PE/007753-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/007753-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a gestión de plazas de las unidades de convalecencia, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 280, de 14 de septiembre de 2021.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007502, PE/007692, PE/007693, PE/007695, PE/007701, PE/007713, PE/007715, PE/007719 a PE/007722, PE/007724, PE/007728 a PE/007730, PE/007732, PE/007735 a PE/007738, PE/007740 a PE/007743, PE/007746, PE/007747, PE/007751 a PE/007759, PE/007761, PE/007768, PE/007777 a PE/007784, PE/007786, PE/007788 a PE/007801, PE/007803 a PE/007805, PE/007807, PE/007810, PE/007815, PE/007820, PE/007833, PE/007834, PE/007838, PE/007839, PE/007847, PE/007855 a PE/007860, PE/007862 a PE/007868, PE/007870, PE/007871, PE/007888, PE/007891, PE/007892, PE/007894, PE/007898 a PE/007901, PE/007907 y PE/007908, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de octubre de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-023087.

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1007753, formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, relativa a “gestión de plazas de las unidades de convalecencia”.

Recabada información de las Consejerías de Sanidad y de Familia e Igualdad de Oportunidades en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Sanidad

ANEXO II: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

Valladolid, 13 de octubre de 2021.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./1007753

En relación con las unidades de Unidades de Convalecencia Sociosanitaria en Castilla y León, se informa, en el ámbito competencial de la Consejería de Sanidad, que se trata de unidades para un perfil de usuarios que presentan incapacidad funcional secundaria a procesos neurológicos, traumatológicos, reumatológicos, cardiopatías, etc , susceptibles de mejora con rehabilitación.

Existen ingresos de personas en estas unidades motivados por otros motivos de salud que, por lo general, se trata de personas con pluripatología compleja e incapacidad funcional severa que dificulta las actividades básicas de la vida diaria y que, tras un ingreso hospitalario, precisan cuidados médicos y/o de enfermería de mayor intensidad que los que se pueden prestar en domicilio en cuanto se agravan sus problemas crónicos y también aumentan sus necesidades de atención social.

Por tanto, a la situación de incapacidad funcional y necesidad de cuidados de salud, se une siempre una necesidad de atención social relacionada mayoritariamente con que la situación de convalecencia en que se encuentran estas personas excede la capacidad de los cuidadores para prestar los cuidados en el domicilio, o con la falta de cuidador. Generalmente se trata de personas que viven solas o cuyo domicilio no presenta condiciones adecuadas para el periodo de convalecencia.

El acceso de los pacientes a cada Unidad de Convalecencia Sociosanitaria, según su perfil social y las patologías subsidiarias del ingreso, así como la atención y el alta, se recogen en los procedimientos y procesos de autorización establecidos en el Anexo III del Convenio de Colaboración entre la Gerencia Regional de Salud y la Gerencia de Servicios Sociales, ambas de Castilla y León, para la gestión conjunta de Unidades de Convalecencia Sociosanitaria en centros residenciales para personas mayores de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales, firmado con fecha 18 de noviembre de 2018, existiendo, por tanto, una fórmula objetiva y protocolizada de asignación de recurso que se ajusta a la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León.

De conformidad con ello, a través del procedimiento establecido, el hospital correspondiente seleccionará un posible candidato de entre aquellos que, cumpliendo los requisitos sanitarios y sociales establecidos y aceptando las condiciones establecidas, se pueda beneficiar en mayor medida de este recurso, disponiendo para ello de informes del personal sanitario, para determinar el cumplimiento del perfil clínico, y de los trabajadores sociales, para valorar la situación social del paciente; además, la Gerencia de Servicios Sociales, en el ámbito de sus competencias, debe verificar la idoneidad del candidato. De acuerdo con lo señalado, por tanto, se trata de una decisión consensuada entre las instancias sanitarias y sociales competentes, no procediendo la derivación a este recurso a iniciativa del propio paciente.

El proceso de acceso a las plazas de la Unidad de Convalecencia Sociosanitaria se inicia con la información que facilita el centro residencial de la existencia de una plaza vacante, de forma simultánea, al hospital asignado al centro y a la Gerencia Territorial de Servicios Sociales correspondiente. Cuando la vacante se produce por un alta programada en la unidad, la comunicación se efectúa con una antelación de 15 días, con el fin de que el hospital ponga en marcha el procedimiento de selección y se desarrollen de forma coordinada con la Gerencia Territorial de Servicios Sociales las actuaciones que permitan verificar por ambas partes la idoneidad del candidato y realizar las tramitaciones administrativas pertinentes. La antelación con la que se realizan estas actuaciones ante la previsión de alta, permite que la demora sea mínima y la plaza vacante se ocupe con rapidez, pudiendo producirse un retraso para la cobertura de la plaza en el caso de que la vacante no sea programada, debido a la necesidad de garantizar la pertinente tramitación.

ANEXO II CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./1007753

El número de usuarios de las Unidades de Convalecencia, especificando las personas atendidas en cada una de las residencias, es la siguiente

Aún no se dispone de los datos definitivos correspondientes al año 2021

En las unidades de convalecencia sociosanitaria de los centros residenciales dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales, prestan servicios los trabajadores que forman parte de la plantilla de cada centro. La Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de éstos, se encuentra publicada en la Web de la Junta de Castilla y León, a la que se puede acceder a través del siguiente enlace;

https://empleopublico.jcyl.es/web/es/informacion-publica-materia-empleo/relaciones-puestos-trabajo.html

La plantilla de personal de los centros residenciales dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales, se encuentra cubierta en su práctica totalidad.


