PNL/001277-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001277-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Luis Ángel Fernández Bayón, D. Fernando Pablos Romo, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, Dña. Elisa Patricia Gómez Urbán, D. Pedro Luis González Reglero, D. José Francisco Martín Martínez y D. Jesús Guerrero Arroyo, instando a la Junta de Castilla y León a proceder a la elaboración, desde una metodología participativa, de un Plan Estratégico de Igualdad de Género en la educación en Castilla y León, para su tramitación ante la Comisión de Educación.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de noviembre de 2021, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001254 a PNL/001277.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de noviembre de 2021.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Fernández Bayón, Fernando Pablos Romo, Laura Pelegrina Cortijo, Patricia Gómez Urbán, Pedro González Reglero, José Francisco Martín Martínez y Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:

ANTECEDENTES

La Constitución Española proclama en su artículo 14 el principio de igualdad ante la ley y en el artículo 9.2 establece que los poderes públicos promoverán las condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas.

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género, contempla tanto medidas asistenciales como de prevención, con especial atención a las políticas educativas que insistan en la igualdad y el respeto de los derechos de las mujeres. El Capítulo I de esta ley se refiere específicamente a la educación, describiéndose como uno de los fines del sistema educativo español la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad entre hombres y mujeres, e incluye entre sus principios de calidad la eliminación de los obstáculos que dificultan la plena igualdad entre hombres y mujeres.

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, establece en su Artículo 23 que "La educación para la igualdad de mujeres y hombres.

El sistema educativo incluirá entre sus fines la educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.

Asimismo, el sistema educativo incluirá, dentro de sus principios de calidad, la eliminación de los obstáculos que dificultan la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y el fomento de la igualdad plena entre unas y otros".

La propia Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León. Establece en su artículo 17. Prevención en el sistema educativo que:

1. El sistema educativo de Castilla y León, de conformidad con la legislación vigente en materia de educación, deberá estar orientado al desarrollo integral de la persona al margen de los estereotipos y roles en función del sexo, el rechazo de cualquier tipo de violencia y el fomento de actitudes en el alumnado que les permita actuar de forma responsable, autónoma, y prever y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales. A tal fin se impulsará la formación del profesorado en valores de igualdad y en la prevención de la violencia de género.

2. Las Consejerías competentes en materia educativa y en materia de violencia de género elaborarán, desarrollarán y difundirán materiales didácticos que transmitan valores de igualdad, respeto y tolerancia, de manera que se favorezca la prevención de actitudes y situaciones violentas o sexistas.

3. La Consejería competente en materia educativa garantizará que en los centros escolares, a través de los Consejos Escolares, se preste una especial atención a los contenidos de los materiales y libros de texto utilizados en los diferentes niveles del sistema educativo a fin de evitar que éstos contengan elementos sexistas o discriminatorios que no contribuyan a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y a la prevención de la violencia de género.

Por lo expuesto, se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a proceder a la elaboración, desde una metodología participativa, de un Plan Estratégico de Igualdad de Género en educación en Castilla y León, como marco de actuación y herramienta para continuar impulsando la igualdad dentro del sistema educativo, y como instrumento de política educativa integral con planteamientos generales y específicos de mejora para lograr la equidad de género, que promueva medidas de intervención no discriminatorias".

Valladolid, 9 de noviembre de 2021.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Luis Ángel Fernández Bayón,

Fernando Pablos Romo,

Laura Pelegrina Cortijo,

Elisa Patricia Gómez Urbán,

Pedro Luis González Reglero,

José Francisco Martín Martínez y

Jesús Guerrero Arroyo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001277-01

CVE="BOCCL-10-023472"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 46823-46825
BOCCL nº 312/10 del 23/11/2021
CVE: BOCCL-10-023472

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001277-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Luis Ángel Fernández Bayón, D. Fernando Pablos Romo, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, Dña. Elisa Patricia Gómez Urbán, D. Pedro Luis González Reglero, D. José Francisco Martín Martínez y D. Jesús Guerrero Arroyo, instando a la Junta de Castilla y León a proceder a la elaboración, desde una metodología participativa, de un Plan Estratégico de Igualdad de Género en la educación en Castilla y León, para su tramitación ante la Comisión de Educación.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de noviembre de 2021, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001254 a PNL/001277.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de noviembre de 2021.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Fernández Bayón, Fernando Pablos Romo, Laura Pelegrina Cortijo, Patricia Gómez Urbán, Pedro González Reglero, José Francisco Martín Martínez y Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:

ANTECEDENTES

La Constitución Española proclama en su artículo 14 el principio de igualdad ante la ley y en el artículo 9.2 establece que los poderes públicos promoverán las condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas.

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género, contempla tanto medidas asistenciales como de prevención, con especial atención a las políticas educativas que insistan en la igualdad y el respeto de los derechos de las mujeres. El Capítulo I de esta ley se refiere específicamente a la educación, describiéndose como uno de los fines del sistema educativo español la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad entre hombres y mujeres, e incluye entre sus principios de calidad la eliminación de los obstáculos que dificultan la plena igualdad entre hombres y mujeres.

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, establece en su Artículo 23 que "La educación para la igualdad de mujeres y hombres.

El sistema educativo incluirá entre sus fines la educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.

Asimismo, el sistema educativo incluirá, dentro de sus principios de calidad, la eliminación de los obstáculos que dificultan la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y el fomento de la igualdad plena entre unas y otros".

La propia Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León. Establece en su artículo 17. Prevención en el sistema educativo que:

1. El sistema educativo de Castilla y León, de conformidad con la legislación vigente en materia de educación, deberá estar orientado al desarrollo integral de la persona al margen de los estereotipos y roles en función del sexo, el rechazo de cualquier tipo de violencia y el fomento de actitudes en el alumnado que les permita actuar de forma responsable, autónoma, y prever y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales. A tal fin se impulsará la formación del profesorado en valores de igualdad y en la prevención de la violencia de género.

2. Las Consejerías competentes en materia educativa y en materia de violencia de género elaborarán, desarrollarán y difundirán materiales didácticos que transmitan valores de igualdad, respeto y tolerancia, de manera que se favorezca la prevención de actitudes y situaciones violentas o sexistas.

3. La Consejería competente en materia educativa garantizará que en los centros escolares, a través de los Consejos Escolares, se preste una especial atención a los contenidos de los materiales y libros de texto utilizados en los diferentes niveles del sistema educativo a fin de evitar que éstos contengan elementos sexistas o discriminatorios que no contribuyan a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y a la prevención de la violencia de género.

Por lo expuesto, se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a proceder a la elaboración, desde una metodología participativa, de un Plan Estratégico de Igualdad de Género en educación en Castilla y León, como marco de actuación y herramienta para continuar impulsando la igualdad dentro del sistema educativo, y como instrumento de política educativa integral con planteamientos generales y específicos de mejora para lograr la equidad de género, que promueva medidas de intervención no discriminatorias".

Valladolid, 9 de noviembre de 2021.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Luis Ángel Fernández Bayón,

Fernando Pablos Romo,

Laura Pelegrina Cortijo,

Elisa Patricia Gómez Urbán,

Pedro Luis González Reglero,

José Francisco Martín Martínez y

Jesús Guerrero Arroyo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001277-01

CVE="BOCCL-10-023472"



Sede de las Cortes de Castilla y León