PPL/000004-08











1. Procedimientos Legislativos

120. Proposiciones de Ley
PPL/000004-08


Sumario:

Enmiendas al articulado presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 2 de febrero de 2023, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas, PPL/000004.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de febrero de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 3

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 2 bis en el artículo 1, con el siguiente contenido

2 bis . Se incorpora una nueva sección segunda en el capítulo I del Título I del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre con la denominación de:

Sección Segunda

Reducción de cargas impositivas en zonas de prioridad demográfica.

Los artículos 1 a 10 constituirían la Sección Primera denominada "Deducciones Comunes"

Motivación:

En coherencia con las siguientes enmiendas.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 5

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 3 bis en el artículo 1, con el siguiente contenido

3 bis. Se incorpora un nuevo artículo 7 bis en el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, dentro de la sección segunda del Capítulo I del Título I con el siguiente contenido:

Artículo 7 bis. Medidas para la reducción de cargas impositivas en zonas de prioridad demográfica.

Con la finalidad de revitalizar la economía de las zonas rurales escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, la Junta de Castilla y León, en el ejercicio de sus competencias normativas en materia de tributos, establecerá beneficios fiscales específicamente dirigidos a los contribuyentes que residan en dichas zonas. Los citados beneficios podrán afectar tanto a los tributos propios como a los tributos cedidos.

Motivación:

Debe incluirse esta línea de deducciones con tratamiento específico.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 6

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 3 ter en el artículo 1, con el siguiente contenido

3 ter . Con efectos desde el 1 de enero de 2023,se incorpora un nuevo artículo 7 ter en el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, dentro de la sección segunda del Capítulo I del Título I con el siguiente contenido:

Artículo 7 ter. Zonas de prioridad demográfica.

1. Como zonas de prioridad demográfica se clasificarán aquellas agrupaciones de municipios o núcleos de población integradas mayoritariamente por municipios de pequeño tamaño, con una densidad conjunta de población de menos de 12,5 habitantes por km2, altas tasas de envejecimiento y pérdidas intensas de población, con un importante aislamiento geográfico con respecto a municipios de más de 30.000 habitantes, un alto porcentaje de suelo de uso forestal, y una elevada significación de la actividad agraria.

2. En consideración al grado de despoblación, se establecen las siguientes categorías de prioridad demográfica:

a) Zonas de intensa despoblación: Aquellas agrupaciones de municipios con densidad superior a 8 habitantes por km2.

b) Zonas de extrema despoblación: Aquellas agrupaciones de municipios con densidad de población menor de 8 habitantes por km2.

Motivación:

Deben configurarse las zonas escasamente pobladas a efectos de la deducción que se introduce.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 7

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 5 del artículo 1

Motivación:

No debe darse este tratamiento al juego.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 12

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 9 en el artículo 1 con el siguiente contenido:

9. El apartado f del artículo 9 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre queda sin contenido.

Motivación:

En coherencia con otras enmiendas en las que se establece una deducción específica para este supuesto (creación de nuevo artículo 9 bis).

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 23

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 20 en el artículo 1 con el siguiente contenido:

20.- Se añade un nuevo artículo 20 ter, dentro de la sección segunda, al Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos. con el siguiente contenido:

Artículo 20 ter Donaciones en metálico

La Comunidad autónoma de Castilla y León comunicará mensualmente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria las donaciones en metálico que hayan sido objeto de liquidación por si procediera la comprobación del origen o destino de los fondos donados.

Igualmente se comunicarán a la Agencia Estatal de Administración Tributaria las donaciones en metálico liquidadas en los ejercicios 2021 y 2022 hasta la fecha de inicio de la información periódica a que se refiere el párrafo anterior.

Motivación:

Debe facilitarse esta información.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 24

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 21 en el artículo 1 con el siguiente contenido

21.- Se modifica el apartado 2 del artículo 25 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, que queda redactado en los siguientes términos:

2. En las transmisiones de vehículos de turismo y vehículos todo terreno que superen los 15 caballos de potencia fiscal y de aquellos otros bienes muebles que tengan la consideración de objetos de arte y antigüedades según la definición que de los mismos se realiza en la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, se aplicará el tipo incrementado del 10 por 100.

Motivación:

Incrementar el tipo en este supuesto frente al 8 % que se contempla en la actualidad.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 28

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 25 en el artículo 1 con el siguiente contenido:

25.- Se da la siguiente redacción al apartado 7 del artículo 30 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre:

7. Cuotas aplicables a máquinas.

En los casos de explotación de máquinas o aparatos automáticos aptos para la realización de los juegos, la cuota anual se determinará en función de la clasificación de las máquinas establecida en la normativa reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León, según las normas siguientes:

A) Máquinas o aparatos automáticos en las que solamente puede intervenir un jugador:

1. Tipo "B":

a) 3.960 euros, salvo lo previsto en la letra siguiente.

b) Cuando se trate de máquinas o aparatos automáticos que oferten juegos que se encuentren alojados en un servidor informático: 1.000 euros más un 10% de la base imponible definida en el artículo 29.1.

2. Tipo "C": 5.791 euros.

3. Tipo "E": 3.960 euros.

4. Tipo "E1": 3.960 euros.

5. Tipo "D": 660 euros.

6. Otras máquinas distintas de las previstas en los números anteriores: 3.960 euros.

B) Máquinas o aparatos automáticos en las que puedan intervenir dos o más jugadores de forma simultánea en varios puestos:

1. Tipos "B" y "C", cuando todos los puestos incorporen el mismo juego y las máquinas cuenten con un único programa y concedan los premios correspondientes a ese programa: dos cuotas de las previstas en la letra A) anterior en función del tipo de máquina, siempre que el número de puestos no exceda de ocho. A partir del octavo puesto, por cada puesto la cuota se incrementará en un sexto de la cuota prevista en la letra A) anterior en función del tipo de máquina.

2. Tipos "B", "C", "E" y "E1", cuando todos los puestos incorporen los mismos juegos: dos cuotas de las previstas en la letra A) anterior en función del tipo de máquina más:

- Un 10% de la cuota prevista en la letra A) anterior en función del tipo de máquina por cada puesto adicional al segundo hasta el quinto.

- Un 100% de la cuota prevista en la letra A) anterior en función del tipo de máquina por cada puesto adicional al quinto.

3. Tipos "B", "C", "E" y "E1", cuando en varios puestos se incorporen distintos juegos: dos cuotas de las previstas en la letra A) anterior en función del tipo de máquina más:

- Un 30% de la cuota prevista en la letra A) anterior en función del tipo de máquina por cada puesto adicional al segundo hasta el quinto.

- Un 100% de la cuota prevista en la letra A) anterior en función del tipo de máquina por cada puesto adicional al quinto."

Motivación:

Incremento de cuotas.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 32

Al artículo: 1 bis

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo artículo 1 bis con el siguiente contenido:

Artículo 1 bis. Creación del Impuesto sobre los Grandes Establecimientos Comerciales.

Se crea el Impuesto sobre los Grandes Establecimientos Comerciales que grava la singular capacidad económica que concurre en determinados establecimientos comerciales como consecuencia de estar implantados en grandes superficies, dado que esta circunstancia contribuye de una manera decisiva a que aquéllos tengan una posición dominante en el sector, produciéndose un importante impacto sobre el comercio urbano y puede generar externalidades negativas en el territorio y el medio ambiente, cuyo coste no asumen y cuyo rendimiento estará afectado al fomento de medidas para la modernización del comercio urbano de Castilla y León y al desarrollo de planes de actuación en áreas afectadas por los emplazamientos de grandes establecimientos comerciales.

Su regulación será objeto de una ley específica que tenga en cuenta la reciente jurisprudencia en la materia.

Motivación:

Contemplar la creación de este impuesto.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 35

Al artículo: 6

Modificación que se propone: Se propone la supresión del artículo 6

Motivación:

La regulación que se propone para la Ley 13/2002, de 15 de julio, de Fundaciones de Castilla y León, y duramente criticada por el Consejo Consultivo, es inadecuada y de dudosa constitucionalidad.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 36

Al artículo: 7

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 1 del artículo7

Motivación:

Regulación inadecuada en lo referente al personal interino.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 38

Al artículo: 7

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 5 en el artículo 7 con la siguiente redacción:

5. Se da la siguiente redacción a la disposición adicional decimoséptima a la Ley 7/2005, de 24 de mayo:

"Disposición adicional decimoséptima. Reglas especiales de concursos de traslados.

