PNL/000779-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000779-01


Sumario:

Proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a la realización de actuaciones relativas a transferencia de cantidades, gestión económica y libramientos en relación con centros docentes públicos no universitarios, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de febrero de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000778 a PNL/000780.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de febrero de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante EL PLENO DE LAS CORTES.

ANTECEDENTES

El Decreto 120/2002, de 7 de noviembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de la Autonomía de Gestión Económica de los Centros Docentes Públicos no Universitarios (Libramiento de fondos a los centros docentes), en su artículo 10, establece textualmente:

"1. Con cargo a los créditos del Presupuesto de la Comunidad de Castilla y León, la Consejería de Educación y Cultura, bien directamente o a través de las Direcciones Provinciales de Educación, remitirá los fondos a los centros.

2. Se realizarán dos libramientos de fondos para atención de gastos ordinarios de funcionamiento de los centros en los porcentajes fijados en las normas de desarrollo de este Decreto, que tendrán la consideración de pagos en firme y se efectuarán, con carácter general, antes del 1 de marzo y 1 de noviembre respectivamente de cada año, sin perjuicio de aquellos otros de carácter extraordinario que puedan hacerse efectivos cuando la situación lo requiera".

A pesar de esta regulación, a finales del año 2022 se conocieron quejas de responsables de centros educativos de Castilla y León sobre los retrasos en la transferencia de una parte de los gastos de funcionamiento comprometidos por la Administración autonómica para ese año.

En respuesta a una iniciativa parlamentaria del Grupo Socialista (PE/11/001283-1, BOCCYL 117, 28 de febrero 2023), la Junta de Castilla y León incluía un cuadro con las fechas de los libramientos de los años 2017 a 2022 inclusive, tal y como se demandaba en la pregunta, explicando que "los mínimos retrasos que han existido, en algún caso, han sido para intentar mejorar la eficiencia de los recursos de la Consejería de Educación e intentar enviar el máximo importe posible". Y se contestaba muy parcialmente a la cuestión referida a las fechas de los libramientos para el año 2023, señalando únicamente que el primer libramiento para el pago de los suministros energéticos se realizó en febrero, mientras que el libramiento del resto de los gastos de funcionamiento tuvo lugar en marzo. No se avanzaban fechas del resto del año 2023.

En el cuadro citado la Consejería precisa las dos fechas concretas de los libramientos anuales a los centros educativos para atender por un lado a los gastos de energía eléctrica, para los de gasóleo por otro lado y de la misma manera para los de gas natural.

En estos tres casos los libramientos oscilan aproximadamente un mes, entre febrero y marzo el primer libramiento y entre agosto y septiembre el segundo.

Además, ese cuadro señala que existen tres libramientos a lo largo de cada año para atender los gastos de funcionamiento de los centros. El primero de ellos se ingresaba a los centros en el mes de febrero durante los años 2017, 2018 y 2019, y desde el año 2020 hasta el 2022 se viene haciendo en el mes de marzo. En concreto en el año 2022 fue el 21 de marzo, la fecha más tardía de esos seis años referenciados en la iniciativa.

El segundo libramiento de gastos de funcionamiento, según la contestación de la Consejería, entre los años 2017 y 2020 se ha venido realizando en el mes octubre, pero en el año 2021 fue el 15 de noviembre y en el año motivo de las quejas, el 2022, se realizó el 1 de diciembre.

Y el tercer libramiento se ha realizado el mes de noviembre en el año 2017, 2018, 2020 y 2021 (no se dan datos del año 2019 en el que debieron hacerse no tres sino solamente dos libramientos), y el año 2022 se realizó el 22 de diciembre.

Por tanto, las quejas de los centros respecto al retraso de los últimos libramientos anuales en el año 2022 quedaron constatadas con las fechas de la contestación de la Consejería. La consecuencia es que a los centros educativos dependientes de la Junta de Castilla y León se les complica de manera importante la gestión de sus gastos ordinarios puesto que los compromisos de pagos a proveedores se deben posponer varias semanas. En no pocos casos estamos hablando de un perjuicio añadido a pequeños proveedores locales o provinciales que tienen que esperar a cobrar por sus servicios.

