PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de abril de 2024, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/002328 a PE/002371.
Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de abril de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Francisco Igea Arisqueta, procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente PREGUNTA PARA SU CONTESTACIÓN POR ESCRITO.
1.- ¿Cuál es la razón por la que el consejero de Sanidad se ha negado a cumplir la sentencia de 10/2/2023 del juzgado contencioso administrativo número 3 de León en la que se ordenaba reponer en su puesto al Gerente de Atención Primaria de dicha provincia?
2.- ¿Cree el Consejero que dicho incumplimiento, que ha motivado un incidente de ejecución de sentencia en el que se le advierte de su posible responsabilidad penal y de la imposición de multas coercitivas de no reponerle en su puesto en el plazo de un mes, es compatible con el cumplimiento del Código Ético de los Altos Cargos que prevé en su artículo tercero apartado 2a), que “los altos cargos desarrollarán sus funciones con respeto a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, comprometidos con una cultura de exigencia y cumplimiento como manifestación del respeto al sistema democrático”?
3.- ¿Cree el consejero que su actuación se adecua a lo dispuesto en el Código Ético, apartado sexto, criterios para una actuación ejemplar que prevé que los altos cargos “Desempeñarán sus funciones públicas con lealtad institucional expresada en la observancia de sus obligaciones normativas y éticas y que, en su condición de ciudadanos, cumplirán con diligencia los deberes a los que, de manera general, estén sujetos”?
Valladolid, 3 de abril de 2024.
PE/002348-01
CVE="BOCCL-11-008787"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de abril de 2024, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/002328 a PE/002371.
Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de abril de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Francisco Igea Arisqueta, procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente PREGUNTA PARA SU CONTESTACIÓN POR ESCRITO.
1.- ¿Cuál es la razón por la que el consejero de Sanidad se ha negado a cumplir la sentencia de 10/2/2023 del juzgado contencioso administrativo número 3 de León en la que se ordenaba reponer en su puesto al Gerente de Atención Primaria de dicha provincia?
2.- ¿Cree el Consejero que dicho incumplimiento, que ha motivado un incidente de ejecución de sentencia en el que se le advierte de su posible responsabilidad penal y de la imposición de multas coercitivas de no reponerle en su puesto en el plazo de un mes, es compatible con el cumplimiento del Código Ético de los Altos Cargos que prevé en su artículo tercero apartado 2a), que “los altos cargos desarrollarán sus funciones con respeto a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, comprometidos con una cultura de exigencia y cumplimiento como manifestación del respeto al sistema democrático”?
3.- ¿Cree el consejero que su actuación se adecua a lo dispuesto en el Código Ético, apartado sexto, criterios para una actuación ejemplar que prevé que los altos cargos “Desempeñarán sus funciones públicas con lealtad institucional expresada en la observancia de sus obligaciones normativas y éticas y que, en su condición de ciudadanos, cumplirán con diligencia los deberes a los que, de manera general, estén sujetos”?
Valladolid, 3 de abril de 2024.
PE/002348-01
CVE="BOCCL-11-008787"