PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de mayo de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000931 a PNL/000933.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de mayo de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno.
ANTECEDENTES
La Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud aprobó en su reunión de 21 de marzo de 2023 un acuerdo por el que se determinaron los criterios mínimos para identificar los puestos de difícil cobertura y los incentivos (económicos y no económicos) para la atracción y retención de profesionales en dichos puestos.
En esta reunión se daba respuesta a lo acordado previamente en el Consejo Interterritorial el 15 de diciembre de 2021 donde se recogía, en el punto 2.5 del Plan de Acción de Atención Primaria 2022-2023, la necesidad de unificar criterios para dar respuesta a esta problemática existente en toda España.
Si bien este acuerdo estaba destinado al ámbito de la Atención Primaria, se hizo extensible a los puestos de difícil cobertura de otros ámbitos de asistencia sanitaria.
La Junta de Castilla y León no ha respondido a este acuerdo que le afecta directamente como firmante del mismo. Otros gobiernos autonómicos ya han comenzado a articular propuestas.
En este sentido, la Comunidad de Madrid ha anunciado un nuevo incentivo de 500 euros mensuales desde mayo de este mismo año para los profesionales sanitarios que ocupen plazas de difícil cobertura.
En Cataluña, los médicos de medicina familiar y comunitaria y los pediatras comenzarán a recibir un incremento anual de unos 3.500 euros, los enfermeros, matronas y trabajadores sociales, de 2.000 euros.
La Generalitat valenciana fue aún más lejos y desarrolló un marco regulador completo donde se contemplan todos los incentivos a los profesionales que ocupen una plaza considerada de difícil cobertura.
Tres ejemplos de gobiernos autonómicos que han dado un paso adelante y han cumplido con los compromisos adquiridos ante la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud.
La Junta de Castilla y León no puede perder tiempo, la grave situación que vive la sanidad pública de nuestra Comunidad hace necesario que de manera inmediata se tomen medidas similares adaptadas a nuestra realidad.
Por lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1. Redactar en el plazo de tres meses, previo diálogo con los representantes sindicales de los trabajadores de Sacyl y con los colegios profesionales del sector sanitario, un Decreto Ley que regule el establecimiento de medidas de incentivación que aborden los siguientes aspectos:
a. Incentivos de carácter retributivo y en relación con el sistema de productividad variable para que la prestación de servicios en las plazas de difícil cobertura sea incentivada a través del reconocimiento de un componente del complemento específico, por esta especial circunstancia concurrente, en este tipo de plazas, con las siguientes cuantías y abonar en catorce pagas: Grupo A1: 10.000 anuales. Grupo A2: 6.500 anuales. Grupo C1: 4.000 anuales. Grupo C2: 3.000 anuales.
b. Incentivos relacionados con la carrera y desarrollo profesional para que el desempeño de un puesto declarado de difícil cobertura sea un mérito para la evaluación del reconocimiento de grado de carrera y desarrollo profesional y suponga una reducción del tiempo de permanencia necesario para el acceso o progresión a los grados 3 y 4 de los sistemas de carrera y desarrollo profesional.
c. Incentivación en los procesos de selección y provisión de plazas de tal manera que el desempeño durante dos años ininterrumpidos de un puesto vacante declarado de difícil cobertura suponga un beneficio significativo en la baremación de méritos en los concursos de traslado y concursos para la obtención de plaza. Y que el personal que esté cursando la formación especializada en ciencias de la salud por vía de residencia vea reconocida en la misma medida los méritos para acceder a los distintos concursos que se convoquen para la estabilización de puestos de trabajo.
d. Incentivación formativa, estableciendo protocolos de colaboración con los hospitales de referencia para facilitar la formación de profesionales que desarrollen sus servicios ocupando plazas de difícil cobertura, especialmente en los hospitales periféricos, y, por otro, asegurar la cobertura asistencial, promoviendo su sustitución durante ese período de formación, y que este personal tenga prioridad para participar en los proyectos de investigación relacionados con su actividad profesional que se desarrollen en la Gerencia al que esté adscrito.
e. Medidas de incentivación relativas a la prolongación de la permanencia en el servicio activo de tal manera que los servicios prestados en plazas declaradas como de difícil cobertura contribuyan a justificar la autorización de esa permanencia tras haberse alcanzado la edad legal de jubilación.
2. Regular de manera inmediata y proceder a realizar un registro actualizado con carácter anual, donde consten y se señalen las plazas de difícil cobertura tanto en Atención Primaria como en Asistencia Especializada Hospitalaria siguiendo los criterios generales consensuados a nivel nacional y añadiendo que sean declaradas de difícil cobertura en nuestra Comunidad también aquellas plazas sanitarias que:
a. Habiendo agotado todos los procedimientos de selección y provisión previstos en la normativa aplicable, permanezcan vacantes sin cobertura durante al menos 3 meses continuados en los últimos 12 meses.
b. Se constate que el número de solicitudes de inscripción en la bolsa de trabajo de la Gerencia de Salud sea insuficiente para la cobertura de la prestación de la asistencia sanitaria en cualquier categoría profesional".
Valladolid, 10 de mayo de 2024.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/000931-01
CVE="BOCCL-11-008931"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de mayo de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000931 a PNL/000933.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de mayo de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno.
