PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de septiembre de 2022, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000223 a PNL/000238.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de septiembre de 2022.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Consolación Pablos Labajo, Jesús Guerrero Arroyo, Rubén Illera Redón y Jesús Puente Alcaraz, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Sanidad:
ANTECEDENTES
El ictus tiene un gran impacto en nuestra sociedad. En España es actualmente la segunda causa de muerte en la población general y la primera causa de muerte en la mujer. Además supone la primera causa de discapacidad y genera un gasto muy elevado para los servicios sanitarios y sociales.
Está comprobado que una de las claves para el éxito en la atención del ictus es la rapidez con la que se detectan los síntomas iniciales y se contacta con los sistemas de emergencias médicas para comenzar a actuar con la mayor celeridad posible y acortar el tiempo que transcurre desde que el paciente sufre un ictus hasta que se toman las medidas adecuadas en cada caso. Para ello es importante incidir en la prevención e información a los ciudadanos sobre los factores de riesgo y los síntomas de alarma, así como disponer de una buena coordinación entre los servicios de urgencia y los centros sanitarios mediante la activación del llamado "código ictus".
Otra cuestión importante a la hora de abordar el ictus es la necesidad de contar con un plan integral de actuaciones desde el inicio del tratamiento que asegura la máxima recuperación del paciente, ya que está comprobado que la actuación sistematizada sobre el ictus, tanto desde el punto de vista médico como de enfermería, son de vital importancia para minimizar dentro de lo posible las secuelas que ocasiona la enfermedad.
El ictus es la causa más importante de invalidez o discapacidad a largo plazo en el adulto y la segunda causa de demencia. A los seis meses del ictus, el 26,1 % de los pacientes han fallecido, el 41,5 % están independientes y el 32,4 % son dependientes, estimándose de forma global que entre los supervivientes del ictus el 44 % quedan con una dependencia funcional.
En 1996 la OMS y el European Stroke Council elaboraron la "Declaración de Helsinborg" en la que se señalaba que la Unidad de Ictus, entendida como unidad específica de los cuidados agudos no intensivos para el tratamiento del paciente con ictus, ofrece el cuidado más efectivo del ictus agudo, apuntando como objetivo para el año 2005 que todos los pacientes con ictus agudo tuvieran fácil acceso a una evaluación y tratamiento especializados en Unidades de Ictus. Las Unidades de Ictus son unidades hospitalarias situadas en áreas geográficas bien definidas, integradas por un equipo multidisciplinar coordinado, especializado, entrenado en el cuidado de los pacientes con ictus y que dispone de protocolos de actuación y manejo del paciente basado en la mejor evidencia científica disponible. Las Unidades de Ictus han demostrado que reducen la estancia media hospitalaria, la mortalidad y la dependencia, así como las complicaciones sistémicas y las neurológicas. Además disminuyen los costes por paciente y los costes globales.
En Castilla y León el ictus ocasiona casi dos mil muertes al año y 6.000 ingresos. Una de cada seis personas acaban padeciendo esta enfermedad. Es la primera causa de muerte en mujeres y la principal causa de discapacidad adquirida en personas adultas.
Es cierto que se han dado pasos importantes en el tratamiento del ictus en Castilla y León, con la implantación del Código Ictus el año 2009, actuaciones específicas en los distintos Planes de Salud o la implantación del Teleictus, con sus ventajas e inconvenientes, en algunos de los hospitales de la Comunidad.
Pero no es menos cierto que todas las Sociedades de Neurología mundiales avalan la creación de Unidades de Ictus para un mejor tratamiento y resolución de la enfermedad.
La Sociedad Española de Neurología asegura que “la relevancia de estas unidades es clara porque la mortalidad al final del seguimiento para aquellos pacientes ingresados en una Unidad de Ictus se reduce significativamente frente a otros cuidados, concretamente un 45 %".
En esta misma línea, las Cortes de Castilla y León aprobaron en noviembre de 2018 una resolución en la que instaban a la Junta de Castilla y León a dotar de Unidades de Ictus a las provincias que entonces no contaban con ellas. Entre ellas la provincia de Palencia.
Sin embargo en la actualidad, año 2022, y tras reiterados anuncios y promesas, la provincia de Palencia sigue sin contar con Unidad de lctus en su hospital.
Por lo expuesto se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dotar de una Unidad de Ictus a la provincia de Palencia en el año 2023".