El requisito de permanencia establecido en el apartado 4 del artículo 50 de esta ley se reducirá a tres meses en las convocatorias de los concursos derivados de la disposición adicional del Decreto-ley 3/2020, de 18 junio, por el que se modifica la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León. En tales supuestos, transcurridos tres meses desde la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial de Castilla y León, los adjudicatarios cesarán en su puesto en el plazo de tres días hábiles. La toma de posesión del puesto de destino se producirá el día hábil siguiente al del cese. Igualmente, el plazo se verá reducido a tres meses en los supuestos de reagrupación familiar."

En aquellos casos en los que desde la última convocatoria de un concurso de traslados ordinario o específico, de uno o varios Cuerpos, Categorías o Escalas, se hubiese llevado a cabo una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo, cuyo contenido sea objeto de dicho concurso, que afectase a más del 10% de los puestos recogidos en dicho instrumento técnico, la convocatoria del siguiente concurso a celebrar podrá reducir el tiempo de permanencia en el puesto ocupado con carácter definitivo a un mínimo de tres meses, con la finalidad de poder dar participación en dicho concurso al mayor número del personal interesado en el mismo."

Motivación:

Incorporar la reducción en caso de reagrupación familiar.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 40

Al artículo: 8

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 1 del artículo 8

Motivación:

Modificación innecesaria.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 41

Al artículo: 8

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 3 del artículo 8

Motivación:

Modificación innecesaria.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 42

Al artículo: 8

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 4 del artículo 8

Motivación:

Modificación innecesaria.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 43

Al artículo: 8

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 5 del artículo 8

Motivación:

Modificación innecesaria.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 44

Al artículo: 8

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 6 del artículo 8

Motivación:

Modificación innecesaria.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 45

Al artículo: 8

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 8 en el artículo 8 con la siguiente redacción:

8. Se modifica el apartado 2 del artículo 38 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, en los siguientes términos:

«2. Para poder participar en los procedimientos de provisión para puestos de trabajo de Jefe de Servicio y Jefe de Unidad, los interesados deberán reunir a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse durante todo el procedimiento:

a. Ostentar la condición de personal estatutario fijo de los servicios de salud del Sistema Nacional de Salud, de funcionario de carrera de cualquiera de las administraciones públicas, o de personal laboral fijo perteneciente a la Administración Pública de la Comunidad de Castilla y León siempre que su convenio de aplicación así lo prevea.

b. Pertenecer a la categoría y ostentar la titulación y especialidad, en su caso, que se requiera para el desempeño del puesto de que se trate, conforme establezcan las correspondientes plantillas aprobadas.»

Motivación:

Mejor regulación.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 46

Al artículo: 11

Modificación que se propone: Se propone la siguiente redacción para el apartado 3 del artículo 11

3. Se incorpora un nuevo artículo 33 ter a la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras, con la siguiente redacción:

"Artículo 33 ter - Subvenciones para la mejora de la seguridad y la salud en el trabajo

Por la Junta de Castilla y León se garantizará una financiación estable del programa de visitas técnicas de sindicatos y empresas en materia de prevención de riesgos laborales a los centros de trabajo.

Motivación:

Debe mantenerse este programa.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 48

Al artículo: 14

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 2 del artículo 14

Motivación:

Falta de garantías.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 49

Al artículo: 14

Modificación que se propone: Se propone la siguiente redacción para el apartado 3 del artículo 14:

3. Se incorpora un nuevo apartado 4 al artículo 58 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, con la siguiente redacción:

"3. Siempre que el instrumento de planeamiento general lo contemple, los ayuntamientos, en sus instrumentos de planificación urbanística, podrán establecer la posibilidad de autorizar que, transcurridos ocho años desde la licencia de ocupación una vez finalizadas las edificaciones, los locales comerciales que permanezcan sin uso en un determinado ámbito puedan destinarse al uso de vivienda siempre y cuando cumplan las condiciones establecidas por la normativa vigente y aquellas que establezca el propio Ayuntamiento, sin que el porcentaje de edificabilidad reasignado supere el 50 por ciento del fijado originariamente en el sector como índice de variedad de uso."

Motivación:

Mejor regulación y respeto a la autonomía local.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 50

Al artículo: 16

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 1 del artículo 16

Motivación:

Regulación inadecuada.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 51

Al artículo: 16

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 1 en el artículo 16, con el siguiente contenido:

1. Se añade un nuevo artículo 53 bis a la Ley 3/2009 de Montes de Castilla y León con el siguiente contenido:

Artículo 53 bis. Aprovechamientos resineros.

1. En los aprovechamientos resineros en montes catalogados de utilidad pública, a efectos de su enajenación, se considerará como unidad el tranzón resinero o mata de resinación, sin perjuicio de la posibilidad de enajenar agrupaciones de estas unidades cuando las circunstancias así lo aconsejen. El plazo del aprovechamiento será coherente con el periodo necesario para completar una cara de resinación, de acuerdo con el tipo y finalidad de la resinación.

2. En la adjudicación de aprovechamientos resineros en estos montes podrán tener preferencia, si así lo acuerda la entidad propietaria, los resineros vecinos de la misma.

3. Queda prohibida la cesión o subarriendo a terceros de estos aprovechamientos, más allá de los márgenes establecidos para la subcontratación en la legislación de contratos de las administraciones públicas. Las entidades propietarias deberán velar porque los adjudicatarios dispongan de la solvencia necesaria para realizar por sí mismos la resinación de sus lotes de acuerdo con los correspondientes pliegos técnico facultativos, incluyendo la acreditación de los medios humanos necesarios."

Motivación:

Mejor gestión de estos recursos.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 52

Al artículo: 18

Modificación que se propone: En el artículo 18. Modificación de la Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León, en la modificación del apartado 2 de la Ley 9/2010, de 30 de agosto,

donde dice

"cuyos ingresos familiares corregidos no excedan de 5 veces el IPREM"

Debe decir

"cuyos ingresos familiares corregidos no excedan de 3,5 veces el IPREM

Motivación:

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 53

Al artículo: 20

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 1 en el artículo, pasando el actual a constituir el aparrado 1 bis, con el siguiente contenido:

1. Se modifica el apartado 2 del artículo 3 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León, que queda redactado en los siguientes términos:

"2. A los efectos de esta ley, se entenderá como sector agrario exclusivamente al agrícola, ganadero y forestal."

Motivación:

Debe configurarse así.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 54

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"Disposición Adicional. Medidas de mejora de la docencia.

La Administración Educativa de Castilla y León proveerá los recursos necesarios para garantizar que no se supere el número máximo de alumnos por aula en la educación primaria y en la educación secundaria obligatoria establecido en el artículo 157.1.a) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y el fijado mediante norma reglamentaria para las restantes enseñanzas reguladas por la citada Ley Orgánica.

La Administración Educativa de Castilla y León establecerá, la parte lectiva de la jornada semanal del personal docente que imparte enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en centros públicos, con carácter ordinario un máximo de veintitrés horas en los centros de Educación Infantil, Primaria y Especial y un máximo de dieciocho horas en los centros que impartan el resto de enseñanzas de régimen general reguladas por dicha Ley Orgánica.

Los Profesores de Enseñanza Secundaria y los Profesores técnicos de Formación Profesional impartirán 18 períodos lectivos semanales, pudiendo llegar excepcionalmente a 21 cuando la distribución horaria del departamento lo exija y siempre dentro del mismo. La parte del horario comprendido entre los 18 y 21 períodos lectivos se compensará con las horas complementarias establecidas por la Jefatura de estudios, a razón de dos horas complementarias por cada período lectivo."

