PPL/000006-05











1. Procedimientos Legislativos

120. Proposiciones de Ley
PPL/000006-05


Sumario:

Enmiendas al articulado presentadas por D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-SORIA ¡YA!, a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 11 de marzo de 2024, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, PPL/000006.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de marzo de 2024.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 1

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del quinto párrafo del apartado 1 de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"El apartado primero de este precepto, relativo al derecho a la educación, determina que todas las personas tienen derecho a una educación pública de calidad en un entorno escolar que favorezca su formación integral y a la igualdad de oportunidades en el acceso a ésta, garantizando la gratuidad de la educación pública en los niveles educativos obligatorios, así como en otros que pudiesen determinarse por ley."

Motivación:

Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita la alusión a la gratuidad de la educación pública en los niveles obligatorios que apunta el artículo 13.1 del Estatuto.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 2

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del octavo párrafo del apartado 1 de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"El artículo 16, bajo el título "Principios rectores de las políticas públicas", contiene la obligación para los poderes públicos de Castilla y León de promover y adoptar las medidas necesarias para garantizar la plena eficacia de la prestación de unos servicios públicos de calidad, incluyendo el derecho a la protección de la salud que recoge el apartado 16 de dicho artículo, la promoción de un sistema educativo de calidad, abierto, plural y participativo que recoge el apartado 19, o la obligación de garantizar la igualdad de oportunidades de todas las personas en el acceso a la formación que establece el apartado 21 del mencionado artículo."

Motivación:

Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita lo que apuntan los apartados 16, 19 y 21 del artículo 16 del Estatuto.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 3

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del tercer párrafo del apartado II de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"En el ámbito de la sanidad, el sistema de salud de Castilla y León cuenta con una importante red de consultorios locales en el medio rural y de Centros de Atención Primaria, junto a importantes centros hospitalarios y Centros de Especialidades, con una excelente ratio de número de médicos por habitante, que pretende garantizarse y reforzarse mediante esta ley, de cara a cumplir con el artículo 43 de la Constitución, que recoge el derecho de todos los españoles a la protección de la salud y exige asegurar los servicios necesarios en la organización y tutela de la salud pública por los poderes públicos."

Motivación:

Consideramos conveniente incluir los Centros de Especialidades, así como aludir de forma explícita a lo que establece el artículo 43 de la Constitución en lo referente a la protección de la salud y asegurar los servicios necesarios.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 4

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del cuarto párrafo del apartado II de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"En educación, el sistema educativo de Castilla y León es de los mejores de España, y garantiza una educación de excelencia, con la máxima calidad y equidad, que pretende garantizarse y reforzarse mediante esta ley, para dar cumplimiento al artículo 27 de la Constitución, que recoge el derecho de todos los españoles a la educación, así como la obligatoriedad y gratuidad de la enseñanza básica, exigiendo a su vez garantizar el derecho de todos los españoles a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes, reconociéndose además la autonomía de las Universidades."

Motivación:

Consideramos conveniente que se recoja en este punto de forma explícita lo que exige el artículo 27 de la Constitución en relación a la educación.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 5

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del quinto párrafo del apartado II de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"Otro tanto cabe decir de las políticas sociales, donde el sistema de protección social de Castilla y León destaca por la prevención, atención o cobertura de las necesidades individuales y sociales básicas de las personas, especialmente las más necesitadas, con el fin de aumentar su bienestar social, buscándose mediante esta ley el refuerzo de dicho sistema de protección social, y asegurar con ello el derecho a la dignidad de la persona y la igualdad de los españoles sin que quepan discriminaciones, reconocidos por los artículos 10 y 14 de la Constitución."

Motivación:

Consideramos conveniente mencionar explícitamente en este punto lo recogido por los artículos 10 y 14 de la Constitución para reforzar lo expuesto en el texto.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 6

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del sexto párrafo del apartado II de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"En este escenario de calidad en la gestión de estos servicios públicos esenciales, validado por agentes externos y valorados de forma muy positiva por los ciudadanos, es el momento de garantizar estos servicios públicos, blindando los logros obtenidos durante los últimos años en la prestación de los servicios públicos de sanidad, educación y servicios sociales en todo el territorio de Castilla y León y a favor de todos los ciudadanos, especialmente de los que viven en el mundo rural para poder asegurar el cumplimiento efectivo del artículo 19 de la Constitución en cuanto al derecho a elegir libremente el lugar de residencia y que este no se vea lesionado por la falta de servicios básicos, y hacerlo de forma concreta y pormenorizada en una norma con fuerza de ley."

