PPL/000006-08











1. Procedimientos Legislativos

120. Proposiciones de Ley
PPL/000006-08


Sumario:

Enmiendas al articulado presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 11 de marzo de 2024, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, PPL/000006.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de marzo de 2024.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 1

Al artículo: 3

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado 2 a) del artículo 3 con el siguiente contenido:

a) En los núcleos de población donde radique un Centro de salud existirán una consulta de medicina familiar y comunitaria y una consulta de enfermería todos los días laborables.

Motivación:

Garantizar la consulta de ambos profesionales también en los consultorios.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 2

Al artículo: 3

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al primer párrafo del apartado 2 b) del artículo 3 con el siguiente contenido:

b) En los restantes núcleos de población, donde no radique el Centro de Salud, las consultas de medicina familiar y comunitaria y la de enfermería se realizarán en los consultorios locales de acuerdo con la siguiente frecuencia:

Motivación:

Garantizar la consulta de ambos profesionales también en los consultorios.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 3

Al artículo: 3

Modificación propuesta:

Se propone añadir un punto c) al apartado 2 del artículo 3 con el siguiente contenido:

c)En todo caso se garantizará por ley el acceso a todos los ciudadanos a una primera consulta de atención primaria dentro de las 48 horas desde que se genera la demanda en su Centro de Salud de referencia.

Motivación:

Garantizar la prestación adecuada del servicio de Atención Primaria.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 4

Al artículo: 3

Modificación propuesta:

Se propone añadir un nuevo apartado 3 al artículo 3 con el siguiente contenido:

3. En la prestación de los servicios sanitarios de urgencias y emergencias, en el ámbito rural, esta ley garantiza que se mantendrá la ubicación de las infraestructuras y equipamientos públicos de los servicios de urgencias médicas, así como de los dispositivos móviles de emergencias, en los municipios donde radiquen al momento de su entrada en vigor.

Motivación:

Garantizar el mantenimiento de la prestación de servicios sanitarios de emergencias y urgencias en el ámbito rural.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 5

Al artículo: 3

Modificación propuesta:

Se propone añadir un nuevo apartado 4 al artículo 3 con el siguiente contenido:

En todo caso, la Junta de Castilla y León pondrá a disposición de los profesionales sanitarios de los medios necesarios para el ejercicio de su profesión, proporcionando tanto el equipamiento sanitario de los consultorios locales como un vehículo para su desplazamiento desde el centro de salud a los diferentes puntos de su demarcación.

Motivación:

Garantizar la eficacia de la prestación sanitaria.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 6

Al artículo: 4

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado 1 del artículo 4 con el siguiente contenido:

1.En la prestación zonificada de los servicios de educación infantil, de primer y segundo ciclo, de educación primaria, de educación secundaria obligatoria y de ciclos formativos en el ámbito rural, esta ley garantiza, siempre y cuando se cumplan los parámetros o criterios establecidos en el apartado 2 de este artículo, que se mantendrá la ubicación de las infraestructuras y equipamientos públicos de los colegios rurales agrupados, los colegios de educación infantil y primaria (CEIP), los institutos de enseñanza secundaria obligatoria (IESO) o los institutos de enseñanza secundaria (IES) en los municipios donde radiquen al momento de su entrada en vigor.

En todo caso, esta garantía se producirá respetando la autonomía local en el ejercicio de las competencias de las entidades locales en esta materia.

Motivación:

Incluir en la regulación el resto de estudios obligatorios que existen en las zonas rurales y periféricas de la Comunidad Autónoma.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 7

Al artículo: 4

Modificación propuesta:

Se propone añadir un nuevo punto 3 al artículo 4 con el siguiente contenido:

3.Con la finalidad de mantener la oferta educativa en las zonas de ámbito rural y periféricas de la Comunidad Autónoma:

Se reducirán las ratios para determinar el número de unidades escolares de un CRA y se actuará con la máxima flexibilidad para mantener la oferta educativa de los IESO y de los ciclos formativos de los IES.

No se acordará la supresión de unidades, asignaturas optativas o titulaciones de formación profesional básica, media o superior hasta que no hayan transcurrido, al menos, dos cursos escolares sin actividad educativa en estos niveles por insuficiencia de alumnado.