Motivación:

Promover la calidad en la educación. Aplicación del art. 3 del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 55

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"En el ejercicio 2023, la Junta de Castilla y León procederá a la elaboración de un nuevo Plan de Infraestructuras y servicios de Telecomunicaciones

Motivación:

Debe elaborarse este plan.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 56

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

Por la Junta de Castilla y León se establecerá un mecanismo de resarcimiento para el personal al servicio de la Comunidad Autónoma que compense las cantidades que, en aplicación de la normativa estatal, les hubiera correspondido percibir en forma de aportaciones a fondos de pensiones y que no han sido percibidas por los empleados públicos de Castilla y León.

Motivación:

Corregir una situación discriminatoria con los empleados públicos de la Comunidad.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 57

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el año 2023, la Junta de Castilla y León elaborará en colaboración con los representantes de los trabajadores un plan de prejubilaciones anticipadas en el sector de la Enseñanza, garantizando en todo caso la tasa de reposición

Motivación:

Debe aplicarse esta medida.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 58

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

La Junta de Castilla y León iniciará en ejercicio 2023 un proceso de revisión de los conciertos educativos en lo que se refiere a enseñanzas no obligatorias.

Motivación:

Deben ser objeto de revisión.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 59

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

Las empresas adjudicatarias que tengan encomendada la gestión de servicios públicos de titularidad autonómica, estarán obligadas al cumplimiento de los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad en la cobertura de los puestos de trabajo que se correspondan con la prestación del citado servicio. Dicha previsión será objeto de inclusión en todos los pliegos de condiciones administrativas de los procedimientos de contratación afectados.

Motivación:

Garantizar la aplicación de estos principios.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 60

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"Las empresas adjudicatarias que tengan encomendada la gestión de obras o servicios públicos de titularidad autonómica, estarán obligadas al cumplimiento de los mismos principios de transparencia e información de sus contrataciones que las que se establezcan para las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma, en lo referente a la concesión de que se trate. Dicha previsión será objeto de inclusión en todos los pliegos de condiciones administrativas de los procedimientos de contratación afectados."

Motivación:

Garantías de transparencia.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 61

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

Disposición Adicional. Seguimiento del proceso de reestructuración del sector público:

El seguimiento del proceso de reestructuración del sector público empresarial y fundacional se realizará por una Comisión específica que a tal efecto se constituirá en las Cortes de Castilla y León.

A la misma se remitirá un informe financiero y de gestión relativo a cada uno de los entes que conformaban el sector público empresarial y fundacional de la Comunidad a fecha 10 de octubre de 2012 así como un informe financiero y de gestión relativo a la necesidad y dimensión del futuro sector público de la Comunidad con el objetivo de que el coste de su gasto corriente y de personal se reduzca en un 50% con respecto al existente a dicha fecha.

Motivación:

Debe establecerse este mecanismo de seguimiento.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 62

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En tanto no se recoja en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León el establecimiento de un suelo de gasto social, este será establecido por Ley de las Cortes de Catilla y León. A estos efectos, en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presenta Ley, por la Junta de Castilla y León se remitirá a las Cortes de Castilla y León un Proyecto de Ley de Establecimiento de un suelo de gasto social que vincule la inversión en políticas sociales al PIB de la Comunidad en el porcentaje que se considere y que suponga un seguro para los ciudadanos y especialmente para los más necesitados que garantice la calidad de nuestra sanidad, de nuestra educación, de la atención a los dependientes, de la lucha contra la pobreza, de las políticas de fomento del empleo y que suponga una cláusula de garantía para la igualdad en la sociedad castellana y leonesa.

Motivación:

Debe fijarse el suelo de gasto social.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 63

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presenta Ley, por la Junta de Castilla y León se remitirá a las Cortes de Castilla y León un Proyecto de Ley de medidas para incentivar la participación ciudadana en el diseño y seguimiento de políticas públicas que incorpore las siguientes previsiones:

1. El establecimiento de un procedimiento que garantice la participación de las organizaciones sociales, de los colectivos afectados en cada caso y de los entes locales en el diseño de las políticas públicas sectoriales.

2. El establecimiento de una reserva económica en cada uno de los Proyectos de Presupuestos Generales de la Comunidad para su destino a nuevos proyectos de inversión que habrán de ser determinados a través de la fórmula de presupuestos participativos.

3. El Establecimiento de un sistema de evaluación periódica de ejecución presupuestaria y evaluación de objetivos, cuya información sea pública y cuyos resultados sean incorporados en el diseño de futuras políticas.

4. Impulso de los cauces de participación ciudadana, profundizando en el concepto de gobierno abierto como cauce de transparencia, participación y colaboración de forma paralela al impulso de la participación directa de las organizaciones ciudadanas.

5. Se reforzará la obligación de rendición de cuentas a través del uso de las Tecnologías de la Comunicación y específicamente de la publicación on line de informes de evaluación detallada de políticas y programas relevantes."

Motivación:

Incrementar la participación social.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 64

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Ley, la Junta de Castilla y León pondrá en marcha un sistema que garantice la publicidad de todas las contrataciones que se realicen por la administración de la Comunidad y por todos los entes públicos autonómicos, cualquiera que haya sido el procedimiento de adjudicación incluidos los contratos menores, e indicando, al menos y para cada caso, el objeto del contrato, el procedimiento de adjudicación, la cuantía de la adjudicación, el adjudicatario y la relación de otros ofertantes en el procedimiento, si los hubiere, y la cuantía económica de la ofertas presentadas, todo ello a través de la página de Gobierno Abierto de forma que su acceso resulte cómodo y fácil para el ciudadano. A dicha publicación se agregarán todas aquellas adjudicaciones que se hubieran producido desde el día uno de enero de 2010.

Dicho sistema contendrá previsiones específicas para garantizar una publicidad exhaustiva de los procesos de adjudicación de campañas de publicidad institucional."

Motivación:

Establecer la publicidad de las contrataciones.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 65

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el ejercicio 2023, por la Junta de Castilla y León se realizarán las siguientes actuaciones en materia de Función Pública:

1.- "En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presenta Ley, y previa negociación con los representantes de los empleados públicos, por la Junta de Castilla y León se remitirá a las Cortes de Castilla y León un Proyecto de Ley de modificación de la Ley reguladora de la Función Pública de Castilla y León que incluya las modificaciones necesarias para:

a. El establecimiento de garantías para que los empleados públicos puedan ejercer sus funciones con profesionalidad y objetividad y al servicio de los intereses públicos, sin que puedan ser perturbados en sus funciones por intereses distintos.

b. La reversión de las externalizaciones realizadas para la gestión de servicios públicos a fin de que esta sea realizada por empleados públicos profesionales.

c. La limitación de las libres designaciones a los puestos de categoría superior a las Jefaturas de Servicio o puestos equivalentes de la Administración Institucional, así como a las secretarías de altos cargos, de forma que se garantice la objetividad en los nombramientos y no puedan ser perturbados en el ejercicio de sus funciones.

d. El establecimiento de un concurso abierto y permanente que incluya todas las plazas no cubiertas con carácter definitivo"

2.- Igualmente se reclamará la eliminación de las tasas de Reposición en el empleo público, de forma que la administración de la Comunidad pueda recuperar la calidad en la prestación de los servicios públicos a través de la aprobación de una Oferta de Empleo Público Extraordinaria que recupere a lo largo de la presente legislatura, el empleo público perdido desde 2011.

3.- Aplicación inmediata de la jornada de 35 horas en el conjunto de la administración autonómica.

4. Convocar, en tanto no se produzca la eliminación de las tasas de reposición y sus límites, todas las oposiciones a plazas incluidas en las Ofertas de Empleo Público vigentes y no desarrolladas y proceder a la convocatoria de los procesos selectivos necesarios para cubrir la totalidad de plazas vacantes.

5. Convocar un Concurso General y Permanente de Traslados de Funcionarios Públicos que incluya la totalidad de los puestos de trabajo no cubiertos con carácter definitivo.

Motivación:

Deben realizarse estas modificaciones para establecer garantías en el funcionamiento de la administración.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 66

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la presente ley, la Junta de Castilla y León elaborará un plan de estabilización del empleo público para su aplicación en el ejercicio 2023. Se autoriza a la Junta de Castilla y León a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para la aplicación del mismo.