Motivación:

Consideramos conveniente mencionar de forma explícita en este punto el artículo 19 de la Constitución, relativo al derecho que se reconoce a todos los españoles a elegir libremente el lugar de residencia, en el sentido de que este derecho constitucional no se vea lesionado por la ausencia de servicios básicos en el medio rural.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 7

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del cuarto párrafo del apartado III de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"De acuerdo con el principio de proporcionalidad, la regulación que esta norma contiene es la imprescindible para atender a las exigencias que el interés general requiere, así como para garantizar la cohesión y el equilibrio entre diferentes partes del territorio que reclama el artículo 43.3 del Estatuto."

Motivación:

Consideramos conveniente mencionar en este punto de forma explícita la cohesión y equilibrio territorial que exige el artículo 43.3 del Estatuto.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 8

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del noveno párrafo del apartado III de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"El artículo 2 garantiza los principales centros y zonas prestadoras de los servicios esenciales existentes en el momento de su entrada en vigor, configurándose un procedimiento específico para la supresión, tanto de los ya existentes como de los que puedan establecerse en el futuro, en el cual deberá existir un debate público en el seno de las Cortes de Castilla y León, con carácter vinculante respecto al resultado que emanase del mismo en la votación que se diese en las Cortes, y que debería darse en todo caso de forma previa a su aprobación por parte de la Junta de Castilla y León."

Motivación:

Consideramos que el debate y votación que hubiese en las Cortes en este aspecto debería tener un carácter vinculante y así debe recogerse en la ley.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 9

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del decimocuarto párrafo del apartado I de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"Este precepto garantiza además que, de suprimirse alguno de los centros o de las zonas de organización territorial previstas en el artículo 2, los servicios autonómicos esenciales mantendrán el volumen global de prestación en cada provincia de la Comunidad de Castilla y León, asegurándose asimismo un radio de kilómetros en la prestación de servicios dentro de cada provincia que permita asegurar la cercanía de los servicios esenciales, efectuándose una nueva implantación de ese servicio igual o similar en dicho ámbito territorial."

Motivación:

Creemos que debe mencionarse que haya un radio de cercanía a los servicios y no ceñirse exclusivamente a asegurarlos en las provincias en conjunto.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 10

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del apartado 2 del artículo 2, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"2. Para suprimir cualquiera de ellos, así como de los que puedan crearse posteriormente, y sin perjuicio de la dispuesto en el artículo 6.2 de esta ley, cuando se dejen de cumplir los parámetros o criterios establecidos en la normativa sectorial que los regula, la propuesta de supresión se elevará al Consejo de Gobierno para su remisión a las Cortes de Castilla y León como una Comunicación de la Junta de Castilla y León para su debate conforme a lo previsto en el Reglamento de dicha institución. A la vista del resultado del debate y de la votación de la propuesta de supresión, que será vinculante y deberá aprobarse con mayoría cualificada con el voto favorable de tres quintos de la cámara, la Junta de Castilla y León decidirá, mediante acuerdo, sobre la supresión del centro o zona."

Motivación:

Consideramos conveniente que la votación que se diese en las Cortes tenga un carácter vinculante y requiera de mayoría cualificada, al tratarse de una cuestión que consideramos es socialmente sensible y debería requerir un consenso amplio. Por otro lado, el requerimiento de que la votación en las Cortes sea vinculante iría en consonancia y coherencia con la enmienda número 8 que presentamos.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 11

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del segundo párrafo del artículo 3.1, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"En todo caso, esta garantía se producirá respetando la autonomía local en el ejercicio de las competencias de las entidades locales en esta materia, debiendo tenerse en cuenta, en todo caso, la capacidad financiera de las entidades locales, de cara a que la administración autonómica colabore económicamente de forma activa con ellas para garantizar la calidad de los servicios sociales en el ámbito rural."

Motivación:

Consideramos que debe recogerse atender a la capacidad financiera de las entidades locales para poder cumplir con determinadas prestaciones de servicios en el ámbito rural, para que, en el caso de que no tuviesen capacidad por su tamaño poblacional, haya una mayor colaboración de la Comunidad Autónoma para asegurar dichos servicios en el medio rural.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 12

Modificación que se propone:

Se solicita la inclusión de un tercer párrafo en el punto 1 del artículo 3, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"Asimismo, se tendrá en cuenta el nivel de envejecimiento de la población y las necesidades de los diferentes colectivos de edad y sociales existentes en cada zona, de cara a reforzar la atención sanitaria en aquellas áreas donde fuese conveniente y necesario."

