PE/002463-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/002463-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Francisco Igea Arisqueta, relativa a cuestiones relativas a nombramientos de supervisora de servicios de enfermería en relación con el Complejo Asistencial Universitario de Palencia.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de junio de 2024, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/002420 a PE/002471.

Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de junio de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Francisco Igea Arisqueta, procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente PREGUNTA PARA SU CONTESTACIÓN POR ESCRITO.

La Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León establece, en su artículo 38, la necesidad de que las personas que accedan a un puesto directivo de libre designación han de ostentar la condición de personal fijo. Según se nos informa desde el propio centro, en el Complejo Asistencial Universitario de Palencia se han producido, al menos, dos nombramientos de supervisora de servicios de enfermería sin atender a esta consideración. Estos serían los de la Supervisión de enfermería del servicio de radiodiagnóstico y la supervisión de enfermería de atención al paciente.

1.- ¿Puede confirmar la Consejería si se han producido tales nombramientos en tales circunstancias?

2.- De ser así ¿piensa la Consejería tomar alguna medida al respecto?

Valladolid, 24 de mayo de 2024


PE/002463-01

CVE="BOCCL-11-009210"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 30599-30600
BOCCL nº 298/11 del 19/6/2024
CVE: BOCCL-11-009210

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/002463-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Francisco Igea Arisqueta, relativa a cuestiones relativas a nombramientos de supervisora de servicios de enfermería en relación con el Complejo Asistencial Universitario de Palencia.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de junio de 2024, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/002420 a PE/002471.

Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de junio de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Francisco Igea Arisqueta, procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente PREGUNTA PARA SU CONTESTACIÓN POR ESCRITO.

La Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León establece, en su artículo 38, la necesidad de que las personas que accedan a un puesto directivo de libre designación han de ostentar la condición de personal fijo. Según se nos informa desde el propio centro, en el Complejo Asistencial Universitario de Palencia se han producido, al menos, dos nombramientos de supervisora de servicios de enfermería sin atender a esta consideración. Estos serían los de la Supervisión de enfermería del servicio de radiodiagnóstico y la supervisión de enfermería de atención al paciente.

1.- ¿Puede confirmar la Consejería si se han producido tales nombramientos en tales circunstancias?

2.- De ser así ¿piensa la Consejería tomar alguna medida al respecto?

Valladolid, 24 de mayo de 2024


PE/002463-01

CVE="BOCCL-11-009210"



Sede de las Cortes de Castilla y León