Motivación:

Debe ejecutarse este plan lo antes posible.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 67

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presenta Ley, por la Junta de Castilla y León se remitirá a las Cortes de Castilla y León un Proyecto de Ley de modificación de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León de forma que se establezca la prohibición de obtener subvenciones, bonificaciones y ayudas de la administración autonómica para los condenados por delitos de corrupción política.

Motivación:

Debe introducirse esta prohibición.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 68

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presenta Ley, por la Junta de Castilla y León se remitirá a las Cortes de Castilla y León un Proyecto de Ley de modificación de la Ley Reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León de forma que se reduzcan aquellos aspectos que no pueden ser objeto de la misma, aumentándose así el ámbito de participación de los ciudadanos y las entidades locales.

Motivación:

La ley contempla excesivas limitaciones.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 70

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"El informe económico financiero de los proyectos de Presupuestos Generales de la comunidad autónoma que la Junta de Castilla y León remita a las Cortes de Castilla y León contará un epígrafe en el que se justifique el cumplimiento de la regla de gasto, identificando y cuantificando cada uno de los gastos no computables conforme a la legislación de estabilidad presupuestaria."

Motivación:

Debe incorporarse esta previsión relativa a la regla de gasto.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 71

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la Presente Ley, la Junta de Castilla y León remitirá a las Cortes el proyecto de Ley de Prevención, extinción e Investigación de Incendios Forestales y Reforestación de los terrenos afectados por los mismos, para su tramitación parlamentaria, elaborado con la participación de los distintos agentes implicados en la defensa ambiental y que cuente con el mayor consenso posible de las distintas formaciones políticas.

Motivación:

Debe tramitarse este proyecto.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 72

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la Presente Ley, la Junta de Castilla y León, en cumplimiento de la Ley 4/2007, de 28 marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, la Junta de Castilla y León procederá a la derogación del decreto 4/2021, de 18 febrero, Plan Sectorial de los servicios de prevención extinción de incendios y salvamento de Castilla y León.

Motivación:

Debe realizarse esta actuación.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 73

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de tres mes desde la entrada en vigor de la Presente Ley, la Junta de Castilla y León, en cumplimiento de la Ley 4/2007, de 28 marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, y una vez derogado el decreto 4/2021 de 18 de febrero, publicará en el BOCyL la configuración y delimitación de las ZAIS (Zonas de Actuación Inmediata y Áreas de Emergencia), sujeto a lo acordado en la Mesa Sectorial a tal efecto constituida en 2018, de la que forman parte, los sindicatos, la administración local y los expertos además de la propia administración autonómica.

Motivación:

Debe realizarse esta actuación.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 75

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de tres mes desde la entrada en vigor de la Presente Ley, la Junta de Castilla y León, La Junta de Castilla y León presentará ante las Cortes De Castilla y León para su refrendo ante el Gobierno de España, el proyecto de custodia y protección del territorio y despliegue y construcción de todos los parques de bomberos profesionales comarcales, según las previsiones de la ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana y desarrollo del Plan Sectorial, para su incorporación en el Plan Nacional Next Generation.

Motivación:

Debe realizarse esta actuación.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 76

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la Presente Ley, la Junta de Castilla y León impulsará o realizará las actuaciones necesarias para que se produzca el reconocimiento de la categoría de "bombero forestal" para el personal de extinción de incendios, así como la creación y dotación adecuada de las Brigadas de Investigación de Incendios Forestales, "BIIF", con agentes medioambientales de la Comunidad, de forma que puedan colaborar con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

Motivación:

Prestar la debida atención a los bomberos forestales.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 77

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la Presente Ley, la Junta de Castilla y León remitirá a las Cortes un plan con las actuaciones necesarias para que la prestación del servicio público del Centro Castilla y León 1-1-2 sea realizado por empleados y empleadas públicas, que en cumplimiento de la ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, desde los principios de eficacia y eficiencia que deben guiar la gestión de los recursos públicos, sirvan al objetivo de garantizar la prestación integral, eficaz y homogénea en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León, desde un funcionamiento integrado y coordinado del citado servicio público.

Motivación:

Mejora del 112.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 79

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la Presente Ley, la Junta de Castilla y León elaborará un plan que incluya la propuesta de creación del registro autonómico de Bandas de Música de Castilla y León, el desarrollo de un Encuentro-Certamen-Recital anual autonómico de bandas de música y la ampliación del apoyo económico de la Junta de Castilla y León a las escuelas municipales de música por el papel que desarrollan en la educación musical en el medio rural y por ello al desarrollo cultural y socioeconómico de nuestro territorio.

Esta actuación contendrá la previsión presupuestaria para su aplicación y en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, será remitida a las Cortes de Castilla y León.

Motivación:

Potenciar la cultura.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 80

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, la Junta de Castilla y León remitirá a las Cortes los Planes y Programas necesarios para la protección de la atmósfera y para minimizar los efectos negativos de la contaminación atmosférica preceptivos en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera correspondientes a las zonas de Salamanca, Duero Norte, Duero Sur, Montaña Sur, Valle del Tiétar y Alberche, Sur y Este de Castilla y Leon, Valladolid y Soria y Demanda, que afectan a una población total de 1.7 millones de castellanos y leoneses

Motivación:

Protección ambiental.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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ENMIENDA N.º 81

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"La Junta de Castilla y León habilitará la línea de concesión de subvenciones específica a las Asociaciones Forestales más representativas de la Autonomía, con el fin de mantener sus actividades generales de servicio público al sector forestal privado de la región, previa convocatoria en la que se determinen el plazo exigido para la presentación de las solicitudes, los requisitos de elegibilidad y las bases para su concesión."

Motivación:

Completar regulación introducida por la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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ENMIENDA N.º 82

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

Por la Junta de Castilla y León se elaborará con carácter inmediato un plan de actuaciones tendentes a la asunción de la gestión directa por parte de la Gerencia de Salud de Castilla y León del transporte sanitario en la Comunidad.

A tal efecto en ningún caso se procederá a la prórroga de los contratos actualmente existentes para la prestación del servicio.

Motivación:

Debe asumirse la gestión directa de este servicio.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 83

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido

En el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Ley, la Junta de Castilla y León procederá a la actualización de la cuantía de las ayudas del SACYL destinadas a desplazamiento, manutención y alojamiento de pacientes y acompañantes con fines asistenciales tanto interprovinciales como intraprovinciales, de forma que cubran los costes reales.

Igual revisión se realizará con respecto a los pacientes oncológicos en régimen especial.

Motivación:

Se trata de desplazamientos realizados para consultas, pruebas o recibir tratamientos prescritos por los servicios de salud y no deben suponer un coste añadido para el paciente. La situación actual es una grave discriminación particularmente para los pacientes que residen en zonas con menos infraestructuras sanitarias. La revisión de 2022 es claramente insuficiente.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 87

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

1.- En el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Ley, la Junta de Castilla y León realizará las actuaciones necesarias para estudiar la revisión de oficio de la Orden FOM/1271/2010, de 23 de agosto, que establece una prórroga de quince años en la duración de la licencia, añadida a la vigencia de quince años de la misma y no contemplada en la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.

2.- Definir, un modelo de televisión autonómica sobre la base del consenso político y social que, respetando los principios de profesionalidad, imparcialidad, objetividad e independencia, con total garantía de los derechos de los trabajadores a quienes asegurará unas condiciones adecuadas en el desarrollo de su trabajo, preste el se servicio público amparado por una financiación estable y un control parlamentario objetivo y plural.

3.- En tanto sea definido el nuevo modelo, cesar en la financiación a Radio y Televisión de Castilla y León a través de subvenciones o por cualquier otro procedimiento, iniciándose, en su caso, expediente de resolución de la licencia por incumplimiento de los términos del contrato de fecha 2 de marzo de 2009.

