PNL/001125-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001125-01


Sumario:

Proposición no de ley presentada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Eugenio Miguel Hernández Alcojor, Dña. Noelia Frutos Rubio, D. Jesús Puente Alcaraz y Dña. Judit Villar Lacueva, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar las medidas para que se pague al personal docente e investigador no permanente de las universidad públicas de Castilla y León los complementos a los que hace referencia la resolución del Procurador del Común relativa al Expediente 408/2023; y a defender en la Mesa de Negociación del III Convenio Colectivo del PDI Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León diversos planteamientos (el derecho del personal de investigación predoctoral y postdoctoral en formación a devengar el complemento de antigüedad; extender al PDI laboral no permanente los complementos retributivos autonómicos previstos en el Decreto 132/2002, de 19 de diciembre, y a los que se refiere el artículo 47.1 del convenio; y comprometer la transferencia anual a las universidades públicas de Castilla y León de las cantidades que deban pagarse al personal docente e investigador laboral no permanente por la aplicación del apartado anterior de esta resolución), para su tramitación ante la Comisión de Educación.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de octubre de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001118 a PNL/001127 y PNL/001129 a PNL/001150.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de octubre de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Fernando Pablos Romo, Jesús Guerrero Arroyo, Miguel Hernández Alcojor, Noelia Frutos Rubio, Jesús Puente Alcaraz y Judith Villar Lacueva, Procuradores y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:

ANTECEDENTES

Con fecha 11 de septiembre de 2024, el Procurador del Común de Castilla y León ha trasladado a la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León, para que remita a la Consejería de Educación, la siguiente Resolución relativa al Expediente 408/2023 (PDI laboral no permanente de las Universidades Públicas de Castilla y León/Complementos salariales):

"PRIMERA: Que por parte de ese Centro Directivo, en el ámbito de sus competencias, se tenga en cuenta la doctrina de nuestro Tribunal Superior de Justicia relativa al II Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador contratado en Régimen Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León (sobre el derecho del personal de investigación predoctoral y postdoctoral en formación a devengar el complemento de antigüedad previsto en el artículo 46, así como sobre el derecho del personal docente e investigador con relación laboral temporal a la percepción, en caso de resultar favorables las correspondientes evaluaciones, de los quinquenios y sexenios a que se refiere el artículo 47.4.

SEGUNDA: Que por parte de ese Centro Directivo, en el ámbito de sus competencias, se valore hacer extensiva la doctrina de nuestro Tribunal Superior de Justicia a los complementos retributivos autonómicos previstos en el Decreto 132/2002, de 19 de diciembre, y a los que se refiere el artículo 47.1 del Convenio (en concreto, al complemento de reconocimiento de la labor docente y al complemento de reconocimiento de la labor investigadora por el grado de doctor).

TERCERA: Que se proceda a trasladar el contenido de la presente Resolución a la Comisión Paritaria prevista en el artículo 8 del II Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador contratado en Régimen Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León.

CUARTA: Que se proceda a trasladar también el contenido de la presente Resolución a la Mesa de Negociación del III Convenio Colectivo del PDI Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León".

Esta resolución ha sido justificada por parte del Sr. Procurador del Común de Castilla y León del siguiente modo: "de conformidad con la doctrina de nuestro Tribunal Superior de Justicia relativa al II Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador contratado en Régimen Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León (STSJ de Castilla y León de 9 de mayo de 2023 y STSJ de Castilla y León de 13 de noviembre de 2023), ninguna duda ofrece el derecho del personal de investigación predoctoral y postdoctoral en formación a devengar el complemento de antigüedad (trienios) previsto en el artículo 46, así como el derecho del personal docente e investigador con relación laboral temporal a la percepción, en caso de resultar favorables las correspondientes evaluaciones, de los quinquenios y sexenios a que se refiere el artículo 47.4. No obstante, entendemos, al menos en principio, que nada impide la aplicación de esta misma doctrina a los complementos retributivos autonómicos previstos en el Decreto 132/2002, de 19 de diciembre a los que se refiere el artículo 47.1 del Convenio (aunque solamente para 'las figuras del PDI laboral con contrato indefinido'), y que circunscribe el reclamante al complemento de reconocimiento de la labor docente y al complemento de reconocimiento de la labor investigadora por el grado de doctor".

