PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/000005, PE/000006, PE/000008 a PE/000015, PE/000028, PE/000075 a PE/000079, PE/000093, PE/000096 a PE/000106, PE/000111 a PE/000139, PE/000141 a PE/000148, PE/000152 a PE/000161, PE/000164 a PE/000179, PE/000181 a PE/000192, PE/000194, PE/000195, PE/000197 a PE/000213, PE/000242 a PE/000245, PE/000630 y PE/000661, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de julio de 2022.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández.
El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-11-001414.
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100195 formulada a la Junta de Castilla y León por D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Fernando Pablos Romo, D.ª Consolación Pablos Labajo y D. Rubén Illera Redón, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a reclamaciones presentadas por disconformidad con las calificaciones académicas obtenidas en Primaria, ESO, Bachillerato o Formación Profesional, resueltas por los delegados territoriales de las provincias de Castilla y León en los últimos 10 años.
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100195, se manifiesta lo siguiente:
La resolución del recurso de alzada viene precedida de informe, por lo que los criterios en que se basa la resolución dictada por parte del Delegado Territorial, como motivación para la decisión adoptada, deben coincidir con los utilizados al elaborar el informe correspondiente.
Tales criterios, habiendo realizado previamente la supervisión de la elaboración de una programación didáctica adecuada a los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables, legalmente establecidos, sobre los que realizar la evaluación y calificación del alumnado, se encuentran contenidos en la normativa correspondiente que resulta de aplicación para cada tipo de estudios.
En el anexo se detalla, por cada provincia, la información solicitada.
Valladolid, 19 de julio de 2022.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Rocío Lucas Navas.
PE/000195-2
CVE="BOCCL-11-001414"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/000005, PE/000006, PE/000008 a PE/000015, PE/000028, PE/000075 a PE/000079, PE/000093, PE/000096 a PE/000106, PE/000111 a PE/000139, PE/000141 a PE/000148, PE/000152 a PE/000161, PE/000164 a PE/000179, PE/000181 a PE/000192, PE/000194, PE/000195, PE/000197 a PE/000213, PE/000242 a PE/000245, PE/000630 y PE/000661, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de julio de 2022.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández.
TEXTO
El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-11-001414.
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100195 formulada a la Junta de Castilla y León por D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Fernando Pablos Romo, D.ª Consolación Pablos Labajo y D. Rubén Illera Redón, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a reclamaciones presentadas por disconformidad con las calificaciones académicas obtenidas en Primaria, ESO, Bachillerato o Formación Profesional, resueltas por los delegados territoriales de las provincias de Castilla y León en los últimos 10 años.
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100195, se manifiesta lo siguiente:
La resolución del recurso de alzada viene precedida de informe, por lo que los criterios en que se basa la resolución dictada por parte del Delegado Territorial, como motivación para la decisión adoptada, deben coincidir con los utilizados al elaborar el informe correspondiente.
Tales criterios, habiendo realizado previamente la supervisión de la elaboración de una programación didáctica adecuada a los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables, legalmente establecidos, sobre los que realizar la evaluación y calificación del alumnado, se encuentran contenidos en la normativa correspondiente que resulta de aplicación para cada tipo de estudios.
En el anexo se detalla, por cada provincia, la información solicitada.
Valladolid, 19 de julio de 2022.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Rocío Lucas Navas.
PE/000195-2
CVE="BOCCL-11-001414"