PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/000149 a PE/000151, PE/000162, PE/000193, PE/000607 a PE/000611, PE/000613, PE/000615, PE/000616, PE/000628, PE/000629, PE/000631 a PE/000636, PE/000638, PE/000639, PE/000642 a PE/000646, PE/000649 a PE/000654, PE/000656 a PE/000660, PE/000663, PE/000664, PE/000666, PE/000667, PE/000671 a PE/000690, PE/000692 a PE/000694, PE/000696 a PE/000708, PE/000710, PE/000713, PE/000716 a PE/000718, PE/000719 y PE/000721 a PE/000728, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 21 de septiembre de 2022.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández.
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100642 formulada a la Junta de Castilla y León por D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo y D.ª Isabel Gonzalo Ramírez, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a medidas para evitar la elevada concentración del alumnado en situación socioeconómica desfavorable.
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100642, se manifiesta lo siguiente:
El principio de inclusión educativa se contempla como un principio rector de la política educativa escolar, asociado al concepto de equidad.
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su Capítulo II del Título II, dedicado a la Equidad y Compensación de las desigualdades en educación, pone de manifiesto que las Administraciones educativas tienen que asegurar una actuación preventiva y compensatoria garantizando las condiciones más favorables para la escolarización de todos los niños cuyas condiciones personales o sociales supongan una desigualdad inicial para acceder a las distintas etapas de la educación. La escolarización del alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa se regirá por los principios de participación e inclusión y asegurará su no discriminación ni segregación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo.
La atención educativa que requiere el alumnado escolarizado se aplica con un enfoque inclusivo en todos los centros y enseñanzas de Castilla y León, afectando a los distintos ámbitos y procesos del sistema educativo, incluida la atención a la diversidad del alumnado que escolariza. En todos los centros educativos existe diversidad educativa, es decir diferencias, que obligan a desarrollar planteamientos pedagógicos y medidas específicas adaptadas a las características, circunstancias y necesidades de cada uno de los alumnos, con el fin de evitar la discriminación, la segregación o la exclusión escolar, así como de favorecer el acceso, la permanencia y la consecución de los resultados de aprendizaje establecidos, con carácter general, en el currículo escolar.
El sistema educativo de Castilla y León atiende cada curso escolar a más de 35.000 alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, de los cuales unos 8.000 tienen necesidades educativas especiales. El sistema proporciona atención educativa en centros de educación especial y aulas sustitutivas a unos 1.200, lo que significa que el resto, es decir más de 99%, son atendidos en centros ordinarios, siguiendo un planteamiento inclusivo.
En este conjunto se incluyen las necesidades del alumnado con dificultades de aprendizaje derivadas de trastornos y situaciones de distinta naturaleza: dificultades de aprendizaje y/o bajo rendimiento académico (DEA/BRA), trastorno por déficit de atención TDAH, discapacidad, alumnado inmigrante, alumnado con implante coclear, con necesidades de intérprete de lenguaje, con problemas de visión, con necesidades de apoyo a la socialización, refugiados, minorías étnicas, etc.
El abanico de medidas que se aplican en cada caso es amplio y diverso, incluyendo adaptaciones curriculares significativas y no significativas, medidas de compensación educativa, programas de apoyo y refuerzo específico como el PMAR, PROA+, el Plan de Mejora del Éxito, Unidades de Acompañamiento y Orientación, transportes adaptados, etc. A ello, se dedica todo el profesorado, de los diferentes cuerpos (incluyendo maestros especialistas en audición y lenguaje, pedagogía terapéutica, integración social, orientación educativa, y otros profesionales como fisioterapeutas, ayudantes técnicos educativos, acompañantes, etc.)
Todo ello ha contribuido a alcanzar altas cotas de equidad en el sistema educativo de Castilla y León, tal y como señala el informe de Sicilia y Simancas, basado en los resultados del informe PISA 2015, y el informe de Ferrer, basado en los resultados del informe PISA 2018, siendo una de las Comunidades Autónomas que presenta los mayores niveles de equidad educativa en España.
El PROA+ (Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo) desarrollado a través de Programas de Cooperación Territorial entre el MEFP y las CCAA, se dirige a evitar la exclusión y a paliar los efectos !imitadores de determinadas circunstancias sociales y educativas.
El programa de Unidades de Acompañamiento y Orientación personal y familiar del alumnado educativamente vulnerable, tiene la función específica de acompañar las trayectorias educativas del alumnado más vulnerable para prevenir fracasos y promover su aprendizaje y éxito escolar.
Valladolid, 7 de septiembre de 2022.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Rocío Lucas Navas.
