PE/001214-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001214-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Francisco Igea Arisqueta, relativa a diversas cuestiones relacionadas con el sistema de obtención, gestión y renovación de bajas médicas laborales, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 105, de 3 de febrero de 2023.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001081, PE/001082, PE/001204, PE/001211, PE/001212, PE/001214 a PE/001234, PE/001237 a PE/001250, PE/001261, PE/001264, PE/001266, PE/001281, PE/001317, PE/001318, PE/001333, PE/001334, PE/001346 y PE/001351, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de marzo de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández.



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita PE/1101214, formulada por D. Francisco Igea Arisqueta, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, relativa a diversas cuestiones relacionadas con el sistema de obtención, gestión y renovación de bajas médicas laborales.

Como seguramente conoce el Sr. Procurador que formula la pregunta, el artículo 2.1 del Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración, señala que el parte médico será expedido por el médico del servicio público de salud que haya efectuado el reconocimiento del trabajador afectado o bien por los servicios médicos de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, en el caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

También conocerá que, en relación con la cuestión del facultativo a quien le corresponde expedir los partes de baja, confirmación y alta de los procesos de incapacidad temporal, cuando la competencia corresponde al servicio público de salud, es competencia de cada Comunidad Autónoma, en cuanto se encuentran transferidas las competencias en materia de sanidad.

En nuestra Comunidad, hasta el momento, la gestión de los procesos de incapacidad se realiza por parte de especialistas de Medicina Familiar y Comunitaria, por un motivo fundamental: la atención a los trabajadores y la gestión de la IT forma parte del programa formativo de los médicos residentes de Medicina Familiar y Comunitaria, en el que explícitamente se contempla que, al finalizar su formación, tienen que conocer la normativa médico-legal relacionada con la Incapacidad Temporal así como manejar la IT en el marco de la consulta médica.

De acuerdo con la publicación del Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, que modifica el citado Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración, con el fin de agilizar trámites y eliminar obligaciones burocráticas que prolongan innecesariamente los procesos, a partir del 1 de abril de 2023, se producirán mejoras en este ámbito para empresas, trabajadores y para los propios profesionales de medicina.

La Gestión del Procedimiento de partes médicos de bajas-altas implica un cambio de modelo en el modo de trabajo de todos los profesionales de la sanidad pública de Castilla y León, siendo necesario modificar determinados preceptos de la norma reglamentaria, en relación con los Servicios de Inspección Médica y las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

Además, la implantación de estas medidas requiere de un desarrollo informático específico que, una vez se ponga en marcha, mejorará los tiempos y procedimientos dedicados a la gestión de la incapacidad. En todo caso, la Gerencia Regional de Salud está preparada y podrá realizar los cambios que fueran necesarios en los aplicativos de gestión y control de la Incapacidad Temporal (IT) para cumplir con la normativa en esta materia que en cada momento se apruebe.

Además, también hay que tener presente que, actualmente, la comunicación telemática entre las entidades emisoras y el INSS evita trámites que pueden resultar gravosos para personas que están en situación de incapacidad temporal, aprovechando las posibilidades que brindan los avances en digitalización y tecnologías de la información para mejorar la eficacia y la eficiencia.

Finalmente, dada la gran preocupación que manifiesta el Sr. Procurador por la carga de tiempo perdido en gestiones burocráticas, para su tranquilidad, se informa que dentro del Plan Integral de Mejora de la Atención Primaria y Comunitaria de Castilla y León, se está trabajando en un proyecto de desburocratización y simplificación de tareas, con un importante componente administrativo junto a una imprescindible y adecuada canalización de la demanda hacia el profesional más adecuado para la resolución de las demandas, con la menor demora posible y del modo más satisfactorio para el usuario.

Valladolid, 23 de febrero de 2023.

EL CONSEJERO,

Fdo.: Alejandro Vázquez Ramos.