Motivación:

Consideramos conveniente que se tengan en cuenta dichos factores.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 13

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del apartado b) del artículo 3.2, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"b) En los restantes núcleos de población donde no radique el Centro de Salud, la consulta asistencial sanitaria realizará en los consultorios locales de acuerdo con la siguiente frecuencia:

a. Núcleos menores de 100 habitantes de hecho: consulta un día a la semana.

b. Núcleos de 101 a 200 habitantes de hecho: consulta dos días a la semana.

c. Núcleos de 201 a 500 habitantes de hecho: consulta tres días a la semana.

d. Núcleos de más de 500 habitantes de hecho: consulta diaria de lunes a viernes."

Motivación:

En este caso, proponemos que la consulta un día a la semana sea obligatoria para todos los núcleos de menos de 100 habitantes, eliminando lo establecido en el artículo a. de la proposición de ley, que en el caso de los menores de 50 habitantes lo reducía a consulta a la demanda.

Esta modificación propuesta implica una especie de fusión entre los apartados a. y b. iniciales, lo que implicaría que el c. inicial pasase a ser en la redacción propuesta el b., el d. inicial pasaría a ser el c., y el e. inicial pasaría a ser el d., dejando de haber apartado e. con la redacción propuesta.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 14

Modificación que se propone:

Se solicita la inclusión de un apartado 3 en el artículo 3, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"El Centro Hospitalario o, en todo caso, el Centro de Especialidades más cercano a un municipio, no podrá estar ubicado a más de 50 kilómetros del municipio más lejano del área a la que diese servicio."

Motivación:

Consideramos que debe concretarse un ratio de kilómetros que asegure una mínima cercanía de ciertos servicios sanitarios a todas las áreas geográficas que vaya más allá de los propios Centros de Salud, y se concretice también para los Centros de Especialidad u Hospitales.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 15

Modificación que se propone:

Se solicita la inclusión de un apartado 3 en el artículo 4, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"Ningún municipio deberá tener a más de 50 kilómetros el centro educativo más cercano que preste servicios de educación secundaria y formación profesional."

Motivación:

Consideramos que debe concretarse un ratio de kilómetros que asegure una mínima cercanía de los servicios educativos de Educación Secundaria y FP a todas las áreas geográficas.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 16

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del apartado 2 del artículo 5, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"En todo caso, esta garantía se producirá respetando la autonomía local en el ejercicio de las competencias de las corporaciones locales en esta materia, debiendo tenerse en cuenta, en todo caso, la capacidad financiera de las entidades locales, de cara a que la administración autonómica colabore económicamente de forma activa con ellas para garantizar la calidad de los servicios sociales en el ámbito rural."

Motivación:

Consideramos que debe recogerse atender a la capacidad financiera de las entidades locales para poder cumplir con determinadas prestaciones de servicios en el ámbito rural, para que, en el caso de que no tuviesen capacidad por su tamaño poblacional, haya una mayor colaboración de la Comunidad Autónoma para asegurar dichos servicios en el medio rural.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 17

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del punto 2 del artículo 6, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"2. En todo caso, de suprimirse alguno de los centros o de las zonas de organización territorial previstas en el artículo 2 de esta ley, se garantiza que los servicios autonómicos esenciales mantendrán el volumen global de prestación en cada provincia de la Comunidad de Castilla y León, garantizándose en todo caso su prestación en un radio máximo de 50 kilómetros alrededor de los centros o zonas de organización territorial que se suprimiesen, efectuándose una nueva implantación de ese servicio igual o similar en dicho ámbito territorial."

Motivación:

Consideramos que debe asegurarse un radio de cercanía a los servicios cuando se suprimiesen centros o zonas de organización, y no ceñirse exclusivamente a asegurarlos en las provincias en conjunto.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 18

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del punto 1 de la Disposición Final, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"1. Se autoriza a la Junta de Castilla y León para que pueda dictar las disposiciones normativas que sean precisas para el desarrollo y cumplimiento efectivo de esta ley."

