PE/000697-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/000697-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Fernando Pablos Romo, Dña. María Consolación Pablos Labajo y D. Rubén Illera Redón, relativa a convenios que ha firmado en los últimos 5 años la Junta de Castilla y León para la formación mediante prácticas de estudiantes en todo tipo de ámbitos, así como a cuántas personas han participado, y cuántas se han formado y titulado, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 38, de 13 de julio de 2022.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/000149 a PE/000151, PE/000162, PE/000193, PE/000607 a PE/000611, PE/000613, PE/000615, PE/000616, PE/000628, PE/000629, PE/000631 a PE/000636, PE/000638, PE/000639, PE/000642 a PE/000646, PE/000649 a PE/000654, PE/000656 a PE/000660, PE/000663, PE/000664, PE/000666, PE/000667, PE/000671 a PE/000690, PE/000692 a PE/000694, PE/000696 a PE/000708, PE/000710, PE/000713, PE/000716 a PE/000718, PE/000719 y PE/000721 a PE/000728, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 21 de septiembre de 2022.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández.



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100697 formulada a la Junta de Castilla y León por D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Fernando Pablos Romo, D.ª Consolación Pablos Labajo y D. Rubén Illera Redón, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a convenios firmados por la Junta de Castilla y León para la formación mediante prácticas de estudiantes en los últimos cinco años.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100697, se manifiesta lo siguiente:

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el párrafo tercero del artículo 42.2, establece que “...todos los ciclos formativos incluirán una fase práctica dual de formación en los centros de trabajo, de la que podrán quedar exentos quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con los estudios profesionales cursados”.

El artículo 25 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, señala que todos los ciclos formativos incluirán un módulo de formación en centros de trabajo que no tendrá carácter laboral.

Por otra parte, la Orden EDU/2169/2008, de 15 de diciembre, por la que se regula el proceso de evaluación y la acreditación académica de los alumnos que cursen enseñanzas de formación profesional inicial en la Comunidad de Castilla y León, dispone aspectos de la evaluación que hacen referencia a los módulos profesionales de “Proyecto” y de “Formación en centros de trabajo”.

A su vez, el artículo 16 de la Orden EDU/1205/2010, de 25 de agosto, que regula el desarrollo de los módulos profesionales de “Proyecto” y de “Formación en centros de trabajo” de los ciclos formativos de formación profesional inicial, en la Comunidad de Castilla y León, recoge la documentación que se debe suscribir para el desarrollo de módulo profesional de FCT, entre la que figura en el apartado a): El “Documento de formalización Centro Educativo-Centro de Trabajo”, conforme al modelo establecido en el Anexo III, que será firmado por el responsable del centro de trabajo y por el director del centro educativo y visado por el titular de la Dirección Provincial de Educación.

De acuerdo con lo previsto en el apartado anterior, la Junta de Castilla y León no ha firmado ningún convenio con empresas para la realización del módulo profesional de “Formación en Centros de Trabajo”, ya que lo que se suscribe no es un convenio, sino un documento de formalización, llegando a firmarse casi tantos como número de alumnos de estos ciclos formativos.

En cuanto al número de personas que han participado, y que se han formado y titulado, cabe señalar que en todos los Reales Decretos que establecen los títulos de formación profesional, en sus diferentes grados (grado básico, grado medio y grado superior) se establece, entre los módulos profesionales que componen los ciclos formativos, el módulo profesional de FCT, que se desarrolla en el segundo curso.

El alumnado que quiera obtener un título de formación profesional, es necesario que supere todos los módulos profesionales. Por lo tanto, todo el alumnado debe realizar y superar este módulo, salvo aquel alumnado que se le conceda la exención total o parcial, por su correspondencia con la experiencia laboral, de conformidad con lo que establece la Orden EDU/1205/2010, de 25 de agosto, por la que se regula el desarrollo de los módulos profesionales de “Proyecto” y de “Formación en centros de trabajo” de los ciclos formativos de formación profesional inicial.

