PE/001559-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001559-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Alicia Gallego González, relativa a previsiones de la Junta de Castilla y León para dotar de autonomía a los centros educativos de Primaria, Infantil, Formación Profesional y Secundaria de las provincias de León, Zamora y Salamanca para contratar empresas locales para prestar el servicio de mantenimiento informático, así como para dotarlos presupuestariamente de manera suficiente para esa contratación, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 135, de 17 de abril de 2023.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001384 a PE/001393, PE/001441 a PE/001448, PE/001465 a PE/001481, PE/001483 a PE/001485, PE/001518 a PE/001526, PE/001531 a PE/001540, PE/001542, PE/001547 a PE/001555, PE/001557 a PE/001560, PE/001563 a PE/001567, PE/001569 a PE/001577, PE/001602 a PE/001611 y PE/001648.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de junio de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández.



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1101559, formulada a la Junta de Castilla y León por D.ª Alicia Galleago González, Procuradora del Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, relativa a la autonomía de los centros educativos para contratar empresas locales para el mantenimiento informático.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1101559, se manifiesta lo siguiente:

En primer lugar, antes de analizar la situación concreta de la cuestión, hay que plantearse la viabilidad legal de la postura propuesta.

En este sentido, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia mantiene que los poderes públicos tienen el deber constitucional de garantizar y proteger la libertad de empresa en el marco de una economía de mercado y, para lograrlo, deben promover mercados eficientes, caracterizados por la ausencia de restricciones que impidan, restrinjan o distorsionen indebidamente la competencia.

Para ello, en aras del principio de neutralidad competitiva, deben establecer un marco regulatorio (normativa de contratación pública general y especial) y decisorio (pliegos de licitación pública) que garantice unas condiciones de competencia objetivas y no discriminatorias para todos los operadores económicos. Así, todas aquellas previsiones que pudieran, basándose en razones de arraigo o vínculo territorial, favorecer la participación a ciertas empresas o mejorar su valoración sobre la base de tales criterios, deben ser consideradas restricciones injustificadas a la libre competencia y están prohibidas por la normativa vigente. Está prohibida toda referencia a cláusulas de las que pudieran derivarse diferencias de trato en función de la nacionalidad, lengua, domicilio o territorio del adjudicatario, incluso de manera indirecta, como, por ejemplo, la preferencia por experiencias vinculadas a un ámbito geográfico, o la exigencia de ubicación de instalaciones de los posibles adjudicatarios en el territorio de referencia.

En relación con las actuaciones llevadas a cabo por la Consejería de Educación, en 2019 se licitó, por procedimiento abierto, al que han podido acceder todas aquellas empresas con solvencia técnica y económica suficiente, la contratación de todos los servicios necesarios para llevar a cabo las labores de atención presencial y remota en materia de tecnologías de la información a las sedes de los centros docentes públicos que imparten enseñanzas no universitarias y a los servicios educativos escolares dependientes de la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León.

Dicho contrato incluye varios perfiles, dos de los cuales son:

Técnicos de asistencia remota.

Técnicos de asistencia presencial (técnicos de campo) para todas las provincias de Castilla y León.

El gran esfuerzo realizado por la Consejería de Educación para la dotación de nuevo equipamiento y renovación del existente está suponiendo un aumento en la necesidad de servicios TIC presenciales, por el gran número de equipos y porque se aprovechan estas instalaciones para realizar otros trabajos de inventario/etiquetado, normalización de instalaciones y configuraciones existentes, inclusión en dominio, migración a telefonía ip, etc. motivo por el cual está previsto reforzar el servicio, evitando un sobrecoste a los centros educativos y Direcciones Provinciales de Educación.

Así mismo, estas actuaciones garantizan el que las instalaciones sean homogéneas y cumplan los requisitos técnicos corporativos y de seguridad, reduciendo los riesgos y las necesidades de actuaciones presenciales posteriores.

El modelo de atención actual permite disponer de personal técnico adecuado para las necesidades TIC de todos los centros, con atención remota y atención presencial. Este modelo se considera más eficaz a nivel técnico, por la especialización que se requiere en múltiples tecnologías a fin de prestar un servicio integral con garantías.

Además, se están unificando y homogeneizando todas las plataformas y herramientas de los centros educativos de Castilla y León, lo que supone un beneficio para toda la Comunidad Educativa y un ahorro considerable. En todos los centros se trabaja de la misma manera y bajo las mismas directrices corporativas.

Por último, este modelo posibilita el servicio en los centros educativos más pequeños y del ámbito rural.

