PE/008219-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008219-2


Sumario:

Contestación conjunta de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita formuladas por los Procuradores D. Diego Moreno Castrillo, Dña. Virginia Barcones Sanz y D. Jesús Puente Alcaraz, relacionadas en el Anexo, publicadas en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 292, de 11 de octubre de 2021.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007808, PE/007817, PE/007895, PE/007921 a PE/008170, PE/008172, PE/008174 a PE/008177, PE/008180, PE/008191 a PE/008224, PE/008229 a PE/008264, PE/008266 a PE/008283, PE/008285 a PE/008321, PE/008327 a PE/008330, PE/008332 a PE/008337, PE/008341, PE/008345 a PE/008348 y PE/008350, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de noviembre de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

ANEXO

CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

PE/ RELATIVA A

008218 Solicitudes de prórroga para continuar con su actividad profesional una vez alcanzada la edad legal de jubilación formuladas por profesionales de medicina y enfermería de la sanidad pública de Castilla y León entre el año 2015 y el 20 de septiembre de 2021.

008219 Cuántos profesionales de medicina y enfermería de la sanidad pública de Castilla y León han visto reconocido por sentencia judicial su derecho a prorrogar su actividad profesional después de alcanzar la edad legal de jubilación entre los años 2015 y 2020.

Contestación a las PE/1008218 y PE/1008219 formuladas por D. Diego Moreno Castrillo, D.ª Virginia Barcones Sanz y D. Jesús Puente Alcaraz, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativas a solicitudes de prórroga para continuar con su actividad profesional una vez alcanzada la edad legal de jubilación formuladas por profesionales de medicina y enfermería de la sanidad pública de Castilla y León entre el año 2015 y el 20 de septiembre de 2021 y prórrogas reconocidas por sentencia judicial.

En contestación a las cuestiones planteadas sobre las solicitudes de prórroga para continuar su actividad profesional presentadas por los profesionales de la medicina y enfermería durante los años 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y hasta septiembre de 2021, se informa que la Orden SAN/1119/2012, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Humanos en materia de prolongación de la permanencia en el servicio activo y prórroga del servicio activo, dispone en su base 4.2 lo siguiente:

De acuerdo con lo Indicado en el apartado 3 del artículo 26 del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, y en el apartado 7 del artículo 52 del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, el personal estatutario podrá solicitar prórroga en el servicio activo cuando, en el momento de cumplir la edad de jubilación forzosa, le resten seis años o menos de cotización para causar pensión de jubilación.

Esta prórroga no podrá prolongarse más allá del día en el que el interesado complete el tiempo de cotización necesario para causar pensión de jubilación, sea cual sea el importe de la misma.

Su concesión estará supeditada a que quede acreditado que el interesado mantiene la capacidad funcional necesaria para ejercer la profesión o desarrollar las actividades correspondientes a su nombramiento.

De acuerdo con esa disposición y cumpliendo la normativa vigente en materia de protección de datos personales, se informa que, en el periodo solicitado en las preguntas, en relación con el personal de enfermería, consta una solicitud de prórroga del servicio activo por falta de cotización, presentada en 2015, correspondiente a la provincia de León, que resultó denegada por falta de cumplimiento de requisitos y no fue objeto de reclamación en via judicial; y en relación con el personal médico, constan cuatro solicitudes, todas concedidas, de las que dos corresponden a la provincia de Burgos, en los años 2018 y 2019; una a la de León, en el año 2017; y otra a la de Soria, en el año 2016.

Valladolid, 2 de noviembre de 2021.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Verónica Casado Vicente.


PE/008219-2

CVE="BOCCL-10-023911"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 48297
BOCCL nº 319/10 del 10/12/2021
CVE: BOCCL-10-023911

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008219-2
Contestación conjunta de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita formuladas por los Procuradores D. Diego Moreno Castrillo, Dña. Virginia Barcones Sanz y D. Jesús Puente Alcaraz, relacionadas en el Anexo, publicadas en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 292, de 11 de octubre de 2021.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/007808, PE/007817, PE/007895, PE/007921 a PE/008170, PE/008172, PE/008174 a PE/008177, PE/008180, PE/008191 a PE/008224, PE/008229 a PE/008264, PE/008266 a PE/008283, PE/008285 a PE/008321, PE/008327 a PE/008330, PE/008332 a PE/008337, PE/008341, PE/008345 a PE/008348 y PE/008350, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de noviembre de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


ANEXO

CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

PE/ RELATIVA A

008218 Solicitudes de prórroga para continuar con su actividad profesional una vez alcanzada la edad legal de jubilación formuladas por profesionales de medicina y enfermería de la sanidad pública de Castilla y León entre el año 2015 y el 20 de septiembre de 2021.

008219 Cuántos profesionales de medicina y enfermería de la sanidad pública de Castilla y León han visto reconocido por sentencia judicial su derecho a prorrogar su actividad profesional después de alcanzar la edad legal de jubilación entre los años 2015 y 2020.

Contestación a las PE/1008218 y PE/1008219 formuladas por D. Diego Moreno Castrillo, D.ª Virginia Barcones Sanz y D. Jesús Puente Alcaraz, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativas a solicitudes de prórroga para continuar con su actividad profesional una vez alcanzada la edad legal de jubilación formuladas por profesionales de medicina y enfermería de la sanidad pública de Castilla y León entre el año 2015 y el 20 de septiembre de 2021 y prórrogas reconocidas por sentencia judicial.

En contestación a las cuestiones planteadas sobre las solicitudes de prórroga para continuar su actividad profesional presentadas por los profesionales de la medicina y enfermería durante los años 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y hasta septiembre de 2021, se informa que la Orden SAN/1119/2012, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Humanos en materia de prolongación de la permanencia en el servicio activo y prórroga del servicio activo, dispone en su base 4.2 lo siguiente:

De acuerdo con lo Indicado en el apartado 3 del artículo 26 del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, y en el apartado 7 del artículo 52 del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, el personal estatutario podrá solicitar prórroga en el servicio activo cuando, en el momento de cumplir la edad de jubilación forzosa, le resten seis años o menos de cotización para causar pensión de jubilación.

Esta prórroga no podrá prolongarse más allá del día en el que el interesado complete el tiempo de cotización necesario para causar pensión de jubilación, sea cual sea el importe de la misma.

Su concesión estará supeditada a que quede acreditado que el interesado mantiene la capacidad funcional necesaria para ejercer la profesión o desarrollar las actividades correspondientes a su nombramiento.

De acuerdo con esa disposición y cumpliendo la normativa vigente en materia de protección de datos personales, se informa que, en el periodo solicitado en las preguntas, en relación con el personal de enfermería, consta una solicitud de prórroga del servicio activo por falta de cotización, presentada en 2015, correspondiente a la provincia de León, que resultó denegada por falta de cumplimiento de requisitos y no fue objeto de reclamación en via judicial; y en relación con el personal médico, constan cuatro solicitudes, todas concedidas, de las que dos corresponden a la provincia de Burgos, en los años 2018 y 2019; una a la de León, en el año 2017; y otra a la de Soria, en el año 2016.

Valladolid, 2 de noviembre de 2021.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Verónica Casado Vicente.


PE/008219-2

CVE="BOCCL-10-023911"



Sede de las Cortes de Castilla y León