Motivación:

Consideramos conveniente que se mencione de forma explícita que las disposiciones normativas que dictase la Junta deban estar encaminadas al cumplimiento efectivo de la ley.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero


PPL/000006-05

CVE="BOCCL-11-008387"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 25500-25513
BOCCL nº 262/11 del 19/3/2024
CVE: BOCCL-11-008387

1. Procedimientos Legislativos
120. Proposiciones de Ley
PPL/000006-05
Enmiendas al articulado presentadas por D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-SORIA ¡YA!, a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 11 de marzo de 2024, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, PPL/000006.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de marzo de 2024.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 1

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del quinto párrafo del apartado 1 de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"El apartado primero de este precepto, relativo al derecho a la educación, determina que todas las personas tienen derecho a una educación pública de calidad en un entorno escolar que favorezca su formación integral y a la igualdad de oportunidades en el acceso a ésta, garantizando la gratuidad de la educación pública en los niveles educativos obligatorios, así como en otros que pudiesen determinarse por ley."

Motivación:

Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita la alusión a la gratuidad de la educación pública en los niveles obligatorios que apunta el artículo 13.1 del Estatuto.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 2

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del octavo párrafo del apartado 1 de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"El artículo 16, bajo el título "Principios rectores de las políticas públicas", contiene la obligación para los poderes públicos de Castilla y León de promover y adoptar las medidas necesarias para garantizar la plena eficacia de la prestación de unos servicios públicos de calidad, incluyendo el derecho a la protección de la salud que recoge el apartado 16 de dicho artículo, la promoción de un sistema educativo de calidad, abierto, plural y participativo que recoge el apartado 19, o la obligación de garantizar la igualdad de oportunidades de todas las personas en el acceso a la formación que establece el apartado 21 del mencionado artículo."

Motivación:

Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita lo que apuntan los apartados 16, 19 y 21 del artículo 16 del Estatuto.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 3

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del tercer párrafo del apartado II de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"En el ámbito de la sanidad, el sistema de salud de Castilla y León cuenta con una importante red de consultorios locales en el medio rural y de Centros de Atención Primaria, junto a importantes centros hospitalarios y Centros de Especialidades, con una excelente ratio de número de médicos por habitante, que pretende garantizarse y reforzarse mediante esta ley, de cara a cumplir con el artículo 43 de la Constitución, que recoge el derecho de todos los españoles a la protección de la salud y exige asegurar los servicios necesarios en la organización y tutela de la salud pública por los poderes públicos."

Motivación:

Consideramos conveniente incluir los Centros de Especialidades, así como aludir de forma explícita a lo que establece el artículo 43 de la Constitución en lo referente a la protección de la salud y asegurar los servicios necesarios.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 4

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del cuarto párrafo del apartado II de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"En educación, el sistema educativo de Castilla y León es de los mejores de España, y garantiza una educación de excelencia, con la máxima calidad y equidad, que pretende garantizarse y reforzarse mediante esta ley, para dar cumplimiento al artículo 27 de la Constitución, que recoge el derecho de todos los españoles a la educación, así como la obligatoriedad y gratuidad de la enseñanza básica, exigiendo a su vez garantizar el derecho de todos los españoles a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes, reconociéndose además la autonomía de las Universidades."

Motivación:

Consideramos conveniente que se recoja en este punto de forma explícita lo que exige el artículo 27 de la Constitución en relación a la educación.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 5

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del quinto párrafo del apartado II de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"Otro tanto cabe decir de las políticas sociales, donde el sistema de protección social de Castilla y León destaca por la prevención, atención o cobertura de las necesidades individuales y sociales básicas de las personas, especialmente las más necesitadas, con el fin de aumentar su bienestar social, buscándose mediante esta ley el refuerzo de dicho sistema de protección social, y asegurar con ello el derecho a la dignidad de la persona y la igualdad de los españoles sin que quepan discriminaciones, reconocidos por los artículos 10 y 14 de la Constitución."

Motivación:

Consideramos conveniente mencionar explícitamente en este punto lo recogido por los artículos 10 y 14 de la Constitución para reforzar lo expuesto en el texto.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 6

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del sexto párrafo del apartado II de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"En este escenario de calidad en la gestión de estos servicios públicos esenciales, validado por agentes externos y valorados de forma muy positiva por los ciudadanos, es el momento de garantizar estos servicios públicos, blindando los logros obtenidos durante los últimos años en la prestación de los servicios públicos de sanidad, educación y servicios sociales en todo el territorio de Castilla y León y a favor de todos los ciudadanos, especialmente de los que viven en el mundo rural para poder asegurar el cumplimiento efectivo del artículo 19 de la Constitución en cuanto al derecho a elegir libremente el lugar de residencia y que este no se vea lesionado por la falta de servicios básicos, y hacerlo de forma concreta y pormenorizada en una norma con fuerza de ley."