Motivación:

Garantizar el mantenimiento de la oferta educativa en las zonas rurales y periféricas de la Comunidad Autónoma.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 8

Al artículo: 5

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al artículo 5, con el siguiente contenido:

5. En la prestación zonificada de los servicios sociales esenciales en el ámbito rural, esta ley garantiza que se mantendrán las prestaciones del catálogo de servicios sociales de Castilla y León en cada zona de acción social, adecuándose de forma eficiente a las demandas de atención existentes en cada momento e incrementándose el volumen de financiación a las entidades locales competentes para el mantenimiento de los equipos y servicios públicos en cada zona de acción social al momento de su entrada en vigor.

En todo caso, esta garantía se producirá respetando la autonomía local en el ejercicio de la competencia de las corporaciones locales en esta materia.

Motivación:

Garantizar una eficiente puesta en práctica de las prestaciones del catálogo de servicios sociales en condiciones de igualdad.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 9

Al artículo: 6

Modificación propuesta:

Se propone nueva redacción al apartado 1 del artículo 6, con el siguiente contenido:

1.Al objeto de garantizar a los ciudadanos el acceso en condiciones de igualdad a la prestación en el territorio de estos servicios públicos esenciales, especialmente en el ámbito rural, las infraestructuras, equipamientos, prestaciones o zonas de organización territorial definidas en los artículos anteriores se incrementarán cuando sea preciso para atender a las necesidades de la población, destinándose financiación adecuada.

Motivación:

Mejora del texto.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 10

Al artículo: 6

Modificación propuesta:

Se propone nueva redacción al apartado 2 del artículo 6, con el siguiente contenido:

2. En todo caso, se garantiza que los servidos autonómicos esenciales mantendrán el volumen global de prestación en cada provincia de la Comunidad de Castilla y León, incrementándose en aquellos casos en que sea necesario.

Motivación:

Adaptar el texto al espíritu de la Ley.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 11

Al artículo:

Disposición Adicional Primera

Modificación propuesta:

Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional, que sería la primera, con el siguiente contenido:

Primera . Sistema de incentivos a los profesionales sanitarios

Al día siguiente de la entrada en vigor de esta ley la Junta de Castilla y León pondrá en marcha un sistema de incentivos a los profesionales sanitarios que garantice su concurrencia en la oferta de las plazas del sistema público de salud consideradas de difícil cobertura, con el fin último de garantizar la igualdad efectiva entre personas de la comunidad autónoma en el acceso a los servicios sanitarios públicos.

Motivación:

Garantizar la igualdad efectiva entre personas de la comunidad autónoma en el acceso a los servicios sanitarios públicos.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 12

Al artículo: Disposición Adicional Segunda

Modificación propuesta:

Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional, que sería la segunda, con el siguiente contenido:

Segunda . Sistema de incentivos a los profesionales sanitarios

En un plazo de 6 meses desde la entrada en vigor de esta Le ,la Junta de Castilla y León presentará ante las Cortes de Castilla y León un proyecto de ley de plazos máximos para ser atendido tanto en atención primaria como en atención especializada.

Motivación:

Evitar la dilación en la prestación de los servicios de Atención Primaria y de Atención Especializada.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 13

Al artículo: Disposición Adicional Tercera

Modificación propuesta: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional, que sería la tercera, con el siguiente contenido:

Tercera . Gratuidad libros de texto y material escolar.

En los dos años siguientes a la entrada en vigor de esta ley se presentará antes las Cortes de Castilla y León un proyecto de ley de gratuidad de libros de texto y material escolar para todos los estudiantes matriculados en centros sostenidos con centros públicos de Castilla y León.

Motivación:

Garantizar la gratuidad universal de los libros de texto y el material escolar en los centros públicos.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 14

Al artículo: Disposición Adicional Cuarta

Modificación propuesta:

Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional, que sería la cuarta, con el siguiente contenido.

Cuarta. Creación de nuevos Centros Integrados de Formación Profesional.

En los tres años siguientes a la entrada en vigor de esta ley se procederá a la creación de centros integrados de Formación Profesional en localidades de tamaño medio del ámbito rural de la Comunidad Autónoma, de modo que en todas las provincias de Castilla y León exista al menos un centro público de estas características.