Motivación:

Debe regularizarse esta situación.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PPL/000004-08

CVE="BOCCL-11-004075"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 13101-13134
BOCCL nº 109/11 del 13/2/2023
CVE: BOCCL-11-004075

1. Procedimientos Legislativos
120. Proposiciones de Ley
PPL/000004-08
Enmiendas al articulado presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 2 de febrero de 2023, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas, PPL/000004.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de febrero de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 3

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 2 bis en el artículo 1, con el siguiente contenido

2 bis . Se incorpora una nueva sección segunda en el capítulo I del Título I del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre con la denominación de:

Sección Segunda

Reducción de cargas impositivas en zonas de prioridad demográfica.

Los artículos 1 a 10 constituirían la Sección Primera denominada "Deducciones Comunes"

Motivación:

En coherencia con las siguientes enmiendas.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 5

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 3 bis en el artículo 1, con el siguiente contenido

3 bis. Se incorpora un nuevo artículo 7 bis en el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, dentro de la sección segunda del Capítulo I del Título I con el siguiente contenido:

Artículo 7 bis. Medidas para la reducción de cargas impositivas en zonas de prioridad demográfica.

Con la finalidad de revitalizar la economía de las zonas rurales escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, la Junta de Castilla y León, en el ejercicio de sus competencias normativas en materia de tributos, establecerá beneficios fiscales específicamente dirigidos a los contribuyentes que residan en dichas zonas. Los citados beneficios podrán afectar tanto a los tributos propios como a los tributos cedidos.

Motivación:

Debe incluirse esta línea de deducciones con tratamiento específico.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 6

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 3 ter en el artículo 1, con el siguiente contenido

3 ter . Con efectos desde el 1 de enero de 2023,se incorpora un nuevo artículo 7 ter en el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, dentro de la sección segunda del Capítulo I del Título I con el siguiente contenido:

Artículo 7 ter. Zonas de prioridad demográfica.

1. Como zonas de prioridad demográfica se clasificarán aquellas agrupaciones de municipios o núcleos de población integradas mayoritariamente por municipios de pequeño tamaño, con una densidad conjunta de población de menos de 12,5 habitantes por km2, altas tasas de envejecimiento y pérdidas intensas de población, con un importante aislamiento geográfico con respecto a municipios de más de 30.000 habitantes, un alto porcentaje de suelo de uso forestal, y una elevada significación de la actividad agraria.

2. En consideración al grado de despoblación, se establecen las siguientes categorías de prioridad demográfica:

a) Zonas de intensa despoblación: Aquellas agrupaciones de municipios con densidad superior a 8 habitantes por km2.

b) Zonas de extrema despoblación: Aquellas agrupaciones de municipios con densidad de población menor de 8 habitantes por km2.

Motivación:

Deben configurarse las zonas escasamente pobladas a efectos de la deducción que se introduce.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 7

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 5 del artículo 1

Motivación:

No debe darse este tratamiento al juego.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 12

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 9 en el artículo 1 con el siguiente contenido:

9. El apartado f del artículo 9 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre queda sin contenido.

Motivación:

En coherencia con otras enmiendas en las que se establece una deducción específica para este supuesto (creación de nuevo artículo 9 bis).

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 23

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 20 en el artículo 1 con el siguiente contenido:

20.- Se añade un nuevo artículo 20 ter, dentro de la sección segunda, al Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos. con el siguiente contenido:

Artículo 20 ter Donaciones en metálico

La Comunidad autónoma de Castilla y León comunicará mensualmente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria las donaciones en metálico que hayan sido objeto de liquidación por si procediera la comprobación del origen o destino de los fondos donados.

Igualmente se comunicarán a la Agencia Estatal de Administración Tributaria las donaciones en metálico liquidadas en los ejercicios 2021 y 2022 hasta la fecha de inicio de la información periódica a que se refiere el párrafo anterior.

Motivación:

Debe facilitarse esta información.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 24

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 21 en el artículo 1 con el siguiente contenido

21.- Se modifica el apartado 2 del artículo 25 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, que queda redactado en los siguientes términos:

2. En las transmisiones de vehículos de turismo y vehículos todo terreno que superen los 15 caballos de potencia fiscal y de aquellos otros bienes muebles que tengan la consideración de objetos de arte y antigüedades según la definición que de los mismos se realiza en la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, se aplicará el tipo incrementado del 10 por 100.

Motivación:

Incrementar el tipo en este supuesto frente al 8 % que se contempla en la actualidad.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 28

Al artículo: 1

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 25 en el artículo 1 con el siguiente contenido:

25.- Se da la siguiente redacción al apartado 7 del artículo 30 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre:

7. Cuotas aplicables a máquinas.

En los casos de explotación de máquinas o aparatos automáticos aptos para la realización de los juegos, la cuota anual se determinará en función de la clasificación de las máquinas establecida en la normativa reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León, según las normas siguientes:

A) Máquinas o aparatos automáticos en las que solamente puede intervenir un jugador:

1. Tipo "B":

a) 3.960 euros, salvo lo previsto en la letra siguiente.

b) Cuando se trate de máquinas o aparatos automáticos que oferten juegos que se encuentren alojados en un servidor informático: 1.000 euros más un 10% de la base imponible definida en el artículo 29.1.

2. Tipo "C": 5.791 euros.

3. Tipo "E": 3.960 euros.

4. Tipo "E1": 3.960 euros.

5. Tipo "D": 660 euros.

6. Otras máquinas distintas de las previstas en los números anteriores: 3.960 euros.

B) Máquinas o aparatos automáticos en las que puedan intervenir dos o más jugadores de forma simultánea en varios puestos:

1. Tipos "B" y "C", cuando todos los puestos incorporen el mismo juego y las máquinas cuenten con un único programa y concedan los premios correspondientes a ese programa: dos cuotas de las previstas en la letra A) anterior en función del tipo de máquina, siempre que el número de puestos no exceda de ocho. A partir del octavo puesto, por cada puesto la cuota se incrementará en un sexto de la cuota prevista en la letra A) anterior en función del tipo de máquina.

2. Tipos "B", "C", "E" y "E1", cuando todos los puestos incorporen los mismos juegos: dos cuotas de las previstas en la letra A) anterior en función del tipo de máquina más:

- Un 10% de la cuota prevista en la letra A) anterior en función del tipo de máquina por cada puesto adicional al segundo hasta el quinto.

- Un 100% de la cuota prevista en la letra A) anterior en función del tipo de máquina por cada puesto adicional al quinto.

3. Tipos "B", "C", "E" y "E1", cuando en varios puestos se incorporen distintos juegos: dos cuotas de las previstas en la letra A) anterior en función del tipo de máquina más:

- Un 30% de la cuota prevista en la letra A) anterior en función del tipo de máquina por cada puesto adicional al segundo hasta el quinto.

- Un 100% de la cuota prevista en la letra A) anterior en función del tipo de máquina por cada puesto adicional al quinto."

Motivación:

Incremento de cuotas.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 32

Al artículo: 1 bis

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo artículo 1 bis con el siguiente contenido:

Artículo 1 bis. Creación del Impuesto sobre los Grandes Establecimientos Comerciales.

Se crea el Impuesto sobre los Grandes Establecimientos Comerciales que grava la singular capacidad económica que concurre en determinados establecimientos comerciales como consecuencia de estar implantados en grandes superficies, dado que esta circunstancia contribuye de una manera decisiva a que aquéllos tengan una posición dominante en el sector, produciéndose un importante impacto sobre el comercio urbano y puede generar externalidades negativas en el territorio y el medio ambiente, cuyo coste no asumen y cuyo rendimiento estará afectado al fomento de medidas para la modernización del comercio urbano de Castilla y León y al desarrollo de planes de actuación en áreas afectadas por los emplazamientos de grandes establecimientos comerciales.

Su regulación será objeto de una ley específica que tenga en cuenta la reciente jurisprudencia en la materia.

Motivación:

Contemplar la creación de este impuesto.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 35

Al artículo: 6

Modificación que se propone: Se propone la supresión del artículo 6

Motivación:

La regulación que se propone para la Ley 13/2002, de 15 de julio, de Fundaciones de Castilla y León, y duramente criticada por el Consejo Consultivo, es inadecuada y de dudosa constitucionalidad.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 36

Al artículo: 7

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 1 del artículo7

Motivación:

Regulación inadecuada en lo referente al personal interino.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 38

Al artículo: 7

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 5 en el artículo 7 con la siguiente redacción:

5. Se da la siguiente redacción a la disposición adicional decimoséptima a la Ley 7/2005, de 24 de mayo:

"Disposición adicional decimoséptima. Reglas especiales de concursos de traslados.

