PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de mayo de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000935 a PNL/000954.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de mayo de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión competente por razón de la materia:
ANTECEDENTES
Uno de los problemas a los que se tienen que enfrentar habitualmente los equipos de gobierno municipales es a la financiación y desarrollo de competencias que no son propias o delegadas de las Administraciones locales pero que son demandas por sus vecinos.
Los gastos que suponen las reparaciones, el gasoil, la limpieza y la electricidad de las antiguas escuelas para algunos ayuntamientos pueden llegar a alcanzar más de un 8 % de sus presupuestos. Estos gastos no deberían ser abonados por las arcas municipales si tenemos en cuenta que el artículo 73, competencias sobre educación, del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, señala que "Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal".
En los municipios que tienen escuelas pequeñas, con reducido número de alumnos, también el ayuntamiento tiene que afrontar con su presupuesto gastos de electricidad, reparaciones, calefacción y limpieza de menores cuantías pero que, pudiendo llegar hasta el 1 % del presupuesto, deberían poder dedicarse a otras necesidades.
El artículo 70.10 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León señala que una de las competencias exclusivas de nuestra Comunidad es la asistencia social, servicios sociales y desarrollo comunitario. Pero, a pesar de ser competencia exclusiva, los costes de parte de estos servicios en muchos municipios son soportados por los ayuntamientos. Los comedores sociales, el equipamiento y mantenimiento de residencias municipales y otros gastos de estas áreas pueden alcanzar más de un 5 % del presupuesto municipal en algunos casos.
El Estatuto de Autonomía también señala en su artículo 74 que la Comunidad tiene competencias exclusivas en Sanidad y que corresponde a ésta la organización, funcionamiento, administración y gestión de todas las instituciones sanitarias públicas dentro del territorio. A pesar de esa claridad, los ayuntamientos están dedicando parte de sus ingresos también a mantener los consultorios locales.
Además de estos gastos existen otros en áreas como cultura, deporte, etc., que soportan los ayuntamientos que podrían estar a cargo de las arcas de la Comunidad si verdaderamente asumiera todas sus competencias.
Las ayudas o subvenciones que los ayuntamientos reciben para soportar estos variados gastos provienen de la Junta de Castilla y León y de las Diputaciones Provinciales como institución, cuya única función por Ley es apoyar a los municipios más pequeños, especialmente a los de menos de 20.000 habitantes, pero estas ayudas son muy reducidas y, la mayoría de las veces, suponen la obligación de que la gestión y una parte importante de la financiación recaiga exclusivamente en los ayuntamientos, con las dificultades que suponen estas obligaciones para muchos ayuntamientos.
En definitiva, los ayuntamientos están realizando unos gastos en una serie de competencias que no les son propias.
Estas situaciones se han convertido en la historia diaria de muchos ayuntamientos y es claramente una situación injusta que contribuye a aumentar las desigualdades territoriales en perjuicio de las zonas rurales de nuestra Comunidad.
Las competencias impropias están reguladas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen local (LRBRL), que señala que las Entidades Locales sólo podrán ejercer competencias distintas a las propias o delegadas cuando no se ponga en riesgo la sostenibilidad financiera de la Hacienda municipal y no se incurra en ejercerlas simultáneamente con otras Administraciones. Sin embargo, la realidad diaria de muchos pequeños pueblos de toda la Comunidad exige a los representantes municipales soluciones y se las exigen también los vecinos en el día a día de las calles cuando se cruzan con sus representantes.
Han pasado ya 10 años desde la aprobación de la Ley de Racionalidad y Sostenibilidad de la Administración Local (LRASL). Esta Ley modificó en profundidad el ejercicio de competencias por las entidades locales y la situación actual, explicada en los antecedentes de esta propuesta de resolución, indica que es el momento de hacer una nueva revisión para adaptarnos a una nueva realidad donde los ciudadanos que viven en entornos rurales tienen cada vez más dificultades para tener servicios básicos cercanos y demandan respuestas a estas necesidades.
Nos encontramos en un momento en el que muchas Comunidades Autónomas están exigiendo al Gobierno cambios en la financiación autonómica, y creemos que también es urgente y necesario exigir, no sólo una revisión completa de la Ley, sino una revisión de los recursos públicos, de la gestión de ayudas y subvenciones que reciben los ayuntamientos por parte de las Diputaciones y de la Junta de Castilla y León.
Debemos tener en cuenta que, tal y como está diseñada la financiación de estas competencias impropias, el desarrollo de estos servicios pone en riesgo la sostenibilidad financiera de muchas entidades locales.
Por todo lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a proponer una revisión de las ayudas y subvenciones que desde la Junta de Castilla y León se destinan a ofrecer a los vecinos servicios en competencias que no son propias de los ayuntamientos aumentando sus aportaciones y minorando o eliminando las aportaciones municipales".
