PE/002200-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002200-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Juan Pablo Fernández Santos, relativa a cuestiones relacionadas con el brote de Cryptosporidium con posible origen en Vozmediano, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 251, de 23 de febrero de 2024.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002188, PE/002196 a PE/002209 y PE/002214 a PE/002234.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de abril de 2024.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

Contestación a la pregunta con respuesta escrita P.E./1102200, formulada por el Procurador D. Juan Pablo Fernández Santos, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, relativa a “cuestiones relacionadas con el brote de Cryptosporidium con posible origen en Vozmediano”.

Recabada información de las Consejerías de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio; Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y de Sanidad en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

- ANEXO I: Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

- ANEXO II: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

- ANEXO III: Consejería de Sanidad

Valladolid, a 22 de marzo de 2024.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Luis Miguel González Gago

ANEXO I CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

P.E./1102200

Consultados los archivos existentes, en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria no se ha recibido denuncia alguna ni escrito relacionado con la piscifactoría de Vozmediano y con el brote de Cryptosporidium que afectó a la Comarca aragonesa de Tarazona y el Moncayo.

ANEXO II CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL

P.E./1102200

En respuesta a las cuestiones planteadas en la iniciativa mencionada, le informo lo siguiente:

En relación a la segunda pregunta, la piscifactoría no comunicó a esta Consejería ningún proceso infeccioso anormal. De hecho, en la inspección realizada por los servicios veterinarios oficiales el día 4 de octubre, realizada como consecuencia de la petición de información por parte del comisario de aguas de la Confederación Hidrográfica del Ebro recibida el día 3 de octubre, no se constató ninguna anomalía en las instalaciones ni en la documentación de la explotación, ni tampoco se constataron mortalidades anómalas ni sintomatología compatible con la presencia de alguna enfermedad infecciosa en los animales.

Respecto a la tercera pregunta, las actuaciones realizadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural fueron las siguientes:

- 04/10/2023 - Se personan los servicios veterinarios oficiales adscritos a la unidad veterinaria de Agreda junto a agentes del SEPRONA de Soria para verificar las condiciones de la piscifactoría, como consecuencia del requerimiento efectuado el día 3 de octubre por parte del Comisario de Aguas de la Confederación hidrográfica del Ebro no constatándose ninguna anomalía en las instalaciones, ni en la documentación de la explotación; tampoco se constatan mortalidades anómalas ni sintomatología compatible con la presencia de alguna enfermedad infecciosa en los animales.

- 05/10/2023 - Se envía a la Confederación Hidrográfica del Ebro informe desde la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, con el resultado de la inspección del día anterior, solicitando a su vez los resultados de los análisis previos realizados por la Confederación.

- 11/10/2023 - Visita de los servicios veterinarios oficiales adscritos a la unidad veterinaria de Agreda a las instalaciones de la piscifactoría con motivo del muestreo que va a realizar la empresa propietaria con el fin de determinar la presencia de ooquistes de Cryptosporidium en las truchas alojadas en las instalaciones.

- 30/10/2023 - Se reciben vanos resultados de muestreos realizados por la Guardia Civil en los alrededores de la piscifactoria de Vozmediano. Los resultados emitidos indican 0,01 ooquistes en la salida de aguas de la piscifactoría de Vozmediano en el punto de vertido al río y < 0,01 ooquistes en el nacedero del río.

- 0/12/2023 - Se reciben vanos resultados de muestreos realizados por la Guardia Civil en los alrededores de la piscifactoría de Vozmediano. Los resultados emitidos índican < 0,02 ooquistes en la salida de aguas de la piscifactoría de Vozmediano en el punto de vertido al río y < 0,01 ooquistes en el nacedero del río. En las observaciones de la muestra tomada a la salida de la piscifactoría se indica que no se han detectado Cryptoporidium spp en 50 litros de agua filtrada.

Por último, he de informarle que esta enfermedad no está sometida a control oficial ni es de declaración obligatoria a nivel de la UE ni de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) en trucha.

