PE/001217-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001217-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Alicia Gallego González, relativa a actuaciones de la Junta de Castilla y León en relación con el centro de salud de Pinilla, en el municipio de San Andrés del Rabanedo (León), publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 105, de 3 de febrero de 2023.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001081, PE/001082, PE/001204, PE/001211, PE/001212, PE/001214 a PE/001234, PE/001237 a PE/001250, PE/001261, PE/001264, PE/001266, PE/001281, PE/001317, PE/001318, PE/001333, PE/001334, PE/001346 y PE/001351, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de marzo de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández.



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita PE/1101217, formulada por D.ª Alicia Gallego González, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, de las Cortes de Castilla y León, relativa a actuaciones de la Junta de Castilla y León en el Centro de Salud de “Pinilla”, en el municipio de San Andrés del Rabanedo (León).

Como se ha informado reiteradamente en sede parlamentaria en respuesta a una pregunta oral ante el Pleno, y en respuesta a pregunta formulada por la Sra. Procuradora que plantea la presente iniciativa, previamente a la redacción del proyecto de reforma del Centro de Salud de “Pinilla” en el Municipio de San Andrés del Rabanedo, la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León disponía de un detallado informe de la empresa de control de calidad de la edificación EPTISA, elaborado en 2010, que forma parte del expediente elaborado para la contratación de la redacción del proyecto, figurando también como anejo a la Memoria del Proyecto (Anejo A-2. estudio estructural), como es lógico, ya que sirvió de base para su redacción.

El citado informe de EPTISA realizaba diversos ensayos, pruebas y estudios de los elementos estructurales del inmueble con el fin de determinar la capacidad resistente y deformacional de la estructura portante. Asimismo, realizaba una prueba de carga sobre el forjado de techo de planta baja de una de las zonas del edifico. Las conclusiones del informe recomendaban actuar sobre la estructura con una serie de propuestas sobre cada tipología de elementos estructurales, ya que los resultados obtenidos de las distintas y detalladas actuaciones realizadas para su elaboración (trabajos de campo, trabajos de gabinete y ensayos de laboratorio) eran lo suficientemente satisfactorios y, tanto de la prueba de carga como del chequeo general de la estructura, se concluye que “la estructura presenta unas características resistentes adecuadas para un uso general de tipo C1 según el vigente CTE.”

En este informe también se señalaban una serie de patologías sobre las que era necesario intervenir, fundamentalmente la relativa a la carbonatación de determinados elementos estructurales de hormigón armado, en cuanto se trata de un proceso natural que se produce por el transcurso del tiempo, sobre el que hay que actuar para impedir su avance y, llegado el caso, reparar los elementos afectados. En todo caso, en el informe se detallaba el procedimiento de actuación e los productos a aplicar en cada caso.

Estos resultados confirmaban que la reforma integral del inmueble era perfectamente factible, y que deberían incluirse en la reforma las actuaciones necesarias para el tratamiento de las patologías detectadas, y que la estructura portante garantizaba un comportamiento adecuado en cuanto a resistencia y deformabilidad, además de garantizar los estándares exigidos por la normativa en vigor.

En base a lo señalado, y según se ha informado en respuestas a preguntas anteriores del mismo grupo Parlamentario, una vez elaborado el Proyecto, se licitó y adjudicó la ejecución de la obra. Durante su desarrollo, una vez efectuadas las demoliciones de tabiquerías y solados, en 2021 se procedió a elaborar un nuevo informe, tal y como estaba planificado por la Dirección Facultativa, también por la empresa EPTISA.

En este informe se constata como principal problema de la estructura la generalizada carbonatación del hormigón de recubrimiento con la consiguiente oxidación de la armadura, siempre dentro de los parámetros admisibles para ser recuperados mediante diversas soluciones de consolidación.

Este nuevo informe incluye, además, una nueva prueba de carga sobre otro forjado del edificio, en este caso el de techo de planta primera, que confirma que la flecha máxima del forjado es inferior a la máxima indicada en la Instrucción de Hormigón Estructural vigente y que el comportamiento del mismo ha sido eminentemente elástico, lo cual se traduce en que el resultado ha sido satisfactorio.

Asimismo, en el informe, como solución para la consolidación de la estructura, se recomiendan nuevos medios: morteros específicos para el grado de exigencia estructural, pasivación de armaduras y protección superficial impermeabilizante. Nuevas soluciones que no estaban recogidas en el proyecto en ejecución que, como es lógico, sírecogía las recomendaciones del informe preliminar de 2010.