A pesar de la iniciativa señalada, la Consejería no ha variado la dinámica apuntada de retrasos a final de año, puesto que el problema se ha vuelto a repetir en el ejercicio de 2023 y de forma agravada, habiéndose hecho públicas, de nuevo, quejas de los centros respecto al retraso en los libramientos previstos. Esto deja meridianamente claro que es necesario que los centros conozcan en el primer trimestre de cada año las fechas previstas para los libramientos y que conforme a ello puedan realizar su gestión económica sin sobresaltos.

Además, representantes de la comunidad educativa de Castilla y León han informado recientemente que en algunos centros se han modificado los criterios para la transferencia de los recursos económicos comprometidos para gastos de energía y funcionamiento, obligando a justificarlos previamente a recibir el ingreso correspondiente.

Esta situación está perjudicando la actividad y la planificación de nuestros centros educativos públicos, que necesitan certezas sobre la disponibilidad presupuestaria que tendrán cada año y las fechas en las cuales se realizarán las transferencias que deben recibir.

Por todo ello, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Proceder, antes del 15 de febrero de 2024, a transferir a todos los Centros Docentes Públicos no Universitarios de la Comunidad Autónoma las cantidades previstas para el año 2023 y que estén actualmente pendientes de ser abonadas.

2. Informar, antes del 29 de febrero de 2024, a todos los Centros Docentes Públicos no Universitarios de las cantidades asignadas para gastos de energía y gastos de funcionamiento para el presente año, que en ningún caso podrán ser inferiores a las transferidas en el año 2022.

3. Cumplir en todos los ejercicios presupuestarios el artículo 10 del Decreto 120/2002, de 7 de noviembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de la Autonomía de Gestión Económica de los Centros Docentes Públicos no Universitarios, y realizar los libramientos antes de del 1 de marzo y del 1 de noviembre de cada año.

4. Comunicar a los Centros Docentes Públicos no Universitarios, entre los meses de enero y febrero de cada año venidero, el calendario anual de libramiento para los gastos de energía y gastos de funcionamiento precisando lo máximo posible las fechas de estos".

Valladolid, 30 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000779-01

CVE="BOCCL-11-007891"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 22388-22390
BOCCL nº 242/11 del 6/2/2024
CVE: BOCCL-11-007891

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000779-01
Proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a la realización de actuaciones relativas a transferencia de cantidades, gestión económica y libramientos en relación con centros docentes públicos no universitarios, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de febrero de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000778 a PNL/000780.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de febrero de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante EL PLENO DE LAS CORTES.

ANTECEDENTES

El Decreto 120/2002, de 7 de noviembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de la Autonomía de Gestión Económica de los Centros Docentes Públicos no Universitarios (Libramiento de fondos a los centros docentes), en su artículo 10, establece textualmente:

"1. Con cargo a los créditos del Presupuesto de la Comunidad de Castilla y León, la Consejería de Educación y Cultura, bien directamente o a través de las Direcciones Provinciales de Educación, remitirá los fondos a los centros.

2. Se realizarán dos libramientos de fondos para atención de gastos ordinarios de funcionamiento de los centros en los porcentajes fijados en las normas de desarrollo de este Decreto, que tendrán la consideración de pagos en firme y se efectuarán, con carácter general, antes del 1 de marzo y 1 de noviembre respectivamente de cada año, sin perjuicio de aquellos otros de carácter extraordinario que puedan hacerse efectivos cuando la situación lo requiera".

A pesar de esta regulación, a finales del año 2022 se conocieron quejas de responsables de centros educativos de Castilla y León sobre los retrasos en la transferencia de una parte de los gastos de funcionamiento comprometidos por la Administración autonómica para ese año.

En respuesta a una iniciativa parlamentaria del Grupo Socialista (PE/11/001283-1, BOCCYL 117, 28 de febrero 2023), la Junta de Castilla y León incluía un cuadro con las fechas de los libramientos de los años 2017 a 2022 inclusive, tal y como se demandaba en la pregunta, explicando que "los mínimos retrasos que han existido, en algún caso, han sido para intentar mejorar la eficiencia de los recursos de la Consejería de Educación e intentar enviar el máximo importe posible". Y se contestaba muy parcialmente a la cuestión referida a las fechas de los libramientos para el año 2023, señalando únicamente que el primer libramiento para el pago de los suministros energéticos se realizó en febrero, mientras que el libramiento del resto de los gastos de funcionamiento tuvo lugar en marzo. No se avanzaban fechas del resto del año 2023.

