PE/007810-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/007810-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a distintas cuestiones sobre terrenos cinegéticos en Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 285, de 27 de septiembre de 2021.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007502, PE/007692, PE/007693, PE/007695, PE/007701, PE/007713, PE/007715, PE/007719 a PE/007722, PE/007724, PE/007728 a PE/007730, PE/007732, PE/007735 a PE/007738, PE/007740 a PE/007743, PE/007746, PE/007747, PE/007751 a PE/007759, PE/007761, PE/007768, PE/007777 a PE/007784, PE/007786, PE/007788 a PE/007801, PE/007803 a PE/007805, PE/007807, PE/007810, PE/007815, PE/007820, PE/007833, PE/007834, PE/007838, PE/007839, PE/007847, PE/007855 a PE/007860, PE/007862 a PE/007868, PE/007870, PE/007871, PE/007888, PE/007891, PE/007892, PE/007894, PE/007898 a PE/007901, PE/007907 y PE/007908, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de octubre de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita número 1007810 formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, relativa a diversas cuestiones sobre terrenos cinegéticos en Castilla y León.

Para garantizar la correcta gestión, control y administración de los cotos privados de caza, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente ejercerá las competencias administrativas en la materia que le corresponden, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León, promoviendo, así mismo, que los recursos personales asignados para el desarrollo de la práctica de la caza sean los óptimos, en cada caso.

Las nuevas actuaciones y refuerzo de la supervisión en las Reservas Regionales de Caza, son las contempladas en el Capítulo II “Reservas regionales de caza”, del Título IV, de la citada Ley 4/2021, de 1 de julio, así como, los que se incorporen en su posterior desarrollo reglamentario.

El régimen de titularidad de las Reservas Regionales de Caza no ha sufrido cambios en relación con la anterior regulación de la materia contenida en la Ley de 1996. En todo caso, el cambio de titularidad de determinados terrenos se realizará conforme a lo previsto en el artículo 18 de la Ley 4/2021, y los propietarios de los terrenos que configuran actualmente las Reservas Regionales de Caza tienen libertad para elegir el modelo cinegético al que desean estar adscritos, si bien, si el propietario actual de los terrenos fuese una entidad local, el régimen jurídico de la propiedad no se vería alterado.

Valladolid, 19 de octubre de 2021.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/007810-2

CVE="BOCCL-10-023128"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 44153
BOCCL nº 301/10 del 29/10/2021
CVE: BOCCL-10-023128

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/007810-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a distintas cuestiones sobre terrenos cinegéticos en Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 285, de 27 de septiembre de 2021.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007502, PE/007692, PE/007693, PE/007695, PE/007701, PE/007713, PE/007715, PE/007719 a PE/007722, PE/007724, PE/007728 a PE/007730, PE/007732, PE/007735 a PE/007738, PE/007740 a PE/007743, PE/007746, PE/007747, PE/007751 a PE/007759, PE/007761, PE/007768, PE/007777 a PE/007784, PE/007786, PE/007788 a PE/007801, PE/007803 a PE/007805, PE/007807, PE/007810, PE/007815, PE/007820, PE/007833, PE/007834, PE/007838, PE/007839, PE/007847, PE/007855 a PE/007860, PE/007862 a PE/007868, PE/007870, PE/007871, PE/007888, PE/007891, PE/007892, PE/007894, PE/007898 a PE/007901, PE/007907 y PE/007908, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de octubre de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita número 1007810 formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, relativa a diversas cuestiones sobre terrenos cinegéticos en Castilla y León.

Para garantizar la correcta gestión, control y administración de los cotos privados de caza, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente ejercerá las competencias administrativas en la materia que le corresponden, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León, promoviendo, así mismo, que los recursos personales asignados para el desarrollo de la práctica de la caza sean los óptimos, en cada caso.

Las nuevas actuaciones y refuerzo de la supervisión en las Reservas Regionales de Caza, son las contempladas en el Capítulo II “Reservas regionales de caza”, del Título IV, de la citada Ley 4/2021, de 1 de julio, así como, los que se incorporen en su posterior desarrollo reglamentario.

El régimen de titularidad de las Reservas Regionales de Caza no ha sufrido cambios en relación con la anterior regulación de la materia contenida en la Ley de 1996. En todo caso, el cambio de titularidad de determinados terrenos se realizará conforme a lo previsto en el artículo 18 de la Ley 4/2021, y los propietarios de los terrenos que configuran actualmente las Reservas Regionales de Caza tienen libertad para elegir el modelo cinegético al que desean estar adscritos, si bien, si el propietario actual de los terrenos fuese una entidad local, el régimen jurídico de la propiedad no se vería alterado.

Valladolid, 19 de octubre de 2021.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/007810-2

CVE="BOCCL-10-023128"



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