Según lo señalado, las obras de consolidación estructural van a comprender un mayor número de elementos estructurales y, también, con un mayor grado de reparación. Se llevarán a cabo conforme a las recomendaciones del informe de EPTISA de 2021, que forma parte del expediente elaborado para la contratación de la redacción del proyecto, siendo también incluido como anejo en el Proyecto de consolidación de la estructura (Anejo A1. informe EPTISA).

De conformidad con lo señalado en dicho informe, en el Proyecto de consolidación se propone realizar los trabajos de forma pormenorizada, elaborando unas fichas detalladas de control de la ejecución donde quedarán recogidos todos los elementos estructurales. La ficha de control se elaborará conforme el formato que se incluye en el Proyecto. De hecho, estas fichas ya comenzaron a elaborarse durante la ejecución de la obra inicial, a partir de los datos obtenidos en su desarrollo, en el que se identifica la ubicación del elemento, los ensayos previos realizados por el laboratorio de control y los ensayos de comprobación del grado de carbonatación realizados a pie de obra. El siguiente apartado de la ficha corresponderá al control de ejecución, comprendiendo la necesidad de apuntalamiento, la comprobación del espesor afectado, la inspección visual del estado de las armaduras, aplicación de pasivante y elemento de unión, así como la reparación con mortero estructural, todo según las instrucciones de fabricante.

Los ensayos y el control de ejecución contarán con la colaboración permanente de un laboratorio homologado de control de calidad y la intervención de un técnico competente especializado en labores de restauración de estructuras de hormigón armado. Todo ello ha sido recogido en la Memoria del Proyecto de consolidación de la estructura (Anejo 5. Plan de Control de Calidad).

Con todas las actuaciones recogidas en el Proyecto aludido, actualmente en ejecución, en el que se siguen las recomendaciones de EPTISA, la Dirección Facultativa considera que se dispone de una metodología adecuada para intervenir en la consolidación de cada uno de los elementos estructurales que así lo requieran, sin perjuicio de que, una vez finalizadas las obras de consolidación de la estructura, se realicen los ensayos, pruebas e informes que se detallan en el Plan de Control de Calidad del Proyecto.

De conformidad con lo expuesto, por tanto, la propuesta de abandonar esta obra y comenzar la planificación de un centro de salud nuevo carece de justificación, al no existir motivo técnico alguno para afirmar que la reforma del centro existente no garantice la seguridad de los usuarios y profesionales. Al contrario, el proyecto cumple toda la normativa en vigor y, como ya se ha evidenciado, la seguridad estructural también.

Asimismo, no debemos olvidar que la Gerencia Regional de Salud es una Administración Pública y, al interés público inherente a la puesta en funcionamiento de una infraestructura para un servicio esencial como es la sanidad pública en el menor plazo de tiempo posible, que se alargaría si se optase por construir un nuevo edificio, se añade, en este caso, el deber de una actuación diligente y eficiente, especialmente en el uso y destino de los recursos económicos siempre limitados.

Por tanto, no es defendible desde ningún punto de vista que, sin motivo justificado, ni desde el punto de vista asistencial ni desde el punto de vista técnico, esta Administración desistiese de esta actuación para iniciar un nuevo proyecto con el consiguiente despilfarro del tiempo y dinero hasta ahora invertido cuando, además, el esquema estructural existente en el edificio se adapta perfectamente a la funcionalidad requerida y a la configuración arquitectónica necesaria para un centro de salud.

Por último, y sobre las insinuaciones, que resultan totalmente infundadas, de que esta Administración ha pretendido ocultar el informe de EPTISA de 2010, conviene recordar que, como se ha señalado anteriormente, el informe forma parte del Proyecto sobre el cual se licitó la obra y, por tanto, se encuentra en poder del Ayuntamiento como documentación presentada para la solicitud de licencia de obras e, incluso, ha estado expuesto en las publicaciones de la licitación del proyecto realizadas en 2011 y, más recientemente, en la licitación de la obra realizada en 2021, a través de su publicación en la plataforma de contratos del estado, a la que se puede acceder en el siguiente enlace:

https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink%3Adetalle_licitacion&idEvl

=GTNY¡EoB5gkBPRBxZ4nJ%2Fg%3D%3D

En cuanto al informe de EPTISA de 2021, se encuentra también publicado en la plataforma de contratación del sector público en el expediente relativo a la ejecución de la obra de consolidación y restauración de la estructura, a la que se puede acceder a través del enlace:

https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink%3Adetalle_licitacion&idEVl

=M5VI%2FXT2rgiiEJrVRgloyA%3D%3D

Valladolid, 23 de febrero de 2023.

EL CONSEJERO,

Fdo.: Alejandro Vázquez Ramos.


