PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002435, PE/002437, PE/002444, PE/002472, PE/002475, PE/002490 y PE/002515.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de septiembre de 2024.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
Contestación a la pregunta con respuesta escrita P.E./1102475, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito, Dña. Ana Sánchez Hernández y Dña. Inmaculada García Rioja, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la restauración de la iglesia de San Pedro en Villalpando y su musealización.
En contestación a la iniciativa parlamentaria se informa que, según establece la normativa en materia de patrimonio cultural de Castilla y León, son los propietarios y demás titulares de derechos sobre los bienes integrantes del patrimonio cultural de Castilla y León los obligados a conservarlos, custodiarlos y protegerlos debidamente para asegurar su integridad y evitar su pérdida, destrucción o deterioro. En el caso que nos ocupa, la Diócesis de Zamora.
Esto no obsta para que la Junta de Castilla y León, con el fin de garantizar la conservación del patrimonio cultural establezca las estrategias, criterios de intervención, los programas y líneas de acción encaminados a la protección y difusión del mismo.
En todo caso, las intervenciones en bienes del patrimonio cultural de la Iglesia se determinan en el marco de colaboración vigente entre la Junta de Castilla y León y las diferentes diócesis, con las que se han suscrito convenios de colaboración, en virtud de los cuales la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte solicita a las delegaciones diocesanas de Patrimonio un listado de actuaciones prioritarias, no habiendo incluido la Diócesis de Zamora la iglesia de San Pedro de Villalpando.
Por otro lado, en cuanto a su futura musealización, debe tenerse en cuenta que el artículo 4 de la Ley 2/2014, de 28 de marzo, de Centros Museísticos de Castilla y León establece que la política de promoción de la actividad museística de la Administración de la Comunidad de Castilla y León se desarrollará fundamentalmente a través de la Red Museística de Castilla y León y se hará bajo los criterios generales de, entre otros, favorecer la organización, la prestación de servicios, la difusión, las labores internas, la promoción turística y la consolidación de los centros museísticos. Para ello, la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte colabora con aquellas instituciones responsables de centros con vocación de integrarse en la Red de Museos de Castilla y León, mediante actuaciones de asesoramiento, apoyo y orientación.
Valladolid, a 27 de agosto de 2024.
EL CONSEJERO DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE,
Fdo.: Gonzalo Santonja Gómez
PE/002475-2
CVE="BOCCL-11-009939"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002435, PE/002437, PE/002444, PE/002472, PE/002475, PE/002490 y PE/002515.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de septiembre de 2024.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
Contestación a la pregunta con respuesta escrita P.E./1102475, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito, Dña. Ana Sánchez Hernández y Dña. Inmaculada García Rioja, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la restauración de la iglesia de San Pedro en Villalpando y su musealización.
En contestación a la iniciativa parlamentaria se informa que, según establece la normativa en materia de patrimonio cultural de Castilla y León, son los propietarios y demás titulares de derechos sobre los bienes integrantes del patrimonio cultural de Castilla y León los obligados a conservarlos, custodiarlos y protegerlos debidamente para asegurar su integridad y evitar su pérdida, destrucción o deterioro. En el caso que nos ocupa, la Diócesis de Zamora.
Esto no obsta para que la Junta de Castilla y León, con el fin de garantizar la conservación del patrimonio cultural establezca las estrategias, criterios de intervención, los programas y líneas de acción encaminados a la protección y difusión del mismo.
En todo caso, las intervenciones en bienes del patrimonio cultural de la Iglesia se determinan en el marco de colaboración vigente entre la Junta de Castilla y León y las diferentes diócesis, con las que se han suscrito convenios de colaboración, en virtud de los cuales la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte solicita a las delegaciones diocesanas de Patrimonio un listado de actuaciones prioritarias, no habiendo incluido la Diócesis de Zamora la iglesia de San Pedro de Villalpando.
Por otro lado, en cuanto a su futura musealización, debe tenerse en cuenta que el artículo 4 de la Ley 2/2014, de 28 de marzo, de Centros Museísticos de Castilla y León establece que la política de promoción de la actividad museística de la Administración de la Comunidad de Castilla y León se desarrollará fundamentalmente a través de la Red Museística de Castilla y León y se hará bajo los criterios generales de, entre otros, favorecer la organización, la prestación de servicios, la difusión, las labores internas, la promoción turística y la consolidación de los centros museísticos. Para ello, la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte colabora con aquellas instituciones responsables de centros con vocación de integrarse en la Red de Museos de Castilla y León, mediante actuaciones de asesoramiento, apoyo y orientación.
Valladolid, a 27 de agosto de 2024.
EL CONSEJERO DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE,
Fdo.: Gonzalo Santonja Gómez
PE/002475-2
CVE="BOCCL-11-009939"