PE/000642-2
CVE="BOCCL-11-002205"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/000149 a PE/000151, PE/000162, PE/000193, PE/000607 a PE/000611, PE/000613, PE/000615, PE/000616, PE/000628, PE/000629, PE/000631 a PE/000636, PE/000638, PE/000639, PE/000642 a PE/000646, PE/000649 a PE/000654, PE/000656 a PE/000660, PE/000663, PE/000664, PE/000666, PE/000667, PE/000671 a PE/000690, PE/000692 a PE/000694, PE/000696 a PE/000708, PE/000710, PE/000713, PE/000716 a PE/000718, PE/000719 y PE/000721 a PE/000728, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 21 de septiembre de 2022.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández.
TEXTO
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100642 formulada a la Junta de Castilla y León por D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo y D.ª Isabel Gonzalo Ramírez, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a medidas para evitar la elevada concentración del alumnado en situación socioeconómica desfavorable.
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100642, se manifiesta lo siguiente:
El principio de inclusión educativa se contempla como un principio rector de la política educativa escolar, asociado al concepto de equidad.
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su Capítulo II del Título II, dedicado a la Equidad y Compensación de las desigualdades en educación, pone de manifiesto que las Administraciones educativas tienen que asegurar una actuación preventiva y compensatoria garantizando las condiciones más favorables para la escolarización de todos los niños cuyas condiciones personales o sociales supongan una desigualdad inicial para acceder a las distintas etapas de la educación. La escolarización del alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa se regirá por los principios de participación e inclusión y asegurará su no discriminación ni segregación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo.
La atención educativa que requiere el alumnado escolarizado se aplica con un enfoque inclusivo en todos los centros y enseñanzas de Castilla y León, afectando a los distintos ámbitos y procesos del sistema educativo, incluida la atención a la diversidad del alumnado que escolariza. En todos los centros educativos existe diversidad educativa, es decir diferencias, que obligan a desarrollar planteamientos pedagógicos y medidas específicas adaptadas a las características, circunstancias y necesidades de cada uno de los alumnos, con el fin de evitar la discriminación, la segregación o la exclusión escolar, así como de favorecer el acceso, la permanencia y la consecución de los resultados de aprendizaje establecidos, con carácter general, en el currículo escolar.
El sistema educativo de Castilla y León atiende cada curso escolar a más de 35.000 alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, de los cuales unos 8.000 tienen necesidades educativas especiales. El sistema proporciona atención educativa en centros de educación especial y aulas sustitutivas a unos 1.200, lo que significa que el resto, es decir más de 99%, son atendidos en centros ordinarios, siguiendo un planteamiento inclusivo.
En este conjunto se incluyen las necesidades del alumnado con dificultades de aprendizaje derivadas de trastornos y situaciones de distinta naturaleza: dificultades de aprendizaje y/o bajo rendimiento académico (DEA/BRA), trastorno por déficit de atención TDAH, discapacidad, alumnado inmigrante, alumnado con implante coclear, con necesidades de intérprete de lenguaje, con problemas de visión, con necesidades de apoyo a la socialización, refugiados, minorías étnicas, etc.
El abanico de medidas que se aplican en cada caso es amplio y diverso, incluyendo adaptaciones curriculares significativas y no significativas, medidas de compensación educativa, programas de apoyo y refuerzo específico como el PMAR, PROA+, el Plan de Mejora del Éxito, Unidades de Acompañamiento y Orientación, transportes adaptados, etc. A ello, se dedica todo el profesorado, de los diferentes cuerpos (incluyendo maestros especialistas en audición y lenguaje, pedagogía terapéutica, integración social, orientación educativa, y otros profesionales como fisioterapeutas, ayudantes técnicos educativos, acompañantes, etc.)
Todo ello ha contribuido a alcanzar altas cotas de equidad en el sistema educativo de Castilla y León, tal y como señala el informe de Sicilia y Simancas, basado en los resultados del informe PISA 2015, y el informe de Ferrer, basado en los resultados del informe PISA 2018, siendo una de las Comunidades Autónomas que presenta los mayores niveles de equidad educativa en España.
El PROA+ (Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo) desarrollado a través de Programas de Cooperación Territorial entre el MEFP y las CCAA, se dirige a evitar la exclusión y a paliar los efectos !imitadores de determinadas circunstancias sociales y educativas.
El programa de Unidades de Acompañamiento y Orientación personal y familiar del alumnado educativamente vulnerable, tiene la función específica de acompañar las trayectorias educativas del alumnado más vulnerable para prevenir fracasos y promover su aprendizaje y éxito escolar.
Valladolid, 7 de septiembre de 2022.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Rocío Lucas Navas.
PE/000642-2
CVE="BOCCL-11-002205"