PE/001217-2

CVE="BOCCL-11-004902"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 15062
BOCCL nº 132/11 del 31/3/2023
CVE: BOCCL-11-004902

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001217-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Alicia Gallego González, relativa a actuaciones de la Junta de Castilla y León en relación con el centro de salud de Pinilla, en el municipio de San Andrés del Rabanedo (León), publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 105, de 3 de febrero de 2023.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001081, PE/001082, PE/001204, PE/001211, PE/001212, PE/001214 a PE/001234, PE/001237 a PE/001250, PE/001261, PE/001264, PE/001266, PE/001281, PE/001317, PE/001318, PE/001333, PE/001334, PE/001346 y PE/001351, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de marzo de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández.


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita PE/1101217, formulada por D.ª Alicia Gallego González, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, de las Cortes de Castilla y León, relativa a actuaciones de la Junta de Castilla y León en el Centro de Salud de “Pinilla”, en el municipio de San Andrés del Rabanedo (León).

Como se ha informado reiteradamente en sede parlamentaria en respuesta a una pregunta oral ante el Pleno, y en respuesta a pregunta formulada por la Sra. Procuradora que plantea la presente iniciativa, previamente a la redacción del proyecto de reforma del Centro de Salud de “Pinilla” en el Municipio de San Andrés del Rabanedo, la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León disponía de un detallado informe de la empresa de control de calidad de la edificación EPTISA, elaborado en 2010, que forma parte del expediente elaborado para la contratación de la redacción del proyecto, figurando también como anejo a la Memoria del Proyecto (Anejo A-2. estudio estructural), como es lógico, ya que sirvió de base para su redacción.

El citado informe de EPTISA realizaba diversos ensayos, pruebas y estudios de los elementos estructurales del inmueble con el fin de determinar la capacidad resistente y deformacional de la estructura portante. Asimismo, realizaba una prueba de carga sobre el forjado de techo de planta baja de una de las zonas del edifico. Las conclusiones del informe recomendaban actuar sobre la estructura con una serie de propuestas sobre cada tipología de elementos estructurales, ya que los resultados obtenidos de las distintas y detalladas actuaciones realizadas para su elaboración (trabajos de campo, trabajos de gabinete y ensayos de laboratorio) eran lo suficientemente satisfactorios y, tanto de la prueba de carga como del chequeo general de la estructura, se concluye que “la estructura presenta unas características resistentes adecuadas para un uso general de tipo C1 según el vigente CTE.”

En este informe también se señalaban una serie de patologías sobre las que era necesario intervenir, fundamentalmente la relativa a la carbonatación de determinados elementos estructurales de hormigón armado, en cuanto se trata de un proceso natural que se produce por el transcurso del tiempo, sobre el que hay que actuar para impedir su avance y, llegado el caso, reparar los elementos afectados. En todo caso, en el informe se detallaba el procedimiento de actuación e los productos a aplicar en cada caso.

Estos resultados confirmaban que la reforma integral del inmueble era perfectamente factible, y que deberían incluirse en la reforma las actuaciones necesarias para el tratamiento de las patologías detectadas, y que la estructura portante garantizaba un comportamiento adecuado en cuanto a resistencia y deformabilidad, además de garantizar los estándares exigidos por la normativa en vigor.

En base a lo señalado, y según se ha informado en respuestas a preguntas anteriores del mismo grupo Parlamentario, una vez elaborado el Proyecto, se licitó y adjudicó la ejecución de la obra. Durante su desarrollo, una vez efectuadas las demoliciones de tabiquerías y solados, en 2021 se procedió a elaborar un nuevo informe, tal y como estaba planificado por la Dirección Facultativa, también por la empresa EPTISA.

En este informe se constata como principal problema de la estructura la generalizada carbonatación del hormigón de recubrimiento con la consiguiente oxidación de la armadura, siempre dentro de los parámetros admisibles para ser recuperados mediante diversas soluciones de consolidación.

Este nuevo informe incluye, además, una nueva prueba de carga sobre otro forjado del edificio, en este caso el de techo de planta primera, que confirma que la flecha máxima del forjado es inferior a la máxima indicada en la Instrucción de Hormigón Estructural vigente y que el comportamiento del mismo ha sido eminentemente elástico, lo cual se traduce en que el resultado ha sido satisfactorio.

Asimismo, en el informe, como solución para la consolidación de la estructura, se recomiendan nuevos medios: morteros específicos para el grado de exigencia estructural, pasivación de armaduras y protección superficial impermeabilizante. Nuevas soluciones que no estaban recogidas en el proyecto en ejecución que, como es lógico, sírecogía las recomendaciones del informe preliminar de 2010.

