PPL/000004-11











1. Procedimientos Legislativos

120. Proposiciones de Ley
PPL/000004-11


Sumario:

Enmiendas presentadas por D. José Ángel Ceña Tutor, D.ª Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-SORIA ¡YA!, a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas, calificadas por la Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda como enmiendas que suponían aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios del ejercicio, a las que la Junta de Castilla y León ha dado la conformidad para su tramitación.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León de las enmiendas presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas, calificadas por la Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda como enmiendas que suponían aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios del ejercicio, a las que la Junta de Castilla y León ha dado la conformidad para su tramitación.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de febrero de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

D. José Ángel Ceña Tutor, Dña. Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡Ya!, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 1

Modificación que se propone:

Se propone enmienda de modificación del artículo 1.2, para modificar el apartado 7.1.c del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, que quedaría redactado del siguiente modo:

"c) Que la vivienda esté situada en un municipio o en una entidad local menor de la Comunidad de Castilla y León que en el momento de la adquisición o rehabilitación no exceda de 10.000 habitantes, con carácter general, o de 3.000 habitantes, si dista menos de 30 kilómetros de la capital de la provincia, y tenga un valor, a efectos del impuesto que grave su adquisición, menor de 150.000,00 euros, incrementándose esta cantidad en 20.000 € por cada hijo menor de edad del contribuyente, que conviva en la nueva vivienda habitual adquirida".

Motivación:

Con la nueva redacción se pretende incentivar la atracción de nuevos pobladores a municipios en grave riesgo demográfico.

Valladolid, 25 de enero de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

D. José Ángel Ceña Tutor, Dña. Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡Ya!, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 2

Modificación que se propone:

Se propone enmienda de modificación del artículo 1.4, para modificar el apartado 10.1 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, que quedaría redactado del siguiente modo:

"1. Las deducciones reguladas en este capítulo, salvo las previstas en los artículos 3, 4, artículo 7 (apartado 2 y 3), artículo 8 y artículo 9 [letras f) y g)], no serán de aplicación a los contribuyentes cuya base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, supere la cuantía de 30.000 euros en tributación individual o 50.000 euros en el caso de tributación conjunta".

Motivación:

Con la nueva redacción se pretende incentivar la atracción de nuevos pobladores a municipios en grave riesgo demográfico.

Valladolid, 25 de enero de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

D. José Ángel Ceña Tutor, Dña. Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡Ya!, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 3

Modificación que se propone:

Se propone enmienda de adición para el artículo 6, de cara a crear un artículo 6.5, que amplíe la modificación propuesta en el mismo para el artículo 31 de la Ley 13/2002, de 15 de julio, añadiéndose un nuevo apartado para la Ley 13/2002, el 31.8, con el siguiente texto:

"8. En las fundaciones públicas o privadas de la Comunidad de Castilla y León en las que participen las Cortes de Castilla y León aportando la mayor parte de su financiación, la liquidación tendrá lugar por la cesión e integración global, en unidad de acto, de todo el activo y el pasivo público de la fundación en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o en la entidad del sector público autonómico que corresponda, y que le sucederá universalmente en todos sus derechos y obligaciones.

La Administración General de la Comunidad o la entidad del sector público autonómico quedará subrogada automáticamente en todas las relaciones jurídicas que tuviera la fundación a la fecha de su extinción, incluyendo los activos y pasivos sobrevenidos. Esta subrogación no alterará las condiciones financieras de las obligaciones asumidas ni podrá ser entendida como causa de resolución de las relaciones jurídicas.

No obstante, de existir en el patrimonio fundacional bienes aportados por otras entidades ajenas al sector público autonómico, el órgano o entidad liquidadora determinará su devolución a dichas entidades con la consiguiente subrogación en las relaciones jurídicas inherentes a los mismos o, de concurrir la expresa voluntad de éstas, su inclusión dentro de la cesión o integración."

Motivación:

Creemos que debe ampliarse dicho punto para dar cabida a la posible liquidación de aquellas fundaciones en las que, independientemente de su naturaleza privada o pública, participen las Cortes de Castilla y León aportando la mayor parte de la financiación.

