PL/000009-07











1. Procedimientos Legislativos

110. Proyectos de Ley
PL/000009-07


Sumario:

Enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores Dña. Laura Domínguez Arroyo y D. Juan Pablo Fernández Santos (PODEMOS-EQUO), pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto, al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 16 de diciembre de 2021, ha admitido a trámite las Enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, PL/000009.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de diciembre de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 1

De Eliminación.

Se elimina en el párrafo segundo del apartado 1 de la Exposición de Motivos el concepto "inframunicipalismo".

MOTIVACIÓN:

Es un término que se conceptualiza como despectivo.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 2

De Sustitución.

Se sustituye en el cuarto párrafo del apartado I de la Exposición de Motivos lo siguiente:

"... sin importar donde se viva. La modificación de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León permite establecer un nuevo marco para la garantía de la prestación de servicios en el medio rural, definiendo algunos servicios sanitarios, educativos, sociales, de transporte o de incendios bajo los principios de equidad e igualdad para todo el territorio. "

MOTIVACIÓN:

Parece más adecuado dejar claro que esto se trata de una modificación de una Ley que, no habiendo sido del todo desarrollada y ejecutada, simplemente perfila algunas diferencias en el marco teórico.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 3

De Adición.

Se añade en el párrafo 5 del apartado II de la Exposición de Motivos.

"... se plasmará en un mapa, elaborado por las delegaciones territoriales en colaboración con las entidades locales, entidades, agrupaciones y organizaciones de todo el territorio, adecuado para el análisis..."

MOTIVACIÓN:

En consonancia con las enmiendas al articulado queda claro nuestra apuesta por las delegaciones territoriales como competentes en esta materia.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 4

De Adición.

Se añade al punto 1° de la letra c) del punto 3 del artículo 4 lo siguiente:

"1°. Atención sanitaria primaria, que tal como se establece en la cartera de servicios deberá contar con ginecología, pediatría y fisioterapia y el resto de servicios que se estipulan en la misma".

MOTIVACIÓN:

Hay que garantizar que todos los servicios que se definen en la cartera de servicios de Atención Primaria estén en cada área funcional del medio rural.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 5

De Adición.

Se añade al punto 2° de la letra c) del punto 3 del artículo 4 lo siguiente:

"2°. Primer y segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y Educación Secundaria."

MOTIVACIÓN:

Parece lógico que haya que garantizar el primer ciclo de Educación Infantil, que, no siendo un nivel educativo obligatorio, es de vital importancia para ejercer el derecho a la conciliación además de ser fundamental para el establecimiento de niños y niñas en el medio rural. Por otro lado, la Educación Secundaria, al menos hasta 4.° de la ESO, es una etapa obligatoria por lo que supone una evidente desigualdad no poder contar con ella en cada área funcional.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 6

De Adición.

Se añade al punto 3° de la letra c) del punto 3 del artículo 4 lo siguiente:

"3°. Prestaciones sociales esenciales en las que se deberá asegurar al menos la existencia de los equipos multidisciplinares EPAP y EDIS con el personal y los recursos materiales suficientes."

MOTIVACIÓN:

Si se trata de garantizar unos servicios sociales básicos en igualdad de condiciones, no se puede prescindir de una atención individualizada, integral y multidisciplinar como requiere cualquier servicio social, lo que conlleva unos recursos mínimos y la existencia de EPAP y EDIS.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 7

De Sustitución.

Se sustituye el punto 4° de la letra c) del punto 3 del artículo 4 por lo siguiente:

"4°. Transporte público de viajeros con la frecuencia necesaria, en relación con los servicios anteriores y con otro tipo de gestiones y servicios cotidianos para lo cual se programará un transporte a la demanda eficiente y de calidad. Asimismo, se procurará su gratuidad o precios asequibles para todas las rentas."

MOTIVACIÓN:

Lo que se propone en la Ley es demasiado generalista. Para garantizar que los servicios sean cercanos y accesibles es fundamental proveer de un transporte público de calidad que realmente acerque a la ciudadanía a los servicios y prestaciones que requieran.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 8

De Adición.

Se añade un punto 6° a la letra c) del punto 3 del artículo 4 con lo siguiente:

"6º. Servicios de prevención y extinción de incendios."

MOTIVACIÓN:

Es un hecho que nuestra Comunidad Autónoma tiene un déficit estructural en cuanto a los servicios de prevención y extinción de incendios especialmente en el medio rural. Esta Ley es una oportunidad para blindar los recursos mínimos que en este ámbito se necesitan y para garantizar que todas las áreas funcionales tengan estos servicios.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 9

De Adición.