El requisito de permanencia establecido en el apartado 4 del artículo 50 de esta ley se reducirá a tres meses en las convocatorias de los concursos derivados de la disposición adicional del Decreto-ley 3/2020, de 18 junio, por el que se modifica la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León. En tales supuestos, transcurridos tres meses desde la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial de Castilla y León, los adjudicatarios cesarán en su puesto en el plazo de tres días hábiles. La toma de posesión del puesto de destino se producirá el día hábil siguiente al del cese. Igualmente, el plazo se verá reducido a tres meses en los supuestos de reagrupación familiar."

En aquellos casos en los que desde la última convocatoria de un concurso de traslados ordinario o específico, de uno o varios Cuerpos, Categorías o Escalas, se hubiese llevado a cabo una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo, cuyo contenido sea objeto de dicho concurso, que afectase a más del 10% de los puestos recogidos en dicho instrumento técnico, la convocatoria del siguiente concurso a celebrar podrá reducir el tiempo de permanencia en el puesto ocupado con carácter definitivo a un mínimo de tres meses, con la finalidad de poder dar participación en dicho concurso al mayor número del personal interesado en el mismo."

Motivación:

Incorporar la reducción en caso de reagrupación familiar.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 40

Al artículo: 8

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 1 del artículo 8

Motivación:

Modificación innecesaria.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 41

Al artículo: 8

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 3 del artículo 8

Motivación:

Modificación innecesaria.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 42

Al artículo: 8

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 4 del artículo 8

Motivación:

Modificación innecesaria.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 43

Al artículo: 8

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 5 del artículo 8

Motivación:

Modificación innecesaria.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 44

Al artículo: 8

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 6 del artículo 8

Motivación:

Modificación innecesaria.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 45

Al artículo: 8

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 8 en el artículo 8 con la siguiente redacción:

8. Se modifica el apartado 2 del artículo 38 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, en los siguientes términos:

«2. Para poder participar en los procedimientos de provisión para puestos de trabajo de Jefe de Servicio y Jefe de Unidad, los interesados deberán reunir a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse durante todo el procedimiento:

a. Ostentar la condición de personal estatutario fijo de los servicios de salud del Sistema Nacional de Salud, de funcionario de carrera de cualquiera de las administraciones públicas, o de personal laboral fijo perteneciente a la Administración Pública de la Comunidad de Castilla y León siempre que su convenio de aplicación así lo prevea.

b. Pertenecer a la categoría y ostentar la titulación y especialidad, en su caso, que se requiera para el desempeño del puesto de que se trate, conforme establezcan las correspondientes plantillas aprobadas.»

Motivación:

Mejor regulación.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 46

Al artículo: 11

Modificación que se propone: Se propone la siguiente redacción para el apartado 3 del artículo 11

3. Se incorpora un nuevo artículo 33 ter a la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras, con la siguiente redacción:

"Artículo 33 ter - Subvenciones para la mejora de la seguridad y la salud en el trabajo

Por la Junta de Castilla y León se garantizará una financiación estable del programa de visitas técnicas de sindicatos y empresas en materia de prevención de riesgos laborales a los centros de trabajo.

Motivación:

Debe mantenerse este programa.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 48

Al artículo: 14

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 2 del artículo 14

Motivación:

Falta de garantías.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 49

Al artículo: 14

Modificación que se propone: Se propone la siguiente redacción para el apartado 3 del artículo 14:

3. Se incorpora un nuevo apartado 4 al artículo 58 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, con la siguiente redacción:

"3. Siempre que el instrumento de planeamiento general lo contemple, los ayuntamientos, en sus instrumentos de planificación urbanística, podrán establecer la posibilidad de autorizar que, transcurridos ocho años desde la licencia de ocupación una vez finalizadas las edificaciones, los locales comerciales que permanezcan sin uso en un determinado ámbito puedan destinarse al uso de vivienda siempre y cuando cumplan las condiciones establecidas por la normativa vigente y aquellas que establezca el propio Ayuntamiento, sin que el porcentaje de edificabilidad reasignado supere el 50 por ciento del fijado originariamente en el sector como índice de variedad de uso."

Motivación:

Mejor regulación y respeto a la autonomía local.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 50

Al artículo: 16

Modificación que se propone: Se propone la supresión del apartado 1 del artículo 16

Motivación:

Regulación inadecuada.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 51

Al artículo: 16

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 1 en el artículo 16, con el siguiente contenido:

1. Se añade un nuevo artículo 53 bis a la Ley 3/2009 de Montes de Castilla y León con el siguiente contenido:

Artículo 53 bis. Aprovechamientos resineros.

1. En los aprovechamientos resineros en montes catalogados de utilidad pública, a efectos de su enajenación, se considerará como unidad el tranzón resinero o mata de resinación, sin perjuicio de la posibilidad de enajenar agrupaciones de estas unidades cuando las circunstancias así lo aconsejen. El plazo del aprovechamiento será coherente con el periodo necesario para completar una cara de resinación, de acuerdo con el tipo y finalidad de la resinación.

2. En la adjudicación de aprovechamientos resineros en estos montes podrán tener preferencia, si así lo acuerda la entidad propietaria, los resineros vecinos de la misma.

3. Queda prohibida la cesión o subarriendo a terceros de estos aprovechamientos, más allá de los márgenes establecidos para la subcontratación en la legislación de contratos de las administraciones públicas. Las entidades propietarias deberán velar porque los adjudicatarios dispongan de la solvencia necesaria para realizar por sí mismos la resinación de sus lotes de acuerdo con los correspondientes pliegos técnico facultativos, incluyendo la acreditación de los medios humanos necesarios."

Motivación:

Mejor gestión de estos recursos.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 52

Al artículo: 18

Modificación que se propone: En el artículo 18. Modificación de la Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León, en la modificación del apartado 2 de la Ley 9/2010, de 30 de agosto,

donde dice

"cuyos ingresos familiares corregidos no excedan de 5 veces el IPREM"

Debe decir

"cuyos ingresos familiares corregidos no excedan de 3,5 veces el IPREM

Motivación:

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 53

Al artículo: 20

Modificación que se propone: Se propone la adición de un nuevo apartado 1 en el artículo, pasando el actual a constituir el aparrado 1 bis, con el siguiente contenido:

1. Se modifica el apartado 2 del artículo 3 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León, que queda redactado en los siguientes términos:

"2. A los efectos de esta ley, se entenderá como sector agrario exclusivamente al agrícola, ganadero y forestal."

Motivación:

Debe configurarse así.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 54

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"Disposición Adicional. Medidas de mejora de la docencia.

La Administración Educativa de Castilla y León proveerá los recursos necesarios para garantizar que no se supere el número máximo de alumnos por aula en la educación primaria y en la educación secundaria obligatoria establecido en el artículo 157.1.a) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y el fijado mediante norma reglamentaria para las restantes enseñanzas reguladas por la citada Ley Orgánica.

La Administración Educativa de Castilla y León establecerá, la parte lectiva de la jornada semanal del personal docente que imparte enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en centros públicos, con carácter ordinario un máximo de veintitrés horas en los centros de Educación Infantil, Primaria y Especial y un máximo de dieciocho horas en los centros que impartan el resto de enseñanzas de régimen general reguladas por dicha Ley Orgánica.

Los Profesores de Enseñanza Secundaria y los Profesores técnicos de Formación Profesional impartirán 18 períodos lectivos semanales, pudiendo llegar excepcionalmente a 21 cuando la distribución horaria del departamento lo exija y siempre dentro del mismo. La parte del horario comprendido entre los 18 y 21 períodos lectivos se compensará con las horas complementarias establecidas por la Jefatura de estudios, a razón de dos horas complementarias por cada período lectivo."