ANTECEDENTES
La Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud aprobó en su reunión de 21 de marzo de 2023 un acuerdo por el que se determinaron los criterios mínimos para identificar los puestos de difícil cobertura y los incentivos (económicos y no económicos) para la atracción y retención de profesionales en dichos puestos.
En esta reunión se daba respuesta a lo acordado previamente en el Consejo Interterritorial el 15 de diciembre de 2021 donde se recogía, en el punto 2.5 del Plan de Acción de Atención Primaria 2022-2023, la necesidad de unificar criterios para dar respuesta a esta problemática existente en toda España.
Si bien este acuerdo estaba destinado al ámbito de la Atención Primaria, se hizo extensible a los puestos de difícil cobertura de otros ámbitos de asistencia sanitaria.
La Junta de Castilla y León no ha respondido a este acuerdo que le afecta directamente como firmante del mismo. Otros gobiernos autonómicos ya han comenzado a articular propuestas.
En este sentido, la Comunidad de Madrid ha anunciado un nuevo incentivo de 500 euros mensuales desde mayo de este mismo año para los profesionales sanitarios que ocupen plazas de difícil cobertura.
En Cataluña, los médicos de medicina familiar y comunitaria y los pediatras comenzarán a recibir un incremento anual de unos 3.500 euros, los enfermeros, matronas y trabajadores sociales, de 2.000 euros.
La Generalitat valenciana fue aún más lejos y desarrolló un marco regulador completo donde se contemplan todos los incentivos a los profesionales que ocupen una plaza considerada de difícil cobertura.
Tres ejemplos de gobiernos autonómicos que han dado un paso adelante y han cumplido con los compromisos adquiridos ante la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud.
La Junta de Castilla y León no puede perder tiempo, la grave situación que vive la sanidad pública de nuestra Comunidad hace necesario que de manera inmediata se tomen medidas similares adaptadas a nuestra realidad.
Por lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1. Redactar en el plazo de tres meses, previo diálogo con los representantes sindicales de los trabajadores de Sacyl y con los colegios profesionales del sector sanitario, un Decreto Ley que regule el establecimiento de medidas de incentivación que aborden los siguientes aspectos:
a. Incentivos de carácter retributivo y en relación con el sistema de productividad variable para que la prestación de servicios en las plazas de difícil cobertura sea incentivada a través del reconocimiento de un componente del complemento específico, por esta especial circunstancia concurrente, en este tipo de plazas, con las siguientes cuantías y abonar en catorce pagas: Grupo A1: 10.000 anuales. Grupo A2: 6.500 anuales. Grupo C1: 4.000 anuales. Grupo C2: 3.000 anuales.
b. Incentivos relacionados con la carrera y desarrollo profesional para que el desempeño de un puesto declarado de difícil cobertura sea un mérito para la evaluación del reconocimiento de grado de carrera y desarrollo profesional y suponga una reducción del tiempo de permanencia necesario para el acceso o progresión a los grados 3 y 4 de los sistemas de carrera y desarrollo profesional.
c. Incentivación en los procesos de selección y provisión de plazas de tal manera que el desempeño durante dos años ininterrumpidos de un puesto vacante declarado de difícil cobertura suponga un beneficio significativo en la baremación de méritos en los concursos de traslado y concursos para la obtención de plaza. Y que el personal que esté cursando la formación especializada en ciencias de la salud por vía de residencia vea reconocida en la misma medida los méritos para acceder a los distintos concursos que se convoquen para la estabilización de puestos de trabajo.
d. Incentivación formativa, estableciendo protocolos de colaboración con los hospitales de referencia para facilitar la formación de profesionales que desarrollen sus servicios ocupando plazas de difícil cobertura, especialmente en los hospitales periféricos, y, por otro, asegurar la cobertura asistencial, promoviendo su sustitución durante ese período de formación, y que este personal tenga prioridad para participar en los proyectos de investigación relacionados con su actividad profesional que se desarrollen en la Gerencia al que esté adscrito.
e. Medidas de incentivación relativas a la prolongación de la permanencia en el servicio activo de tal manera que los servicios prestados en plazas declaradas como de difícil cobertura contribuyan a justificar la autorización de esa permanencia tras haberse alcanzado la edad legal de jubilación.
2. Regular de manera inmediata y proceder a realizar un registro actualizado con carácter anual, donde consten y se señalen las plazas de difícil cobertura tanto en Atención Primaria como en Asistencia Especializada Hospitalaria siguiendo los criterios generales consensuados a nivel nacional y añadiendo que sean declaradas de difícil cobertura en nuestra Comunidad también aquellas plazas sanitarias que:
a. Habiendo agotado todos los procedimientos de selección y provisión previstos en la normativa aplicable, permanezcan vacantes sin cobertura durante al menos 3 meses continuados en los últimos 12 meses.
b. Se constate que el número de solicitudes de inscripción en la bolsa de trabajo de la Gerencia de Salud sea insuficiente para la cobertura de la prestación de la asistencia sanitaria en cualquier categoría profesional".
Valladolid, 10 de mayo de 2024.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/000931-01
CVE="BOCCL-11-008931"