Se añade al final de la letra d) del punto 3 del artículo 4 lo siguiente:

"... de la realidad física del área funcional en relación a sus circunstancias geográficas, de difícil accesibilidad u otras que pudieran hacer necesaria una mayor cercanía que la prevista en este artículo."

MOTIVACIÓN:

El establecimiento de 30 minutos de forma genérica en un territorio tan disperso y diverso como el nuestro es algo aleatorio. Lo adecuado es que se atienda no sólo al tiempo, sino a otro tipo de circunstancias (carreteras de montaña o en mal estado, territorios con densidad poblacional muy baja y dispersa, etc.) que puedan hacer necesaria una mayor cercanía temporal, por lo que proponemos añadir arroja más claridad que lo que se afirma en el artículo.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 10

De Adición.

Se añade una letra f) al punto 4 del artículo 4 con lo siguiente:

"f) En todos los casos mencionados estos territorios o municipios tendrán las mismas garantías de accesibilidad a los servicios que se estipulan en los apartados anteriores de este artículo."

MOTIVACIÓN:

Debe especificarse que las excepcionalidades no pueden suponer un agravio comparativo sobre el resto de áreas funcionales conformadas de forma ordinaria.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 11

De Eliminación.

Se elimina el punto 3 del artículo 5, renumerándose el siguiente.

MOTIVACIÓN:

Este punto implica que aquellos municipios de más de 20.000 habitantes cercanos a cualquier capital de provincia perderán su capacidad de gestión y administración en aras de que la tenga la capital, lo cual supone cargarse la autonomía municipal y conlleva el riesgo evidente de centralizar los servicios en la capital y no en el resto de municipios aunque tengan un gran número de población.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 12

De Sustitución.

Se sustituye el artículo 6 al completo que queda redactado como sigue:

"Artículo 6: Elaboración del mapa de áreas funcionales.

1. La delimitación geográfica de las áreas funcionales rurales y urbanas, se incluirá en un mapa que será aprobado mediante una norma con fuerza de ley, y que precisará el apoyo de dos tercios de las Cortes de Castilla y León.

2. Para la aprobación por parte de las Cortes de Castilla y León se realizará el procedimiento previo establecido en los artículos 7 y 8 de esta ley."

MOTIVACIÓN:

Lo contenido en la Ley de 2013 que se pretende modificar mediante esta garantiza el consenso y la democracia en materia de ordenación del territorio. La pretensión de eliminar la aprobación mediante apoyo mayoritario de la Cámara así como lo que se establece en otros artículos supone un perjuicio en términos de participación, autonomía local y consenso.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 13

De Sustitución.

Se sustituye en la letra a) del punto 1 del artículo 7 lo siguiente:

"a) Cada delegación territorial de la Junta de Castilla y León elaborará un estudio de zonificación de toda la provincia para la delimitación de las áreas funcionales rurales, que se realizará en colaboración con las entidades locales, las entidades económicas, culturales y sociales, las asociaciones, y otras organizaciones o agrupaciones relacionadas o interesadas en el desarrollo rural en el ámbito de la provincia, a través de un procedimiento de consulta pública. A tal efecto, la delegación territorial correspondiente deberá promover la constitución de foros territoriales de colaboración de ámbito inferior o igual a la provincia.

Igualmente, se facilitará la participación directa de la ciudadanía a través de los correspondientes cauces de comunicación de las delegaciones territoriales, en el que deberán publicarse los proyectos de estudios de zonificación para la delimitación de las áreas funcionales rurales. "

MOTIVACIÓN:

Tal como se establecía en la Ley de 2013, entendemos que las Diputaciones Provinciales no deben ser las competentes en esta materia, por lo que el procedimiento debe estar en manos de las Delegaciones Territoriales.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 14

De Adición.

Se añade a la letra b) del punto 1 del artículo 7 lo siguiente:

"b) Oídas las Diputaciones Provinciales, que deberán presentar un informe sobre el estudio de zonificación realizado, las delegaciones territoriales remitirán a la Consejería competente..."

MOTIVACIÓN:

Conservamos lo establecido en la Ley de 2013 y reiteramos la motivación de la anterior enmienda.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 15

De Sustitución.

Se sustituye la letra c) del punto 1 del articulo 7 que queda redactada como sigue:

"e) La consejería competente, analizados los estudios de zonificación para la delimitación de las áreas funcionales rurales y el informe elaborado por las Diputaciones Provinciales elaborará una propuesta de delimitación de las áreas funcionales rurales de las provincias.

En los supuestos previstos en el artículo 4, apartado 4, letras a), b) y d), será necesario el informe de cada una de las diputaciones provinciales interesadas y la aprobación por parte de las delegaciones territoriales interesadas."