ANEXO III CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./1102200

En contestación a la pregunta formulada, se informa sobre las cuestiones planteadas en el ámbito competencia de la Consejería de Sanidad, indicando, en primer lugar, que el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro, establece en su artículo 13 los siguientes tipos de controles:

a) Autocontrol: realizado por el operador responsable de la zona de abastecimiento, pública o privada, o parte de esta;

b) Vigilancia municipal: realizado por la administración local, en el grifo del usuario;

c) Control en edificios prioritarios: realizado por el titular del local prioritario;

d) Vigilancia sanitaria: realizado por la autoridad sanitaria;

e) Vigilancia en las zonas de captación: realizado por la administración hidráulica o la administración competente en el caso de aguas costeras y marítimas;

f) Vigilancia en buques: realizado por el titular del buque,

En la Junta de Castilla y León, las funciones de autoridad sanitaria en materia de salud pública se encuentran atribuidas a la Dirección General de Salud Pública, según lo establecido en el Decreto 12/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.

Atendiendo a lo dispuesto en el citado Real Decreto 3/2023, la vigilancia sanitaria queda acotada a lo establecido en sus artículos 17 y 21, abarcando la zona de abastecimiento, las infraestructuras, los laboratorios de control, la documentación relacionada y el contenido notificado por los operadores en el Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo (SINAC). La vigilancia en las zonas de captación se llevará a cabo por la administración hidráulica según lo dispuesto en el Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental y, en particular, según lo dispuesto en su artículo 8.1.a) y en su anexo I.C.1

Del análisis de lo sucedido en relación con el brote de gastroenteritis por Cryptosporidium parvum en la localidad de Tarazona (Zaragoza), la autoridad sanitaria en materia de salud pública en nuestra Comunidad ha informado que no existió riesgo para la salud de los castellanos y los leoneses y que no parece plausible la atribución del brote sucedido en Tarazana a una hipotética contaminación negligente del río Queiles a su paso por Soria, de conformidad con el resultado de las siguientes actuaciones, que se relatan por orden cronológico:

1. Con fecha 72 de septiembre de 2023, se recibe en la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, una llamada telefónica y posterior correo electrónico (15:06 horas) de la directora general de Salud Pública del Gobierno de Aragón, adjuntando informe en el que relata la investigación realizada sobre un brote de gastroenteritis por Cryptosporidum en la localidad de Tarazana (Zaragoza).

En dicho informe se contabilizan 416 casos (tasa de ataque del 3,9 %) que se distribuyen en ascenso progresivo, con pico en el día 9, más allá del periodo de incubación promedio del parásito (día 7), lo que indica transmisión “persona a persona” o, al menos, un mecanismo mixto de “fuente común” y “persona a persona”. Tras la declaración de agua no apta para consumo de boca con fecha 11 de septiembre, el descenso tampoco es todo lo abrupto que cabría esperar en un brote de origen exclusivo en “fuente común”. El agente causal se detecta en las heces de afectados, hallándose Cryptosporidium parvum.

En el agua de consumo de Tarazana no se detectan ooquistes de Cryptosporidium. En la captación de la ETAP aguas brutas del río Queiles, se detectan 12 ooquites por 10 litros de agua, es decir, 120 ooquites por 100 litros de agua. Según el protocolo de la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, la dosis infectiva es de 10 a 30 ooquistes, es decir, para adquirir la infección se debería haber producido la ingesta de entre 8,3 y 25 litros de agua bruta de la captación del Queiles.

El mismo día 22 de septiembre, se analiza por parte de la Delegación Territorial de Soria si pudiera existir riesgo para la salud de los castellanos y los leoneses, descartándose tal riesgo.

2. Con fecha 26 de septiembre de 2023, en la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León se tiene conocimiento por la prensa de que «Por encargo del Gobierno de Aragón, una empresa especializada ha tomado diferentes muestras, en hasta tres puntos del río» en la provincia de Soria, haciéndose acompañar de la Guardia Civil. Desde ese momento, la Dirección General de Salud Pública de nuestra Comunidad entiende que no deben realizarse actuaciones por parte de la Junta de Castilla y León en base al principio de prejudicialidad penal, quedando esta Administración a disposición de lo que indique la Guardia Civil.

3. Con fecha 28 de septiembre, la directora general de Salud Pública del Gobierno de Aragón comunica a la Dirección General de Salud Pública de Castilla y León, de manera informal, la sospecha de que el foco del brote pudiera ser una piscifactoría situada en la localidad de Vozmediano (Soria).

