PRESIDENCIA
La Mesa de la Diputación Permanente de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 21 de diciembre de 2021, ha tomado conocimiento y ha acordado la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León del Decreto 2/2021, de 20 de diciembre, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se disuelven anticipadamente las Cortes de Castilla y León y se convocan elecciones a las Cortes de Castilla y León, publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León, número 244, de 21 de diciembre de 2021.
En ejecución de dicho Acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 21 de diciembre de 2021.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
DECRETO 2/2021, de 20 de diciembre, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se disuelven anticipadamente las Cortes de Castilla y León y se convocan elecciones a las Cortes de Castilla y León.
El artículo 27.1. a) y b) del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, de conformidad con la redacción dada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, dispone que, como supremo representante de la Comunidad Autónoma, corresponde al Presidente de la Junta de Castilla y León acordar la disolución de las Cortes de Castilla y León y convocar elecciones.
El artículo 37 del Estatuto de Autonomía atribuye al Presidente de la Junta de Castilla y León la facultad de acordar, mediante decreto, la disolución anticipada de las Cortes de Castilla y León, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, incluyendo en dicho decreto la fecha de las elecciones a las Cortes de Castilla y León y las demás circunstancias previstas en la legislación electoral.
Asimismo, el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, dispone que la convocatoria de Elecciones a las Cortes de Castilla y León se realizará de acuerdo con lo previsto en la legislación reguladora del Régimen Electoral General, mediante Decreto del Presidente de la Junta de Castilla y León.
En su virtud, de acuerdo con las facultades atribuidas por los artículos 27.1. a) y b) y 37 del Estatuto de Autonomía y por el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, previa deliberación de la Junta de Castilla y León,
DISPONGO
Artículo 1. Se disuelven anticipadamente las Cortes de Castilla y León.
Artículo 2. Se convocan elecciones a las Cortes de Castilla y León, que se celebrarán el día 13 de febrero de 2022.
Artículo 3. En aplicación de lo establecido en los artículos 21.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y 19 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, integrarán las Cortes de Castilla y León ochenta y un Procuradores/as, correspondiendo elegir en cada circunscripción electoral el siguiente número:
Circunscripción electoral: Procuradores/as:
Ávila 7
Burgos 11
León 13
Palencia 7
Salamanca 10
Segovia 6
Soria 5
Valladolid 15
Zamora 7
Artículo 4. La campaña electoral tendrá una duración de quince días, comenzando a las cero horas del 28 de enero de 2022 y finalizando a las veinticuatro horas del 11 de febrero de 2022.
Artículo 5. La sesión constitutiva de las Cortes de Castilla y León tendrá lugar el día 10 de marzo de 2022 a las 12 horas.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid, 20 de diciembre de 2021.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN,
Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco
ACUER/000019-01
CVE="BOCCL-10-024076"
PRESIDENCIA
La Mesa de la Diputación Permanente de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 21 de diciembre de 2021, ha tomado conocimiento y ha acordado la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León del Decreto 2/2021, de 20 de diciembre, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se disuelven anticipadamente las Cortes de Castilla y León y se convocan elecciones a las Cortes de Castilla y León, publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León, número 244, de 21 de diciembre de 2021.
En ejecución de dicho Acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 21 de diciembre de 2021.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
TEXTO
DECRETO 2/2021, de 20 de diciembre, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se disuelven anticipadamente las Cortes de Castilla y León y se convocan elecciones a las Cortes de Castilla y León.
El artículo 27.1. a) y b) del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, de conformidad con la redacción dada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, dispone que, como supremo representante de la Comunidad Autónoma, corresponde al Presidente de la Junta de Castilla y León acordar la disolución de las Cortes de Castilla y León y convocar elecciones.
El artículo 37 del Estatuto de Autonomía atribuye al Presidente de la Junta de Castilla y León la facultad de acordar, mediante decreto, la disolución anticipada de las Cortes de Castilla y León, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, incluyendo en dicho decreto la fecha de las elecciones a las Cortes de Castilla y León y las demás circunstancias previstas en la legislación electoral.
Asimismo, el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, dispone que la convocatoria de Elecciones a las Cortes de Castilla y León se realizará de acuerdo con lo previsto en la legislación reguladora del Régimen Electoral General, mediante Decreto del Presidente de la Junta de Castilla y León.
En su virtud, de acuerdo con las facultades atribuidas por los artículos 27.1. a) y b) y 37 del Estatuto de Autonomía y por el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, previa deliberación de la Junta de Castilla y León,
DISPONGO
Artículo 1. Se disuelven anticipadamente las Cortes de Castilla y León.
Artículo 2. Se convocan elecciones a las Cortes de Castilla y León, que se celebrarán el día 13 de febrero de 2022.
Artículo 3. En aplicación de lo establecido en los artículos 21.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y 19 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, integrarán las Cortes de Castilla y León ochenta y un Procuradores/as, correspondiendo elegir en cada circunscripción electoral el siguiente número:
Circunscripción electoral: Procuradores/as:
Ávila 7
Burgos 11
León 13
Palencia 7
Salamanca 10
Segovia 6
Soria 5
Valladolid 15
Zamora 7
Artículo 4. La campaña electoral tendrá una duración de quince días, comenzando a las cero horas del 28 de enero de 2022 y finalizando a las veinticuatro horas del 11 de febrero de 2022.
Artículo 5. La sesión constitutiva de las Cortes de Castilla y León tendrá lugar el día 10 de marzo de 2022 a las 12 horas.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid, 20 de diciembre de 2021.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN,
Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco
ACUER/000019-01
CVE="BOCCL-10-024076"