MOTIVACIÓN:

En consonancia con las enmiendas anteriores, reiteramos el papel subsidiario que tienen las Diputaciones Provinciales en esta materia y la competencia de las Delegaciones Territoriales.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 16

De Sustitución.

Se sustituye la letra e) del punto 1 del artículo 7 por lo siguiente:

"e) Las áreas funcionales rurales, previo informe del Consejo de Cooperación Local, serán aprobadas mediante una norma con fuerza de ley por parte de la Junta de Castilla y León y se remitirá a las Cortes para su tramitación precisando el apoyo de dos tercios de la Cámara."

MOTIVACIÓN:

En consonancia con otras enmiendas, mantenernos el consenso y la democracia derivada del anterior proyecto de Ley y por tanto su contenido.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 17

De Sustitución.

Se sustituye el punto 3 del artículo 7 que queda redactado como sigue:

"3. Cualquier modificación posterior del mapa seguirá la tramitación prevista en los apartados anteriores."

MOTIVACIÓN:

Pretender que mediante Decreto se puedan realizar modificaciones impide la participación y el consenso que sí se deriva del procedimiento completo que se explicita en este articulo 7.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 18

De Sustitución.

Se sustituye la letra c) del punto 1 del artículo 8 por el siguiente texto:

"e) Las áreas funcionales urbanas, con audiencia de las entidades económicas, culturales y sociales, los municipios afectados y de la diputación provincial correspondiente, y previo informe del Consejo de Cooperación Local, serán aprobadas mediante una norma con fuerza de ley por parte de la Junta de Castilla y León y se remitirá a las Corles para su tramitación precisando el apoyo de dos tercios de la Cámara."

MOTIVACIÓN:

Al igual que para las áreas funcionales rurales, las urbanas deben estar amparadas por el apoyo mayoritario de las Cortes de Castilla y León.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 19

De Modificación.

Se modifica el punto 2 del artículo 8 por el siguiente texto:

"... la modificación del área se iniciará a propuesta de la consejería competente por razón de la materia y se aprobará siguiendo el mismo procedimiento marcado en los puntos anteriores, previa la audiencia de las entidades..."

MOTIVACIÓN:

Como con las áreas funcionales rurales, entendemos que el procedimiento de modificación debe seguir las mismas pautas previas.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 20

De Modificación.

Se modifica el párrafo 2 del punto 2 del artículo 9 con el siguiente texto:

"... a los municipios, a la diputación o diputaciones provinciales interesadas y a la delegación o delegaciones territoriales interesadas para la definición..."

MOTIVACIÓN:

En consonancia con otras enmiendas, entendemos que las delegaciones territoriales tienen que ser las principales competentes en este ámbito.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 21

De Adición.

Se añade al punto 1 del artículo 11 lo siguiente:

"... servicios sociales, transporte público de viajeros, prevención y extinción de incendios, así como los de..."

MOTIVACIÓN:

En consonancia con la enmienda presentada a este tenor en el artículo 4 entendemos el servicio de prevención y extinción de incendios como uno de los esenciales en cada área funcional urbana.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 22

De Sustitución.

Se sustituye el punto 2 del artículo 11 por lo siguiente:

"2. Las infraestructuras y equipamientos de los servicios generales de atención sanitaria primaria, primer y segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria, prestaciones sociales básicas y sus equipos multidisciplinares y servicio de prevención y extinción de incendios mantendrán su ubicación en los municipios donde radiquen a la fecha de la declaración de las áreas funcionales rurales.

Cuando sea necesario aumentar dotaciones y servicios se realizará en los municipios atendiendo a su eficiencia, calidad de las prestación y cercanía al resto de municipios que conformen el área."

MOTIVACIÓN:

En consonancia con las enmiendas presentadas al artículo 4 añadimos las prestaciones y servicios que son esenciales en cada área funcional rural. Además, es necesario prever dónde se ubicarán posibles nuevos servicios y bajo qué criterios deben establecerse.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 23

De Adición.

Se añade un punto 3 al artículo 11 con el siguiente texto.

"3. Los servicios de transporte público de viajeros se organizarán y planificarán en relación a las necesidades demográficas y geográficas, con la frecuencia suficiente y en relación a la demanda de la población del área funcional rural. Para ello se establecerá una planificación por áreas funcionales rurales en relación al mapa de transporte de Castilla y León y se establecerá la gratuidad o cuotas asequibles en función de la renta."

MOTIVACIÓN:

Uno de los elementos fundamentales para una correcta ordenación del territorio y los servicios es el de tener organizado y planificado el transporte público de viajeros que conlleve la cercanía y accesibilidad a los servicios.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 24

De Adición.

