PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002188, PE/002196 a PE/002209 y PE/002214 a PE/002234.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de abril de 2024.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
Contestación a la pregunta escrita P.E.2206, formulada por Dª. Isabel Gonzalo Ramírez, Dª Nuria Rubio García y D. Rubén Illera Redón, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León sobre plantilla APADEMIF.
La estipulación novena del concierto de reserva y ocupación de plazas en centros de servicios sociales entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y APADEMIF no establece la plantilla de personal que debe tener dicha entidad, sino los centros sociales gestionados por dicha entidad cuya plantilla, en todo caso, varía en función del número de personas atendidas y la tipología de las plazas que ocupan.
Valladolid, a 8 de marzo de 2024.
LA CONSEJERA,
Fdo.: María Isabel Blanco Llamas
PE/002206-2
CVE="BOCCL-11-008676"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002188, PE/002196 a PE/002209 y PE/002214 a PE/002234.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de abril de 2024.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
Contestación a la pregunta escrita P.E.2206, formulada por Dª. Isabel Gonzalo Ramírez, Dª Nuria Rubio García y D. Rubén Illera Redón, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León sobre plantilla APADEMIF.
La estipulación novena del concierto de reserva y ocupación de plazas en centros de servicios sociales entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y APADEMIF no establece la plantilla de personal que debe tener dicha entidad, sino los centros sociales gestionados por dicha entidad cuya plantilla, en todo caso, varía en función del número de personas atendidas y la tipología de las plazas que ocupan.
Valladolid, a 8 de marzo de 2024.
LA CONSEJERA,
Fdo.: María Isabel Blanco Llamas
PE/002206-2
CVE="BOCCL-11-008676"