4. En la mañana del 2 de octubre, de nuevo a través de los medios de comunicación, el Gobierno de Aragón señala de forma inequívoca a la mencionada piscifactoría como origen del brote de gastroenteritis.

El mismo día 2 de octubre, se mantiene reunión de coordinación entre el Ministerio de Sanidad y las Direcciones Generales de Salud Pública de Aragón, Navarra y Castilla y León. En dicha reunión se pone de manifiesto, entre otras cuestiones, que la problemática excede del ámbito competencial de las Consejerías de las Comunidades Autónomas mencionadas y del Ministerio de Sanidad y que se requiere la participación de las Administraciones competentes. Asimismo, se facilita un mapa con los puntos de recogida de muestras realizadas por la Guardia Civil. De los informes de ensayo y el mapa señalado se derivan los siguientes datos:

- Nacimiento: 0 ooquistes por 100 litros de agua.

- Piscifactoría: 41 ooquistes por 100 litros de agua.

- Pasado Vozmediano: 22 ooquistes por 100 litros de agua.

En este sentido, cabe recordar que en la captación de agua bruta de la ETAP de Tarazona (Zaragoza) la concentración era de 120 ooquistes por 100 litros de agua.

5. En reunión de la Ponencia de Salud Ambiental del Consejo lnterterritorial del Sistema Nacional de Salud, de fecha 6 de octubre de 2023, se informa de los siguientes aspectos:

- Que existía un aumento generalizado de casos y brotes de gastroenteritis por Cryptosporidium en toda España.

- Que la mayoría eran atribuibles a piscinas y aguas recreativas y, los menos, por agua de consumo.

- Que las contaminaciones de los ríos es probable que se hayan debido a la sequía y posteriores lluvias torrenciales que, habiendo arrastrado heces de ganado, hayan alimentado dichos ríos con un agua con alta concentración de ooquistes

- Que, en base a la experiencia de una Comunidad Autónoma experta en esta problemática, las ETAP en perfectas condiciones de funcionamiento eliminan más del 90 % de los ooquistes (con filtración y floculación, como deben ser las ETAP de captaciones de aguas superficiales).


PE/002200-2

CVE="BOCCL-11-008669"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 28395
BOCCL nº 279/11 del 25/4/2024
CVE: BOCCL-11-008669

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002200-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Juan Pablo Fernández Santos, relativa a cuestiones relacionadas con el brote de Cryptosporidium con posible origen en Vozmediano, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 251, de 23 de febrero de 2024.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002188, PE/002196 a PE/002209 y PE/002214 a PE/002234.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de abril de 2024.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


Contestación a la pregunta con respuesta escrita P.E./1102200, formulada por el Procurador D. Juan Pablo Fernández Santos, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, relativa a “cuestiones relacionadas con el brote de Cryptosporidium con posible origen en Vozmediano”.

Recabada información de las Consejerías de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio; Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y de Sanidad en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

- ANEXO I: Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

- ANEXO II: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

- ANEXO III: Consejería de Sanidad

Valladolid, a 22 de marzo de 2024.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Luis Miguel González Gago

ANEXO I CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

P.E./1102200

Consultados los archivos existentes, en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria no se ha recibido denuncia alguna ni escrito relacionado con la piscifactoría de Vozmediano y con el brote de Cryptosporidium que afectó a la Comarca aragonesa de Tarazona y el Moncayo.

ANEXO II CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL

P.E./1102200

En respuesta a las cuestiones planteadas en la iniciativa mencionada, le informo lo siguiente:

En relación a la segunda pregunta, la piscifactoría no comunicó a esta Consejería ningún proceso infeccioso anormal. De hecho, en la inspección realizada por los servicios veterinarios oficiales el día 4 de octubre, realizada como consecuencia de la petición de información por parte del comisario de aguas de la Confederación Hidrográfica del Ebro recibida el día 3 de octubre, no se constató ninguna anomalía en las instalaciones ni en la documentación de la explotación, ni tampoco se constataron mortalidades anómalas ni sintomatología compatible con la presencia de alguna enfermedad infecciosa en los animales.