Se añade un punto 4 al artículo 11 con el siguiente texto:

"4. La organización y planificación de la prestación de servicios deberá concretar localización, dotación y disponibilidad de los mismos para garantizar una adecuada implantación, mantenimiento o en su caso mejora de dichos servicios."

MOTIVACIÓN:

No sirve sólo definir los servicios que se deben tener en cada área funcional, también es necesario para garantizar una prestación de calidad, cercana y accesible que se concrete dónde, cuándo y cómo se prestarán los servicios.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 25

De Adición.

Se añade un párrafo al artículo 12 con el siguiente texto:

"La prestación de servicios en el municipio de mayor tamaño no entrará en contradicción con la prestación de servicios en otros que por población requieran un establecimiento de servicios propio."

MOTIVACIÓN:

Que se presten todos los servicios en un municipio cercano, en muchos casos será la capital de la provincia, no debe ser una excusa para no establecer servicios más cercanos y accesibles si así se requiere en función de la población y las necesidades.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

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Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 26

De Adición.

Se añade al final del primer párrafo del artículo 13 lo siguiente:

"... a la prestación de los servicios públicos, especialmente de aquellos previstos en la letra c) del artículo 4 pero también otros servicios que sin tener ese carácter de esenciales y públicos son necesarios como servicios bancarios, farmacéuticos o de productos de primera necesidad."

MOTIVACIÓN:

Debemos blindar por Ley que las administraciones públicas sean garantes de la prestación de una serie de servicios que sin ser públicos son necesarios para las gestiones y la vida cotidiana. Esto se podrá hacer mediante políticas dirigidas al establecimiento de dichos servicios mediante acuerdos, convenios o medidas en cada uno de los ámbitos.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 27

De Sustitución.

Se sustituye en el punto 1 del artículo 61 que queda redactado como sigue:

... se integrará en área funcional rural que determine la Junta de Castilla y León siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 7 de la presente Ley."

MOTIVACIÓN:

Con idéntico espíritu que anteriores enmiendas entendemos que los procedimientos en todo el ámbito de la ordenación del territorio deben llevar un mismo trámite que invite a la participación y consenso.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 28

De Sustitución.

Se sustituye en el segundo párrafo del punto 3 del artículo 61:

"15.000 habitantes" por "20.000 habitantes".

MOTIVACIÓN:

Aun entendiendo que nuestra realidad territorial tiene características concretas, la conversión en área funcional urbana con 15.000 habitantes no se ajusta a la realidad de la Ley de Bases de Régimen Local ni parece tener un sentido o racionalidad clara. El mantenimiento como área rural hasta los 20.000 habitantes es más realista.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

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Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 29

De Sustitución.

Se sustituye la Disposición Adicional Quinta por lo siguiente.

"Disposición Adicional Quinta. Mapa concesional de transporte interurbano de viajeros por carretera de Castilla y León.

El mapa concesional del transporte interurbano de viajeros por carretera de Castilla y León deberá estar elaborado en el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de esta Ley.

Para asegurar su elaboración se debe proceder a la revisión de las actuales concesiones administrativas y autorizaciones especiales de servicios de transporte público regular por carretera renovando, actualizando o realizando nuevas en cada caso con su adecuación a la presente Ley que garantice un transporte eficiente, de calidad, sostenible y atendiendo a la demanda de cada área funcional.

Las nuevas rutas de transporte..."

MOTIVACIÓN:

No es serio que tras varios años de supuesto trabajo en la elaboración del mapa de transporte de viajeros por carretera sigamos esperando a la finalización de las concesiones, muchas de las cuales están caducadas, no se han revisado de forma conveniente o se han renovado de forma automática sin supervisión. La Junta debe realizar un trabajo proactivo para finalizarlas de la forma más ágil y eficiente posible.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

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Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 30

De Sustitución.

Se sustituye en el Anexo en las Disposiciones Adicionales. Segunda. Estudios de zonificación.

"diputaciones provinciales" por "delegaciones territoriales".

MOTIVACIÓN:

En consonancia con otras enmiendas, entendemos que son las delegaciones territoriales quienes tienen que llevar a cabo esta tarea.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos


PL/000009-07

CVE="BOCCL-10-024063"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 48608-48626
BOCCL nº 323/10 del 20/12/2021
CVE: BOCCL-10-024063

1. Procedimientos Legislativos
110. Proyectos de Ley
PL/000009-07
Enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores Dña. Laura Domínguez Arroyo y D. Juan Pablo Fernández Santos (PODEMOS-EQUO), pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto, al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 16 de diciembre de 2021, ha admitido a trámite las Enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, PL/000009.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de diciembre de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 1

De Eliminación.

