PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de octubre de 2021, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001221 a PNL/001232.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de octubre de 2021.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del procurador Pedro José Pascual Muñoz, perteneciente a Por Ávila, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y posterior votación en la Comisión de Sanidad.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 43 de la Constitución Española, en su apartado 3, proclama que "Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte". Asimismo, el apartado 1 del artículo 148 del texto constitucional menciona las competencias que podrán asumir las Comunidades Autónomas, entre las que se encuentra la promoción del deporte.
En esta misma línea, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en su artículo 70, establece que la Comunidad Autónoma tendrá competencia exclusiva en materia de promoción de la educación física y del deporte. Por su parte, el artículo 71 aclara que la Comunidad de Castilla y León podrá ocuparse del desarrollo legislativo, así como de la ejecución de diferentes materias competencia del Estado, entre las que se encuentra la de los colegios profesionales y el ejercicio de profesiones tituladas.
A su vez, el artículo 31 de la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León, establece que "Las administraciones públicas fomentarán programas de ejercicio físico como medio de promoción de la salud y de mejora de la calidad de vida de las personas".
La citada ley, en todo su desarrollo legislativo, hace mención y relaciona, en diferentes preceptos, estas dos materias: sanidad y deporte.
Por todo ello, consideramos fundamental una mayor relevancia y vinculación de la actividad y educación físico-deportiva con la asistencia sanitaria.
En materia de salud está demostrado que tener un cierto "preacondicionamiento" físico mejora no solo el pronóstico de una enfermedad, sino también la recuperación del paciente. Además, poseer un buen estado físico reduce los tiempos de recuperación e ingresos y permite un ahorro considerable en medicamentos.
Aquellas personas que gozan de una buena salud física tienen menos probabilidades de padecer enfermedades o de recuperarse más rápido de las mismas.
De este modo, entendemos que sería muy interesante que nuestro sistema sanitario contase con personas tituladas en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, pues debido a los conocimientos adquiridos durante sus estudios, son las que mejor podrían desempeñar las funciones de acondicionamiento físico tanto antes como durante y, también, tras un padecimiento sanitario.
Por todo ello se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a potenciar la figura de graduados/as en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte en el sistema sanitario de la Comunidad para la realización de tareas de acondicionamiento físico.
En Valladolid, a 6 de septiembre de 2021.
EL PROCURADOR,
Fdo.: Pedro José Pascual Muñoz
PNL/001221-01
CVE="BOCCL-10-022183"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de octubre de 2021, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001221 a PNL/001232.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de octubre de 2021.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del procurador Pedro José Pascual Muñoz, perteneciente a Por Ávila, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y posterior votación en la Comisión de Sanidad.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 43 de la Constitución Española, en su apartado 3, proclama que "Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte". Asimismo, el apartado 1 del artículo 148 del texto constitucional menciona las competencias que podrán asumir las Comunidades Autónomas, entre las que se encuentra la promoción del deporte.
En esta misma línea, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en su artículo 70, establece que la Comunidad Autónoma tendrá competencia exclusiva en materia de promoción de la educación física y del deporte. Por su parte, el artículo 71 aclara que la Comunidad de Castilla y León podrá ocuparse del desarrollo legislativo, así como de la ejecución de diferentes materias competencia del Estado, entre las que se encuentra la de los colegios profesionales y el ejercicio de profesiones tituladas.
A su vez, el artículo 31 de la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León, establece que "Las administraciones públicas fomentarán programas de ejercicio físico como medio de promoción de la salud y de mejora de la calidad de vida de las personas".
La citada ley, en todo su desarrollo legislativo, hace mención y relaciona, en diferentes preceptos, estas dos materias: sanidad y deporte.
Por todo ello, consideramos fundamental una mayor relevancia y vinculación de la actividad y educación físico-deportiva con la asistencia sanitaria.
En materia de salud está demostrado que tener un cierto "preacondicionamiento" físico mejora no solo el pronóstico de una enfermedad, sino también la recuperación del paciente. Además, poseer un buen estado físico reduce los tiempos de recuperación e ingresos y permite un ahorro considerable en medicamentos.
Aquellas personas que gozan de una buena salud física tienen menos probabilidades de padecer enfermedades o de recuperarse más rápido de las mismas.
De este modo, entendemos que sería muy interesante que nuestro sistema sanitario contase con personas tituladas en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, pues debido a los conocimientos adquiridos durante sus estudios, son las que mejor podrían desempeñar las funciones de acondicionamiento físico tanto antes como durante y, también, tras un padecimiento sanitario.
Por todo ello se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a potenciar la figura de graduados/as en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte en el sistema sanitario de la Comunidad para la realización de tareas de acondicionamiento físico.
En Valladolid, a 6 de septiembre de 2021.
EL PROCURADOR,
Fdo.: Pedro José Pascual Muñoz
PNL/001221-01
CVE="BOCCL-10-022183"