Valladolid, 7 de septiembre de 2022.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/000697-2

CVE="BOCCL-11-002250"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 4968
BOCCL nº 59/11 del 30/9/2022
CVE: BOCCL-11-002250

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/000697-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Fernando Pablos Romo, Dña. María Consolación Pablos Labajo y D. Rubén Illera Redón, relativa a convenios que ha firmado en los últimos 5 años la Junta de Castilla y León para la formación mediante prácticas de estudiantes en todo tipo de ámbitos, así como a cuántas personas han participado, y cuántas se han formado y titulado, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 38, de 13 de julio de 2022.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/000149 a PE/000151, PE/000162, PE/000193, PE/000607 a PE/000611, PE/000613, PE/000615, PE/000616, PE/000628, PE/000629, PE/000631 a PE/000636, PE/000638, PE/000639, PE/000642 a PE/000646, PE/000649 a PE/000654, PE/000656 a PE/000660, PE/000663, PE/000664, PE/000666, PE/000667, PE/000671 a PE/000690, PE/000692 a PE/000694, PE/000696 a PE/000708, PE/000710, PE/000713, PE/000716 a PE/000718, PE/000719 y PE/000721 a PE/000728, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 21 de septiembre de 2022.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández.


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100697 formulada a la Junta de Castilla y León por D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Fernando Pablos Romo, D.ª Consolación Pablos Labajo y D. Rubén Illera Redón, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a convenios firmados por la Junta de Castilla y León para la formación mediante prácticas de estudiantes en los últimos cinco años.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100697, se manifiesta lo siguiente:

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el párrafo tercero del artículo 42.2, establece que “...todos los ciclos formativos incluirán una fase práctica dual de formación en los centros de trabajo, de la que podrán quedar exentos quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con los estudios profesionales cursados”.

El artículo 25 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, señala que todos los ciclos formativos incluirán un módulo de formación en centros de trabajo que no tendrá carácter laboral.

Por otra parte, la Orden EDU/2169/2008, de 15 de diciembre, por la que se regula el proceso de evaluación y la acreditación académica de los alumnos que cursen enseñanzas de formación profesional inicial en la Comunidad de Castilla y León, dispone aspectos de la evaluación que hacen referencia a los módulos profesionales de “Proyecto” y de “Formación en centros de trabajo”.

A su vez, el artículo 16 de la Orden EDU/1205/2010, de 25 de agosto, que regula el desarrollo de los módulos profesionales de “Proyecto” y de “Formación en centros de trabajo” de los ciclos formativos de formación profesional inicial, en la Comunidad de Castilla y León, recoge la documentación que se debe suscribir para el desarrollo de módulo profesional de FCT, entre la que figura en el apartado a): El “Documento de formalización Centro Educativo-Centro de Trabajo”, conforme al modelo establecido en el Anexo III, que será firmado por el responsable del centro de trabajo y por el director del centro educativo y visado por el titular de la Dirección Provincial de Educación.

De acuerdo con lo previsto en el apartado anterior, la Junta de Castilla y León no ha firmado ningún convenio con empresas para la realización del módulo profesional de “Formación en Centros de Trabajo”, ya que lo que se suscribe no es un convenio, sino un documento de formalización, llegando a firmarse casi tantos como número de alumnos de estos ciclos formativos.

En cuanto al número de personas que han participado, y que se han formado y titulado, cabe señalar que en todos los Reales Decretos que establecen los títulos de formación profesional, en sus diferentes grados (grado básico, grado medio y grado superior) se establece, entre los módulos profesionales que componen los ciclos formativos, el módulo profesional de FCT, que se desarrolla en el segundo curso.

El alumnado que quiera obtener un título de formación profesional, es necesario que supere todos los módulos profesionales. Por lo tanto, todo el alumnado debe realizar y superar este módulo, salvo aquel alumnado que se le conceda la exención total o parcial, por su correspondencia con la experiencia laboral, de conformidad con lo que establece la Orden EDU/1205/2010, de 25 de agosto, por la que se regula el desarrollo de los módulos profesionales de “Proyecto” y de “Formación en centros de trabajo” de los ciclos formativos de formación profesional inicial.

Valladolid, 7 de septiembre de 2022.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/000697-2

CVE="BOCCL-11-002250"



Sede de las Cortes de Castilla y León