PL/000004-10











1. Procedimientos Legislativos

110. Proyectos de Ley
PL/000004-10


Sumario:

Enmiendas al articulado presentadas por el Procurador D. Juan Pablo Fernández Santos (PODEMOS-IU-AV), perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 27 de septiembre de 2023, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León, PL/000004.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de septiembre de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El procurador de Podemos-IU-AV, Pablo Fernández Santos, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes ENMIENDAS al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 4/1998, 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 1 (de modificación)

Objeto: Modificación del Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y las apuestas de Castilla y León.

Precepto: Artículo Único, apartado tres, relativo a las distancias y autorizaciones para instalar establecimientos específicos de juego y apuestas.

Texto: "Se prohíbe la apertura o ampliación de locales de juego a 500 metros, medidos de las puertas de acceso de un local de juego a la puerta de acceso principal de los centros educativos referenciados en el apartado tres del Artículo Único. Así mismo, se prohibirá la instalación de nuevos locales de juego cuando en esa misma área exista ya alguna licencia concedida de las mismas características".

Justificación:

Con esta limitación se trata de evitar que la cercanía de dichos locales se convierta en un reclamo que induzca a los menores y jóvenes a realizar conductas de juego o a considerar que estas actividades forman parte natural de su cotidianeidad.

Valladolid, 7 de junio de 2023.

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

Procurador de Unidas Podemos-IU-AV

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El procurador de Podemos-IU-AV, Pablo Fernández Santos, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes ENMIENDAS al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 4/1998, 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 2 (de adición)

Objeto: Modificación del Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y las apuestas de Castilla y León.

Precepto: Artículo Único, apartado cuatro, relativo a la publicidad, patrocinio y promoción del juego y las apuestas.

Texto: "Se prohíbe toda forma de publicidad, patrocinio y promoción de las actividades de juego, de las empresas y de los locales de juego que incite o estimule la práctica del juego, cualquiera que sea el medio que se utilice, o que sugiera que el juego puede ser una solución a problemas personales, educativos, profesionales o financieros.

En el interior o exterior de los recintos deportivos y de las equipaciones deportivas, cuando se celebren acontecimientos o competiciones de ámbito local, provincial o autonómico, se prohíbe la publicidad, patrocinio y promoción de las actividades de juego, de las empresas y de los locales de juego".

Justificación:

La publicidad es un actor fundamental que, como está demostrado, influye de manera determinante en la población más joven y en las personas más vulnerables. Por tanto, corresponde a los poderes públicos regular este aspecto para reducir los efectos negativos del juego.

Valladolid, 7 de junio de 2023.

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

Procurador de Unidas Podemos-IU-AV

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El procurador de Podemos-IU-AV, Pablo Fernández Santos, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes ENMIENDAS al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 4/1998, 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 3 (de adición)

Objeto: Modificación del Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y las apuestas de Castilla y León.

Precepto: Artículo Único, apartado dieciocho, relativo a las infracciones de las personas físicas o jurídicas.

Texto: "Las empresas organizadoras y explotadoras de juego y apuestas deberán depositar, en el organismo habilitado para ello por el Gobierno de Castilla y León, fianzas en metálico o mediante aval prestado por banco, caja de ahorros, cooperativas de crédito y sociedades de garantía recíproca o por contrato de seguro de caución con entidad aseguradora, que garanticen el cumplimiento de las obligaciones derivadas de esta ley, en los términos que reglamentariamente se determinen.

Estas fianzas estarán afectadas al pago de los tributos específicos sobre el juego y al cumplimiento de las responsabilidades económicas en que puedan incurrir como consecuencia de la aplicación del régimen sancionador previsto en la ley".

Justificación:

Las empresas del sector del juego y las apuestas tienen que garantizar las obligaciones emanadas del cumplimiento de la ley y avalar económicamente su actividad.

Valladolid, 7 de junio de 2023.

