenso de España y el tercero de toda Europa, tiene en sus potencialidades ecosistémicas el óptimo marco para el desarrollo de reformas legislativas y regulatorias acomodadas a los siete ámbitos estructurales fijados por la Comisión Europea en la Estrategia de Crecimiento Sostenible basada Pacto Verde Europeo y en el concepto de sostenibilidad competitiva, y contribuir de forma protagonista a que la UE salga de la crisis reforzada y dotada de mayor resiliencia.

Es por ello que en la presente coyuntura Castilla y León se enfrenta a un momento histórico y decisivo, para lo cual estados obligados a optimizar las oportunidades ecosistémicas y dada la magnitud territorial contribuir eficaz y eficiente en el objetivo de sostenibilidad y mayor autosuficiencia de la Unión Europea para acceder con mayores garantías a los fondos de recuperación, resiliencia y transformación Next Generation 2021-2027.

En la obligación de todos los Estados miembros, el Gobierno de España presentó el pasado 30 de abril ante la Comisión Europea, para su revisión, el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, plan de inversiones y reformas, con un triple objetivo: apoyar a corto plazo la recuperación tras la crisis sanitaria, impulsar a medio plazo un proceso de transformación estructural, y alcanzar a largo plazo un desarrollo sostenible y resiliente desde el punto de vista económico-financiero, social, territorial y medioambiental.

En el Plan Nacional Next Generation el objetivo de una transición ecológica eficiente favorecería la incorporación de proyectos de escala autonómica preferentes para la Unión Europea en dos de sus diez Políticas Palanca, la II, "Infraestructuras y ecosistemas resilientes" y la III, "Transición energética justa e inclusiva", cuyos Componentes, siete de los treinta que conforman la totalidad, son imprescindibles y en todo caso complementarios para mitigar los efectos del cambio climático que ha provocado esta pandemia, objetivo prioritario de la EU.

Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, para garantizar que las nuevas instalaciones de producción energética a partir de las fuentes de energía renovable no producen un impacto sobre la biodiversidad se establecerá una zonificación que identifique zonas de exclusión por su importancia, conectividad y provisión de servicios ecosistémicos, así como sobre otros valores ambientales elaborando y actualizando periódicamente una herramienta cartográfica que refleje esa zonificación.

Es una realidad incuestionable que la proliferación, demanda y tramitación de instalaciones de generación eléctrica renovables de tecnología eólica y fotovoltaica, que siendo vitales procedimientos para la descarbonización de la actividad productiva y económica, su localización en superficies agrícolas y forestales, están generando preocupación social en Castilla y León, desde la convicción de que la transición energética sostenible solo es posible mediante las energías renovables y garantizando la conservación de la biodiversidad.

En Castilla y León no existe ningún principio específico que regule la idoneidad de los emplazamientos con criterios vinculados a la protección de la biodiversidad o el paisaje, remitiendo a la legislación estatal, salvo la emisión del preceptivo y vinculante informe de la Consejería competente en materia de medio ambiente que afecten a la Red Natura, según el Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León.

Por otro lado, respecto a la protección de los paisajes, si la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León, establece obligaciones para garantizar el reconocimiento, protección, gestión y ordenación del paisaje de acuerdo con una serie de requisitos y medidas específicos para las actividades relacionadas con la energía.

Así prevé la citada Ley 4/2015 la conservación del patrimonio natural en los planes, programas y políticas sectoriales, en concreto la preservación del paisaje como elemento integrador del patrimonio natural de Castilla y León, a tal fin, la Junta aprobará la Normativa necesaria que establezca los criterios para la conservación de éste, con la finalidad de preservar sus valores naturales, patrimoniales, culturales, sociales y económicos en un marco de desarrollo sostenible.

De forma expresa la Ley 4/2015 recoge que para la conservación del paisaje la Junta de Castilla y León establecerá los criterios que regirán las actuaciones sectoriales que tengan incidencia sobre el mismo, con especial atención a los incluidos en el Catálogo de Paisajes Sobresalientes de Castilla y León, aún sin aprobar, que determinará los criterios a seguir para lograr la integración paisajística en actuaciones a desarrollar en suelo rústico, forestal o agrario e implantación de infraestructuras lineales y parques eólicos entre otras.

