PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001659 a PE/001662, PE/001692 a PE/001699, PE/001704 a PE/001710, PE/001712 a PE/001715, PE/001730 y PE/001761.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de septiembre de 2023.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández.
Contestación a la Pregunta Escrita número 1101695 formulada por D. Rubén Illera Redón, D.ª Consolación Pablos Labajo, D. Jesús Guerrero Arroyo y D. José Luis Vázquez Fernández, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a convenios suscritos para recogida de escombros en los últimos cinco años.
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio no realiza recogida de escombros por medio de empresas, sino que a través de los Convenios de colaboración suscritos con las Diputaciones Provinciales para la recuperación ambiental de zonas degradadas por el depósito de residuos inertes, se compromete a ejecutar la restauración de las escombreras, realizando las Diputaciones las denominadas “áreas de aportación” en distintos municipios de su provincia, para evitar la proliferación de nuevas escombreras. La vigencia de estos convenios, excepto el que afecta a la provincia de Salamanca, que ya ha finalizado, se extiende hasta el 15 de diciembre de 2023.
El objeto de las actuaciones enmarcadas en los citados Convenios es la recuperación ambiental de zonas degradadas por el depósito de residuos inertes inventariados. Estas actuaciones no son operaciones de tratamiento de residuos en ningún caso, según la definición de la normativa de residuos, sino que se trata de la ejecución de una obra con el objeto de restaurar paisajísticamente un área degradada, en la que se retiran previamente los residuos que pueden ocasionar perjuicio en el medio ambiente (todos los residuos peligrosos y no peligrosos), dejando en el terreno exclusivamente los residuos inertes procedentes de obras de construcción y demolición.
Valladolid, 31 de agosto de 2023.
EL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/001695-2
CVE="BOCCL-11-006419"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001659 a PE/001662, PE/001692 a PE/001699, PE/001704 a PE/001710, PE/001712 a PE/001715, PE/001730 y PE/001761.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de septiembre de 2023.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández.
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita número 1101695 formulada por D. Rubén Illera Redón, D.ª Consolación Pablos Labajo, D. Jesús Guerrero Arroyo y D. José Luis Vázquez Fernández, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a convenios suscritos para recogida de escombros en los últimos cinco años.
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio no realiza recogida de escombros por medio de empresas, sino que a través de los Convenios de colaboración suscritos con las Diputaciones Provinciales para la recuperación ambiental de zonas degradadas por el depósito de residuos inertes, se compromete a ejecutar la restauración de las escombreras, realizando las Diputaciones las denominadas “áreas de aportación” en distintos municipios de su provincia, para evitar la proliferación de nuevas escombreras. La vigencia de estos convenios, excepto el que afecta a la provincia de Salamanca, que ya ha finalizado, se extiende hasta el 15 de diciembre de 2023.
El objeto de las actuaciones enmarcadas en los citados Convenios es la recuperación ambiental de zonas degradadas por el depósito de residuos inertes inventariados. Estas actuaciones no son operaciones de tratamiento de residuos en ningún caso, según la definición de la normativa de residuos, sino que se trata de la ejecución de una obra con el objeto de restaurar paisajísticamente un área degradada, en la que se retiran previamente los residuos que pueden ocasionar perjuicio en el medio ambiente (todos los residuos peligrosos y no peligrosos), dejando en el terreno exclusivamente los residuos inertes procedentes de obras de construcción y demolición.
Valladolid, 31 de agosto de 2023.
EL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/001695-2
CVE="BOCCL-11-006419"