Valladolid, 4 de mnayo de 2023.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/001559-2

CVE="BOCCL-11-005780"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 17495
BOCCL nº 161/11 del 12/6/2023
CVE: BOCCL-11-005780

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001559-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Alicia Gallego González, relativa a previsiones de la Junta de Castilla y León para dotar de autonomía a los centros educativos de Primaria, Infantil, Formación Profesional y Secundaria de las provincias de León, Zamora y Salamanca para contratar empresas locales para prestar el servicio de mantenimiento informático, así como para dotarlos presupuestariamente de manera suficiente para esa contratación, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 135, de 17 de abril de 2023.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001384 a PE/001393, PE/001441 a PE/001448, PE/001465 a PE/001481, PE/001483 a PE/001485, PE/001518 a PE/001526, PE/001531 a PE/001540, PE/001542, PE/001547 a PE/001555, PE/001557 a PE/001560, PE/001563 a PE/001567, PE/001569 a PE/001577, PE/001602 a PE/001611 y PE/001648.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de junio de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández.


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1101559, formulada a la Junta de Castilla y León por D.ª Alicia Galleago González, Procuradora del Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, relativa a la autonomía de los centros educativos para contratar empresas locales para el mantenimiento informático.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1101559, se manifiesta lo siguiente:

En primer lugar, antes de analizar la situación concreta de la cuestión, hay que plantearse la viabilidad legal de la postura propuesta.

En este sentido, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia mantiene que los poderes públicos tienen el deber constitucional de garantizar y proteger la libertad de empresa en el marco de una economía de mercado y, para lograrlo, deben promover mercados eficientes, caracterizados por la ausencia de restricciones que impidan, restrinjan o distorsionen indebidamente la competencia.

Para ello, en aras del principio de neutralidad competitiva, deben establecer un marco regulatorio (normativa de contratación pública general y especial) y decisorio (pliegos de licitación pública) que garantice unas condiciones de competencia objetivas y no discriminatorias para todos los operadores económicos. Así, todas aquellas previsiones que pudieran, basándose en razones de arraigo o vínculo territorial, favorecer la participación a ciertas empresas o mejorar su valoración sobre la base de tales criterios, deben ser consideradas restricciones injustificadas a la libre competencia y están prohibidas por la normativa vigente. Está prohibida toda referencia a cláusulas de las que pudieran derivarse diferencias de trato en función de la nacionalidad, lengua, domicilio o territorio del adjudicatario, incluso de manera indirecta, como, por ejemplo, la preferencia por experiencias vinculadas a un ámbito geográfico, o la exigencia de ubicación de instalaciones de los posibles adjudicatarios en el territorio de referencia.

En relación con las actuaciones llevadas a cabo por la Consejería de Educación, en 2019 se licitó, por procedimiento abierto, al que han podido acceder todas aquellas empresas con solvencia técnica y económica suficiente, la contratación de todos los servicios necesarios para llevar a cabo las labores de atención presencial y remota en materia de tecnologías de la información a las sedes de los centros docentes públicos que imparten enseñanzas no universitarias y a los servicios educativos escolares dependientes de la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León.

Dicho contrato incluye varios perfiles, dos de los cuales son:

Técnicos de asistencia remota.

Técnicos de asistencia presencial (técnicos de campo) para todas las provincias de Castilla y León.

El gran esfuerzo realizado por la Consejería de Educación para la dotación de nuevo equipamiento y renovación del existente está suponiendo un aumento en la necesidad de servicios TIC presenciales, por el gran número de equipos y porque se aprovechan estas instalaciones para realizar otros trabajos de inventario/etiquetado, normalización de instalaciones y configuraciones existentes, inclusión en dominio, migración a telefonía ip, etc. motivo por el cual está previsto reforzar el servicio, evitando un sobrecoste a los centros educativos y Direcciones Provinciales de Educación.

Así mismo, estas actuaciones garantizan el que las instalaciones sean homogéneas y cumplan los requisitos técnicos corporativos y de seguridad, reduciendo los riesgos y las necesidades de actuaciones presenciales posteriores.

El modelo de atención actual permite disponer de personal técnico adecuado para las necesidades TIC de todos los centros, con atención remota y atención presencial. Este modelo se considera más eficaz a nivel técnico, por la especialización que se requiere en múltiples tecnologías a fin de prestar un servicio integral con garantías.

Además, se están unificando y homogeneizando todas las plataformas y herramientas de los centros educativos de Castilla y León, lo que supone un beneficio para toda la Comunidad Educativa y un ahorro considerable. En todos los centros se trabaja de la misma manera y bajo las mismas directrices corporativas.

Por último, este modelo posibilita el servicio en los centros educativos más pequeños y del ámbito rural.

Valladolid, 4 de mnayo de 2023.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/001559-2

CVE="BOCCL-11-005780"



Sede de las Cortes de Castilla y León