Se elimina en el párrafo segundo del apartado 1 de la Exposición de Motivos el concepto "inframunicipalismo".

MOTIVACIÓN:

Es un término que se conceptualiza como despectivo.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

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ENMIENDA N.º 2

De Sustitución.

Se sustituye en el cuarto párrafo del apartado I de la Exposición de Motivos lo siguiente:

"... sin importar donde se viva. La modificación de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León permite establecer un nuevo marco para la garantía de la prestación de servicios en el medio rural, definiendo algunos servicios sanitarios, educativos, sociales, de transporte o de incendios bajo los principios de equidad e igualdad para todo el territorio. "

MOTIVACIÓN:

Parece más adecuado dejar claro que esto se trata de una modificación de una Ley que, no habiendo sido del todo desarrollada y ejecutada, simplemente perfila algunas diferencias en el marco teórico.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

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Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 3

De Adición.

Se añade en el párrafo 5 del apartado II de la Exposición de Motivos.

"... se plasmará en un mapa, elaborado por las delegaciones territoriales en colaboración con las entidades locales, entidades, agrupaciones y organizaciones de todo el territorio, adecuado para el análisis..."

MOTIVACIÓN:

En consonancia con las enmiendas al articulado queda claro nuestra apuesta por las delegaciones territoriales como competentes en esta materia.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

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Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 4

De Adición.

Se añade al punto 1° de la letra c) del punto 3 del artículo 4 lo siguiente:

"1°. Atención sanitaria primaria, que tal como se establece en la cartera de servicios deberá contar con ginecología, pediatría y fisioterapia y el resto de servicios que se estipulan en la misma".

MOTIVACIÓN:

Hay que garantizar que todos los servicios que se definen en la cartera de servicios de Atención Primaria estén en cada área funcional del medio rural.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

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Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 5

De Adición.

Se añade al punto 2° de la letra c) del punto 3 del artículo 4 lo siguiente:

"2°. Primer y segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y Educación Secundaria."

MOTIVACIÓN:

Parece lógico que haya que garantizar el primer ciclo de Educación Infantil, que, no siendo un nivel educativo obligatorio, es de vital importancia para ejercer el derecho a la conciliación además de ser fundamental para el establecimiento de niños y niñas en el medio rural. Por otro lado, la Educación Secundaria, al menos hasta 4.° de la ESO, es una etapa obligatoria por lo que supone una evidente desigualdad no poder contar con ella en cada área funcional.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

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ENMIENDA N.º 6

De Adición.

Se añade al punto 3° de la letra c) del punto 3 del artículo 4 lo siguiente:

"3°. Prestaciones sociales esenciales en las que se deberá asegurar al menos la existencia de los equipos multidisciplinares EPAP y EDIS con el personal y los recursos materiales suficientes."

MOTIVACIÓN:

Si se trata de garantizar unos servicios sociales básicos en igualdad de condiciones, no se puede prescindir de una atención individualizada, integral y multidisciplinar como requiere cualquier servicio social, lo que conlleva unos recursos mínimos y la existencia de EPAP y EDIS.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

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Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 7

De Sustitución.

Se sustituye el punto 4° de la letra c) del punto 3 del artículo 4 por lo siguiente:

"4°. Transporte público de viajeros con la frecuencia necesaria, en relación con los servicios anteriores y con otro tipo de gestiones y servicios cotidianos para lo cual se programará un transporte a la demanda eficiente y de calidad. Asimismo, se procurará su gratuidad o precios asequibles para todas las rentas."

MOTIVACIÓN:

Lo que se propone en la Ley es demasiado generalista. Para garantizar que los servicios sean cercanos y accesibles es fundamental proveer de un transporte público de calidad que realmente acerque a la ciudadanía a los servicios y prestaciones que requieran.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

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ENMIENDA N.º 8

De Adición.

Se añade un punto 6° a la letra c) del punto 3 del artículo 4 con lo siguiente:

"6º. Servicios de prevención y extinción de incendios."

MOTIVACIÓN:

Es un hecho que nuestra Comunidad Autónoma tiene un déficit estructural en cuanto a los servicios de prevención y extinción de incendios especialmente en el medio rural. Esta Ley es una oportunidad para blindar los recursos mínimos que en este ámbito se necesitan y para garantizar que todas las áreas funcionales tengan estos servicios.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

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Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 9

De Adición.