Según lo señalado, las obras de consolidación estructural van a comprender un mayor número de elementos estructurales y, también, con un mayor grado de reparación. Se llevarán a cabo conforme a las recomendaciones del informe de EPTISA de 2021, que forma parte del expediente elaborado para la contratación de la redacción del proyecto, siendo también incluido como anejo en el Proyecto de consolidación de la estructura (Anejo A1. informe EPTISA).

De conformidad con lo señalado en dicho informe, en el Proyecto de consolidación se propone realizar los trabajos de forma pormenorizada, elaborando unas fichas detalladas de control de la ejecución donde quedarán recogidos todos los elementos estructurales. La ficha de control se elaborará conforme el formato que se incluye en el Proyecto. De hecho, estas fichas ya comenzaron a elaborarse durante la ejecución de la obra inicial, a partir de los datos obtenidos en su desarrollo, en el que se identifica la ubicación del elemento, los ensayos previos realizados por el laboratorio de control y los ensayos de comprobación del grado de carbonatación realizados a pie de obra. El siguiente apartado de la ficha corresponderá al control de ejecución, comprendiendo la necesidad de apuntalamiento, la comprobación del espesor afectado, la inspección visual del estado de las armaduras, aplicación de pasivante y elemento de unión, así como la reparación con mortero estructural, todo según las instrucciones de fabricante.

Los ensayos y el control de ejecución contarán con la colaboración permanente de un laboratorio homologado de control de calidad y la intervención de un técnico competente especializado en labores de restauración de estructuras de hormigón armado. Todo ello ha sido recogido en la Memoria del Proyecto de consolidación de la estructura (Anejo 5. Plan de Control de Calidad).

Con todas las actuaciones recogidas en el Proyecto aludido, actualmente en ejecución, en el que se siguen las recomendaciones de EPTISA, la Dirección Facultativa considera que se dispone de una metodología adecuada para intervenir en la consolidación de cada uno de los elementos estructurales que así lo requieran, sin perjuicio de que, una vez finalizadas las obras de consolidación de la estructura, se realicen los ensayos, pruebas e informes que se detallan en el Plan de Control de Calidad del Proyecto.

De conformidad con lo expuesto, por tanto, la propuesta de abandonar esta obra y comenzar la planificación de un centro de salud nuevo carece de justificación, al no existir motivo técnico alguno para afirmar que la reforma del centro existente no garantice la seguridad de los usuarios y profesionales. Al contrario, el proyecto cumple toda la normativa en vigor y, como ya se ha evidenciado, la seguridad estructural también.

Asimismo, no debemos olvidar que la Gerencia Regional de Salud es una Administración Pública y, al interés público inherente a la puesta en funcionamiento de una infraestructura para un servicio esencial como es la sanidad pública en el menor plazo de tiempo posible, que se alargaría si se optase por construir un nuevo edificio, se añade, en este caso, el deber de una actuación diligente y eficiente, especialmente en el uso y destino de los recursos económicos siempre limitados.

Por tanto, no es defendible desde ningún punto de vista que, sin motivo justificado, ni desde el punto de vista asistencial ni desde el punto de vista técnico, esta Administración desistiese de esta actuación para iniciar un nuevo proyecto con el consiguiente despilfarro del tiempo y dinero hasta ahora invertido cuando, además, el esquema estructural existente en el edificio se adapta perfectamente a la funcionalidad requerida y a la configuración arquitectónica necesaria para un centro de salud.

Por último, y sobre las insinuaciones, que resultan totalmente infundadas, de que esta Administración ha pretendido ocultar el informe de EPTISA de 2010, conviene recordar que, como se ha señalado anteriormente, el informe forma parte del Proyecto sobre el cual se licitó la obra y, por tanto, se encuentra en poder del Ayuntamiento como documentación presentada para la solicitud de licencia de obras e, incluso, ha estado expuesto en las publicaciones de la licitación del proyecto realizadas en 2011 y, más recientemente, en la licitación de la obra realizada en 2021, a través de su publicación en la plataforma de contratos del estado, a la que se puede acceder en el siguiente enlace:

https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink%3Adetalle_licitacion&idEvl

=GTNY¡EoB5gkBPRBxZ4nJ%2Fg%3D%3D

En cuanto al informe de EPTISA de 2021, se encuentra también publicado en la plataforma de contratación del sector público en el expediente relativo a la ejecución de la obra de consolidación y restauración de la estructura, a la que se puede acceder a través del enlace:

https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink%3Adetalle_licitacion&idEVl

=M5VI%2FXT2rgiiEJrVRgloyA%3D%3D

Valladolid, 23 de febrero de 2023.

EL CONSEJERO,

Fdo.: Alejandro Vázquez Ramos.


PE/001217-2

CVE="BOCCL-11-004902"



Sede de las Cortes de Castilla y León