Motivación:

Consideramos conveniente mencionar de forma explícita en este punto el artículo 19 de la Constitución, relativo al derecho que se reconoce a todos los españoles a elegir libremente el lugar de residencia, en el sentido de que este derecho constitucional no se vea lesionado por la ausencia de servicios básicos en el medio rural.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 7

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del cuarto párrafo del apartado III de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"De acuerdo con el principio de proporcionalidad, la regulación que esta norma contiene es la imprescindible para atender a las exigencias que el interés general requiere, así como para garantizar la cohesión y el equilibrio entre diferentes partes del territorio que reclama el artículo 43.3 del Estatuto."

Motivación:

Consideramos conveniente mencionar en este punto de forma explícita la cohesión y equilibrio territorial que exige el artículo 43.3 del Estatuto.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 8

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del noveno párrafo del apartado III de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"El artículo 2 garantiza los principales centros y zonas prestadoras de los servicios esenciales existentes en el momento de su entrada en vigor, configurándose un procedimiento específico para la supresión, tanto de los ya existentes como de los que puedan establecerse en el futuro, en el cual deberá existir un debate público en el seno de las Cortes de Castilla y León, con carácter vinculante respecto al resultado que emanase del mismo en la votación que se diese en las Cortes, y que debería darse en todo caso de forma previa a su aprobación por parte de la Junta de Castilla y León."

Motivación:

Consideramos que el debate y votación que hubiese en las Cortes en este aspecto debería tener un carácter vinculante y así debe recogerse en la ley.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 9

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del decimocuarto párrafo del apartado I de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"Este precepto garantiza además que, de suprimirse alguno de los centros o de las zonas de organización territorial previstas en el artículo 2, los servicios autonómicos esenciales mantendrán el volumen global de prestación en cada provincia de la Comunidad de Castilla y León, asegurándose asimismo un radio de kilómetros en la prestación de servicios dentro de cada provincia que permita asegurar la cercanía de los servicios esenciales, efectuándose una nueva implantación de ese servicio igual o similar en dicho ámbito territorial."

Motivación:

Creemos que debe mencionarse que haya un radio de cercanía a los servicios y no ceñirse exclusivamente a asegurarlos en las provincias en conjunto.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 10

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del apartado 2 del artículo 2, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"2. Para suprimir cualquiera de ellos, así como de los que puedan crearse posteriormente, y sin perjuicio de la dispuesto en el artículo 6.2 de esta ley, cuando se dejen de cumplir los parámetros o criterios establecidos en la normativa sectorial que los regula, la propuesta de supresión se elevará al Consejo de Gobierno para su remisión a las Cortes de Castilla y León como una Comunicación de la Junta de Castilla y León para su debate conforme a lo previsto en el Reglamento de dicha institución. A la vista del resultado del debate y de la votación de la propuesta de supresión, que será vinculante y deberá aprobarse con mayoría cualificada con el voto favorable de tres quintos de la cámara, la Junta de Castilla y León decidirá, mediante acuerdo, sobre la supresión del centro o zona."

Motivación:

Consideramos conveniente que la votación que se diese en las Cortes tenga un carácter vinculante y requiera de mayoría cualificada, al tratarse de una cuestión que consideramos es socialmente sensible y debería requerir un consenso amplio. Por otro lado, el requerimiento de que la votación en las Cortes sea vinculante iría en consonancia y coherencia con la enmienda número 8 que presentamos.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 11

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del segundo párrafo del artículo 3.1, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"En todo caso, esta garantía se producirá respetando la autonomía local en el ejercicio de las competencias de las entidades locales en esta materia, debiendo tenerse en cuenta, en todo caso, la capacidad financiera de las entidades locales, de cara a que la administración autonómica colabore económicamente de forma activa con ellas para garantizar la calidad de los servicios sociales en el ámbito rural."

Motivación:

Consideramos que debe recogerse atender a la capacidad financiera de las entidades locales para poder cumplir con determinadas prestaciones de servicios en el ámbito rural, para que, en el caso de que no tuviesen capacidad por su tamaño poblacional, haya una mayor colaboración de la Comunidad Autónoma para asegurar dichos servicios en el medio rural.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 12

Modificación que se propone:

Se solicita la inclusión de un tercer párrafo en el punto 1 del artículo 3, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"Asimismo, se tendrá en cuenta el nivel de envejecimiento de la población y las necesidades de los diferentes colectivos de edad y sociales existentes en cada zona, de cara a reforzar la atención sanitaria en aquellas áreas donde fuese conveniente y necesario."