Valladolid, 25 de enero de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia


PPL/000004-11

CVE="BOCCL-11-004078"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 13155-13157
BOCCL nº 109/11 del 13/2/2023
CVE: BOCCL-11-004078

1. Procedimientos Legislativos
120. Proposiciones de Ley
PPL/000004-11
Enmiendas presentadas por D. José Ángel Ceña Tutor, D.ª Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-SORIA ¡YA!, a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas, calificadas por la Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda como enmiendas que suponían aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios del ejercicio, a las que la Junta de Castilla y León ha dado la conformidad para su tramitación.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León de las enmiendas presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas, calificadas por la Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda como enmiendas que suponían aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios del ejercicio, a las que la Junta de Castilla y León ha dado la conformidad para su tramitación.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de febrero de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

D. José Ángel Ceña Tutor, Dña. Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡Ya!, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 1

Modificación que se propone:

Se propone enmienda de modificación del artículo 1.2, para modificar el apartado 7.1.c del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, que quedaría redactado del siguiente modo:

"c) Que la vivienda esté situada en un municipio o en una entidad local menor de la Comunidad de Castilla y León que en el momento de la adquisición o rehabilitación no exceda de 10.000 habitantes, con carácter general, o de 3.000 habitantes, si dista menos de 30 kilómetros de la capital de la provincia, y tenga un valor, a efectos del impuesto que grave su adquisición, menor de 150.000,00 euros, incrementándose esta cantidad en 20.000 € por cada hijo menor de edad del contribuyente, que conviva en la nueva vivienda habitual adquirida".

Motivación:

Con la nueva redacción se pretende incentivar la atracción de nuevos pobladores a municipios en grave riesgo demográfico.

Valladolid, 25 de enero de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

D. José Ángel Ceña Tutor, Dña. Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡Ya!, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 2

Modificación que se propone:

Se propone enmienda de modificación del artículo 1.4, para modificar el apartado 10.1 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, que quedaría redactado del siguiente modo:

"1. Las deducciones reguladas en este capítulo, salvo las previstas en los artículos 3, 4, artículo 7 (apartado 2 y 3), artículo 8 y artículo 9 [letras f) y g)], no serán de aplicación a los contribuyentes cuya base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, supere la cuantía de 30.000 euros en tributación individual o 50.000 euros en el caso de tributación conjunta".

Motivación:

Con la nueva redacción se pretende incentivar la atracción de nuevos pobladores a municipios en grave riesgo demográfico.

Valladolid, 25 de enero de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

D. José Ángel Ceña Tutor, Dña. Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡Ya!, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas:

ENMIENDA N.º 3

Modificación que se propone:

Se propone enmienda de adición para el artículo 6, de cara a crear un artículo 6.5, que amplíe la modificación propuesta en el mismo para el artículo 31 de la Ley 13/2002, de 15 de julio, añadiéndose un nuevo apartado para la Ley 13/2002, el 31.8, con el siguiente texto:

"8. En las fundaciones públicas o privadas de la Comunidad de Castilla y León en las que participen las Cortes de Castilla y León aportando la mayor parte de su financiación, la liquidación tendrá lugar por la cesión e integración global, en unidad de acto, de todo el activo y el pasivo público de la fundación en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o en la entidad del sector público autonómico que corresponda, y que le sucederá universalmente en todos sus derechos y obligaciones.

La Administración General de la Comunidad o la entidad del sector público autonómico quedará subrogada automáticamente en todas las relaciones jurídicas que tuviera la fundación a la fecha de su extinción, incluyendo los activos y pasivos sobrevenidos. Esta subrogación no alterará las condiciones financieras de las obligaciones asumidas ni podrá ser entendida como causa de resolución de las relaciones jurídicas.

No obstante, de existir en el patrimonio fundacional bienes aportados por otras entidades ajenas al sector público autonómico, el órgano o entidad liquidadora determinará su devolución a dichas entidades con la consiguiente subrogación en las relaciones jurídicas inherentes a los mismos o, de concurrir la expresa voluntad de éstas, su inclusión dentro de la cesión o integración."

Motivación:

Creemos que debe ampliarse dicho punto para dar cabida a la posible liquidación de aquellas fundaciones en las que, independientemente de su naturaleza privada o pública, participen las Cortes de Castilla y León aportando la mayor parte de la financiación.

Valladolid, 25 de enero de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia


PPL/000004-11

CVE="BOCCL-11-004078"



Sede de las Cortes de Castilla y León