Por todo ello, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan la Junta de Castilla y León a:

1.º) Adoptar las medidas necesarias para que de forma inmediata se pague al Personal Docente e Investigador no permanente de las Universidades Públicas de Castilla y León los complementos a los que hace referencia la resolución del Procurador del Común relativa al Expediente 408/2023 e informar de dicha decisión a la Comisión Paritaria prevista en el artículo 8 del II Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador contratado en Régimen Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León.

2.º) Defender en la Mesa de Negociación del III Convenio Colectivo del PDI Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León los siguientes planteamientos:

- Establecer el derecho del personal de investigación predoctoral y postdoctoral en formación a devengar el complemento de antigüedad previsto en el artículo 46, así como sobre el derecho del personal docente e investigador con relación laboral temporal a la percepción, en caso de resultar favorables las correspondientes evaluaciones, de los quinquenios y sexenios a que se refiere el artículo 47.4.

- Extender al PDI laboral no permanente los complementos retributivos autonómicos previstos en el Decreto 132/2002, de 19 de diciembre, y a los que se refiere el artículo 47.1 del Convenio (en concreto, al complemento de reconocimiento de la labor docente y al complemento de reconocimiento de la labor investigadora por el grado de doctor).

3.º) Comprometer la transferencia anual a las Universidades Públicas de Castilla y León de las cantidades que deban pagarse al personal docente e investigador laboral no permanente por la aplicación del apartado anterior de esta resolución".

Valladolid, 3 de octubre de 2024.

LOS PROCURADORES Y LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Fernando Pablos Romo, Judit Villar Lacueva, Jesús Guerrero Arroyo, Eugenio Miguel Hernández Alcojor, Noelia Frutos Rubio y Jesús Puente Alcaraz

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001125-01

CVE="BOCCL-11-010407"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 33308-33310
BOCCL nº 341/11 del 31/10/2024
CVE: BOCCL-11-010407

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001125-01
Proposición no de ley presentada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Eugenio Miguel Hernández Alcojor, Dña. Noelia Frutos Rubio, D. Jesús Puente Alcaraz y Dña. Judit Villar Lacueva, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar las medidas para que se pague al personal docente e investigador no permanente de las universidad públicas de Castilla y León los complementos a los que hace referencia la resolución del Procurador del Común relativa al Expediente 408/2023; y a defender en la Mesa de Negociación del III Convenio Colectivo del PDI Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León diversos planteamientos (el derecho del personal de investigación predoctoral y postdoctoral en formación a devengar el complemento de antigüedad; extender al PDI laboral no permanente los complementos retributivos autonómicos previstos en el Decreto 132/2002, de 19 de diciembre, y a los que se refiere el artículo 47.1 del convenio; y comprometer la transferencia anual a las universidades públicas de Castilla y León de las cantidades que deban pagarse al personal docente e investigador laboral no permanente por la aplicación del apartado anterior de esta resolución), para su tramitación ante la Comisión de Educación.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de octubre de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001118 a PNL/001127 y PNL/001129 a PNL/001150.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de octubre de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Fernando Pablos Romo, Jesús Guerrero Arroyo, Miguel Hernández Alcojor, Noelia Frutos Rubio, Jesús Puente Alcaraz y Judith Villar Lacueva, Procuradores y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:

ANTECEDENTES

Con fecha 11 de septiembre de 2024, el Procurador del Común de Castilla y León ha trasladado a la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León, para que remita a la Consejería de Educación, la siguiente Resolución relativa al Expediente 408/2023 (PDI laboral no permanente de las Universidades Públicas de Castilla y León/Complementos salariales):

"PRIMERA: Que por parte de ese Centro Directivo, en el ámbito de sus competencias, se tenga en cuenta la doctrina de nuestro Tribunal Superior de Justicia relativa al II Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador contratado en Régimen Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León (sobre el derecho del personal de investigación predoctoral y postdoctoral en formación a devengar el complemento de antigüedad previsto en el artículo 46, así como sobre el derecho del personal docente e investigador con relación laboral temporal a la percepción, en caso de resultar favorables las correspondientes evaluaciones, de los quinquenios y sexenios a que se refiere el artículo 47.4.