Motivación:

Consideramos conveniente que se tengan en cuenta dichos factores.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 13

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del apartado b) del artículo 3.2, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"b) En los restantes núcleos de población donde no radique el Centro de Salud, la consulta asistencial sanitaria realizará en los consultorios locales de acuerdo con la siguiente frecuencia:

a. Núcleos menores de 100 habitantes de hecho: consulta un día a la semana.

b. Núcleos de 101 a 200 habitantes de hecho: consulta dos días a la semana.

c. Núcleos de 201 a 500 habitantes de hecho: consulta tres días a la semana.

d. Núcleos de más de 500 habitantes de hecho: consulta diaria de lunes a viernes."

Motivación:

En este caso, proponemos que la consulta un día a la semana sea obligatoria para todos los núcleos de menos de 100 habitantes, eliminando lo establecido en el artículo a. de la proposición de ley, que en el caso de los menores de 50 habitantes lo reducía a consulta a la demanda.

Esta modificación propuesta implica una especie de fusión entre los apartados a. y b. iniciales, lo que implicaría que el c. inicial pasase a ser en la redacción propuesta el b., el d. inicial pasaría a ser el c., y el e. inicial pasaría a ser el d., dejando de haber apartado e. con la redacción propuesta.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

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ENMIENDA N.º 14

Modificación que se propone:

Se solicita la inclusión de un apartado 3 en el artículo 3, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"El Centro Hospitalario o, en todo caso, el Centro de Especialidades más cercano a un municipio, no podrá estar ubicado a más de 50 kilómetros del municipio más lejano del área a la que diese servicio."

Motivación:

Consideramos que debe concretarse un ratio de kilómetros que asegure una mínima cercanía de ciertos servicios sanitarios a todas las áreas geográficas que vaya más allá de los propios Centros de Salud, y se concretice también para los Centros de Especialidad u Hospitales.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

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ENMIENDA N.º 15

Modificación que se propone:

Se solicita la inclusión de un apartado 3 en el artículo 4, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"Ningún municipio deberá tener a más de 50 kilómetros el centro educativo más cercano que preste servicios de educación secundaria y formación profesional."

Motivación:

Consideramos que debe concretarse un ratio de kilómetros que asegure una mínima cercanía de los servicios educativos de Educación Secundaria y FP a todas las áreas geográficas.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

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ENMIENDA N.º 16

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del apartado 2 del artículo 5, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"En todo caso, esta garantía se producirá respetando la autonomía local en el ejercicio de las competencias de las corporaciones locales en esta materia, debiendo tenerse en cuenta, en todo caso, la capacidad financiera de las entidades locales, de cara a que la administración autonómica colabore económicamente de forma activa con ellas para garantizar la calidad de los servicios sociales en el ámbito rural."

Motivación:

Consideramos que debe recogerse atender a la capacidad financiera de las entidades locales para poder cumplir con determinadas prestaciones de servicios en el ámbito rural, para que, en el caso de que no tuviesen capacidad por su tamaño poblacional, haya una mayor colaboración de la Comunidad Autónoma para asegurar dichos servicios en el medio rural.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

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ENMIENDA N.º 17

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del punto 2 del artículo 6, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"2. En todo caso, de suprimirse alguno de los centros o de las zonas de organización territorial previstas en el artículo 2 de esta ley, se garantiza que los servicios autonómicos esenciales mantendrán el volumen global de prestación en cada provincia de la Comunidad de Castilla y León, garantizándose en todo caso su prestación en un radio máximo de 50 kilómetros alrededor de los centros o zonas de organización territorial que se suprimiesen, efectuándose una nueva implantación de ese servicio igual o similar en dicho ámbito territorial."

Motivación:

Consideramos que debe asegurarse un radio de cercanía a los servicios cuando se suprimiesen centros o zonas de organización, y no ceñirse exclusivamente a asegurarlos en las provincias en conjunto.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 18

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del punto 1 de la Disposición Final, que quedaría redactado de la siguiente manera:

"1. Se autoriza a la Junta de Castilla y León para que pueda dictar las disposiciones normativas que sean precisas para el desarrollo y cumplimiento efectivo de esta ley."

Motivación:

Consideramos conveniente que se mencione de forma explícita que las disposiciones normativas que dictase la Junta deban estar encaminadas al cumplimiento efectivo de la ley.

Valladolid, 10 de enero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero


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