PE/002343-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/002343-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Juan Pablo Fernández Santos, relativa a razón por la cual no aparece en el pliego de condiciones del servicio de transporte público de la línea VACL-151, que se presta entre las localidades de Campaspero y Valladolid, el precio cierto o el modo de determinarlo.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de abril de 2024, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/002328 a PE/002371.

Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de abril de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Pablo Fernández Santos, procurador de Unidas Podemos-IU-AV, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente PREGUNTA PARA SU CONTESTACIÓN POR ESCRITO.

Según la documentación contenida en el expediente del Convenio del Servicio de Transporte Público de la Línea VACL-151, que se presta entre las localidades de Campaspero y Valladolid, pasando entre otros por Montemayor, Traspinedo, Tudela de Duero y La Cistérniga, exponemos que:

En el documento 1 de este convenio, de fecha 26 de febrero de 2001 (Pliego de condiciones técnicas, económicas y jurídicas que han de regir en la explotación del servicio de transporte público regular permanente y del uso general de viajeros por carretera entre Campaspero y Valladolid), se señalan las condiciones básicas que debe tener el servicio pero en ningún caso se hace una valoración económica de ingresos y costes, ni se marca la cantidad económica por la cual se realiza la adjudicación de la concesión. Este aspecto entra en contradicción con el Art. 35.1.f de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, donde se explicita que:

“Los documentos en los que se formalicen los contratos que celebren las entidades del sector público, salvo que ya se encuentren recogidas en los pliegos, deberán incluir, necesariamente, las siguientes menciones:

f. El precio cierto, o el modo de determinarlo”.

Por todo ello formulo la siguiente:

PREGUNTA

Dada la obligatoriedad en el cumplimiento del Art. 35.1.f de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, ¿por qué no aparece este dato en el Pliego de condiciones técnicas, económicas y jurídicas que han de regir en la explotación del servicio de transporte público regular permanente y del uso general de viajeros por carretera entre Campaspero y Valladolid?

Valladolid, 1 de abril de 2024.


PE/002343-01

CVE="BOCCL-11-008782"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 28802-28804
BOCCL nº 282/11 del 6/5/2024
CVE: BOCCL-11-008782

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/002343-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Juan Pablo Fernández Santos, relativa a razón por la cual no aparece en el pliego de condiciones del servicio de transporte público de la línea VACL-151, que se presta entre las localidades de Campaspero y Valladolid, el precio cierto o el modo de determinarlo.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de abril de 2024, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/002328 a PE/002371.

Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de abril de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Pablo Fernández Santos, procurador de Unidas Podemos-IU-AV, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente PREGUNTA PARA SU CONTESTACIÓN POR ESCRITO.

Según la documentación contenida en el expediente del Convenio del Servicio de Transporte Público de la Línea VACL-151, que se presta entre las localidades de Campaspero y Valladolid, pasando entre otros por Montemayor, Traspinedo, Tudela de Duero y La Cistérniga, exponemos que:

En el documento 1 de este convenio, de fecha 26 de febrero de 2001 (Pliego de condiciones técnicas, económicas y jurídicas que han de regir en la explotación del servicio de transporte público regular permanente y del uso general de viajeros por carretera entre Campaspero y Valladolid), se señalan las condiciones básicas que debe tener el servicio pero en ningún caso se hace una valoración económica de ingresos y costes, ni se marca la cantidad económica por la cual se realiza la adjudicación de la concesión. Este aspecto entra en contradicción con el Art. 35.1.f de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, donde se explicita que:

“Los documentos en los que se formalicen los contratos que celebren las entidades del sector público, salvo que ya se encuentren recogidas en los pliegos, deberán incluir, necesariamente, las siguientes menciones:

f. El precio cierto, o el modo de determinarlo”.

Por todo ello formulo la siguiente:

PREGUNTA

Dada la obligatoriedad en el cumplimiento del Art. 35.1.f de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, ¿por qué no aparece este dato en el Pliego de condiciones técnicas, económicas y jurídicas que han de regir en la explotación del servicio de transporte público regular permanente y del uso general de viajeros por carretera entre Campaspero y Valladolid?

Valladolid, 1 de abril de 2024.


PE/002343-01

CVE="BOCCL-11-008782"



Sede de las Cortes de Castilla y León