SEGUNDA: Que por parte de ese Centro Directivo, en el ámbito de sus competencias, se valore hacer extensiva la doctrina de nuestro Tribunal Superior de Justicia a los complementos retributivos autonómicos previstos en el Decreto 132/2002, de 19 de diciembre, y a los que se refiere el artículo 47.1 del Convenio (en concreto, al complemento de reconocimiento de la labor docente y al complemento de reconocimiento de la labor investigadora por el grado de doctor).

TERCERA: Que se proceda a trasladar el contenido de la presente Resolución a la Comisión Paritaria prevista en el artículo 8 del II Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador contratado en Régimen Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León.

CUARTA: Que se proceda a trasladar también el contenido de la presente Resolución a la Mesa de Negociación del III Convenio Colectivo del PDI Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León".

Esta resolución ha sido justificada por parte del Sr. Procurador del Común de Castilla y León del siguiente modo: "de conformidad con la doctrina de nuestro Tribunal Superior de Justicia relativa al II Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador contratado en Régimen Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León (STSJ de Castilla y León de 9 de mayo de 2023 y STSJ de Castilla y León de 13 de noviembre de 2023), ninguna duda ofrece el derecho del personal de investigación predoctoral y postdoctoral en formación a devengar el complemento de antigüedad (trienios) previsto en el artículo 46, así como el derecho del personal docente e investigador con relación laboral temporal a la percepción, en caso de resultar favorables las correspondientes evaluaciones, de los quinquenios y sexenios a que se refiere el artículo 47.4. No obstante, entendemos, al menos en principio, que nada impide la aplicación de esta misma doctrina a los complementos retributivos autonómicos previstos en el Decreto 132/2002, de 19 de diciembre a los que se refiere el artículo 47.1 del Convenio (aunque solamente para 'las figuras del PDI laboral con contrato indefinido'), y que circunscribe el reclamante al complemento de reconocimiento de la labor docente y al complemento de reconocimiento de la labor investigadora por el grado de doctor".

Por todo ello, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan la Junta de Castilla y León a:

1.º) Adoptar las medidas necesarias para que de forma inmediata se pague al Personal Docente e Investigador no permanente de las Universidades Públicas de Castilla y León los complementos a los que hace referencia la resolución del Procurador del Común relativa al Expediente 408/2023 e informar de dicha decisión a la Comisión Paritaria prevista en el artículo 8 del II Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador contratado en Régimen Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León.

2.º) Defender en la Mesa de Negociación del III Convenio Colectivo del PDI Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León los siguientes planteamientos:

- Establecer el derecho del personal de investigación predoctoral y postdoctoral en formación a devengar el complemento de antigüedad previsto en el artículo 46, así como sobre el derecho del personal docente e investigador con relación laboral temporal a la percepción, en caso de resultar favorables las correspondientes evaluaciones, de los quinquenios y sexenios a que se refiere el artículo 47.4.

- Extender al PDI laboral no permanente los complementos retributivos autonómicos previstos en el Decreto 132/2002, de 19 de diciembre, y a los que se refiere el artículo 47.1 del Convenio (en concreto, al complemento de reconocimiento de la labor docente y al complemento de reconocimiento de la labor investigadora por el grado de doctor).

3.º) Comprometer la transferencia anual a las Universidades Públicas de Castilla y León de las cantidades que deban pagarse al personal docente e investigador laboral no permanente por la aplicación del apartado anterior de esta resolución".

Valladolid, 3 de octubre de 2024.

LOS PROCURADORES Y LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Fernando Pablos Romo, Judit Villar Lacueva, Jesús Guerrero Arroyo, Eugenio Miguel Hernández Alcojor, Noelia Frutos Rubio y Jesús Puente Alcaraz

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/001125-01

CVE="BOCCL-11-010407"



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