PE/007753-2

CVE="BOCCL-10-023087"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 44046
BOCCL nº 301/10 del 29/10/2021
CVE: BOCCL-10-023087

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/007753-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a gestión de plazas de las unidades de convalecencia, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 280, de 14 de septiembre de 2021.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007502, PE/007692, PE/007693, PE/007695, PE/007701, PE/007713, PE/007715, PE/007719 a PE/007722, PE/007724, PE/007728 a PE/007730, PE/007732, PE/007735 a PE/007738, PE/007740 a PE/007743, PE/007746, PE/007747, PE/007751 a PE/007759, PE/007761, PE/007768, PE/007777 a PE/007784, PE/007786, PE/007788 a PE/007801, PE/007803 a PE/007805, PE/007807, PE/007810, PE/007815, PE/007820, PE/007833, PE/007834, PE/007838, PE/007839, PE/007847, PE/007855 a PE/007860, PE/007862 a PE/007868, PE/007870, PE/007871, PE/007888, PE/007891, PE/007892, PE/007894, PE/007898 a PE/007901, PE/007907 y PE/007908, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de octubre de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-023087.

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1007753, formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, relativa a “gestión de plazas de las unidades de convalecencia”.

Recabada información de las Consejerías de Sanidad y de Familia e Igualdad de Oportunidades en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Sanidad

ANEXO II: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

Valladolid, 13 de octubre de 2021.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./1007753

En relación con las unidades de Unidades de Convalecencia Sociosanitaria en Castilla y León, se informa, en el ámbito competencial de la Consejería de Sanidad, que se trata de unidades para un perfil de usuarios que presentan incapacidad funcional secundaria a procesos neurológicos, traumatológicos, reumatológicos, cardiopatías, etc , susceptibles de mejora con rehabilitación.

Existen ingresos de personas en estas unidades motivados por otros motivos de salud que, por lo general, se trata de personas con pluripatología compleja e incapacidad funcional severa que dificulta las actividades básicas de la vida diaria y que, tras un ingreso hospitalario, precisan cuidados médicos y/o de enfermería de mayor intensidad que los que se pueden prestar en domicilio en cuanto se agravan sus problemas crónicos y también aumentan sus necesidades de atención social.

Por tanto, a la situación de incapacidad funcional y necesidad de cuidados de salud, se une siempre una necesidad de atención social relacionada mayoritariamente con que la situación de convalecencia en que se encuentran estas personas excede la capacidad de los cuidadores para prestar los cuidados en el domicilio, o con la falta de cuidador. Generalmente se trata de personas que viven solas o cuyo domicilio no presenta condiciones adecuadas para el periodo de convalecencia.

El acceso de los pacientes a cada Unidad de Convalecencia Sociosanitaria, según su perfil social y las patologías subsidiarias del ingreso, así como la atención y el alta, se recogen en los procedimientos y procesos de autorización establecidos en el Anexo III del Convenio de Colaboración entre la Gerencia Regional de Salud y la Gerencia de Servicios Sociales, ambas de Castilla y León, para la gestión conjunta de Unidades de Convalecencia Sociosanitaria en centros residenciales para personas mayores de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales, firmado con fecha 18 de noviembre de 2018, existiendo, por tanto, una fórmula objetiva y protocolizada de asignación de recurso que se ajusta a la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León.

De conformidad con ello, a través del procedimiento establecido, el hospital correspondiente seleccionará un posible candidato de entre aquellos que, cumpliendo los requisitos sanitarios y sociales establecidos y aceptando las condiciones establecidas, se pueda beneficiar en mayor medida de este recurso, disponiendo para ello de informes del personal sanitario, para determinar el cumplimiento del perfil clínico, y de los trabajadores sociales, para valorar la situación social del paciente; además, la Gerencia de Servicios Sociales, en el ámbito de sus competencias, debe verificar la idoneidad del candidato. De acuerdo con lo señalado, por tanto, se trata de una decisión consensuada entre las instancias sanitarias y sociales competentes, no procediendo la derivación a este recurso a iniciativa del propio paciente.

El proceso de acceso a las plazas de la Unidad de Convalecencia Sociosanitaria se inicia con la información que facilita el centro residencial de la existencia de una plaza vacante, de forma simultánea, al hospital asignado al centro y a la Gerencia Territorial de Servicios Sociales correspondiente. Cuando la vacante se produce por un alta programada en la unidad, la comunicación se efectúa con una antelación de 15 días, con el fin de que el hospital ponga en marcha el procedimiento de selección y se desarrollen de forma coordinada con la Gerencia Territorial de Servicios Sociales las actuaciones que permitan verificar por ambas partes la idoneidad del candidato y realizar las tramitaciones administrativas pertinentes. La antelación con la que se realizan estas actuaciones ante la previsión de alta, permite que la demora sea mínima y la plaza vacante se ocupe con rapidez, pudiendo producirse un retraso para la cobertura de la plaza en el caso de que la vacante no sea programada, debido a la necesidad de garantizar la pertinente tramitación.

ANEXO II CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./1007753

El número de usuarios de las Unidades de Convalecencia, especificando las personas atendidas en cada una de las residencias, es la siguiente

Aún no se dispone de los datos definitivos correspondientes al año 2021

En las unidades de convalecencia sociosanitaria de los centros residenciales dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales, prestan servicios los trabajadores que forman parte de la plantilla de cada centro. La Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de éstos, se encuentra publicada en la Web de la Junta de Castilla y León, a la que se puede acceder a través del siguiente enlace;

https://empleopublico.jcyl.es/web/es/informacion-publica-materia-empleo/relaciones-puestos-trabajo.html

La plantilla de personal de los centros residenciales dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales, se encuentra cubierta en su práctica totalidad.


PE/007753-2

CVE="BOCCL-10-023087"



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