PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 19 de septiembre de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001055 a PNL/001074.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de septiembre de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión competente por razón de la materia:
ANTECEDENTES
La evolución demográfica de la provincia de Soria y de la Comunidad de Castilla y León en las últimas décadas es muy preocupante. Pérdida de población, envejecimiento y disminución de la población activa son factores que pueden lastrar seriamente el futuro de Castilla y León.
Es un problema con muchos frentes y que no se puede abordar de manera sectorial, sino con políticas transversales en muy diversos sectores.
Y uno de los sectores que influye de manera determinante en la despoblación, sobre todo en la que sufre el medio rural, es el de la falta de vivienda en muchos de nuestros pueblos.
El Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, regula el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 y establece en su artículo 18 entre los programas de ayudas contenidos en este Plan un "Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico".
El artículo 51 del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, establece uno de los objetivos de este programa, que es el de facilitar a las personas jóvenes el acceso a una vivienda en régimen de propiedad localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño, mediante la concesión de una subvención directa para su adquisición.
Para la gestión de las ayudas del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, el propio Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, prevé la firma de convenios entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y las comunidades autónomas. Son precisamente las comunidades autónomas las que han de ejecutar los programas del Plan. A ellas corresponde la tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las ayudas del Plan, así como la gestión del abono de las subvenciones.
En cumplimiento del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, con fecha 26 de julio de 2022, se suscribió el Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la ejecución del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
En la cláusula tercera de este convenio se recoge expresamente como objeto del presente convenio las actuaciones que se desarrollen en aplicación del "Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico".
Y en la cláusula quinta del mencionado convenio se establece la cofinanciación de los distintos programas en el periodo 2022-2025, entre ellos el programa 5, de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico.
Un programa que en el artículo 52 del mencionado Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, regula dos opciones de ayudas a la persona arrendataria, cesionaria o adquirente de la vivienda no simultáneas entre sí:
1. Ayuda para el pago de la renta del alquiler o precio de cesión en uso de la vivienda o habitación habitual y permanente.
2. Ayuda para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño.
Por otro lado, el artículo 58 del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, establece que las comunidades autónomas convocarán procedimientos de concesión de las dos opciones de ayuda reguladas en el artículo 52, mediante convocatorias abiertas de forma continuada y permanente.
Pese a la suscripción, el 26 de julio de 2022, del Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la ejecución del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, hasta ahora no se han convocado, en el marco de este Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, ayudas para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño.
Por todo lo expuesto anteriormente se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
Convocar, antes de que finalice el año 2024, una orden de bases reguladoras y otra de convocatoria de subvenciones de ayudas, destinadas a los menores de 36 años, para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizadas en municipios o núcleos de población de pequeño tamaño, tal y como establecen el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, que regula el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 y el Convenio de 26 de julio de 2022 suscrito entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la ejecución del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
Valladolid, 26 de agosto de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia
EL PORTAVOZ,
Fdo.: José Ángel Ceña Tutor
PNL/001058-01
CVE="BOCCL-11-009992"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 19 de septiembre de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001055 a PNL/001074.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de septiembre de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión competente por razón de la materia:
ANTECEDENTES
La evolución demográfica de la provincia de Soria y de la Comunidad de Castilla y León en las últimas décadas es muy preocupante. Pérdida de población, envejecimiento y disminución de la población activa son factores que pueden lastrar seriamente el futuro de Castilla y León.
Es un problema con muchos frentes y que no se puede abordar de manera sectorial, sino con políticas transversales en muy diversos sectores.
Y uno de los sectores que influye de manera determinante en la despoblación, sobre todo en la que sufre el medio rural, es el de la falta de vivienda en muchos de nuestros pueblos.
El Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, regula el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 y establece en su artículo 18 entre los programas de ayudas contenidos en este Plan un "Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico".
El artículo 51 del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, establece uno de los objetivos de este programa, que es el de facilitar a las personas jóvenes el acceso a una vivienda en régimen de propiedad localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño, mediante la concesión de una subvención directa para su adquisición.
Para la gestión de las ayudas del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, el propio Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, prevé la firma de convenios entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y las comunidades autónomas. Son precisamente las comunidades autónomas las que han de ejecutar los programas del Plan. A ellas corresponde la tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las ayudas del Plan, así como la gestión del abono de las subvenciones.
En cumplimiento del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, con fecha 26 de julio de 2022, se suscribió el Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la ejecución del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
En la cláusula tercera de este convenio se recoge expresamente como objeto del presente convenio las actuaciones que se desarrollen en aplicación del "Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico".
Y en la cláusula quinta del mencionado convenio se establece la cofinanciación de los distintos programas en el periodo 2022-2025, entre ellos el programa 5, de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico.
Un programa que en el artículo 52 del mencionado Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, regula dos opciones de ayudas a la persona arrendataria, cesionaria o adquirente de la vivienda no simultáneas entre sí:
1. Ayuda para el pago de la renta del alquiler o precio de cesión en uso de la vivienda o habitación habitual y permanente.
2. Ayuda para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño.
Por otro lado, el artículo 58 del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, establece que las comunidades autónomas convocarán procedimientos de concesión de las dos opciones de ayuda reguladas en el artículo 52, mediante convocatorias abiertas de forma continuada y permanente.
Pese a la suscripción, el 26 de julio de 2022, del Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la ejecución del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, hasta ahora no se han convocado, en el marco de este Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, ayudas para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño.
Por todo lo expuesto anteriormente se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
Convocar, antes de que finalice el año 2024, una orden de bases reguladoras y otra de convocatoria de subvenciones de ayudas, destinadas a los menores de 36 años, para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizadas en municipios o núcleos de población de pequeño tamaño, tal y como establecen el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, que regula el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 y el Convenio de 26 de julio de 2022 suscrito entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la ejecución del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
Valladolid, 26 de agosto de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia
EL PORTAVOZ,
Fdo.: José Ángel Ceña Tutor
PNL/001058-01
CVE="BOCCL-11-009992"