Por todo lo anterior es fundamental llevar a cabo en Castilla y León la compatibilización de la descarbonización de la economía mediante la incorporación de energía procedente de fuentes de generación renovables con la protección de la biodiversidad y los ecosistemas, para lo cual se hace imprescindible dotarse de herramientas de Ordenación del Territorio, de competencia autonómica, y Fiscales que garanticen una transición energética territorialmente justa, en el marco del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2020-2030.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Que, en el ejercicio de su competencia en materia de Ordenación del Territorio, elaboren y tramiten, en un plazo máximo de 3 meses, el marco regulatorio que desarrolle y defina la norma sobre la localización de las infraestructuras necesarias para la generación de energía renovable eólica o fotovoltaica compatibilizando garantizar de forma sostenible la protección de la biodiversidad, el paisaje y los ecosistemas.

2.- Instan a la Junta de Castilla y León a la elaboración y tramitación, en un plazo máximo de 3 meses, del marco regulatorio que establezca la adopción de medidas fiscales, en el ámbito de sus competencias, sobre la generación de energía excedentaria respecto a las necesidades energéticas autonómicas, que garanticen el pago por costes y servicios ecosistémicos.

3.- Instan a la Junta de Castilla y León a la suspensión cautelar, de forma inmediata, y en tanto no se dé cumplimiento a lo prevenido en los puntos anteriores, de todos los Expedientes actualmente en tramitación de localización e implantación y desarrollo de infraestructuras necesarias para la generación de energía renovable eólica o fotovoltaica".

Valladolid, 2 de junio de 2021.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001130-01

CVE="BOCCL-10-020250"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 37875-37877
BOCCL nº 253/10 del 8/6/2021
CVE: BOCCL-10-020250

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001130-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar determinadas medidas en materia de energías renovables, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 4 de junio de 2021, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001128 a PNL/001131.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de junio de 2021.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno:

ANTECEDENTES

La Unión Europea es líder del mundo en el incentivo y desarrollo de las fuentes de energía renovable, claves para la descarbonización de la economía y la lucha contra el cambio climático, y España se sitúa a la cabeza de sus Estados miembros, fijando en su Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) un incremento de un 42 % de las renovables sobre el resto de las energías en 2030, más ambicioso que el 32 % establecido por el Marco Europeo de actuación en materia de clima y energía para ese año.

Castilla y León, el territorio autonómico más extenso de España y el tercero de toda Europa, tiene en sus potencialidades ecosistémicas el óptimo marco para el desarrollo de reformas legislativas y regulatorias acomodadas a los siete ámbitos estructurales fijados por la Comisión Europea en la Estrategia de Crecimiento Sostenible basada Pacto Verde Europeo y en el concepto de sostenibilidad competitiva, y contribuir de forma protagonista a que la UE salga de la crisis reforzada y dotada de mayor resiliencia.

Es por ello que en la presente coyuntura Castilla y León se enfrenta a un momento histórico y decisivo, para lo cual estados obligados a optimizar las oportunidades ecosistémicas y dada la magnitud territorial contribuir eficaz y eficiente en el objetivo de sostenibilidad y mayor autosuficiencia de la Unión Europea para acceder con mayores garantías a los fondos de recuperación, resiliencia y transformación Next Generation 2021-2027.

En la obligación de todos los Estados miembros, el Gobierno de España presentó el pasado 30 de abril ante la Comisión Europea, para su revisión, el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, plan de inversiones y reformas, con un triple objetivo: apoyar a corto plazo la recuperación tras la crisis sanitaria, impulsar a medio plazo un proceso de transformación estructural, y alcanzar a largo plazo un desarrollo sostenible y resiliente desde el punto de vista económico-financiero, social, territorial y medioambiental.

En el Plan Nacional Next Generation el objetivo de una transición ecológica eficiente favorecería la incorporación de proyectos de escala autonómica preferentes para la Unión Europea en dos de sus diez Políticas Palanca, la II, "Infraestructuras y ecosistemas resilientes" y la III, "Transición energética justa e inclusiva", cuyos Componentes, siete de los treinta que conforman la totalidad, son imprescindibles y en todo caso complementarios para mitigar los efectos del cambio climático que ha provocado esta pandemia, objetivo prioritario de la EU.

Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, para garantizar que las nuevas instalaciones de producción energética a partir de las fuentes de energía renovable no producen un impacto sobre la biodiversidad se establecerá una zonificación que identifique zonas de exclusión por su importancia, conectividad y provisión de servicios ecosistémicos, así como sobre otros valores ambientales elaborando y actualizando periódicamente una herramienta cartográfica que refleje esa zonificación.

Es una realidad incuestionable que la proliferación, demanda y tramitación de instalaciones de generación eléctrica renovables de tecnología eólica y fotovoltaica, que siendo vitales procedimientos para la descarbonización de la actividad productiva y económica, su localización en superficies agrícolas y forestales, están generando preocupación social en Castilla y León, desde la convicción de que la transición energética sostenible solo es posible mediante las energías renovables y garantizando la conservación de la biodiversidad.

En Castilla y León no existe ningún principio específico que regule la idoneidad de los emplazamientos con criterios vinculados a la protección de la biodiversidad o el paisaje, remitiendo a la legislación estatal, salvo la emisión del preceptivo y vinculante informe de la Consejería competente en materia de medio ambiente que afecten a la Red Natura, según el Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León.

Por otro lado, respecto a la protección de los paisajes, si la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León, establece obligaciones para garantizar el reconocimiento, protección, gestión y ordenación del paisaje de acuerdo con una serie de requisitos y medidas específicos para las actividades relacionadas con la energía.

Así prevé la citada Ley 4/2015 la conservación del patrimonio natural en los planes, programas y políticas sectoriales, en concreto la preservación del paisaje como elemento integrador del patrimonio natural de Castilla y León, a tal fin, la Junta aprobará la Normativa necesaria que establezca los criterios para la conservación de éste, con la finalidad de preservar sus valores naturales, patrimoniales, culturales, sociales y económicos en un marco de desarrollo sostenible.

De forma expresa la Ley 4/2015 recoge que para la conservación del paisaje la Junta de Castilla y León establecerá los criterios que regirán las actuaciones sectoriales que tengan incidencia sobre el mismo, con especial atención a los incluidos en el Catálogo de Paisajes Sobresalientes de Castilla y León, aún sin aprobar, que determinará los criterios a seguir para lograr la integración paisajística en actuaciones a desarrollar en suelo rústico, forestal o agrario e implantación de infraestructuras lineales y parques eólicos entre otras.

Por todo lo anterior es fundamental llevar a cabo en Castilla y León la compatibilización de la descarbonización de la economía mediante la incorporación de energía procedente de fuentes de generación renovables con la protección de la biodiversidad y los ecosistemas, para lo cual se hace imprescindible dotarse de herramientas de Ordenación del Territorio, de competencia autonómica, y Fiscales que garanticen una transición energética territorialmente justa, en el marco del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2020-2030.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Que, en el ejercicio de su competencia en materia de Ordenación del Territorio, elaboren y tramiten, en un plazo máximo de 3 meses, el marco regulatorio que desarrolle y defina la norma sobre la localización de las infraestructuras necesarias para la generación de energía renovable eólica o fotovoltaica compatibilizando garantizar de forma sostenible la protección de la biodiversidad, el paisaje y los ecosistemas.

2.- Instan a la Junta de Castilla y León a la elaboración y tramitación, en un plazo máximo de 3 meses, del marco regulatorio que establezca la adopción de medidas fiscales, en el ámbito de sus competencias, sobre la generación de energía excedentaria respecto a las necesidades energéticas autonómicas, que garanticen el pago por costes y servicios ecosistémicos.

3.- Instan a la Junta de Castilla y León a la suspensión cautelar, de forma inmediata, y en tanto no se dé cumplimiento a lo prevenido en los puntos anteriores, de todos los Expedientes actualmente en tramitación de localización e implantación y desarrollo de infraestructuras necesarias para la generación de energía renovable eólica o fotovoltaica".

Valladolid, 2 de junio de 2021.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001130-01

CVE="BOCCL-10-020250"



Sede de las Cortes de Castilla y León