PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002031, PE/002054, PE/002067, PE/002068, PE/002070 a PE/002074 y PE/002077 a PE/002079.
En la sede de las Cortes de Castilla y León,a 8 de febrero de 2024.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./11012074, formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a devoluciones de ingresos en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas. Cuenta general año 2022.
En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada, a la vista de la información facilitada por el Centro Directivo competente, se adjunta en Anexo tabla con el desglose provincializado, y se informa que las devoluciones efectuadas responden a distintos motivos (solicitudes de rectificación presentadas por el propio contribuyente cuando considera que en la autoliquidación ha incurrido en errores que le perjudican, devoluciones de ingresos indebidos efectuadas de oficio por la propia Administración o a consecuencia de la resolución de recursos de reposición, reclamaciones económico-administrativas u otro tipo de sentencias judiciales). Estos motivos no se reflejan de forma obligatoria en los sistemas de información de gestión tributaria, por lo que no es posible efectuar su desglose de forma detallada.
Sin perjuicio de lo anterior, en el caso concreto de la modalidad de Trasmisiones Patrimoniales Onerosas hay destacar el impacto de las devoluciones derivadas de la Sentencia 51/2022 del Tribunal Supremo sobre concesiones del espacio radioeléctrico que, aplicando de forma directa lo dispuesto en el artículo 13 de la Directiva 2002/20/CE, estableció que en la constitución de las concesiones de telecomunicaciones, no cabía exigir conjuntamente la tasa del espectro radioeléctrico y la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del ITPyAJD, obligando a las Comunidades Autónomas a devolver las cantidades satisfechas a cuenta del impuesto de transmisiones patrimoniales. Esta circunstancia ha impactado en mayor medida en las Comunidades autónomas de mayor extensión. La cuantía de las devoluciones efectuadas por este motivo ascendió en 2022 a 38.029.414 €, el 92,8 % del total del importe.
Valladolid, 22 de enero de 2024.
EL CONSEJERO,
Fdo.: Carlos Javier Fernández Carriedo
ANEXO PE 2074
DEVOLUCIONES DE INGRESOS POR PROVINCIAS CONCEPTO 200
PROVINCIA ITPyAJD
AVILA 171.331,13
BURGOS 579.254,82
LEÓN 981.169,83
PALENCIA 295.039,60
SALAMANCA 210.028,50
SEGOVIA 5.022.174,77
SORIA 219.577,95
VALLADOLID 33.250.246,99
ZAMORA 249.845,61
TOTAL 40.978.669,20
PE/002074-2
CVE="BOCCL-11-008052"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002031, PE/002054, PE/002067, PE/002068, PE/002070 a PE/002074 y PE/002077 a PE/002079.
En la sede de las Cortes de Castilla y León,a 8 de febrero de 2024.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./11012074, formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a devoluciones de ingresos en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas. Cuenta general año 2022.
En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada, a la vista de la información facilitada por el Centro Directivo competente, se adjunta en Anexo tabla con el desglose provincializado, y se informa que las devoluciones efectuadas responden a distintos motivos (solicitudes de rectificación presentadas por el propio contribuyente cuando considera que en la autoliquidación ha incurrido en errores que le perjudican, devoluciones de ingresos indebidos efectuadas de oficio por la propia Administración o a consecuencia de la resolución de recursos de reposición, reclamaciones económico-administrativas u otro tipo de sentencias judiciales). Estos motivos no se reflejan de forma obligatoria en los sistemas de información de gestión tributaria, por lo que no es posible efectuar su desglose de forma detallada.
Sin perjuicio de lo anterior, en el caso concreto de la modalidad de Trasmisiones Patrimoniales Onerosas hay destacar el impacto de las devoluciones derivadas de la Sentencia 51/2022 del Tribunal Supremo sobre concesiones del espacio radioeléctrico que, aplicando de forma directa lo dispuesto en el artículo 13 de la Directiva 2002/20/CE, estableció que en la constitución de las concesiones de telecomunicaciones, no cabía exigir conjuntamente la tasa del espectro radioeléctrico y la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del ITPyAJD, obligando a las Comunidades Autónomas a devolver las cantidades satisfechas a cuenta del impuesto de transmisiones patrimoniales. Esta circunstancia ha impactado en mayor medida en las Comunidades autónomas de mayor extensión. La cuantía de las devoluciones efectuadas por este motivo ascendió en 2022 a 38.029.414 €, el 92,8 % del total del importe.
Valladolid, 22 de enero de 2024.
EL CONSEJERO,
Fdo.: Carlos Javier Fernández Carriedo
ANEXO PE 2074
DEVOLUCIONES DE INGRESOS POR PROVINCIAS CONCEPTO 200
PROVINCIA ITPyAJD
AVILA 171.331,13
BURGOS 579.254,82
LEÓN 981.169,83
PALENCIA 295.039,60
SALAMANCA 210.028,50
SEGOVIA 5.022.174,77
SORIA 219.577,95
VALLADOLID 33.250.246,99
ZAMORA 249.845,61
TOTAL 40.978.669,20
PE/002074-2
CVE="BOCCL-11-008052"