Motivación:

Garantizar la existencia de centros integrados de Formación Profesional en todas las provincias de la Comunidad Autónoma.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PPL/000006-08

CVE="BOCCL-11-008390"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 25548-25556
BOCCL nº 262/11 del 19/3/2024
CVE: BOCCL-11-008390

1. Procedimientos Legislativos
120. Proposiciones de Ley
PPL/000006-08
Enmiendas al articulado presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 11 de marzo de 2024, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, PPL/000006.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de marzo de 2024.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 1

Al artículo: 3

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado 2 a) del artículo 3 con el siguiente contenido:

a) En los núcleos de población donde radique un Centro de salud existirán una consulta de medicina familiar y comunitaria y una consulta de enfermería todos los días laborables.

Motivación:

Garantizar la consulta de ambos profesionales también en los consultorios.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 2

Al artículo: 3

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al primer párrafo del apartado 2 b) del artículo 3 con el siguiente contenido:

b) En los restantes núcleos de población, donde no radique el Centro de Salud, las consultas de medicina familiar y comunitaria y la de enfermería se realizarán en los consultorios locales de acuerdo con la siguiente frecuencia:

Motivación:

Garantizar la consulta de ambos profesionales también en los consultorios.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 3

Al artículo: 3

Modificación propuesta:

Se propone añadir un punto c) al apartado 2 del artículo 3 con el siguiente contenido:

c)En todo caso se garantizará por ley el acceso a todos los ciudadanos a una primera consulta de atención primaria dentro de las 48 horas desde que se genera la demanda en su Centro de Salud de referencia.

Motivación:

Garantizar la prestación adecuada del servicio de Atención Primaria.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 4

Al artículo: 3

Modificación propuesta:

Se propone añadir un nuevo apartado 3 al artículo 3 con el siguiente contenido:

3. En la prestación de los servicios sanitarios de urgencias y emergencias, en el ámbito rural, esta ley garantiza que se mantendrá la ubicación de las infraestructuras y equipamientos públicos de los servicios de urgencias médicas, así como de los dispositivos móviles de emergencias, en los municipios donde radiquen al momento de su entrada en vigor.

Motivación:

Garantizar el mantenimiento de la prestación de servicios sanitarios de emergencias y urgencias en el ámbito rural.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 5

Al artículo: 3

Modificación propuesta:

Se propone añadir un nuevo apartado 4 al artículo 3 con el siguiente contenido:

En todo caso, la Junta de Castilla y León pondrá a disposición de los profesionales sanitarios de los medios necesarios para el ejercicio de su profesión, proporcionando tanto el equipamiento sanitario de los consultorios locales como un vehículo para su desplazamiento desde el centro de salud a los diferentes puntos de su demarcación.

Motivación:

Garantizar la eficacia de la prestación sanitaria.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 6

Al artículo: 4

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado 1 del artículo 4 con el siguiente contenido:

1.En la prestación zonificada de los servicios de educación infantil, de primer y segundo ciclo, de educación primaria, de educación secundaria obligatoria y de ciclos formativos en el ámbito rural, esta ley garantiza, siempre y cuando se cumplan los parámetros o criterios establecidos en el apartado 2 de este artículo, que se mantendrá la ubicación de las infraestructuras y equipamientos públicos de los colegios rurales agrupados, los colegios de educación infantil y primaria (CEIP), los institutos de enseñanza secundaria obligatoria (IESO) o los institutos de enseñanza secundaria (IES) en los municipios donde radiquen al momento de su entrada en vigor.

En todo caso, esta garantía se producirá respetando la autonomía local en el ejercicio de las competencias de las entidades locales en esta materia.

Motivación:

Incluir en la regulación el resto de estudios obligatorios que existen en las zonas rurales y periféricas de la Comunidad Autónoma.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 7

Al artículo: 4

Modificación propuesta:

Se propone añadir un nuevo punto 3 al artículo 4 con el siguiente contenido:

3.Con la finalidad de mantener la oferta educativa en las zonas de ámbito rural y periféricas de la Comunidad Autónoma:

Se reducirán las ratios para determinar el número de unidades escolares de un CRA y se actuará con la máxima flexibilidad para mantener la oferta educativa de los IESO y de los ciclos formativos de los IES.

No se acordará la supresión de unidades, asignaturas optativas o titulaciones de formación profesional básica, media o superior hasta que no hayan transcurrido, al menos, dos cursos escolares sin actividad educativa en estos niveles por insuficiencia de alumnado.