Motivación:

Promover la calidad en la educación. Aplicación del art. 3 del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 55

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"En el ejercicio 2023, la Junta de Castilla y León procederá a la elaboración de un nuevo Plan de Infraestructuras y servicios de Telecomunicaciones

Motivación:

Debe elaborarse este plan.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 56

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

Por la Junta de Castilla y León se establecerá un mecanismo de resarcimiento para el personal al servicio de la Comunidad Autónoma que compense las cantidades que, en aplicación de la normativa estatal, les hubiera correspondido percibir en forma de aportaciones a fondos de pensiones y que no han sido percibidas por los empleados públicos de Castilla y León.

Motivación:

Corregir una situación discriminatoria con los empleados públicos de la Comunidad.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 57

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el año 2023, la Junta de Castilla y León elaborará en colaboración con los representantes de los trabajadores un plan de prejubilaciones anticipadas en el sector de la Enseñanza, garantizando en todo caso la tasa de reposición

Motivación:

Debe aplicarse esta medida.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 58

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

La Junta de Castilla y León iniciará en ejercicio 2023 un proceso de revisión de los conciertos educativos en lo que se refiere a enseñanzas no obligatorias.

Motivación:

Deben ser objeto de revisión.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 59

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

Las empresas adjudicatarias que tengan encomendada la gestión de servicios públicos de titularidad autonómica, estarán obligadas al cumplimiento de los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad en la cobertura de los puestos de trabajo que se correspondan con la prestación del citado servicio. Dicha previsión será objeto de inclusión en todos los pliegos de condiciones administrativas de los procedimientos de contratación afectados.

Motivación:

Garantizar la aplicación de estos principios.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 60

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"Las empresas adjudicatarias que tengan encomendada la gestión de obras o servicios públicos de titularidad autonómica, estarán obligadas al cumplimiento de los mismos principios de transparencia e información de sus contrataciones que las que se establezcan para las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma, en lo referente a la concesión de que se trate. Dicha previsión será objeto de inclusión en todos los pliegos de condiciones administrativas de los procedimientos de contratación afectados."

Motivación:

Garantías de transparencia.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 61

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

Disposición Adicional. Seguimiento del proceso de reestructuración del sector público:

El seguimiento del proceso de reestructuración del sector público empresarial y fundacional se realizará por una Comisión específica que a tal efecto se constituirá en las Cortes de Castilla y León.

A la misma se remitirá un informe financiero y de gestión relativo a cada uno de los entes que conformaban el sector público empresarial y fundacional de la Comunidad a fecha 10 de octubre de 2012 así como un informe financiero y de gestión relativo a la necesidad y dimensión del futuro sector público de la Comunidad con el objetivo de que el coste de su gasto corriente y de personal se reduzca en un 50% con respecto al existente a dicha fecha.

Motivación:

Debe establecerse este mecanismo de seguimiento.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 62

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En tanto no se recoja en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León el establecimiento de un suelo de gasto social, este será establecido por Ley de las Cortes de Catilla y León. A estos efectos, en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presenta Ley, por la Junta de Castilla y León se remitirá a las Cortes de Castilla y León un Proyecto de Ley de Establecimiento de un suelo de gasto social que vincule la inversión en políticas sociales al PIB de la Comunidad en el porcentaje que se considere y que suponga un seguro para los ciudadanos y especialmente para los más necesitados que garantice la calidad de nuestra sanidad, de nuestra educación, de la atención a los dependientes, de la lucha contra la pobreza, de las políticas de fomento del empleo y que suponga una cláusula de garantía para la igualdad en la sociedad castellana y leonesa.

Motivación:

Debe fijarse el suelo de gasto social.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 63

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presenta Ley, por la Junta de Castilla y León se remitirá a las Cortes de Castilla y León un Proyecto de Ley de medidas para incentivar la participación ciudadana en el diseño y seguimiento de políticas públicas que incorpore las siguientes previsiones:

1. El establecimiento de un procedimiento que garantice la participación de las organizaciones sociales, de los colectivos afectados en cada caso y de los entes locales en el diseño de las políticas públicas sectoriales.

2. El establecimiento de una reserva económica en cada uno de los Proyectos de Presupuestos Generales de la Comunidad para su destino a nuevos proyectos de inversión que habrán de ser determinados a través de la fórmula de presupuestos participativos.

3. El Establecimiento de un sistema de evaluación periódica de ejecución presupuestaria y evaluación de objetivos, cuya información sea pública y cuyos resultados sean incorporados en el diseño de futuras políticas.

4. Impulso de los cauces de participación ciudadana, profundizando en el concepto de gobierno abierto como cauce de transparencia, participación y colaboración de forma paralela al impulso de la participación directa de las organizaciones ciudadanas.

5. Se reforzará la obligación de rendición de cuentas a través del uso de las Tecnologías de la Comunicación y específicamente de la publicación on line de informes de evaluación detallada de políticas y programas relevantes."

Motivación:

Incrementar la participación social.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 64

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Ley, la Junta de Castilla y León pondrá en marcha un sistema que garantice la publicidad de todas las contrataciones que se realicen por la administración de la Comunidad y por todos los entes públicos autonómicos, cualquiera que haya sido el procedimiento de adjudicación incluidos los contratos menores, e indicando, al menos y para cada caso, el objeto del contrato, el procedimiento de adjudicación, la cuantía de la adjudicación, el adjudicatario y la relación de otros ofertantes en el procedimiento, si los hubiere, y la cuantía económica de la ofertas presentadas, todo ello a través de la página de Gobierno Abierto de forma que su acceso resulte cómodo y fácil para el ciudadano. A dicha publicación se agregarán todas aquellas adjudicaciones que se hubieran producido desde el día uno de enero de 2010.

Dicho sistema contendrá previsiones específicas para garantizar una publicidad exhaustiva de los procesos de adjudicación de campañas de publicidad institucional."

Motivación:

Establecer la publicidad de las contrataciones.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 65

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el ejercicio 2023, por la Junta de Castilla y León se realizarán las siguientes actuaciones en materia de Función Pública:

1.- "En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presenta Ley, y previa negociación con los representantes de los empleados públicos, por la Junta de Castilla y León se remitirá a las Cortes de Castilla y León un Proyecto de Ley de modificación de la Ley reguladora de la Función Pública de Castilla y León que incluya las modificaciones necesarias para:

a. El establecimiento de garantías para que los empleados públicos puedan ejercer sus funciones con profesionalidad y objetividad y al servicio de los intereses públicos, sin que puedan ser perturbados en sus funciones por intereses distintos.

b. La reversión de las externalizaciones realizadas para la gestión de servicios públicos a fin de que esta sea realizada por empleados públicos profesionales.

c. La limitación de las libres designaciones a los puestos de categoría superior a las Jefaturas de Servicio o puestos equivalentes de la Administración Institucional, así como a las secretarías de altos cargos, de forma que se garantice la objetividad en los nombramientos y no puedan ser perturbados en el ejercicio de sus funciones.

d. El establecimiento de un concurso abierto y permanente que incluya todas las plazas no cubiertas con carácter definitivo"

2.- Igualmente se reclamará la eliminación de las tasas de Reposición en el empleo público, de forma que la administración de la Comunidad pueda recuperar la calidad en la prestación de los servicios públicos a través de la aprobación de una Oferta de Empleo Público Extraordinaria que recupere a lo largo de la presente legislatura, el empleo público perdido desde 2011.

3.- Aplicación inmediata de la jornada de 35 horas en el conjunto de la administración autonómica.

4. Convocar, en tanto no se produzca la eliminación de las tasas de reposición y sus límites, todas las oposiciones a plazas incluidas en las Ofertas de Empleo Público vigentes y no desarrolladas y proceder a la convocatoria de los procesos selectivos necesarios para cubrir la totalidad de plazas vacantes.

5. Convocar un Concurso General y Permanente de Traslados de Funcionarios Públicos que incluya la totalidad de los puestos de trabajo no cubiertos con carácter definitivo.

Motivación:

Deben realizarse estas modificaciones para establecer garantías en el funcionamiento de la administración.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 66

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la presente ley, la Junta de Castilla y León elaborará un plan de estabilización del empleo público para su aplicación en el ejercicio 2023. Se autoriza a la Junta de Castilla y León a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para la aplicación del mismo.

