PNL/000505-02











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000505-02


Sumario:

Aprobación por el Pleno de resolución relativa a la proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a la articulación de una ventanilla de atención a víctimas de ocupación y vecinos y a la denuncia de ocupaciones ilegales; e instando a la Junta de Castilla y León a que inste al Gobierno de España a la modificación del RDL 1/2021, a la derogación del artículo 11 y 1 bis del RDL 11/2020, de 31 de marzo, y a realizar las reformas legislativas necesarias para reconocer, reforzar, tipificar, prohibir y mantener distintas medidas en relación con la ocupación de viviendas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 142, de 27 de abril de 2023.



Resolución:

APROBACIÓN POR EL PLENO

El Pleno de las Cortes de Castilla y León, en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2024, con motivo del debate de la proposición no de ley, PNL/000505, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a la articulación de una ventanilla de atención a víctimas de ocupación y vecinos y a la denuncia de ocupaciones ilegales; e instando a la Junta de Castilla y León a que inste al Gobierno de España a la modificación del RDL 1/2021, a la derogación del artículo 11 y 1 bis del RDL 11/2020, de 31 de marzo, y a realizar las reformas legislativas necesarias para reconocer, reforzar, tipificar, prohibir y mantener distintas medidas en relación con la ocupación de viviendas, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 142, de 27 de abril de 2023, aprobó la siguiente

RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a fin de que:

1. Articule una ventanilla de atención al ciudadano y/o un canal de comunicación con las víctimas directas y de vecinos de inmuebles afectados por ocupaciones ilegales, a través del cual se dé información sobre las opciones jurídicas y recursos públicos de apoyo a los afectados.

2. Proceda a denunciar las ocupaciones ilegales de las que tenga conocimiento y las defraudaciones de fluido eléctrico de que tenga constancia.

3. Que inste al Gobierno de España a:

3.1. La modificación inmediata del RDL 1/2021 y la supresión de la disposición final primera y sus sucesivas modificaciones, que no solo legalizan la ocupación, sino que blindan al ocupante sin título y al delincuente restringiendo la posibilidad de su desalojo.

3.2. La derogación del artículo 11 y 1 bis del RDL 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID 19, así como sus ocho modificaciones posteriores (correcciones de errores, ampliaciones de plazo de las suspensiones de lanzamiento y nuevas situaciones de desahucio).

3.3. A realizar las reformas legislativas necesarias para:

- Acabar con la concepción de morada o domicilio de un inmueble ocupado.

- Reconocer la capacidad jurídica de las comunidades de propietarios para realizar acciones preventivas contra la ocupación y así poder acudir a las autoridades cuando, en ausencia del propietario, los ocupantes realicen actividades prohibidas, molestas, incívicas o insalubres.

- Reconocer la figura del administrador de fincas como denunciante y certificador de la situación administrativa del inmueble en cuanto a su propiedad.

- Desalojar las viviendas ocupadas ilegalmente en un plazo máximo de 24 horas.

- Reforzar la pena del delito de usurpación con penas de hasta 3 años de cárcel.

- Tipificar en el Código Penal la pertenencia a mafias, que se lucran alquilando viviendas ocupadas.

- Tipificar en el Código Penal la conexión ilegal a las redes de suministro. Simplificar la resolución de los contratos de suministro cuando la vivienda se encuentre en el registro de inmuebles ocupados.

- Prohibir la inscripción en el padrón municipal a los ocupas de una vivienda.

- Mantener la consideración de residencia habitual del propietario de una vivienda, si lo era antes de la privación ilegítima de su propiedad (de forma que esta situación no conlleve la pérdida de beneficios fiscales si los hubiere)".

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 25 de septiembre de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández




PNL/000505-02

CVE="BOCCL-11-010080"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 32629-32630
BOCCL nº 331/11 del 2/10/2024
CVE: BOCCL-11-010080

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000505-02
Aprobación por el Pleno de resolución relativa a la proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a la articulación de una ventanilla de atención a víctimas de ocupación y vecinos y a la denuncia de ocupaciones ilegales; e instando a la Junta de Castilla y León a que inste al Gobierno de España a la modificación del RDL 1/2021, a la derogación del artículo 11 y 1 bis del RDL 11/2020, de 31 de marzo, y a realizar las reformas legislativas necesarias para reconocer, reforzar, tipificar, prohibir y mantener distintas medidas en relación con la ocupación de viviendas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 142, de 27 de abril de 2023.

RESOLUCIÓN

APROBACIÓN POR EL PLENO

El Pleno de las Cortes de Castilla y León, en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2024, con motivo del debate de la proposición no de ley, PNL/000505, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a la articulación de una ventanilla de atención a víctimas de ocupación y vecinos y a la denuncia de ocupaciones ilegales; e instando a la Junta de Castilla y León a que inste al Gobierno de España a la modificación del RDL 1/2021, a la derogación del artículo 11 y 1 bis del RDL 11/2020, de 31 de marzo, y a realizar las reformas legislativas necesarias para reconocer, reforzar, tipificar, prohibir y mantener distintas medidas en relación con la ocupación de viviendas, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 142, de 27 de abril de 2023, aprobó la siguiente

RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a fin de que:

1. Articule una ventanilla de atención al ciudadano y/o un canal de comunicación con las víctimas directas y de vecinos de inmuebles afectados por ocupaciones ilegales, a través del cual se dé información sobre las opciones jurídicas y recursos públicos de apoyo a los afectados.

2. Proceda a denunciar las ocupaciones ilegales de las que tenga conocimiento y las defraudaciones de fluido eléctrico de que tenga constancia.

3. Que inste al Gobierno de España a:

3.1. La modificación inmediata del RDL 1/2021 y la supresión de la disposición final primera y sus sucesivas modificaciones, que no solo legalizan la ocupación, sino que blindan al ocupante sin título y al delincuente restringiendo la posibilidad de su desalojo.

3.2. La derogación del artículo 11 y 1 bis del RDL 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID 19, así como sus ocho modificaciones posteriores (correcciones de errores, ampliaciones de plazo de las suspensiones de lanzamiento y nuevas situaciones de desahucio).

3.3. A realizar las reformas legislativas necesarias para:

- Acabar con la concepción de morada o domicilio de un inmueble ocupado.

- Reconocer la capacidad jurídica de las comunidades de propietarios para realizar acciones preventivas contra la ocupación y así poder acudir a las autoridades cuando, en ausencia del propietario, los ocupantes realicen actividades prohibidas, molestas, incívicas o insalubres.

- Reconocer la figura del administrador de fincas como denunciante y certificador de la situación administrativa del inmueble en cuanto a su propiedad.

- Desalojar las viviendas ocupadas ilegalmente en un plazo máximo de 24 horas.

- Reforzar la pena del delito de usurpación con penas de hasta 3 años de cárcel.

- Tipificar en el Código Penal la pertenencia a mafias, que se lucran alquilando viviendas ocupadas.

- Tipificar en el Código Penal la conexión ilegal a las redes de suministro. Simplificar la resolución de los contratos de suministro cuando la vivienda se encuentre en el registro de inmuebles ocupados.

- Prohibir la inscripción en el padrón municipal a los ocupas de una vivienda.

- Mantener la consideración de residencia habitual del propietario de una vivienda, si lo era antes de la privación ilegítima de su propiedad (de forma que esta situación no conlleve la pérdida de beneficios fiscales si los hubiere)".

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 25 de septiembre de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



PNL/000505-02

CVE="BOCCL-11-010080"



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