Motivación:

Garantizar el mantenimiento de la oferta educativa en las zonas rurales y periféricas de la Comunidad Autónoma.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 8

Al artículo: 5

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al artículo 5, con el siguiente contenido:

5. En la prestación zonificada de los servicios sociales esenciales en el ámbito rural, esta ley garantiza que se mantendrán las prestaciones del catálogo de servicios sociales de Castilla y León en cada zona de acción social, adecuándose de forma eficiente a las demandas de atención existentes en cada momento e incrementándose el volumen de financiación a las entidades locales competentes para el mantenimiento de los equipos y servicios públicos en cada zona de acción social al momento de su entrada en vigor.

En todo caso, esta garantía se producirá respetando la autonomía local en el ejercicio de la competencia de las corporaciones locales en esta materia.

Motivación:

Garantizar una eficiente puesta en práctica de las prestaciones del catálogo de servicios sociales en condiciones de igualdad.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 9

Al artículo: 6

Modificación propuesta:

Se propone nueva redacción al apartado 1 del artículo 6, con el siguiente contenido:

1.Al objeto de garantizar a los ciudadanos el acceso en condiciones de igualdad a la prestación en el territorio de estos servicios públicos esenciales, especialmente en el ámbito rural, las infraestructuras, equipamientos, prestaciones o zonas de organización territorial definidas en los artículos anteriores se incrementarán cuando sea preciso para atender a las necesidades de la población, destinándose financiación adecuada.

Motivación:

Mejora del texto.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 10

Al artículo: 6

Modificación propuesta:

Se propone nueva redacción al apartado 2 del artículo 6, con el siguiente contenido:

2. En todo caso, se garantiza que los servidos autonómicos esenciales mantendrán el volumen global de prestación en cada provincia de la Comunidad de Castilla y León, incrementándose en aquellos casos en que sea necesario.

Motivación:

Adaptar el texto al espíritu de la Ley.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 11

Al artículo:

Disposición Adicional Primera

Modificación propuesta:

Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional, que sería la primera, con el siguiente contenido:

Primera . Sistema de incentivos a los profesionales sanitarios

Al día siguiente de la entrada en vigor de esta ley la Junta de Castilla y León pondrá en marcha un sistema de incentivos a los profesionales sanitarios que garantice su concurrencia en la oferta de las plazas del sistema público de salud consideradas de difícil cobertura, con el fin último de garantizar la igualdad efectiva entre personas de la comunidad autónoma en el acceso a los servicios sanitarios públicos.

Motivación:

Garantizar la igualdad efectiva entre personas de la comunidad autónoma en el acceso a los servicios sanitarios públicos.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 12

Al artículo: Disposición Adicional Segunda

Modificación propuesta:

Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional, que sería la segunda, con el siguiente contenido:

Segunda . Sistema de incentivos a los profesionales sanitarios

En un plazo de 6 meses desde la entrada en vigor de esta Le ,la Junta de Castilla y León presentará ante las Cortes de Castilla y León un proyecto de ley de plazos máximos para ser atendido tanto en atención primaria como en atención especializada.

Motivación:

Evitar la dilación en la prestación de los servicios de Atención Primaria y de Atención Especializada.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 13

Al artículo: Disposición Adicional Tercera

Modificación propuesta: Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional, que sería la tercera, con el siguiente contenido:

Tercera . Gratuidad libros de texto y material escolar.

En los dos años siguientes a la entrada en vigor de esta ley se presentará antes las Cortes de Castilla y León un proyecto de ley de gratuidad de libros de texto y material escolar para todos los estudiantes matriculados en centros sostenidos con centros públicos de Castilla y León.

Motivación:

Garantizar la gratuidad universal de los libros de texto y el material escolar en los centros públicos.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE LA PRESIDENCIA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.

ENMIENDA N.º 14

Al artículo: Disposición Adicional Cuarta

Modificación propuesta:

Se propone la adición de una nueva Disposición Adicional, que sería la cuarta, con el siguiente contenido.

Cuarta. Creación de nuevos Centros Integrados de Formación Profesional.

En los tres años siguientes a la entrada en vigor de esta ley se procederá a la creación de centros integrados de Formación Profesional en localidades de tamaño medio del ámbito rural de la Comunidad Autónoma, de modo que en todas las provincias de Castilla y León exista al menos un centro público de estas características.

Motivación:

Garantizar la existencia de centros integrados de Formación Profesional en todas las provincias de la Comunidad Autónoma.

Valladolid, 15 de enero de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PPL/000006-08

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