Se añade al final de la letra d) del punto 3 del artículo 4 lo siguiente:

"... de la realidad física del área funcional en relación a sus circunstancias geográficas, de difícil accesibilidad u otras que pudieran hacer necesaria una mayor cercanía que la prevista en este artículo."

MOTIVACIÓN:

El establecimiento de 30 minutos de forma genérica en un territorio tan disperso y diverso como el nuestro es algo aleatorio. Lo adecuado es que se atienda no sólo al tiempo, sino a otro tipo de circunstancias (carreteras de montaña o en mal estado, territorios con densidad poblacional muy baja y dispersa, etc.) que puedan hacer necesaria una mayor cercanía temporal, por lo que proponemos añadir arroja más claridad que lo que se afirma en el artículo.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

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ENMIENDA N.º 10

De Adición.

Se añade una letra f) al punto 4 del artículo 4 con lo siguiente:

"f) En todos los casos mencionados estos territorios o municipios tendrán las mismas garantías de accesibilidad a los servicios que se estipulan en los apartados anteriores de este artículo."

MOTIVACIÓN:

Debe especificarse que las excepcionalidades no pueden suponer un agravio comparativo sobre el resto de áreas funcionales conformadas de forma ordinaria.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

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ENMIENDA N.º 11

De Eliminación.

Se elimina el punto 3 del artículo 5, renumerándose el siguiente.

MOTIVACIÓN:

Este punto implica que aquellos municipios de más de 20.000 habitantes cercanos a cualquier capital de provincia perderán su capacidad de gestión y administración en aras de que la tenga la capital, lo cual supone cargarse la autonomía municipal y conlleva el riesgo evidente de centralizar los servicios en la capital y no en el resto de municipios aunque tengan un gran número de población.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

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Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

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ENMIENDA N.º 12

De Sustitución.

Se sustituye el artículo 6 al completo que queda redactado como sigue:

"Artículo 6: Elaboración del mapa de áreas funcionales.

1. La delimitación geográfica de las áreas funcionales rurales y urbanas, se incluirá en un mapa que será aprobado mediante una norma con fuerza de ley, y que precisará el apoyo de dos tercios de las Cortes de Castilla y León.

2. Para la aprobación por parte de las Cortes de Castilla y León se realizará el procedimiento previo establecido en los artículos 7 y 8 de esta ley."

MOTIVACIÓN:

Lo contenido en la Ley de 2013 que se pretende modificar mediante esta garantiza el consenso y la democracia en materia de ordenación del territorio. La pretensión de eliminar la aprobación mediante apoyo mayoritario de la Cámara así como lo que se establece en otros artículos supone un perjuicio en términos de participación, autonomía local y consenso.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

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ENMIENDA N.º 13

De Sustitución.

Se sustituye en la letra a) del punto 1 del artículo 7 lo siguiente:

"a) Cada delegación territorial de la Junta de Castilla y León elaborará un estudio de zonificación de toda la provincia para la delimitación de las áreas funcionales rurales, que se realizará en colaboración con las entidades locales, las entidades económicas, culturales y sociales, las asociaciones, y otras organizaciones o agrupaciones relacionadas o interesadas en el desarrollo rural en el ámbito de la provincia, a través de un procedimiento de consulta pública. A tal efecto, la delegación territorial correspondiente deberá promover la constitución de foros territoriales de colaboración de ámbito inferior o igual a la provincia.

Igualmente, se facilitará la participación directa de la ciudadanía a través de los correspondientes cauces de comunicación de las delegaciones territoriales, en el que deberán publicarse los proyectos de estudios de zonificación para la delimitación de las áreas funcionales rurales. "

MOTIVACIÓN:

Tal como se establecía en la Ley de 2013, entendemos que las Diputaciones Provinciales no deben ser las competentes en esta materia, por lo que el procedimiento debe estar en manos de las Delegaciones Territoriales.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

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ENMIENDA N.º 14

De Adición.

Se añade a la letra b) del punto 1 del artículo 7 lo siguiente:

"b) Oídas las Diputaciones Provinciales, que deberán presentar un informe sobre el estudio de zonificación realizado, las delegaciones territoriales remitirán a la Consejería competente..."

MOTIVACIÓN:

Conservamos lo establecido en la Ley de 2013 y reiteramos la motivación de la anterior enmienda.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

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ENMIENDA N.º 15

De Sustitución.

Se sustituye la letra c) del punto 1 del articulo 7 que queda redactada como sigue:

"e) La consejería competente, analizados los estudios de zonificación para la delimitación de las áreas funcionales rurales y el informe elaborado por las Diputaciones Provinciales elaborará una propuesta de delimitación de las áreas funcionales rurales de las provincias.

