PE/006973-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006973-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Ángel Hernández Martínez, Dña. María Consolación Pablos Labajo y D. Fernando Pablos Romo, relativa a actuaciones llevadas a cabo por esta para dar cumplimiento a la Proposición No de Ley 000113 aprobada por la Comisión de Educación, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 249, de 31 de mayo de 2021.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001688, PE/006807, PE/006888, PE/006940 a PE/006953, PE/006955, PE/006956, PE/006958 a PE/006969, PE/006972 a PE/006984, PE/006986 a PE/006988, PE/006991, PE/006992, PE/006996, PE/006997, PE/007000, PE/007003, PE/007005, PE/007018 a PE/007022, PE/007024, PE/007026 a PE/007059, PE/007063 a PE/007102, PE/007106, PE/007109, PE/007110, PE/007153, PE/007162, PE/007196, PE/007197, PE/007222 y PE/007240, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de julio de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1006973, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Ángel Hernández Martínez, D.ª Consolación Pablos Labajo y D. Fernando Pablos Romo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a actuaciones realizadas por la Junta de Castilla y León para dar cumplimiento a la resolución aprobada con motivo del debate de la PNL/000113.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1006973, se manifiesta lo siguiente:

El artículo 64.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone que “El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de enseñanzas deportivas, los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas y los requisitos mínimos de los centros en los que podrán impartirse las enseñanzas respectivas”.

El 10 de enero de 2020 se publicaron en el Boletín Oficial del Estado los Reales Decretos que aprueban los títulos correspondientes a las modalidades deportivas de montaña y escalada (Real Decreto 701/2019, de 29 de noviembre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior en Alta Montaña y Técnico Deportivo Superior en Escalada y se fijan sus currículos básicos y los requisitos de acceso y Real Decreto 702/2019, de 29 de noviembre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Barrancos, Técnico Deportivo en Escalada y Técnico Deportivo en Media Montaña y se fijan sus currículos básicos y los requisitos de acceso).

Una vez acordado por las Comunidades Autónomas junto al Consejo Superior de Deportes el currículo que constituye la base para el desarrollo de los currículos autonómicos, y el del ámbito de aplicación del Ministerio de Educación y Formación Profesional, se han iniciado los trabajos para la elaboración de los decretos que aprueben los currículos que definen los títulos de técnico deportivo y técnico superior de las especialidades de deportes de montaña y escalada en la Comunidad de Castilla y León.

No obstante, se ha incluido en el próximo Decreto por el que se aprueba un currículo de enseñanzas, una disposición por la que se autoriza la impartición de enserianzas deportivas de régimen especial, cuando no exista normativa autonómica, con el currículo aprobado por el Ministerio para el territorio de su ámbito de gestión.

Valladolid, 16 de junio de 2021.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/006973-2

CVE="BOCCL-10-020891"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 39667
BOCCL nº 269/10 del 14/7/2021
CVE: BOCCL-10-020891

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006973-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Ángel Hernández Martínez, Dña. María Consolación Pablos Labajo y D. Fernando Pablos Romo, relativa a actuaciones llevadas a cabo por esta para dar cumplimiento a la Proposición No de Ley 000113 aprobada por la Comisión de Educación, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 249, de 31 de mayo de 2021.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001688, PE/006807, PE/006888, PE/006940 a PE/006953, PE/006955, PE/006956, PE/006958 a PE/006969, PE/006972 a PE/006984, PE/006986 a PE/006988, PE/006991, PE/006992, PE/006996, PE/006997, PE/007000, PE/007003, PE/007005, PE/007018 a PE/007022, PE/007024, PE/007026 a PE/007059, PE/007063 a PE/007102, PE/007106, PE/007109, PE/007110, PE/007153, PE/007162, PE/007196, PE/007197, PE/007222 y PE/007240, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de julio de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1006973, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Ángel Hernández Martínez, D.ª Consolación Pablos Labajo y D. Fernando Pablos Romo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a actuaciones realizadas por la Junta de Castilla y León para dar cumplimiento a la resolución aprobada con motivo del debate de la PNL/000113.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1006973, se manifiesta lo siguiente:

El artículo 64.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone que “El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de enseñanzas deportivas, los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas y los requisitos mínimos de los centros en los que podrán impartirse las enseñanzas respectivas”.

El 10 de enero de 2020 se publicaron en el Boletín Oficial del Estado los Reales Decretos que aprueban los títulos correspondientes a las modalidades deportivas de montaña y escalada (Real Decreto 701/2019, de 29 de noviembre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior en Alta Montaña y Técnico Deportivo Superior en Escalada y se fijan sus currículos básicos y los requisitos de acceso y Real Decreto 702/2019, de 29 de noviembre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Barrancos, Técnico Deportivo en Escalada y Técnico Deportivo en Media Montaña y se fijan sus currículos básicos y los requisitos de acceso).

Una vez acordado por las Comunidades Autónomas junto al Consejo Superior de Deportes el currículo que constituye la base para el desarrollo de los currículos autonómicos, y el del ámbito de aplicación del Ministerio de Educación y Formación Profesional, se han iniciado los trabajos para la elaboración de los decretos que aprueben los currículos que definen los títulos de técnico deportivo y técnico superior de las especialidades de deportes de montaña y escalada en la Comunidad de Castilla y León.

No obstante, se ha incluido en el próximo Decreto por el que se aprueba un currículo de enseñanzas, una disposición por la que se autoriza la impartición de enserianzas deportivas de régimen especial, cuando no exista normativa autonómica, con el currículo aprobado por el Ministerio para el territorio de su ámbito de gestión.

Valladolid, 16 de junio de 2021.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/006973-2

CVE="BOCCL-10-020891"



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