PE/002700-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/002700-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito, Dña. María Soraya Blázquez Domínguez, Dña. Nuria Rubio García, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez y Dña. María del Carmen García Romero, relativa a relación de propietarios de cada una de las iglesias, ermitas, conventos, hospitales y otras obras benéficas, con indicación de denominación, municipio y provincia, incluidas en los inventarios o catálogos de los que dispone la Junta de Castilla y León, solicitándose la relación por provincias y/o por diócesis.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 3 de octubre de 2024, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/002682 a PE/002709.

Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 3 de octubre de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ignacio Martín Benito, Soraya Blázquez Domínguez, Nuria Rubio García, Laura Pelegrina Cortijo, Isabel Gonzalo Ramírez y Carmen García Romero, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

La recientemente aprobada Ley 7/2024, de 20 de junio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, contempla el Censo del Patrimonio Cultural de Castilla y León como un instrumento para la gestión de los bienes, como un “registro único de acceso público que dará mayor seguridad jurídica y facilitará la participación de la ciudadanía”.

La ley mantiene dos niveles de protección: uno para los Bienes de Interés Cultural, a los que confiere el máximo nivel de protección y otro segundo para los Bienes Inventariados. El artículo 24 recoge que:

1. Los bienes inmuebles inventariados lo serán preferentemente de manera seriada, mediante la identificación de conjuntos de bienes que conformen una caracterización unitaria de sus valores culturales.

2. A los efectos de esta ley, también tendrán la consideración de Bienes Inventariados los incluidos, con grado de protección integral, en catálogos de instrumentos de planeamiento urbanístico aprobados con posterioridad a la entrada en vigor de esta ley, siempre que detallen las condiciones protección y conservación sobre el bien.

Las iglesias, ermitas y conventos existentes a lo largo y ancho de Castilla y León forman parte del patrimonio cultural de la Comunidad. Aunque la mayor parte no estén reconocidos como Bienes de Interés Cultural (BIC), sin embargo sí figuran en los catálogos e inventarios del patrimonio cultural y, como tal, están sujetos a determinados niveles de protección en su ámbito correspondiente. En relación con ello se pregunta:

Relación de propietarios de cada una de las iglesias, ermitas, conventos, hospitales y otras obras benéficas, con indicación de denominación, municipio y provincia, incluidas en los inventarios o catálogos de los que dispone la Junta de Castilla y León. Se solicita la relación por provincias y/o por diócesis.

Valladolid a 23 de septiembre de 2024.


PE/002700-01

CVE="BOCCL-11-010167"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 32823-32825
BOCCL nº 335/11 del 14/10/2024
CVE: BOCCL-11-010167

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/002700-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito, Dña. María Soraya Blázquez Domínguez, Dña. Nuria Rubio García, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez y Dña. María del Carmen García Romero, relativa a relación de propietarios de cada una de las iglesias, ermitas, conventos, hospitales y otras obras benéficas, con indicación de denominación, municipio y provincia, incluidas en los inventarios o catálogos de los que dispone la Junta de Castilla y León, solicitándose la relación por provincias y/o por diócesis.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 3 de octubre de 2024, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/002682 a PE/002709.

Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 3 de octubre de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ignacio Martín Benito, Soraya Blázquez Domínguez, Nuria Rubio García, Laura Pelegrina Cortijo, Isabel Gonzalo Ramírez y Carmen García Romero, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

La recientemente aprobada Ley 7/2024, de 20 de junio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, contempla el Censo del Patrimonio Cultural de Castilla y León como un instrumento para la gestión de los bienes, como un “registro único de acceso público que dará mayor seguridad jurídica y facilitará la participación de la ciudadanía”.

La ley mantiene dos niveles de protección: uno para los Bienes de Interés Cultural, a los que confiere el máximo nivel de protección y otro segundo para los Bienes Inventariados. El artículo 24 recoge que:

1. Los bienes inmuebles inventariados lo serán preferentemente de manera seriada, mediante la identificación de conjuntos de bienes que conformen una caracterización unitaria de sus valores culturales.

2. A los efectos de esta ley, también tendrán la consideración de Bienes Inventariados los incluidos, con grado de protección integral, en catálogos de instrumentos de planeamiento urbanístico aprobados con posterioridad a la entrada en vigor de esta ley, siempre que detallen las condiciones protección y conservación sobre el bien.

Las iglesias, ermitas y conventos existentes a lo largo y ancho de Castilla y León forman parte del patrimonio cultural de la Comunidad. Aunque la mayor parte no estén reconocidos como Bienes de Interés Cultural (BIC), sin embargo sí figuran en los catálogos e inventarios del patrimonio cultural y, como tal, están sujetos a determinados niveles de protección en su ámbito correspondiente. En relación con ello se pregunta:

Relación de propietarios de cada una de las iglesias, ermitas, conventos, hospitales y otras obras benéficas, con indicación de denominación, municipio y provincia, incluidas en los inventarios o catálogos de los que dispone la Junta de Castilla y León. Se solicita la relación por provincias y/o por diócesis.

Valladolid a 23 de septiembre de 2024.


PE/002700-01

CVE="BOCCL-11-010167"



Sede de las Cortes de Castilla y León