PRESIDENCIA
La Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 2 de noviembre de 2022, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de rebajas tributarias en la Comunidad de Castilla y León, PL/000001.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de noviembre de 2022.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El procurador de Podemos-IU-AV, Pablo Fernández Santos, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Rebajas Tributarias en la Comunidad de Castilla y León.
ENMIENDA N.º 1
TIPO: Supresión.
PRECEPTO: Disposición Adicional Primera.
TEXTO QUE SE SUPRIME:
"En aquellos casos en que no resulte de aplicación la exención recogida en los artículos 93 y 97 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, y con vigencia desde la entrada en vigor de la ley y durante el ejercicio 2023, será aplicable una bonificación del 100% sobre la cuota de las tasas por las licencias de caza de la clase A y B y por la licencia de pesca, reguladas en el apartado 1 de los artículos 92 y 96 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, respectivamente".
JUSTIFICACIÓN:
La bonificación que se suprime no responde a razones de equidad.
Valladolid, 21 de octubre de 2022.
EL PROCURADOR,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Francisco Igea Arisqueta
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El procurador de Podemos-IU-AV, Pablo Fernández Santos, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Rebajas Tributarias en la Comunidad de Castilla y León.
ENMIENDA N.º 2
TIPO: MODIFICACIÓN.
PRECEPTO: ARTÍCULO 1.- Modificación del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.
TEXTO QUE SE MODIFICA: 1 Con efectos desde el 1 de enero de 2022 se modifica el artículo 1 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, que queda redactado en los siguientes términos:
"Artículo 1. Escala autonómica
La base liquidable general será gravada a los tipos de la siguiente escala autonómica:
Base liquidable hasta € Cuota íntegra € Resto base liquidable hasta € Tipo aplicable porcentaje
0,00 0.00 12.450,00 9,0
12.450,00 1.120,5 7.750,00 12,0
20.200,00 2.050,5 15.000,00 14,0
35.200,00 4.150,5 18.207,20 18,5
53.407,20 7.518,83 En adelante 23
JUSTIFICACIÓN:
Aplicación de la progresividad fiscal recogida en el artículo 31 de la Constitución Española.
Valladolid, 21 de octubre de 2022.
EL PROCURADOR,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Francisco Igea Arisqueta
PL/000001-04
CVE="BOCCL-11-003084"
PRESIDENCIA
La Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 2 de noviembre de 2022, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de rebajas tributarias en la Comunidad de Castilla y León, PL/000001.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de noviembre de 2022.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El procurador de Podemos-IU-AV, Pablo Fernández Santos, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Rebajas Tributarias en la Comunidad de Castilla y León.
ENMIENDA N.º 1
TIPO: Supresión.
PRECEPTO: Disposición Adicional Primera.
TEXTO QUE SE SUPRIME:
"En aquellos casos en que no resulte de aplicación la exención recogida en los artículos 93 y 97 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, y con vigencia desde la entrada en vigor de la ley y durante el ejercicio 2023, será aplicable una bonificación del 100% sobre la cuota de las tasas por las licencias de caza de la clase A y B y por la licencia de pesca, reguladas en el apartado 1 de los artículos 92 y 96 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, respectivamente".
JUSTIFICACIÓN:
La bonificación que se suprime no responde a razones de equidad.
Valladolid, 21 de octubre de 2022.
EL PROCURADOR,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Francisco Igea Arisqueta
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El procurador de Podemos-IU-AV, Pablo Fernández Santos, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Rebajas Tributarias en la Comunidad de Castilla y León.
ENMIENDA N.º 2
TIPO: MODIFICACIÓN.
PRECEPTO: ARTÍCULO 1.- Modificación del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.
TEXTO QUE SE MODIFICA: 1 Con efectos desde el 1 de enero de 2022 se modifica el artículo 1 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, que queda redactado en los siguientes términos:
"Artículo 1. Escala autonómica
La base liquidable general será gravada a los tipos de la siguiente escala autonómica:
Base liquidable hasta € Cuota íntegra € Resto base liquidable hasta € Tipo aplicable porcentaje
0,00 0.00 12.450,00 9,0
12.450,00 1.120,5 7.750,00 12,0
20.200,00 2.050,5 15.000,00 14,0
35.200,00 4.150,5 18.207,20 18,5
53.407,20 7.518,83 En adelante 23
JUSTIFICACIÓN:
Aplicación de la progresividad fiscal recogida en el artículo 31 de la Constitución Española.
Valladolid, 21 de octubre de 2022.
EL PROCURADOR,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Francisco Igea Arisqueta
PL/000001-04
CVE="BOCCL-11-003084"