PE/001214-2

CVE="BOCCL-11-004899"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 15056
BOCCL nº 132/11 del 31/3/2023
CVE: BOCCL-11-004899

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001214-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Francisco Igea Arisqueta, relativa a diversas cuestiones relacionadas con el sistema de obtención, gestión y renovación de bajas médicas laborales, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 105, de 3 de febrero de 2023.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001081, PE/001082, PE/001204, PE/001211, PE/001212, PE/001214 a PE/001234, PE/001237 a PE/001250, PE/001261, PE/001264, PE/001266, PE/001281, PE/001317, PE/001318, PE/001333, PE/001334, PE/001346 y PE/001351, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de marzo de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández.


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita PE/1101214, formulada por D. Francisco Igea Arisqueta, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, relativa a diversas cuestiones relacionadas con el sistema de obtención, gestión y renovación de bajas médicas laborales.

Como seguramente conoce el Sr. Procurador que formula la pregunta, el artículo 2.1 del Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración, señala que el parte médico será expedido por el médico del servicio público de salud que haya efectuado el reconocimiento del trabajador afectado o bien por los servicios médicos de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, en el caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

También conocerá que, en relación con la cuestión del facultativo a quien le corresponde expedir los partes de baja, confirmación y alta de los procesos de incapacidad temporal, cuando la competencia corresponde al servicio público de salud, es competencia de cada Comunidad Autónoma, en cuanto se encuentran transferidas las competencias en materia de sanidad.

En nuestra Comunidad, hasta el momento, la gestión de los procesos de incapacidad se realiza por parte de especialistas de Medicina Familiar y Comunitaria, por un motivo fundamental: la atención a los trabajadores y la gestión de la IT forma parte del programa formativo de los médicos residentes de Medicina Familiar y Comunitaria, en el que explícitamente se contempla que, al finalizar su formación, tienen que conocer la normativa médico-legal relacionada con la Incapacidad Temporal así como manejar la IT en el marco de la consulta médica.

De acuerdo con la publicación del Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, que modifica el citado Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración, con el fin de agilizar trámites y eliminar obligaciones burocráticas que prolongan innecesariamente los procesos, a partir del 1 de abril de 2023, se producirán mejoras en este ámbito para empresas, trabajadores y para los propios profesionales de medicina.

La Gestión del Procedimiento de partes médicos de bajas-altas implica un cambio de modelo en el modo de trabajo de todos los profesionales de la sanidad pública de Castilla y León, siendo necesario modificar determinados preceptos de la norma reglamentaria, en relación con los Servicios de Inspección Médica y las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

Además, la implantación de estas medidas requiere de un desarrollo informático específico que, una vez se ponga en marcha, mejorará los tiempos y procedimientos dedicados a la gestión de la incapacidad. En todo caso, la Gerencia Regional de Salud está preparada y podrá realizar los cambios que fueran necesarios en los aplicativos de gestión y control de la Incapacidad Temporal (IT) para cumplir con la normativa en esta materia que en cada momento se apruebe.

Además, también hay que tener presente que, actualmente, la comunicación telemática entre las entidades emisoras y el INSS evita trámites que pueden resultar gravosos para personas que están en situación de incapacidad temporal, aprovechando las posibilidades que brindan los avances en digitalización y tecnologías de la información para mejorar la eficacia y la eficiencia.

Finalmente, dada la gran preocupación que manifiesta el Sr. Procurador por la carga de tiempo perdido en gestiones burocráticas, para su tranquilidad, se informa que dentro del Plan Integral de Mejora de la Atención Primaria y Comunitaria de Castilla y León, se está trabajando en un proyecto de desburocratización y simplificación de tareas, con un importante componente administrativo junto a una imprescindible y adecuada canalización de la demanda hacia el profesional más adecuado para la resolución de las demandas, con la menor demora posible y del modo más satisfactorio para el usuario.

Valladolid, 23 de febrero de 2023.

EL CONSEJERO,

Fdo.: Alejandro Vázquez Ramos.


PE/001214-2

CVE="BOCCL-11-004899"



Sede de las Cortes de Castilla y León