PNL/001098-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001098-01


Sumario:

Proposición no de ley presentada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Eugenio Miguel Hernández Alcojor, Dña. Noelia Frutos Rubio, D. Jesús Puente Alcaraz y Dña. Judit Villar Lacueva, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar las decisiones que sean necesarias para, a la mayor brevedad posible, establecer los criterios a los que debe ajustarse la ACSUCYL en la evaluación necesaria para la percepción del complemento para incentivar a los profesores que participan en programas de doctorado y en la dirección de tesis doctorales y que el mismo empiece a pagarse con efectos retroactivos a 1 de enero de 2024, para su tramitación ante la Comisión de Educación.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 3 de octubre de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001082 a PNL/001109.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 3 de octubre de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Fernando Pablos Romo, Jesús Guerrero Arroyo, Miguel Hernández Alcojor, Noelia Frutos Rubio, Jesús Puente Alcaraz y Judith Villar Lacueva, Procuradores y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:

ANTECEDENTES

El Decreto 132/2002, de 19 de diciembre, por el que se aprueban los complementos retributivos del personal docente e investigador funcionario de las Universidades Públicas de Castilla y León, establece en su artículo 4 quiénes pueden ser los profesores funcionarios de las Universidades públicas de Castilla y León beneficiarios de los complementos retributivos autonómicos, señalando como requisitos respecto del complemento para incentivar a los profesores que participen en programas de Doctorado y en la dirección de tesis doctorales:

- Ser profesor de las Universidades públicas de Castilla y León participante en programas de Tercer Ciclo Universitario y en la dirección de tesis doctorales.

- Haber sido evaluados positivamente por la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León (ACSUCYL) en la anualidad inmediatamente anterior a la percepción del complemento.

El Artículo 6.2 del citado Decreto 132/2002 establece el procedimiento sobre el complemento para incentivar a los profesores que participen en programas de Doctorado y en la dirección de tesis doctorales. Este complemento será acordado por el Consejo Social de cada Universidad Pública, a propuesta del Consejo de Gobierno de la misma, previa evaluación por ACSUCYL, dentro de los límites fijados en el mismo Decreto para este fin.

Además, de acuerdo a la Disposición Adicional Primera del Decreto 132/2002, la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León es competente para establecer los criterios a los que debe ajustarse la ACSUCYL en la evaluación necesaria para la percepción del complemento para incentivar a los profesores que participan en programas de Doctorado y en la dirección de tesis doctorales.

Por su parte, la Disposición Adicional 2.ª establecía que la evaluación del complemento para incentivar al profesorado a participar en programas de Doctorado y dirigir tesis doctorales se realizaría en el año 2003 y comenzaría a pagarse en 2004.

Habiendo transcurrido 21 años desde la fecha establecida en el Decreto 13/2002, no existe constancia de que la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León haya establecido los criterios que debe aplicar la ACSUCYL para la evaluación del complemento antes mencionado.

Por todo ello, considerando que es fundamental que se incentive la participación del profesorado universitario en programas de doctorado y en la dirección de tesis doctorales, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan la Junta de Castilla y León a adoptar las decisiones que sean necesarias para, a la mayor brevedad posible, establecer los criterios a los que debe ajustarse la ACSUCYL en la evaluación necesaria para la percepción del complemento para incentivar a los profesores que participan en programas de Doctorado y en la dirección de tesis doctorales y que el mismo empiece a pagarse con efectos retroactivos a 1 de enero de 2024".

Valladolid, 23 de septiembre de 2024.

LOS PROCURADORES Y LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Fernando Pablos Romo, Judit Villar Lacueva, Jesús Guerrero Arroyo, Eugenio Miguel Hernández Alcojor, Noelia Frutos Rubio y Jesús Puente Alcaraz

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001098-01

CVE="BOCCL-11-010136"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 32749-32750
BOCCL nº 334/11 del 10/10/2024
CVE: BOCCL-11-010136

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001098-01
Proposición no de ley presentada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Eugenio Miguel Hernández Alcojor, Dña. Noelia Frutos Rubio, D. Jesús Puente Alcaraz y Dña. Judit Villar Lacueva, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar las decisiones que sean necesarias para, a la mayor brevedad posible, establecer los criterios a los que debe ajustarse la ACSUCYL en la evaluación necesaria para la percepción del complemento para incentivar a los profesores que participan en programas de doctorado y en la dirección de tesis doctorales y que el mismo empiece a pagarse con efectos retroactivos a 1 de enero de 2024, para su tramitación ante la Comisión de Educación.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 3 de octubre de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001082 a PNL/001109.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 3 de octubre de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Fernando Pablos Romo, Jesús Guerrero Arroyo, Miguel Hernández Alcojor, Noelia Frutos Rubio, Jesús Puente Alcaraz y Judith Villar Lacueva, Procuradores y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:

ANTECEDENTES

El Decreto 132/2002, de 19 de diciembre, por el que se aprueban los complementos retributivos del personal docente e investigador funcionario de las Universidades Públicas de Castilla y León, establece en su artículo 4 quiénes pueden ser los profesores funcionarios de las Universidades públicas de Castilla y León beneficiarios de los complementos retributivos autonómicos, señalando como requisitos respecto del complemento para incentivar a los profesores que participen en programas de Doctorado y en la dirección de tesis doctorales:

- Ser profesor de las Universidades públicas de Castilla y León participante en programas de Tercer Ciclo Universitario y en la dirección de tesis doctorales.

- Haber sido evaluados positivamente por la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León (ACSUCYL) en la anualidad inmediatamente anterior a la percepción del complemento.

El Artículo 6.2 del citado Decreto 132/2002 establece el procedimiento sobre el complemento para incentivar a los profesores que participen en programas de Doctorado y en la dirección de tesis doctorales. Este complemento será acordado por el Consejo Social de cada Universidad Pública, a propuesta del Consejo de Gobierno de la misma, previa evaluación por ACSUCYL, dentro de los límites fijados en el mismo Decreto para este fin.

Además, de acuerdo a la Disposición Adicional Primera del Decreto 132/2002, la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León es competente para establecer los criterios a los que debe ajustarse la ACSUCYL en la evaluación necesaria para la percepción del complemento para incentivar a los profesores que participan en programas de Doctorado y en la dirección de tesis doctorales.

Por su parte, la Disposición Adicional 2.ª establecía que la evaluación del complemento para incentivar al profesorado a participar en programas de Doctorado y dirigir tesis doctorales se realizaría en el año 2003 y comenzaría a pagarse en 2004.

Habiendo transcurrido 21 años desde la fecha establecida en el Decreto 13/2002, no existe constancia de que la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León haya establecido los criterios que debe aplicar la ACSUCYL para la evaluación del complemento antes mencionado.

Por todo ello, considerando que es fundamental que se incentive la participación del profesorado universitario en programas de doctorado y en la dirección de tesis doctorales, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan la Junta de Castilla y León a adoptar las decisiones que sean necesarias para, a la mayor brevedad posible, establecer los criterios a los que debe ajustarse la ACSUCYL en la evaluación necesaria para la percepción del complemento para incentivar a los profesores que participan en programas de Doctorado y en la dirección de tesis doctorales y que el mismo empiece a pagarse con efectos retroactivos a 1 de enero de 2024".

Valladolid, 23 de septiembre de 2024.

LOS PROCURADORES Y LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Fernando Pablos Romo, Judit Villar Lacueva, Jesús Guerrero Arroyo, Eugenio Miguel Hernández Alcojor, Noelia Frutos Rubio y Jesús Puente Alcaraz

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001098-01

CVE="BOCCL-11-010136"



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