Motivación:

Debe ejecutarse este plan lo antes posible.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 67

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presenta Ley, por la Junta de Castilla y León se remitirá a las Cortes de Castilla y León un Proyecto de Ley de modificación de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León de forma que se establezca la prohibición de obtener subvenciones, bonificaciones y ayudas de la administración autonómica para los condenados por delitos de corrupción política.

Motivación:

Debe introducirse esta prohibición.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 68

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presenta Ley, por la Junta de Castilla y León se remitirá a las Cortes de Castilla y León un Proyecto de Ley de modificación de la Ley Reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León de forma que se reduzcan aquellos aspectos que no pueden ser objeto de la misma, aumentándose así el ámbito de participación de los ciudadanos y las entidades locales.

Motivación:

La ley contempla excesivas limitaciones.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 70

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"El informe económico financiero de los proyectos de Presupuestos Generales de la comunidad autónoma que la Junta de Castilla y León remita a las Cortes de Castilla y León contará un epígrafe en el que se justifique el cumplimiento de la regla de gasto, identificando y cuantificando cada uno de los gastos no computables conforme a la legislación de estabilidad presupuestaria."

Motivación:

Debe incorporarse esta previsión relativa a la regla de gasto.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 71

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la Presente Ley, la Junta de Castilla y León remitirá a las Cortes el proyecto de Ley de Prevención, extinción e Investigación de Incendios Forestales y Reforestación de los terrenos afectados por los mismos, para su tramitación parlamentaria, elaborado con la participación de los distintos agentes implicados en la defensa ambiental y que cuente con el mayor consenso posible de las distintas formaciones políticas.

Motivación:

Debe tramitarse este proyecto.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 72

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la Presente Ley, la Junta de Castilla y León, en cumplimiento de la Ley 4/2007, de 28 marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, la Junta de Castilla y León procederá a la derogación del decreto 4/2021, de 18 febrero, Plan Sectorial de los servicios de prevención extinción de incendios y salvamento de Castilla y León.

Motivación:

Debe realizarse esta actuación.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 73

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de tres mes desde la entrada en vigor de la Presente Ley, la Junta de Castilla y León, en cumplimiento de la Ley 4/2007, de 28 marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, y una vez derogado el decreto 4/2021 de 18 de febrero, publicará en el BOCyL la configuración y delimitación de las ZAIS (Zonas de Actuación Inmediata y Áreas de Emergencia), sujeto a lo acordado en la Mesa Sectorial a tal efecto constituida en 2018, de la que forman parte, los sindicatos, la administración local y los expertos además de la propia administración autonómica.

Motivación:

Debe realizarse esta actuación.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 75

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de tres mes desde la entrada en vigor de la Presente Ley, la Junta de Castilla y León, La Junta de Castilla y León presentará ante las Cortes De Castilla y León para su refrendo ante el Gobierno de España, el proyecto de custodia y protección del territorio y despliegue y construcción de todos los parques de bomberos profesionales comarcales, según las previsiones de la ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana y desarrollo del Plan Sectorial, para su incorporación en el Plan Nacional Next Generation.

Motivación:

Debe realizarse esta actuación.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 76

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la Presente Ley, la Junta de Castilla y León impulsará o realizará las actuaciones necesarias para que se produzca el reconocimiento de la categoría de "bombero forestal" para el personal de extinción de incendios, así como la creación y dotación adecuada de las Brigadas de Investigación de Incendios Forestales, "BIIF", con agentes medioambientales de la Comunidad, de forma que puedan colaborar con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

Motivación:

Prestar la debida atención a los bomberos forestales.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 77

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la Presente Ley, la Junta de Castilla y León remitirá a las Cortes un plan con las actuaciones necesarias para que la prestación del servicio público del Centro Castilla y León 1-1-2 sea realizado por empleados y empleadas públicas, que en cumplimiento de la ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, desde los principios de eficacia y eficiencia que deben guiar la gestión de los recursos públicos, sirvan al objetivo de garantizar la prestación integral, eficaz y homogénea en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León, desde un funcionamiento integrado y coordinado del citado servicio público.

Motivación:

Mejora del 112.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 79

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la Presente Ley, la Junta de Castilla y León elaborará un plan que incluya la propuesta de creación del registro autonómico de Bandas de Música de Castilla y León, el desarrollo de un Encuentro-Certamen-Recital anual autonómico de bandas de música y la ampliación del apoyo económico de la Junta de Castilla y León a las escuelas municipales de música por el papel que desarrollan en la educación musical en el medio rural y por ello al desarrollo cultural y socioeconómico de nuestro territorio.

Esta actuación contendrá la previsión presupuestaria para su aplicación y en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, será remitida a las Cortes de Castilla y León.

Motivación:

Potenciar la cultura.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 80

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, la Junta de Castilla y León remitirá a las Cortes los Planes y Programas necesarios para la protección de la atmósfera y para minimizar los efectos negativos de la contaminación atmosférica preceptivos en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera correspondientes a las zonas de Salamanca, Duero Norte, Duero Sur, Montaña Sur, Valle del Tiétar y Alberche, Sur y Este de Castilla y Leon, Valladolid y Soria y Demanda, que afectan a una población total de 1.7 millones de castellanos y leoneses

Motivación:

Protección ambiental.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 81

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

"La Junta de Castilla y León habilitará la línea de concesión de subvenciones específica a las Asociaciones Forestales más representativas de la Autonomía, con el fin de mantener sus actividades generales de servicio público al sector forestal privado de la región, previa convocatoria en la que se determinen el plazo exigido para la presentación de las solicitudes, los requisitos de elegibilidad y las bases para su concesión."

Motivación:

Completar regulación introducida por la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 82

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

Por la Junta de Castilla y León se elaborará con carácter inmediato un plan de actuaciones tendentes a la asunción de la gestión directa por parte de la Gerencia de Salud de Castilla y León del transporte sanitario en la Comunidad.

A tal efecto en ningún caso se procederá a la prórroga de los contratos actualmente existentes para la prestación del servicio.

Motivación:

Debe asumirse la gestión directa de este servicio.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 83

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido

En el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Ley, la Junta de Castilla y León procederá a la actualización de la cuantía de las ayudas del SACYL destinadas a desplazamiento, manutención y alojamiento de pacientes y acompañantes con fines asistenciales tanto interprovinciales como intraprovinciales, de forma que cubran los costes reales.

Igual revisión se realizará con respecto a los pacientes oncológicos en régimen especial.

Motivación:

Se trata de desplazamientos realizados para consultas, pruebas o recibir tratamientos prescritos por los servicios de salud y no deben suponer un coste añadido para el paciente. La situación actual es una grave discriminación particularmente para los pacientes que residen en zonas con menos infraestructuras sanitarias. La revisión de 2022 es claramente insuficiente.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 87

Al artículo: Disposición Adicional Nueva

Modificación que se propone: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional con el siguiente contenido:

1.- En el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Ley, la Junta de Castilla y León realizará las actuaciones necesarias para estudiar la revisión de oficio de la Orden FOM/1271/2010, de 23 de agosto, que establece una prórroga de quince años en la duración de la licencia, añadida a la vigencia de quince años de la misma y no contemplada en la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.

2.- Definir, un modelo de televisión autonómica sobre la base del consenso político y social que, respetando los principios de profesionalidad, imparcialidad, objetividad e independencia, con total garantía de los derechos de los trabajadores a quienes asegurará unas condiciones adecuadas en el desarrollo de su trabajo, preste el se servicio público amparado por una financiación estable y un control parlamentario objetivo y plural.

3.- En tanto sea definido el nuevo modelo, cesar en la financiación a Radio y Televisión de Castilla y León a través de subvenciones o por cualquier otro procedimiento, iniciándose, en su caso, expediente de resolución de la licencia por incumplimiento de los términos del contrato de fecha 2 de marzo de 2009.

Motivación:

Debe regularizarse esta situación.

Valladolid, 27 de enero de 2023.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PPL/000004-08

CVE="BOCCL-11-004075"



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