En los supuestos previstos en el artículo 4, apartado 4, letras a), b) y d), será necesario el informe de cada una de las diputaciones provinciales interesadas y la aprobación por parte de las delegaciones territoriales interesadas."

MOTIVACIÓN:

En consonancia con las enmiendas anteriores, reiteramos el papel subsidiario que tienen las Diputaciones Provinciales en esta materia y la competencia de las Delegaciones Territoriales.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

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ENMIENDA N.º 16

De Sustitución.

Se sustituye la letra e) del punto 1 del artículo 7 por lo siguiente:

"e) Las áreas funcionales rurales, previo informe del Consejo de Cooperación Local, serán aprobadas mediante una norma con fuerza de ley por parte de la Junta de Castilla y León y se remitirá a las Cortes para su tramitación precisando el apoyo de dos tercios de la Cámara."

MOTIVACIÓN:

En consonancia con otras enmiendas, mantenernos el consenso y la democracia derivada del anterior proyecto de Ley y por tanto su contenido.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

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ENMIENDA N.º 17

De Sustitución.

Se sustituye el punto 3 del artículo 7 que queda redactado como sigue:

"3. Cualquier modificación posterior del mapa seguirá la tramitación prevista en los apartados anteriores."

MOTIVACIÓN:

Pretender que mediante Decreto se puedan realizar modificaciones impide la participación y el consenso que sí se deriva del procedimiento completo que se explicita en este articulo 7.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

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ENMIENDA N.º 18

De Sustitución.

Se sustituye la letra c) del punto 1 del artículo 8 por el siguiente texto:

"e) Las áreas funcionales urbanas, con audiencia de las entidades económicas, culturales y sociales, los municipios afectados y de la diputación provincial correspondiente, y previo informe del Consejo de Cooperación Local, serán aprobadas mediante una norma con fuerza de ley por parte de la Junta de Castilla y León y se remitirá a las Corles para su tramitación precisando el apoyo de dos tercios de la Cámara."

MOTIVACIÓN:

Al igual que para las áreas funcionales rurales, las urbanas deben estar amparadas por el apoyo mayoritario de las Cortes de Castilla y León.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 19

De Modificación.

Se modifica el punto 2 del artículo 8 por el siguiente texto:

"... la modificación del área se iniciará a propuesta de la consejería competente por razón de la materia y se aprobará siguiendo el mismo procedimiento marcado en los puntos anteriores, previa la audiencia de las entidades..."

MOTIVACIÓN:

Como con las áreas funcionales rurales, entendemos que el procedimiento de modificación debe seguir las mismas pautas previas.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 20

De Modificación.

Se modifica el párrafo 2 del punto 2 del artículo 9 con el siguiente texto:

"... a los municipios, a la diputación o diputaciones provinciales interesadas y a la delegación o delegaciones territoriales interesadas para la definición..."

MOTIVACIÓN:

En consonancia con otras enmiendas, entendemos que las delegaciones territoriales tienen que ser las principales competentes en este ámbito.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 21

De Adición.

Se añade al punto 1 del artículo 11 lo siguiente:

"... servicios sociales, transporte público de viajeros, prevención y extinción de incendios, así como los de..."

MOTIVACIÓN:

En consonancia con la enmienda presentada a este tenor en el artículo 4 entendemos el servicio de prevención y extinción de incendios como uno de los esenciales en cada área funcional urbana.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 22

De Sustitución.

Se sustituye el punto 2 del artículo 11 por lo siguiente:

"2. Las infraestructuras y equipamientos de los servicios generales de atención sanitaria primaria, primer y segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria, prestaciones sociales básicas y sus equipos multidisciplinares y servicio de prevención y extinción de incendios mantendrán su ubicación en los municipios donde radiquen a la fecha de la declaración de las áreas funcionales rurales.

Cuando sea necesario aumentar dotaciones y servicios se realizará en los municipios atendiendo a su eficiencia, calidad de las prestación y cercanía al resto de municipios que conformen el área."

MOTIVACIÓN:

En consonancia con las enmiendas presentadas al artículo 4 añadimos las prestaciones y servicios que son esenciales en cada área funcional rural. Además, es necesario prever dónde se ubicarán posibles nuevos servicios y bajo qué criterios deben establecerse.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 23

De Adición.

Se añade un punto 3 al artículo 11 con el siguiente texto.

"3. Los servicios de transporte público de viajeros se organizarán y planificarán en relación a las necesidades demográficas y geográficas, con la frecuencia suficiente y en relación a la demanda de la población del área funcional rural. Para ello se establecerá una planificación por áreas funcionales rurales en relación al mapa de transporte de Castilla y León y se establecerá la gratuidad o cuotas asequibles en función de la renta."