Valladolid, 7 de mayo de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia
EL PORTAVOZ,
Fdo.: José Ángel Ceña Tutor
PNL/000951-01
CVE="BOCCL-11-008973"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de mayo de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000935 a PNL/000954.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de mayo de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión competente por razón de la materia:
ANTECEDENTES
Uno de los problemas a los que se tienen que enfrentar habitualmente los equipos de gobierno municipales es a la financiación y desarrollo de competencias que no son propias o delegadas de las Administraciones locales pero que son demandas por sus vecinos.
Los gastos que suponen las reparaciones, el gasoil, la limpieza y la electricidad de las antiguas escuelas para algunos ayuntamientos pueden llegar a alcanzar más de un 8 % de sus presupuestos. Estos gastos no deberían ser abonados por las arcas municipales si tenemos en cuenta que el artículo 73, competencias sobre educación, del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, señala que "Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal".
En los municipios que tienen escuelas pequeñas, con reducido número de alumnos, también el ayuntamiento tiene que afrontar con su presupuesto gastos de electricidad, reparaciones, calefacción y limpieza de menores cuantías pero que, pudiendo llegar hasta el 1 % del presupuesto, deberían poder dedicarse a otras necesidades.
El artículo 70.10 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León señala que una de las competencias exclusivas de nuestra Comunidad es la asistencia social, servicios sociales y desarrollo comunitario. Pero, a pesar de ser competencia exclusiva, los costes de parte de estos servicios en muchos municipios son soportados por los ayuntamientos. Los comedores sociales, el equipamiento y mantenimiento de residencias municipales y otros gastos de estas áreas pueden alcanzar más de un 5 % del presupuesto municipal en algunos casos.
El Estatuto de Autonomía también señala en su artículo 74 que la Comunidad tiene competencias exclusivas en Sanidad y que corresponde a ésta la organización, funcionamiento, administración y gestión de todas las instituciones sanitarias públicas dentro del territorio. A pesar de esa claridad, los ayuntamientos están dedicando parte de sus ingresos también a mantener los consultorios locales.
Además de estos gastos existen otros en áreas como cultura, deporte, etc., que soportan los ayuntamientos que podrían estar a cargo de las arcas de la Comunidad si verdaderamente asumiera todas sus competencias.
Las ayudas o subvenciones que los ayuntamientos reciben para soportar estos variados gastos provienen de la Junta de Castilla y León y de las Diputaciones Provinciales como institución, cuya única función por Ley es apoyar a los municipios más pequeños, especialmente a los de menos de 20.000 habitantes, pero estas ayudas son muy reducidas y, la mayoría de las veces, suponen la obligación de que la gestión y una parte importante de la financiación recaiga exclusivamente en los ayuntamientos, con las dificultades que suponen estas obligaciones para muchos ayuntamientos.
En definitiva, los ayuntamientos están realizando unos gastos en una serie de competencias que no les son propias.
Estas situaciones se han convertido en la historia diaria de muchos ayuntamientos y es claramente una situación injusta que contribuye a aumentar las desigualdades territoriales en perjuicio de las zonas rurales de nuestra Comunidad.
Las competencias impropias están reguladas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen local (LRBRL), que señala que las Entidades Locales sólo podrán ejercer competencias distintas a las propias o delegadas cuando no se ponga en riesgo la sostenibilidad financiera de la Hacienda municipal y no se incurra en ejercerlas simultáneamente con otras Administraciones. Sin embargo, la realidad diaria de muchos pequeños pueblos de toda la Comunidad exige a los representantes municipales soluciones y se las exigen también los vecinos en el día a día de las calles cuando se cruzan con sus representantes.
Han pasado ya 10 años desde la aprobación de la Ley de Racionalidad y Sostenibilidad de la Administración Local (LRASL). Esta Ley modificó en profundidad el ejercicio de competencias por las entidades locales y la situación actual, explicada en los antecedentes de esta propuesta de resolución, indica que es el momento de hacer una nueva revisión para adaptarnos a una nueva realidad donde los ciudadanos que viven en entornos rurales tienen cada vez más dificultades para tener servicios básicos cercanos y demandan respuestas a estas necesidades.
Nos encontramos en un momento en el que muchas Comunidades Autónomas están exigiendo al Gobierno cambios en la financiación autonómica, y creemos que también es urgente y necesario exigir, no sólo una revisión completa de la Ley, sino una revisión de los recursos públicos, de la gestión de ayudas y subvenciones que reciben los ayuntamientos por parte de las Diputaciones y de la Junta de Castilla y León.
Debemos tener en cuenta que, tal y como está diseñada la financiación de estas competencias impropias, el desarrollo de estos servicios pone en riesgo la sostenibilidad financiera de muchas entidades locales.
Por todo lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a proponer una revisión de las ayudas y subvenciones que desde la Junta de Castilla y León se destinan a ofrecer a los vecinos servicios en competencias que no son propias de los ayuntamientos aumentando sus aportaciones y minorando o eliminando las aportaciones municipales".
Valladolid, 7 de mayo de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia
EL PORTAVOZ,
Fdo.: José Ángel Ceña Tutor
PNL/000951-01
CVE="BOCCL-11-008973"