PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de octubre de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001118 a PNL/001127 y PNL/001129 a PNL/001150.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de octubre de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Nuria Rubio García, Javier Campos de la Fuente, José Ignacio Martín Benito, Diego Moreno Castrillo y Yolanda Sacristán Rodríguez, Procuradores y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Cultura, Turismo y Deporte.
ANTECEDENTES
El Patsuezu, la nuesa tisngua, en una variante del asturleonés que lleva muchos siglos asentada en el noroeste de la provincia de León (Alto Sil, Babia, Laciana, parte de Luna y territorios adyacentes) y que forma parte del patrimonio cultural e inmaterial de dicha provincia. A lo largo del tiempo, esta lengua ha sido un reflejo de las costumbres, modos de vida y la historia local, formando un vínculo esencial en la identidad de los habitantes de esas zonas. Sin embargo, el Patsuezu se encuentra en una situación de vulnerabilidad, con un uso cada vez más reducido, principalmente entre las generaciones mayores, y con un escaso relevo generacional en su aprendizaje y uso cotidiano.
En este contexto, el Ayuntamiento de Villablino presentó y aprobó, por unanimidad de todos los grupos municipales, una moción en la que se acordó la necesidad de proteger y revitalizar el Patsuezu. En dicha moción, se destaca que la pérdida de esta variante no solo es una pérdida lingüística, sino también cultural, afectando directamente a la identidad local y a nuestro patrimonio inmaterial.
El artículo 5 del Título Preliminar del Estatuto de Castilla y León, el apartado 2 dice textualmente:
"El leonés será objeto de protección específica por parte de las instituciones por su particular valor dentro del patrimonio lingüístico de la Comunidad. Su protección, uso y promoción serán objeto de regulación".
En consecuencia, debe aplicarse este artículo del Estatuto de Autonomía, lo que significa la protección, el uso y promoción del leonés, que no puede ser otra cosa que la promoción, uso y protección de la nuesa tsingua, el Patsuezu. Por otro lado, dado el caso excepcional de la situación lingüística en la zona, estas medidas deben adelantarse para este territorio y reconocer de forma inmediata su riqueza y especificidad. Por ello, es necesario destacar la importancia de desarrollar iniciativas de promoción, enseñanza y documentación del Patsuezu, con el fin de evitar su desaparición.
Además, la revitalización de la nuesa tsingua no solo tiene un valor lingüístico y patrimonial, sino también social y económico, ya que podría contribuir a reforzar el turismo cultural en dichas comarcas y a fomentar el orgullo local, ayudando a combatir la despoblación al generar un sentido de pertenencia e identidad compartida.
Por tanto, es necesario que la Junta de Castilla y León, a través de su área de Cultura, asuma un papel activo en la preservación de este valioso patrimonio cultural y lingüístico, colaborando con las entidades locales y proporcionando los recursos necesarios para su conservación y promoción.
Para ello formulamos la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1. Que se dé cumplimiento al artículo 5 del Título Preliminar del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.
2. Elaborar un plan específico para la protección, promoción y enseñanza del Patsuezu en colaboración con el Ayuntamiento de Villablino y otras entidades locales, con el objetivo de incluir esta lengua en los programas educativos y fomentar su uso en la vida cotidiana de la comarca.
3. Apoyar la creación de materiales didácticos y programas formativos en Patsuezu, dirigidos tanto a la población infantil como adulta, para asegurar su aprendizaje y facilitar su transmisión a las nuevas generaciones, especialmente que se fundamenten en la recuperación de la toponimia tradicional, fomento y difusión de esta variedad lingüística.
4. Promover la celebración de eventos culturales y actividades artísticas, que utilicen y promuevan el Patsuezu, tales como festivales, publicaciones y concursos literarios, que contribuyan a su visibilidad y difusión dentro y fuera del noroeste de la provincia de León.
5. Asignar una partida presupuestaria específica para la conservación y promoción del Patsuezu garantizando la financiación de proyectos de investigación, documentación y revitalización de esta lengua minoritaria".
Valladolid, 11 de octubre de 2024.