MOTIVACIÓN:

Uno de los elementos fundamentales para una correcta ordenación del territorio y los servicios es el de tener organizado y planificado el transporte público de viajeros que conlleve la cercanía y accesibilidad a los servicios.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 24

De Adición.

Se añade un punto 4 al artículo 11 con el siguiente texto:

"4. La organización y planificación de la prestación de servicios deberá concretar localización, dotación y disponibilidad de los mismos para garantizar una adecuada implantación, mantenimiento o en su caso mejora de dichos servicios."

MOTIVACIÓN:

No sirve sólo definir los servicios que se deben tener en cada área funcional, también es necesario para garantizar una prestación de calidad, cercana y accesible que se concrete dónde, cuándo y cómo se prestarán los servicios.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 25

De Adición.

Se añade un párrafo al artículo 12 con el siguiente texto:

"La prestación de servicios en el municipio de mayor tamaño no entrará en contradicción con la prestación de servicios en otros que por población requieran un establecimiento de servicios propio."

MOTIVACIÓN:

Que se presten todos los servicios en un municipio cercano, en muchos casos será la capital de la provincia, no debe ser una excusa para no establecer servicios más cercanos y accesibles si así se requiere en función de la población y las necesidades.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 26

De Adición.

Se añade al final del primer párrafo del artículo 13 lo siguiente:

"... a la prestación de los servicios públicos, especialmente de aquellos previstos en la letra c) del artículo 4 pero también otros servicios que sin tener ese carácter de esenciales y públicos son necesarios como servicios bancarios, farmacéuticos o de productos de primera necesidad."

MOTIVACIÓN:

Debemos blindar por Ley que las administraciones públicas sean garantes de la prestación de una serie de servicios que sin ser públicos son necesarios para las gestiones y la vida cotidiana. Esto se podrá hacer mediante políticas dirigidas al establecimiento de dichos servicios mediante acuerdos, convenios o medidas en cada uno de los ámbitos.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 27

De Sustitución.

Se sustituye en el punto 1 del artículo 61 que queda redactado como sigue:

... se integrará en área funcional rural que determine la Junta de Castilla y León siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 7 de la presente Ley."

MOTIVACIÓN:

Con idéntico espíritu que anteriores enmiendas entendemos que los procedimientos en todo el ámbito de la ordenación del territorio deben llevar un mismo trámite que invite a la participación y consenso.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 28

De Sustitución.

Se sustituye en el segundo párrafo del punto 3 del artículo 61:

"15.000 habitantes" por "20.000 habitantes".

MOTIVACIÓN:

Aun entendiendo que nuestra realidad territorial tiene características concretas, la conversión en área funcional urbana con 15.000 habitantes no se ajusta a la realidad de la Ley de Bases de Régimen Local ni parece tener un sentido o racionalidad clara. El mantenimiento como área rural hasta los 20.000 habitantes es más realista.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 29

De Sustitución.

Se sustituye la Disposición Adicional Quinta por lo siguiente.

"Disposición Adicional Quinta. Mapa concesional de transporte interurbano de viajeros por carretera de Castilla y León.

El mapa concesional del transporte interurbano de viajeros por carretera de Castilla y León deberá estar elaborado en el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de esta Ley.

Para asegurar su elaboración se debe proceder a la revisión de las actuales concesiones administrativas y autorizaciones especiales de servicios de transporte público regular por carretera renovando, actualizando o realizando nuevas en cada caso con su adecuación a la presente Ley que garantice un transporte eficiente, de calidad, sostenible y atendiendo a la demanda de cada área funcional.

Las nuevas rutas de transporte..."

MOTIVACIÓN:

No es serio que tras varios años de supuesto trabajo en la elaboración del mapa de transporte de viajeros por carretera sigamos esperando a la finalización de las concesiones, muchas de las cuales están caducadas, no se han revisado de forma conveniente o se han renovado de forma automática sin supervisión. La Junta debe realizar un trabajo proactivo para finalizarlas de la forma más ágil y eficiente posible.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 7/2013, de 27 de setiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 30

De Sustitución.

Se sustituye en el Anexo en las Disposiciones Adicionales. Segunda. Estudios de zonificación.

"diputaciones provinciales" por "delegaciones territoriales".

MOTIVACIÓN:

En consonancia con otras enmiendas, entendemos que son las delegaciones territoriales quienes tienen que llevar a cabo esta tarea.

En Valladolid, a 28 de octubre de 2021.

LA PROCURADORA, EL PROCURADOR,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo Juan Pablo Fernández Santos


PL/000009-07

CVE="BOCCL-10-024063"



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