PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001262, PE/001263, PE/001284 a PE/001292, PE/001352 a PE/001374, PE/001379, PE/001382, PE/001383, PE/001459 a PE/001462, PE/001482, PE/001486 a PE/001517, PE/001527 a PE/001530, PE/001541, PE/001543 a PE/001546, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de abril de 2023.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández.
Contestación a la Pregunta Escrita número 1101460, formulada por D. Juan Luis Cepa Álvarez y D. Rubén Illera Redón, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa al criterio para incluir las indemnizaciones por ataques de lobo en las aplicaciones presupuestarias 04.08. 456A01.67001 o 04 .08.456A01. 77028.
En la partida presupuestaria 04.08.456A01.67001 se aplican todas aquellas inversiones en el medio natural destinadas, entre otras actuaciones, a la protección de especies de flora y fauna, asignándose, en concreto, los pagos compensatorios derivados de los daños y perjuicios ocasionados por fauna silvestre regulados en diversas normas, como las que establecen los pagos compensatorios por daños del lobo, el oso pardo y la avutarda, además de los abonos correspondientes a expedientes de responsabilidad patrimonial y a daños causados a la agricultura y la ganadería ocasionados por las especies cazables dentro de los terrenos cinegéticos cuya titularidad corresponde a la Comunidad de Castilla y León.
Por su parte, en la partida presupuestaria 04.08.456A01.77028 se aplican las subvenciones reguladas mediante orden de bases y sus convocatorias correspondientes, que son otorgadas con destino a paliar los daños producidos en Castilla y León por lobos y perros asilvestrados al ganado vacuno, ovino, caprino y equino, así como para compensar el lucro cesante y los daños indirectos originados por ataques de lobo a dicho ganado acaecidos en terrenos al norte del río Duero.
Valladolid, 21 de abril de 2023.
EL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/001460-2
CVE="BOCCL-11-005428"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001262, PE/001263, PE/001284 a PE/001292, PE/001352 a PE/001374, PE/001379, PE/001382, PE/001383, PE/001459 a PE/001462, PE/001482, PE/001486 a PE/001517, PE/001527 a PE/001530, PE/001541, PE/001543 a PE/001546, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de abril de 2023.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández.
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita número 1101460, formulada por D. Juan Luis Cepa Álvarez y D. Rubén Illera Redón, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa al criterio para incluir las indemnizaciones por ataques de lobo en las aplicaciones presupuestarias 04.08. 456A01.67001 o 04 .08.456A01. 77028.
En la partida presupuestaria 04.08.456A01.67001 se aplican todas aquellas inversiones en el medio natural destinadas, entre otras actuaciones, a la protección de especies de flora y fauna, asignándose, en concreto, los pagos compensatorios derivados de los daños y perjuicios ocasionados por fauna silvestre regulados en diversas normas, como las que establecen los pagos compensatorios por daños del lobo, el oso pardo y la avutarda, además de los abonos correspondientes a expedientes de responsabilidad patrimonial y a daños causados a la agricultura y la ganadería ocasionados por las especies cazables dentro de los terrenos cinegéticos cuya titularidad corresponde a la Comunidad de Castilla y León.
Por su parte, en la partida presupuestaria 04.08.456A01.77028 se aplican las subvenciones reguladas mediante orden de bases y sus convocatorias correspondientes, que son otorgadas con destino a paliar los daños producidos en Castilla y León por lobos y perros asilvestrados al ganado vacuno, ovino, caprino y equino, así como para compensar el lucro cesante y los daños indirectos originados por ataques de lobo a dicho ganado acaecidos en terrenos al norte del río Duero.
Valladolid, 21 de abril de 2023.
EL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/001460-2
CVE="BOCCL-11-005428"