Valladolid, 13 de septiembre de 2022.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: María Consolación Pablos Labajo, Jesús Guerrero Arroyo, Rubén Illera Redón y Jesús Puente Alcaraz
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/000224-01
CVE="BOCCL-11-002312"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de septiembre de 2022, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000223 a PNL/000238.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de septiembre de 2022.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Consolación Pablos Labajo, Jesús Guerrero Arroyo, Rubén Illera Redón y Jesús Puente Alcaraz, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Sanidad:
ANTECEDENTES
El ictus tiene un gran impacto en nuestra sociedad. En España es actualmente la segunda causa de muerte en la población general y la primera causa de muerte en la mujer. Además supone la primera causa de discapacidad y genera un gasto muy elevado para los servicios sanitarios y sociales.
Está comprobado que una de las claves para el éxito en la atención del ictus es la rapidez con la que se detectan los síntomas iniciales y se contacta con los sistemas de emergencias médicas para comenzar a actuar con la mayor celeridad posible y acortar el tiempo que transcurre desde que el paciente sufre un ictus hasta que se toman las medidas adecuadas en cada caso. Para ello es importante incidir en la prevención e información a los ciudadanos sobre los factores de riesgo y los síntomas de alarma, así como disponer de una buena coordinación entre los servicios de urgencia y los centros sanitarios mediante la activación del llamado "código ictus".
Otra cuestión importante a la hora de abordar el ictus es la necesidad de contar con un plan integral de actuaciones desde el inicio del tratamiento que asegura la máxima recuperación del paciente, ya que está comprobado que la actuación sistematizada sobre el ictus, tanto desde el punto de vista médico como de enfermería, son de vital importancia para minimizar dentro de lo posible las secuelas que ocasiona la enfermedad.
El ictus es la causa más importante de invalidez o discapacidad a largo plazo en el adulto y la segunda causa de demencia. A los seis meses del ictus, el 26,1 % de los pacientes han fallecido, el 41,5 % están independientes y el 32,4 % son dependientes, estimándose de forma global que entre los supervivientes del ictus el 44 % quedan con una dependencia funcional.
En 1996 la OMS y el European Stroke Council elaboraron la "Declaración de Helsinborg" en la que se señalaba que la Unidad de Ictus, entendida como unidad específica de los cuidados agudos no intensivos para el tratamiento del paciente con ictus, ofrece el cuidado más efectivo del ictus agudo, apuntando como objetivo para el año 2005 que todos los pacientes con ictus agudo tuvieran fácil acceso a una evaluación y tratamiento especializados en Unidades de Ictus. Las Unidades de Ictus son unidades hospitalarias situadas en áreas geográficas bien definidas, integradas por un equipo multidisciplinar coordinado, especializado, entrenado en el cuidado de los pacientes con ictus y que dispone de protocolos de actuación y manejo del paciente basado en la mejor evidencia científica disponible. Las Unidades de Ictus han demostrado que reducen la estancia media hospitalaria, la mortalidad y la dependencia, así como las complicaciones sistémicas y las neurológicas. Además disminuyen los costes por paciente y los costes globales.
En Castilla y León el ictus ocasiona casi dos mil muertes al año y 6.000 ingresos. Una de cada seis personas acaban padeciendo esta enfermedad. Es la primera causa de muerte en mujeres y la principal causa de discapacidad adquirida en personas adultas.
Es cierto que se han dado pasos importantes en el tratamiento del ictus en Castilla y León, con la implantación del Código Ictus el año 2009, actuaciones específicas en los distintos Planes de Salud o la implantación del Teleictus, con sus ventajas e inconvenientes, en algunos de los hospitales de la Comunidad.
Pero no es menos cierto que todas las Sociedades de Neurología mundiales avalan la creación de Unidades de Ictus para un mejor tratamiento y resolución de la enfermedad.
La Sociedad Española de Neurología asegura que “la relevancia de estas unidades es clara porque la mortalidad al final del seguimiento para aquellos pacientes ingresados en una Unidad de Ictus se reduce significativamente frente a otros cuidados, concretamente un 45 %".
En esta misma línea, las Cortes de Castilla y León aprobaron en noviembre de 2018 una resolución en la que instaban a la Junta de Castilla y León a dotar de Unidades de Ictus a las provincias que entonces no contaban con ellas. Entre ellas la provincia de Palencia.
Sin embargo en la actualidad, año 2022, y tras reiterados anuncios y promesas, la provincia de Palencia sigue sin contar con Unidad de lctus en su hospital.
Por lo expuesto se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dotar de una Unidad de Ictus a la provincia de Palencia en el año 2023".
Valladolid, 13 de septiembre de 2022.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: María Consolación Pablos Labajo, Jesús Guerrero Arroyo, Rubén Illera Redón y Jesús Puente Alcaraz
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/000224-01
CVE="BOCCL-11-002312"