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

Procurador de Unidas Podemos-IU-AV


PL/000004-10

CVE="BOCCL-11-006668"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 19500-19502
BOCCL nº 200/11 del 11/10/2023
CVE: BOCCL-11-006668

1. Procedimientos Legislativos
110. Proyectos de Ley
PL/000004-10
Enmiendas al articulado presentadas por el Procurador D. Juan Pablo Fernández Santos (PODEMOS-IU-AV), perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 27 de septiembre de 2023, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León, PL/000004.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de septiembre de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El procurador de Podemos-IU-AV, Pablo Fernández Santos, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes ENMIENDAS al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 4/1998, 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 1 (de modificación)

Objeto: Modificación del Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y las apuestas de Castilla y León.

Precepto: Artículo Único, apartado tres, relativo a las distancias y autorizaciones para instalar establecimientos específicos de juego y apuestas.

Texto: "Se prohíbe la apertura o ampliación de locales de juego a 500 metros, medidos de las puertas de acceso de un local de juego a la puerta de acceso principal de los centros educativos referenciados en el apartado tres del Artículo Único. Así mismo, se prohibirá la instalación de nuevos locales de juego cuando en esa misma área exista ya alguna licencia concedida de las mismas características".

Justificación:

Con esta limitación se trata de evitar que la cercanía de dichos locales se convierta en un reclamo que induzca a los menores y jóvenes a realizar conductas de juego o a considerar que estas actividades forman parte natural de su cotidianeidad.

Valladolid, 7 de junio de 2023.

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

Procurador de Unidas Podemos-IU-AV

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El procurador de Podemos-IU-AV, Pablo Fernández Santos, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes ENMIENDAS al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 4/1998, 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 2 (de adición)

Objeto: Modificación del Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y las apuestas de Castilla y León.

Precepto: Artículo Único, apartado cuatro, relativo a la publicidad, patrocinio y promoción del juego y las apuestas.

Texto: "Se prohíbe toda forma de publicidad, patrocinio y promoción de las actividades de juego, de las empresas y de los locales de juego que incite o estimule la práctica del juego, cualquiera que sea el medio que se utilice, o que sugiera que el juego puede ser una solución a problemas personales, educativos, profesionales o financieros.

En el interior o exterior de los recintos deportivos y de las equipaciones deportivas, cuando se celebren acontecimientos o competiciones de ámbito local, provincial o autonómico, se prohíbe la publicidad, patrocinio y promoción de las actividades de juego, de las empresas y de los locales de juego".

Justificación:

La publicidad es un actor fundamental que, como está demostrado, influye de manera determinante en la población más joven y en las personas más vulnerables. Por tanto, corresponde a los poderes públicos regular este aspecto para reducir los efectos negativos del juego.

Valladolid, 7 de junio de 2023.

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

Procurador de Unidas Podemos-IU-AV

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El procurador de Podemos-IU-AV, Pablo Fernández Santos, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes ENMIENDAS al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 4/1998, 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 3 (de adición)

Objeto: Modificación del Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y las apuestas de Castilla y León.

Precepto: Artículo Único, apartado dieciocho, relativo a las infracciones de las personas físicas o jurídicas.

Texto: "Las empresas organizadoras y explotadoras de juego y apuestas deberán depositar, en el organismo habilitado para ello por el Gobierno de Castilla y León, fianzas en metálico o mediante aval prestado por banco, caja de ahorros, cooperativas de crédito y sociedades de garantía recíproca o por contrato de seguro de caución con entidad aseguradora, que garanticen el cumplimiento de las obligaciones derivadas de esta ley, en los términos que reglamentariamente se determinen.

Estas fianzas estarán afectadas al pago de los tributos específicos sobre el juego y al cumplimiento de las responsabilidades económicas en que puedan incurrir como consecuencia de la aplicación del régimen sancionador previsto en la ley".

Justificación:

Las empresas del sector del juego y las apuestas tienen que garantizar las obligaciones emanadas del cumplimiento de la ley y avalar económicamente su actividad.

Valladolid, 7 de junio de 2023.

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

Procurador de Unidas Podemos-IU-AV


PL/000004-10

CVE="BOCCL-11-006668"



Sede de las Cortes de Castilla y León