PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 30 de junio de 2022, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/000607 a PE/000713.
Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de junio de 2022.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Fernando Pablos Romo, Jesús Guerrero Arroyo, Isabel Gonzalo Ramírez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
ANTECEDENTES
El artículo 87.1 del CAPÍTULO III de la LOMLOE (2020) sobre Escolarización en centros públicos y privados concertados, plantea que debe existir equilibrio en la admisión de alumnos: “Con el fin de asegurar la calidad educativa para todos, la cohesión social y la igualdad de oportunidades, las Administraciones garantizarán una adecuada y equilibrada escolarización del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y dispondrán las medidas necesarias para evitar la segregación del alumnado por razones socioeconómicas o de otra naturaleza. Para ello, establecerán una proporción equilibrada del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que deba ser escolarizado en cada uno de los centros públicos y privados concertados y garantizarán los recursos personales y económicos necesarios a los centros para ofrecer dicho apoyo. Asimismo, establecerán las medidas que se deban adoptar cuando se concentre una elevada proporción de alumnado de tales características en un centro educativo, que irán dirigidas a garantizar el derecho a la educación en condiciones de igualdad de todos los alumnos y alumnas”.
Es un hecho constatable y constatado que en Castilla y León existen centros que podemos denominar “gueto”, donde se produce una alta concentración de alumnado que se encuentra en una situación socioeconómica desfavorecida.
PREGUNTA
¿Qué medidas se han establecido para evitar esta elevada concentración, dirigidas a garantizar el derecho a la educación en condiciones de igualdad de todos los alumnos y alumnas?
Valladolid a 16 de junio de 2022
PE/000642-01
CVE="BOCCL-11-001092"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 30 de junio de 2022, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/000607 a PE/000713.
Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de junio de 2022.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Fernando Pablos Romo, Jesús Guerrero Arroyo, Isabel Gonzalo Ramírez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
ANTECEDENTES
El artículo 87.1 del CAPÍTULO III de la LOMLOE (2020) sobre Escolarización en centros públicos y privados concertados, plantea que debe existir equilibrio en la admisión de alumnos: “Con el fin de asegurar la calidad educativa para todos, la cohesión social y la igualdad de oportunidades, las Administraciones garantizarán una adecuada y equilibrada escolarización del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y dispondrán las medidas necesarias para evitar la segregación del alumnado por razones socioeconómicas o de otra naturaleza. Para ello, establecerán una proporción equilibrada del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que deba ser escolarizado en cada uno de los centros públicos y privados concertados y garantizarán los recursos personales y económicos necesarios a los centros para ofrecer dicho apoyo. Asimismo, establecerán las medidas que se deban adoptar cuando se concentre una elevada proporción de alumnado de tales características en un centro educativo, que irán dirigidas a garantizar el derecho a la educación en condiciones de igualdad de todos los alumnos y alumnas”.
Es un hecho constatable y constatado que en Castilla y León existen centros que podemos denominar “gueto”, donde se produce una alta concentración de alumnado que se encuentra en una situación socioeconómica desfavorecida.
PREGUNTA
¿Qué medidas se han establecido para evitar esta elevada concentración, dirigidas a garantizar el derecho a la educación en condiciones de igualdad de todos los alumnos y alumnas?
Valladolid a 16 de junio de 2022
PE/000642-01
CVE="BOCCL-11-001092"