En el cuadro citado la Consejería precisa las dos fechas concretas de los libramientos anuales a los centros educativos para atender por un lado a los gastos de energía eléctrica, para los de gasóleo por otro lado y de la misma manera para los de gas natural.

En estos tres casos los libramientos oscilan aproximadamente un mes, entre febrero y marzo el primer libramiento y entre agosto y septiembre el segundo.

Además, ese cuadro señala que existen tres libramientos a lo largo de cada año para atender los gastos de funcionamiento de los centros. El primero de ellos se ingresaba a los centros en el mes de febrero durante los años 2017, 2018 y 2019, y desde el año 2020 hasta el 2022 se viene haciendo en el mes de marzo. En concreto en el año 2022 fue el 21 de marzo, la fecha más tardía de esos seis años referenciados en la iniciativa.

El segundo libramiento de gastos de funcionamiento, según la contestación de la Consejería, entre los años 2017 y 2020 se ha venido realizando en el mes octubre, pero en el año 2021 fue el 15 de noviembre y en el año motivo de las quejas, el 2022, se realizó el 1 de diciembre.

Y el tercer libramiento se ha realizado el mes de noviembre en el año 2017, 2018, 2020 y 2021 (no se dan datos del año 2019 en el que debieron hacerse no tres sino solamente dos libramientos), y el año 2022 se realizó el 22 de diciembre.

Por tanto, las quejas de los centros respecto al retraso de los últimos libramientos anuales en el año 2022 quedaron constatadas con las fechas de la contestación de la Consejería. La consecuencia es que a los centros educativos dependientes de la Junta de Castilla y León se les complica de manera importante la gestión de sus gastos ordinarios puesto que los compromisos de pagos a proveedores se deben posponer varias semanas. En no pocos casos estamos hablando de un perjuicio añadido a pequeños proveedores locales o provinciales que tienen que esperar a cobrar por sus servicios.

A pesar de la iniciativa señalada, la Consejería no ha variado la dinámica apuntada de retrasos a final de año, puesto que el problema se ha vuelto a repetir en el ejercicio de 2023 y de forma agravada, habiéndose hecho públicas, de nuevo, quejas de los centros respecto al retraso en los libramientos previstos. Esto deja meridianamente claro que es necesario que los centros conozcan en el primer trimestre de cada año las fechas previstas para los libramientos y que conforme a ello puedan realizar su gestión económica sin sobresaltos.

Además, representantes de la comunidad educativa de Castilla y León han informado recientemente que en algunos centros se han modificado los criterios para la transferencia de los recursos económicos comprometidos para gastos de energía y funcionamiento, obligando a justificarlos previamente a recibir el ingreso correspondiente.

Esta situación está perjudicando la actividad y la planificación de nuestros centros educativos públicos, que necesitan certezas sobre la disponibilidad presupuestaria que tendrán cada año y las fechas en las cuales se realizarán las transferencias que deben recibir.

Por todo ello, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Proceder, antes del 15 de febrero de 2024, a transferir a todos los Centros Docentes Públicos no Universitarios de la Comunidad Autónoma las cantidades previstas para el año 2023 y que estén actualmente pendientes de ser abonadas.

2. Informar, antes del 29 de febrero de 2024, a todos los Centros Docentes Públicos no Universitarios de las cantidades asignadas para gastos de energía y gastos de funcionamiento para el presente año, que en ningún caso podrán ser inferiores a las transferidas en el año 2022.

3. Cumplir en todos los ejercicios presupuestarios el artículo 10 del Decreto 120/2002, de 7 de noviembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de la Autonomía de Gestión Económica de los Centros Docentes Públicos no Universitarios, y realizar los libramientos antes de del 1 de marzo y del 1 de noviembre de cada año.

4. Comunicar a los Centros Docentes Públicos no Universitarios, entre los meses de enero y febrero de cada año venidero, el calendario anual de libramiento para los gastos de energía y gastos de funcionamiento precisando lo máximo posible las fechas de estos".

Valladolid, 30 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000779-01

CVE="BOCCL-11-007891"



Sede de las Cortes de Castilla y León