Respecto a la tercera pregunta, las actuaciones realizadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural fueron las siguientes:

- 04/10/2023 - Se personan los servicios veterinarios oficiales adscritos a la unidad veterinaria de Agreda junto a agentes del SEPRONA de Soria para verificar las condiciones de la piscifactoría, como consecuencia del requerimiento efectuado el día 3 de octubre por parte del Comisario de Aguas de la Confederación hidrográfica del Ebro no constatándose ninguna anomalía en las instalaciones, ni en la documentación de la explotación; tampoco se constatan mortalidades anómalas ni sintomatología compatible con la presencia de alguna enfermedad infecciosa en los animales.

- 05/10/2023 - Se envía a la Confederación Hidrográfica del Ebro informe desde la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, con el resultado de la inspección del día anterior, solicitando a su vez los resultados de los análisis previos realizados por la Confederación.

- 11/10/2023 - Visita de los servicios veterinarios oficiales adscritos a la unidad veterinaria de Agreda a las instalaciones de la piscifactoría con motivo del muestreo que va a realizar la empresa propietaria con el fin de determinar la presencia de ooquistes de Cryptosporidium en las truchas alojadas en las instalaciones.

- 30/10/2023 - Se reciben vanos resultados de muestreos realizados por la Guardia Civil en los alrededores de la piscifactoria de Vozmediano. Los resultados emitidos indican 0,01 ooquistes en la salida de aguas de la piscifactoría de Vozmediano en el punto de vertido al río y < 0,01 ooquistes en el nacedero del río.

- 0/12/2023 - Se reciben vanos resultados de muestreos realizados por la Guardia Civil en los alrededores de la piscifactoría de Vozmediano. Los resultados emitidos índican < 0,02 ooquistes en la salida de aguas de la piscifactoría de Vozmediano en el punto de vertido al río y < 0,01 ooquistes en el nacedero del río. En las observaciones de la muestra tomada a la salida de la piscifactoría se indica que no se han detectado Cryptoporidium spp en 50 litros de agua filtrada.

Por último, he de informarle que esta enfermedad no está sometida a control oficial ni es de declaración obligatoria a nivel de la UE ni de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) en trucha.

ANEXO III CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./1102200

En contestación a la pregunta formulada, se informa sobre las cuestiones planteadas en el ámbito competencia de la Consejería de Sanidad, indicando, en primer lugar, que el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro, establece en su artículo 13 los siguientes tipos de controles:

a) Autocontrol: realizado por el operador responsable de la zona de abastecimiento, pública o privada, o parte de esta;

b) Vigilancia municipal: realizado por la administración local, en el grifo del usuario;

c) Control en edificios prioritarios: realizado por el titular del local prioritario;

d) Vigilancia sanitaria: realizado por la autoridad sanitaria;

e) Vigilancia en las zonas de captación: realizado por la administración hidráulica o la administración competente en el caso de aguas costeras y marítimas;

f) Vigilancia en buques: realizado por el titular del buque,

En la Junta de Castilla y León, las funciones de autoridad sanitaria en materia de salud pública se encuentran atribuidas a la Dirección General de Salud Pública, según lo establecido en el Decreto 12/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.

Atendiendo a lo dispuesto en el citado Real Decreto 3/2023, la vigilancia sanitaria queda acotada a lo establecido en sus artículos 17 y 21, abarcando la zona de abastecimiento, las infraestructuras, los laboratorios de control, la documentación relacionada y el contenido notificado por los operadores en el Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo (SINAC). La vigilancia en las zonas de captación se llevará a cabo por la administración hidráulica según lo dispuesto en el Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental y, en particular, según lo dispuesto en su artículo 8.1.a) y en su anexo I.C.1

Del análisis de lo sucedido en relación con el brote de gastroenteritis por Cryptosporidium parvum en la localidad de Tarazona (Zaragoza), la autoridad sanitaria en materia de salud pública en nuestra Comunidad ha informado que no existió riesgo para la salud de los castellanos y los leoneses y que no parece plausible la atribución del brote sucedido en Tarazana a una hipotética contaminación negligente del río Queiles a su paso por Soria, de conformidad con el resultado de las siguientes actuaciones, que se relatan por orden cronológico:

1. Con fecha 72 de septiembre de 2023, se recibe en la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, una llamada telefónica y posterior correo electrónico (15:06 horas) de la directora general de Salud Pública del Gobierno de Aragón, adjuntando informe en el que relata la investigación realizada sobre un brote de gastroenteritis por Cryptosporidum en la localidad de Tarazana (Zaragoza).