LOS PROCURADORES Y LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Nuria Rubio García, Javier Campos de la Fuente, José Ignacio Martín Benito, Diego Moreno Castrillo y Yolanda Sacristán Rodríguez
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001140-01
CVE="BOCCL-11-010422"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de octubre de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001118 a PNL/001127 y PNL/001129 a PNL/001150.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de octubre de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Nuria Rubio García, Javier Campos de la Fuente, José Ignacio Martín Benito, Diego Moreno Castrillo y Yolanda Sacristán Rodríguez, Procuradores y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Cultura, Turismo y Deporte.
ANTECEDENTES
El Patsuezu, la nuesa tisngua, en una variante del asturleonés que lleva muchos siglos asentada en el noroeste de la provincia de León (Alto Sil, Babia, Laciana, parte de Luna y territorios adyacentes) y que forma parte del patrimonio cultural e inmaterial de dicha provincia. A lo largo del tiempo, esta lengua ha sido un reflejo de las costumbres, modos de vida y la historia local, formando un vínculo esencial en la identidad de los habitantes de esas zonas. Sin embargo, el Patsuezu se encuentra en una situación de vulnerabilidad, con un uso cada vez más reducido, principalmente entre las generaciones mayores, y con un escaso relevo generacional en su aprendizaje y uso cotidiano.
En este contexto, el Ayuntamiento de Villablino presentó y aprobó, por unanimidad de todos los grupos municipales, una moción en la que se acordó la necesidad de proteger y revitalizar el Patsuezu. En dicha moción, se destaca que la pérdida de esta variante no solo es una pérdida lingüística, sino también cultural, afectando directamente a la identidad local y a nuestro patrimonio inmaterial.
El artículo 5 del Título Preliminar del Estatuto de Castilla y León, el apartado 2 dice textualmente:
"El leonés será objeto de protección específica por parte de las instituciones por su particular valor dentro del patrimonio lingüístico de la Comunidad. Su protección, uso y promoción serán objeto de regulación".
En consecuencia, debe aplicarse este artículo del Estatuto de Autonomía, lo que significa la protección, el uso y promoción del leonés, que no puede ser otra cosa que la promoción, uso y protección de la nuesa tsingua, el Patsuezu. Por otro lado, dado el caso excepcional de la situación lingüística en la zona, estas medidas deben adelantarse para este territorio y reconocer de forma inmediata su riqueza y especificidad. Por ello, es necesario destacar la importancia de desarrollar iniciativas de promoción, enseñanza y documentación del Patsuezu, con el fin de evitar su desaparición.
Además, la revitalización de la nuesa tsingua no solo tiene un valor lingüístico y patrimonial, sino también social y económico, ya que podría contribuir a reforzar el turismo cultural en dichas comarcas y a fomentar el orgullo local, ayudando a combatir la despoblación al generar un sentido de pertenencia e identidad compartida.
Por tanto, es necesario que la Junta de Castilla y León, a través de su área de Cultura, asuma un papel activo en la preservación de este valioso patrimonio cultural y lingüístico, colaborando con las entidades locales y proporcionando los recursos necesarios para su conservación y promoción.
Para ello formulamos la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1. Que se dé cumplimiento al artículo 5 del Título Preliminar del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.
2. Elaborar un plan específico para la protección, promoción y enseñanza del Patsuezu en colaboración con el Ayuntamiento de Villablino y otras entidades locales, con el objetivo de incluir esta lengua en los programas educativos y fomentar su uso en la vida cotidiana de la comarca.
3. Apoyar la creación de materiales didácticos y programas formativos en Patsuezu, dirigidos tanto a la población infantil como adulta, para asegurar su aprendizaje y facilitar su transmisión a las nuevas generaciones, especialmente que se fundamenten en la recuperación de la toponimia tradicional, fomento y difusión de esta variedad lingüística.
4. Promover la celebración de eventos culturales y actividades artísticas, que utilicen y promuevan el Patsuezu, tales como festivales, publicaciones y concursos literarios, que contribuyan a su visibilidad y difusión dentro y fuera del noroeste de la provincia de León.
5. Asignar una partida presupuestaria específica para la conservación y promoción del Patsuezu garantizando la financiación de proyectos de investigación, documentación y revitalización de esta lengua minoritaria".
Valladolid, 11 de octubre de 2024.
LOS PROCURADORES Y LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Nuria Rubio García, Javier Campos de la Fuente, José Ignacio Martín Benito, Diego Moreno Castrillo y Yolanda Sacristán Rodríguez
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001140-01
CVE="BOCCL-11-010422"