En dicho informe se contabilizan 416 casos (tasa de ataque del 3,9 %) que se distribuyen en ascenso progresivo, con pico en el día 9, más allá del periodo de incubación promedio del parásito (día 7), lo que indica transmisión “persona a persona” o, al menos, un mecanismo mixto de “fuente común” y “persona a persona”. Tras la declaración de agua no apta para consumo de boca con fecha 11 de septiembre, el descenso tampoco es todo lo abrupto que cabría esperar en un brote de origen exclusivo en “fuente común”. El agente causal se detecta en las heces de afectados, hallándose Cryptosporidium parvum.

En el agua de consumo de Tarazana no se detectan ooquistes de Cryptosporidium. En la captación de la ETAP aguas brutas del río Queiles, se detectan 12 ooquites por 10 litros de agua, es decir, 120 ooquites por 100 litros de agua. Según el protocolo de la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, la dosis infectiva es de 10 a 30 ooquistes, es decir, para adquirir la infección se debería haber producido la ingesta de entre 8,3 y 25 litros de agua bruta de la captación del Queiles.

El mismo día 22 de septiembre, se analiza por parte de la Delegación Territorial de Soria si pudiera existir riesgo para la salud de los castellanos y los leoneses, descartándose tal riesgo.

2. Con fecha 26 de septiembre de 2023, en la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León se tiene conocimiento por la prensa de que «Por encargo del Gobierno de Aragón, una empresa especializada ha tomado diferentes muestras, en hasta tres puntos del río» en la provincia de Soria, haciéndose acompañar de la Guardia Civil. Desde ese momento, la Dirección General de Salud Pública de nuestra Comunidad entiende que no deben realizarse actuaciones por parte de la Junta de Castilla y León en base al principio de prejudicialidad penal, quedando esta Administración a disposición de lo que indique la Guardia Civil.

3. Con fecha 28 de septiembre, la directora general de Salud Pública del Gobierno de Aragón comunica a la Dirección General de Salud Pública de Castilla y León, de manera informal, la sospecha de que el foco del brote pudiera ser una piscifactoría situada en la localidad de Vozmediano (Soria).

4. En la mañana del 2 de octubre, de nuevo a través de los medios de comunicación, el Gobierno de Aragón señala de forma inequívoca a la mencionada piscifactoría como origen del brote de gastroenteritis.

El mismo día 2 de octubre, se mantiene reunión de coordinación entre el Ministerio de Sanidad y las Direcciones Generales de Salud Pública de Aragón, Navarra y Castilla y León. En dicha reunión se pone de manifiesto, entre otras cuestiones, que la problemática excede del ámbito competencial de las Consejerías de las Comunidades Autónomas mencionadas y del Ministerio de Sanidad y que se requiere la participación de las Administraciones competentes. Asimismo, se facilita un mapa con los puntos de recogida de muestras realizadas por la Guardia Civil. De los informes de ensayo y el mapa señalado se derivan los siguientes datos:

- Nacimiento: 0 ooquistes por 100 litros de agua.

- Piscifactoría: 41 ooquistes por 100 litros de agua.

- Pasado Vozmediano: 22 ooquistes por 100 litros de agua.

En este sentido, cabe recordar que en la captación de agua bruta de la ETAP de Tarazona (Zaragoza) la concentración era de 120 ooquistes por 100 litros de agua.

5. En reunión de la Ponencia de Salud Ambiental del Consejo lnterterritorial del Sistema Nacional de Salud, de fecha 6 de octubre de 2023, se informa de los siguientes aspectos:

- Que existía un aumento generalizado de casos y brotes de gastroenteritis por Cryptosporidium en toda España.

- Que la mayoría eran atribuibles a piscinas y aguas recreativas y, los menos, por agua de consumo.

- Que las contaminaciones de los ríos es probable que se hayan debido a la sequía y posteriores lluvias torrenciales que, habiendo arrastrado heces de ganado, hayan alimentado dichos ríos con un agua con alta concentración de ooquistes

- Que, en base a la experiencia de una Comunidad Autónoma experta en esta problemática, las ETAP en perfectas condiciones de funcionamiento eliminan más del 90 % de los ooquistes (con filtración y floculación, como deben ser las ETAP de captaciones de aguas superficiales).


PE/002200-2

CVE="BOCCL-11-008669"



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